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En la plataforma Nacional de Transparencia dentro del módulo SISAI 2.0, al recibir respuesta por parte del sujeto obligado o, en su caso, una vez agotados los plazos para su atención y no recibir respuesta, mediante el cual es posible presentar los recursos de revisión (quejas ciudadanas) por parte de los recurrentes (solicitantes) al sujeto obligado que atendió o no su colicitud.
De manera opcional, los recursos de revisión (queja ciudadana) puede ser presentada ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado y ésta a su vez deberá a más tardar al día hábil siguiente, remitir al órgano garante.
¿DÓNDE PUEDO INTERPONER UNA QUEJA?
Todas las respuestas otorgadas a las solicitudes de acceso a la información que emiten los sujetos obligados, son susceptibles de interponer un recurso de revisión (queja), lo cual implica que el órgano garante federal (INAI) o en de las entidades federativas (IVAI) para el estado de Veracruz conozca lo que se dio como respuesta y en su momento determinar si existió o no un incumplimiento en el derecho de acceso a la información.
¿QUÉ HAGO SI NO ME RESPONDEN O ESTOY INCONFORME CON LA RESPUESTA A MI SOLICITUD?