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En la resolución de conflictos entre las entidades financieras y los usuarios se establecen mecanismos conciliatorios. 
Fuente: Decreto 2-2024, Ley de Tarjetas de Crédito.
El artículo 35, que establece la Unidad de Protección de Servicios Financieros en la Diaco para atender las quejas de los tarjetahabientes.

Los artículos 37 y 60, los cuales refieren que la SIB y la Diaco deberán firmar los convenios necesarios para el fortalecimiento de las capacidades y preparación de dicha unidad.

El artículo 56 indica que la Junta Monetaria (JM), a propuesta de la Superintendencia de Bancos (SIB), deberá emitir los reglamentos necesarios en un plazo no mayor de 60 días. 

El artículo 57 establece que el Organismo Ejecutivo también deberá efectuar, en el plazo de 60 días, las reformas al reglamento a la Ley de Protección al Consumidor y Usuario. 

El artículo 58 refiere que la JM, SIB y Ministerio de Economía (Mineco) deben readecuar su normativa en ese plazo.
Artículos que cobraron vigencia inmediata:
La ley está estructurada en 6 capítulos y 63 artículos. 

Crea un marco legal específico relacionado con tarjetas de crédito.

Incluye 13 infracciones, leves y graves, sobre incumplimientos de los emisores, con sanciones que van de 15 a 55 salarios mínimos para actividades no agrícolas. 

Los principales delitos tipificados son clonación de tarjetas de crédito o débito, uso, distribución y comercialización ilegales de los plásticos. 

El decreto 2-2024 fue publicado el 1 de marzo en el diario oficial y cobra vigencia seis meses después, con excepciones.
Aunque varias regulaciones incluidas en el decreto 2-2024 ya se implementan las instituciones bancarias, con este marco legal se convierten en obligatorias.
Lo que establece la ley