

Fuentes: Documento Preparación del cierre fiscal 2023 y declaraciones del auditor Óscar Chile Monroy, de la firma MGI Chile Monroy y Asociados; Documento de Cierre Fiscal 2023 y declaraciones del auditor Edy Pérez, socio de Grant Thornton Guatemala; información de Deloitte Guatemala, Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012).





El artículo 49 también refiere que la declaración anual se debe presentar entre enero y marzo del año siguiente en el caso de los contribuyentes bajo el régimen opcional simplificado. Los auditores explican que esta declaración es informativa porque el impuesto se paga mensualmente (según los artículos 45 y 46 del decreto 10-2012).
En los artículos 39 y 40 del decreto mencionado se establece la obligación de determinar y pagar el impuesto, los documentos de respaldo y la declaración jurada del régimen sobre las utilidades de actividades lucrativas con la cual se realizará la liquidación definitiva.
La declaración de impuesto sobre la renta (ISR) debe presentarse a más tardar el 31 de marzo del año siguiente
Lo que deben saber los contribuyentes afectos al ISR:
Cierre para el ISR y
su fundamento legal
El cierre contable es el que hacen las empresas o contribuyentes para conocer el resultado del negocio en el ejercicio de un año y derivado de este se tendrá la información de los ingresos, gastos, utilidades o pérdidas y compromisos o deudas asumidos.
El cierre fiscal es un proceso por medio del cual las empresas o contribuyentes elaboran y presentan el resultado del ejercicio y este se prepara con base en el cierre contable, que incluye impuestos, pagos y retenciones, deducciones fiscales, amortizaciones de activos y otros elementos.
En el país, el período de cierre fiscal abarca un año, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, según se establece en el artículo 37 del decreto 10-2012 Ley de Actualización Tributaria.
Se acerca el fin del año fiscal, por lo que es necesario trabajar en el cierre contable 2023.