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ANPE Huelva
Created on August 25, 2023
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Participar para pasar a Situación de Inactivo por alguno de los siguientes motivos: Cuidado familiar Servicios en el exterior Por haber obtenido una beca
Participar como No Disponible por alguno de los siguientes motivos: Maternidad/paternidad Cuidado hijos Cargos electos Enfermedad propia Violencia de género Víctima de terrorismo
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ANPE ANDALUCÍA
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Faqs Reconocer tiempo de servicio
Declararse activo desde inactivo voluntarioo inactivo de oficio
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Participar en convocatoria vigente
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Situación tiempo real en bolsa
Alegaciones a propuesta de exclusión
Menú y submenús cuando vamos a https://www.juntadeandalucia.es/educacion/sipri/inicio/. (+)
Presentar documentación pendiente
Alegaciones a inactivo de oficio
Declararse inactivo
Declararse activo desde no disponible
Ver además página anterior para: - Participar como No Disponible - Participar para pasar a Situación de Inactivo
Instrucción 3/2022 Certificado médico: acreditación capacidad
Documentación requerida convocatorias SIPRI (+)
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3.2.1. Participar Convocatoria Adjudicación Bolsas (+) (páginas 18 a 26 del manual)
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3.2.2. Declararse Activo desde No Disponible (+) (página 26 del manual)
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Apertura de plazo para declararse activo en bolsa de trabajo, desde la situación de inactivo.
Diciembre 2023 (+)
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3.2.3. Declararse Activo desde la situación de inactivo (+) (páginas 26 a 28 del manual)
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3.2.4. Declararse Inactivo y desistimiento inactivo (+) (páginas 28 y 29 del manual)
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3.2.7. Alegaciones a la propuesta de exclusión (+) (páginas 31 y 32 del manual)
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3.2.8. Alegaciones a inactivo de oficio (+) (páginas 33 y 34 del manual)
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3.2.6. Presentar documentación pendiente (+) (páginas 30 y 31 del manual)
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3.1.1. Situación tiempo real en bolsa (+) (páginas 14 a 17 del manual)
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3.1.2. Estado en bolsa (+) (página 17 del manual)
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Declararse activo desde inactivo voluntarioo inactivo de oficio
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Situación tiempo real en bolsa
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3.1.2. Mis procedimientos (+) (página 17 del manual)
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Situación tiempo real en bolsa
Alegaciones a propuesta de exclusión
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Alegaciones a inactivo de oficio
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Declararse activo desde no disponible
Instrucción 3/2022 Certificado médico: acreditación capacidad
Instrucción 3/2022 Certificado médico: acreditación capacidad
- Hoja de datos 2023-2024. (+)
- Documentación a presentar por Funcionarios procedentes de otras Comunidades Autónomas, Funcionarios en Prácticas, Funcionarios Interios (01-09-2023). (+)
Documentación requerida convocatorias SIPRI
Faqs Reconocer tiempo de servicio
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- Documentación a presentar por Funcionarios procedentes de otras Comunidades Autónomas, Funcionarios en Prácticas, Funcionarios Interios (30-07-2021). (+)
- Documentación a presentar por todo docente interino y funcionarios en prácticas que se incorpora en su centro educativo (2017-18). (+)
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Declararse activo desde inactivo voluntarioo inactivo de oficio
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- Hoja de datos (2016-17). (+)
Alegaciones a propuesta de exclusión
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Alegaciones a inactivo de oficio
Declararse inactivo
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de la educación pública
de todos los docentes
sindicato
El
Gracias por su atención
https://anpeandalucia.es/notices/169858/
Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/166855/
Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
Documentación a entregar (+)
Página 19 del manual (+)
https://anpeandalucia.es/notices/169858/
Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/166855/
Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/169858/
Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/166855/
Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/169858/
Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/166855/
Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/169858/
Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
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Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
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Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
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El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
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Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
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El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
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Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
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Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
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Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
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https://anpeandalucia.es/notices/169858/
Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/166855/
Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
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Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/166855/
Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/169858/
Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/166855/
Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/169858/
Aclaraciones sobre la exención de la presentación del certificado médico por el personal interino.
El apartado tercero de la Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público, del pasado mes de abril, establece que "en los contratos de duración determinada y en los nombramientos como personal funcionario interino estarán exentas de aportar la acreditación de la capacidad funcional aquellas personas que hayan tenido una relación previa con la Administración General de la Junta de Andalucía en la misma categoría profesional o en el mismo cuerpo, especialidad, opción o subopción, según se trate de personal laboral o funcionario, respecto a cuyo cese no hubieran transcurrido más de tres meses".Tras la consulta realizada por ANPE a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, acerca de los criterios de aplicación de esta Instrucción, respecto a la presentación de certificados médicos por parte del personal interino, nos aclaran que el personal interino, respecto a cuyo cese en el último nombramiento, incluidos los de prórroga vacacional, no hayan transcurrido tres meses, estará exento de su presentación. Por tanto, un interino cuya prórroga vacacional finalizara a fecha 31 de agosto, no tendrá que presentar certificado médico, en el caso de incorporarse a un puesto en los meses de septiembre, octubre o noviembre.Sevilla, 8 de septiembre de 2022.
https://anpeandalucia.es/notices/166855/
Acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.
Instrucción 3/2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, relativa a la acreditación de la capacidad funcional en la selección del personal empleado público.En ella se indican los modelos válidos de certificación médica a presentar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionario de carrera y nombramientos como personal funcionario interino.Sevilla, 3 de mayo de 2022.