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Transcript

Ley 497 de 1999 (febrero 10)

Por la cual se crean los jueces de paz y se reglamenta su organización y funcionamiento

sala juridiccional disciplinaria

juzgados administrativos

Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas deSeguridad

Juzgado de circuito

juzgados municipales

sala administrativa

jurisdicción de paz

corte constitucional

consejo de estado

corte suprema de justicia

Consejos seccionales de la judicatura

Jurisdicción de los Pueblos Indígenas (Administra Justicia pero no hace parte de la estructura de la rama judicial)

tribunales administrativos

Juzgados de familia, penales para adolescentes

tribunales superiores de distrito judicial

jurisdicción constitucional

consejo superior de la judicatura

jurisdicciones especiales

jurisdiccipon de contencioso administrativo

JurisdicciónOrdinaria

Rama Judicial

los jueces de paz se encuentran regulados por la Ley 497 de 1999.

jueces de paz

Vela por el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia , la reparación y las garantías de no repetición.

Jurisdicción de paz

Decidir sobre la exequibilidad de los tratados internacionales

Revisar las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela

Decidir sobre las excusas de no asistencia a las citaciones

Decidir sobre la constitucionalidad

Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad

funciones

Es el órgano al cual se le confía la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución.

Las ternas atienden el criterio de diversidad de especialidades dentro del derecho.

Los elige el Senado de la República a partir de ternas que presentan: • el Presidente de la República, • la Corte Suprema de Justicia y • el Consejo de Estado

La integran 9 magistrados. • Se les elige para períodos individuales de ocho años. • No pueden ser reelegidos.

corte constitucional

¿CUÁLES SON SUS FUNCIONES?

Dirección Ejecutiva de Administración Judicial

Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia

Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico

Unidad de Administración de la Carrera Judicial

Unidad de Auditoría

Oficina de Asesoría para la Seguridad de la Rama Judicial

Consejos Seccionales de la Judicatura

Relatoría

Oficina de Enlace Institucional e Internacional y de Seguimiento Legislativo

Centro de Documentación Judicial - CENDOJ

Escuela Judicial "Rodrigo Lara Bonilla"

Secretaría de la presidencia

Unidades Consejo Superior de la Judicatura

PRESIDENCIA

Se encarga de las funciones constitucionales y legales de administrar, dirigir y gobernar la Rama Judicial en Colombia.

Consejo Superior de la Judicatura

¿Y EL DIRECTOR DE LA FISCALÍA QUÉ?

¿Qué se le puede solicitar a un juez de garantías?

  • Investigar los delitos
  • Acusar a los presuntos infractores
  • Adelantar acciones penales e investigar

¿CUÁLES SON SUS FUNCIONES?

la Fiscalía es un órgano independiente que tiene a su cargo la investigación de los delitos y la acusación de los presuntos infractores.

¿CUÁLES SON SUS FUNCIONES?

Prestar auxilio y soporte técnico y científico a la Administración de Justicia en todo el territorio nacional, en lo concerniente a la Medicina Legal y las Ciencias Forenses.

OBJETO

Por el cual se modifica la estructura de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones. Acuerdo 005 de 2000 (junio 12)

Decreto 261 de 2000 (febrero 22)

Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.

Decreto 2699 de 1991 (noviembre 22)

7. Elaborar y desarrollar el plan de formación, capacitación, y adiestramiento de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial8. Designar al director de la Escuela Judicial "Rodrigo Lara Bonilla": esta es una escuela judicial enfocada en el fortalecimiento de la administración de justicia en el país. 9. Aprobar los reconocimientos y distinciones que se otorguen a los funcionarios y empleados de la Rama Judicial por servicios excepcionales prestados en favor de la administración de justicia. 10. Llevar el control del rendimiento y gestión institucional de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Fiscalía General de la Nación.

Sobre los derechos constitucionales, en la forma que determine la ley.

1. Aprobar los proyectos de inversión de la Rama Judicial 2. Crear, ubicar, redistribuir, fusionar, trasladar, transformar y suprimir Tribunales, sus Salas y los Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia. 3. Fijar la división del territorio para efectos judiciales, tomando en consideración para ello el mejor servicio público.

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  • Solicitar la preclusión de las investigaciones
  • Velar por la protección de las víctimas, los jurados, los testigos y demás intervinientes en el proceso penal.
  • Dirigir y coordinar las funciones de policía.

4. Determinar la estructura y las plantas de personal de las Corporaciones y Juzgados. Para tal efecto podrá crear, suprimir, fusionar y trasladar cargos en la Rama Judicial, determinar sus funciones.5. Enviar a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado listas superiores a cinco candidatos para proveer las vacantes de Magistrados que se presenten en estas Corporaciones 6. Regular, organizar y llevar el Registro Nacional de Abogados y expedir la correspondiente Tarjeta Profesional, previa verificación de los requisitos señalados por la ley.

..

  • La comparecencia de los imputados al proceso penal
  • La conservación de la prueba
  • La protección de la comunidad, en especial de las víctimas.
  • Adelantar registros, allanamientos, incautaciones e interceptaciones de comunicaciones.
  • Asegurar los elementos materiales probatorios, garantizando la cadena de custodia.
  • La convocatoria al referendo o a una Asamblea
Constituyente.
  • Referendos sobre leyes, consultas populares
y plebiscitos nacionales.
  • Los decretos legislativos que dicte el Gobierno
con fundamento con los Estados de Excepción. (Decisión definitiva)
  • Los proyectos de ley objetados por el Gobierno
como inconstitucionales.
  • Los proyectos de leyes estatutarias