La quiebra Oscar Ayala IIS
oscar ayala
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Transcript
Derecho mercantil I
La quiebra
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La figura de la quiebra
Es la situación legal en la que un comerciante se encuentra en un estado de insolvencia que le impide cumplir sus obligaciones como deudor.
La quiebra
La quiebra es la institución jurídica de carácter procesal, dirigida a la liquidación del patrimonio del quebrado y la repartición frente a los acreedores.
La que enmarque o declare la ley como culpable de quiebra.
Fraudulentas:
Es cuando el empresario se alce con todo o parte de sus bienes.
Culpables:
Es cuando el empresario se encuentra imposibilitado para satisfacer todas o gran parte de sus deudas.
Fortuita:
Clases de quiebra
La quiebra tiene dos maneras de declararse: voluntaria (la realiza el propio deudor) y necesaria (se realiza a instancia de los acreedores). De cada una de las formas anteriores se desprenden tres clases de quiebra:
Se relaciona con la satisfacción de los acreedores mediante la repartición del patrimonio.
Está orientado a la satisfacción de los acreedores de forma equitativa.
Se refiere a que la quiebra afecta a todos los bienes de una persona para el cumplimiento de sus créditos.
El proceso de quiebra cuenta con la existencia de tres principios fundamentales:
Principios fundamentales de la quiebra
Concurso mercantil
Demanda y sentencia de la quiebra
Este recurso se presenta de forma escrita ante un tribunal u otra institución encargada de vigilar las leyes de un rubro. Puede ser una demanda civil, familiar, penal o mercantil; el tipo de demanda definirá a dónde debe recurrirse.
La demanda es considerada como el punto inicial de lo que podría ser una acción judicial o mercantil, con ella se busca señalar alguna inconformidad o irregularidad, y que los órganos correspondientes dictaminen si se tomará alguna reprimenda o acción sobre lo señalado.
La demanda
Al enfrentarse a una demanda mercantil, los jueces deberán cumplir con ciertos procesos; empezando por admitir la demanda, dictar las acciones a realizar, en cuenta que éstas no sean perjudiciales para el desarrollo normal del negocio, y salvaguardar el interés público y una vez que se ha cumplido con los requisitos para interponer la demanda, debe haber una contestación por parte del comerciante o del acreedor, luego de ello se realizará un proceso mercantil en donde se dictará una sentencia.
Es necesario incluir los hechos que motiven la petición, narrándolos brevemente con claridad y precisión, los fundamentos de derecho, es decir, los artículos de las leyes en las que se está basando y apoyando, y debe anexar la solicitud de que se declare al comerciante en concurso mercantil.
La demanda de concurso mercantil requiere la firma de quien la promueve y debe contener:
Demanda de concurso mercantil
Actores que intervienen en la declaración de quiebra
Interventores
Síndicos
El juez
Son elegidos en la junta de acreedores de manera nominal y éstos deben desempeñar su cargo durante el proceso de quiebra. Son responsables ante el quebrado y ante la masa de los daños y perjuicios que causen en el desempeño de sus funciones.
Son considerados como auxiliares de la justicia. Una definición más adecuada expresaría que son los encargados de exigir la buena conservación y administración de los bienes de la quiebra. Además, toman posesión de la empresa y de los demás bienes del quebrado y se comprometen a redactar un inventario de dichos inmuebles.son considerados como auxiliares de la justicia.
Es quien convoca a juntas de acreedores en los casos que prescribe la ley y las que estime necesarias, vigila la actuación del demandante y el demandado, además puede remover a los síndicos, acreedores o interventores cuando se compruebe que hay causa justificada para ello.
Actores que intervienen en la declaración de quiebra
Actividades y efectos de la quiebra
Junta de acreedores: función, derechos y obligaciones
La junta de acreedores debe ser convocada por el juez que está tomando parte del proceso, la convocatoria de la junta debe hacerse saber mediante notificación personal o por medio de la intervención del quebrado y el síndico. En esta junta se tratará de llegar a un acuerdo respecto a la forma en que se desarrollará el proceso de quiebra, además de los convenios relacionados con el pago de adeudos.
Actividades y efectos de la quiebra
Luego de la sentencia de quiebra, el quebrado queda privado del derecho de la administración y disposición de sus bienes y de los que adquiera. Esto quiere decir que desde ese momento lo que alguna vez fue parte de su patrimonio, ahora queda en manos otras personas o instituciones. Otra consecuencia sobre el quebrado es que no podrá desempeñar cargos para los que exija la plena posesión de sus derechos civiles, como presentarse para candidato a un puesto gubernamental. El juez debe hacer que la sentencia de la declaración de quiebra se comunique al Diario Oficial de la Federación.
Consecuencias del proceso de quiebra
Los acreedores deben solicitar por escrito ante el juez de la quiebra el reconocimiento de sus créditos, acompañando la demanda con los documentos que justifiquen su acción. Esto quiere decir que deben presentar un escrito nuevo de demanda que será de reconocimiento..
Una vez que se encuentra firme la sentencia de declaración de quiebra y concluido el reconocimiento de los créditos, el síndico debe proceder a la transferencia de los bienes del quebrado. Para que se lleve a cabo dicho proceso, el juez debe establecer los límites y las formas.
Consiste en llevar todo lo relacionado con la empresa que se declara en quiebra y le corresponde al síndico llevar dicha administración, es él quien debe tomar las medidas necesarias para la conservación de los bienes, derechos y acciones de la masa y para la liquidación de la misma.
Con la sentencia se procede a la ocupación de los bienes, documentos y papeles del quebrado, y éstos deben realizarse bajo ciertas normas; por ejemplo, la ocupación debe hacerla el juez, los bienes inmuebles del quebrado tienen que cerrarse o sellarse.
Extinción y prevención de la quiebra.
Estas son las cinco maneras de extinguir la declaración de quiebra, se puede concluir que la extinción en su mayoría se dé por el acuerdo de los acreedores. Por esta razón es fundamental que la relación entre el quebrado, los interventores y los acreedores, se encuentre en los mejores términos.
La extinción de la quiebra se puede definir como la acción que da por terminada la declaración de quiebra. A continuación se muestran las diversas formas de extinguirla:
Extinción y prevención de la quiebra
Acciones del convenio preventivo
El convenio preventivo evita que el caso se lleve a juicio de quiebra, es decir, ninguno de los procesos que se han visto a lo largo de la semana se llevaría a cabo. Este contrato obliga al quebrado a cumplir con un monto pactado hacia los acreedores, de no hacerlo las consecuencias pueden ser perniciosas.
Convenio preventivo
Muchas gracias por su atención