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Transcript

Hito de Control 01

Normativa vinculada a la situación adversa

Situaciones adversas

Documentos sobre acciones adoptadas

Acciones preventivas y correctivas

Estado actual de la situación adversa

¿CUMPLIERON CON IMPLEMENTAR LAS RECOMENDACIONES PROPUESTAS EN EL INFORME DEL HITO 1?

Determinar si la ejecución y supervisión de la obra: “MEJORAMIENTO DE LA PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN EL INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PEDRO A. DEL AGUILA HIDALGO, DISTRITO DE IQUITOS, MAYNAS, LORETO”, se realiza conforme a lo establecido en la normativa aplicable y lo establecido en las estipulaciones contractuales.

Inspector de obra aprobó valorizaciones por montos superiores a lo establecido en la Ley de Presupuesto, ocasionando la afectación del principio de legalidad y la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra.

Entidad contrató servicio de consultoría para supervisar la obra, sin contar con profesionales de las diferentes especialidades, situación que no garantiza el adecuado control técnico y genera el riesgo de afectar la calidad de la obra.

Personal obrero realiza trabajos de ejecución de obra sin contar con equipo de protección personal completo, protección colectiva y en áreas de trabajo con obstáculos y sin señalización exigida por la normativa aplicable, situación que pone en riesgo su seguridad y salud y genera el incumplimiento de obligaciones contractuales a cargo del contratista posible de penalidad

corregido

desestimada

desestimada

Ley N° 31638, Ley de Presupuestos del Sector Público para el año fiscal 2023, publicado el 6 de diciembre de 2023. Artículo 17: Montos para la determinación de los procedimientos de selección. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N°344-2018-F, vigente desde el 30 de enero de 2019. Artículo 176. Inicio del plazo de ejecución de la obra. Artículo 186. Inspector o supervisor.

Oficio N°0957-2024-GRL/GRI de 16 de febrero de 2024.

La entidad determinó que el inspector no ha vulnerado el principio mencionado en el hecho adverso, el mismo ha actuado de forma diligente y en aplicación del principio de eficacia y eficiencia la entidad procedió con los trámites subsiguientes. Asimismo, se hace mención que la normativa es específica al mencionar que la permanencia del inspector en la ejecución de la obra está sujeta a superar el monto establecido en la ley de presupuesto en las valorizaciones acumuladas, mas esta no restringe ni limita al inspector a aprobar valorizaciones por montos superiores a lo indicado en la ley de presupuesto.

Situación detectada durante la auditoría.

Acciones adoptadas por la entidad responsable.

Texto Único Ordenado de la Ley n.” 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019. Articulo IV. Principios del procedimiento administrativo. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF, vigente desde el 30 de enero de 2019. Artículo 186°. Inspector o Supervisor de Obras. Artículo 187°. Funciones del Inspector o Supervisor.

Oficio N°0957-2024-GRL/GRI de 16 de febrero de 2024.

La Entidad concluye que la situación adversa debe ser desestimada, debido a que la GRI sí consideró personal de otras especialidades en la contratación de la supervisión de la obra.

Contrato de Ejecución de Obra n.” 010-2023-GRL-GRI, de 29 de mayo de 2023. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA: PENALIDADES. Ley 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, vigente desde el 21 de agosto de 2011, y Modificatorias. TITULO PRELIMINAR PRINCIPIOS |. PRINCIPIO DE PREVENCION, II. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD Artículo 49. Obligaciones del empleador. Artículo 50, Medidas de prevención facultadas al empleador. Artículo 60, Equipos para la protección. Norma G-050 Seguridad durante la Construcción, del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2016-VIVIENDA 13. EQUIPO DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI) 13.2 Casco de seguridad. 13.3 Calzado de Seguridad. 14. PROTECCIONES COLECTIVAS 15. ORDEN Y LIMPIEZA

Oficio N°0957-2024-GRL/GRI de 16 de febrero de 2024.

La contratista levantó las observaciones respecto a la seguridad y salud en el trabajo dentro de las instalaciones de la obra y procedió a implementar la seguridad en la misma.