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EMPEZAR

¿Qué tipos de muertes se pueden certificar?Algunos casos especiales o conflictivos

Si no hay sospecha de violencia o criminalidad y por la historia clínica y acontecimientos

SIGUIENTE

Fallecidos en la vía pública

Cadáver no identificado

Cadáver identificado, pero no hay presencia de familiares o allegados que se hagan cargo

Cadáver identificado pero la funeraria familiar tarda en llegar al punto

Podemos deducir la causa de la muerte. Tras explorar el cuerpo, se emitirá el correspondiente CMD. Igual que cualquier fallecimiento en domicilio.

Se procederá a comunicar a las FFCCSE la situación y se judicializará la muerte para proceder a la identificación del fallecido.

En este caso, las FFCCSE presentes en el lugar contactarán con la funeraria judicial, que procederá al traslado del cuerpo al lugar de depósito, hasta que alguien se haga cargo del mismo. No disponer de autorización de familiares para decidir qué se hace con el cuerpo no debe ser motivo de judicialización, cuando el médico asistencial tiene claras las circunstancias de la muerte y descarta una muerte violenta.

Las FFCCSE presentes en el punto comunicarán a la funeraria judicial, que procederá a retirar el cuerpo de la vía pública lo antes posible.

En caso de muerte natural y sin médico asistencial

SIGUIENTE

Fallecidos durante el traslado en ambulancia

Ambulancia con médico asistencial

En ambos casos, una vez constatada la muerte natural y emitido el CMD, la funeraria procederá al traslado del cuerpo al lugar de destino.

Traslado al lugar más cercano con asistencia médica, es primordial liberar la ambulancia. El técnico podrá optar por trasladarlo al PAC, al CS más cercano o al hospital. Emitirá el CMD el médico que acuerda el traslado o el médico del centro donde llega el cadáver, una vez revisada la historia clínica.

Corresponde a éste emitir el correspondiente CMD. Y éste optará por el traslado al lugar de depósito más cercano, hasta el aviso a la funeraria: domicilio, PAC u hospital. Rigen los mismos criterios que para una muerte en vía pública.

Obstrucción por un bolo alimenticio

SIGUIENTE

¿Atragantamiento-aspiración?

Paciente con broncoaspiraciones de repetición -consecuencia de Enfermedad de Alzheimer u otra enfermedad neurológica crónica, tumores, etc., que ocasionan una insuficiencia respiratoria crónica o infecciones pulmonares.

Es quizás de los casos más controvertidos. El atragantamiento es la obstrucción al flujo aéreo por alimentos sólidos. Se trata de una muerte violenta, producida por agentes externos al organismo.

En este caso, debe tratarse como una muerte violenta y no proceder a la emisión de certificado médico de defunción, judicializando la muerte.

Puede considerarse muerte natural debida a los trastornos de deglución secundarios a esas patologías. En este caso, la causa inmediata de la muerte sería la anoxia o la sepsis; la intermedia la broncoaspiración, y la fundamental, la enfermedad de base: Alzheimer, tumor, etc.

Ejemplos completados