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Año 2024

Catálogode medidas EFRCRUZ ROJA EN LA COMUNIDAD DE MADRID

01

Introducción

Las medidas incluidas en este Catálogo de Medidas EFR están disponibles para todo el personal laboral de CRUZ ROJA, Comité Autonómico de Madrid, salvo que se especifique lo contrario.Si quieres hacer uso de ellas y no sabes cómo, contacta con Ana Pariente, Responsable EFR, a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ancapa@cruzroja.es.Las medidas que aparecen acompañadas del símbolo son aquellas que establece la legislación, las medidas que llevan el símbolo , son medidas que la organización ha decidido poner en marcha y las medidas con el símbolo son las pactadas en el Convenio de empresa.

ANILLOS

C

Madrid a 1 de febrero de 2024

Compromiso EFR

Desde el año 2015, Cruz Roja en la Comunidad de Madrid manifestó en firme su compromiso con el fomento de la conciliación a través de la obtención del Certificado efr otorgado por Fundación Másfamilia.Desde entonces, en nuestro empeño por acercar la sostenibilidad a todos los ámbitos de la vida de nuestro personal laboral, hemos ido desarrollando medidas, más allá de la legislación vigente, con el objetivo de hacer compatible la vida familiar y personal con una trayectoria profesional de éxito. Nuestro mayor activo son las personas que forman parte de la organización, por tanto, apostamos por un modelo de gestión que potencie su calidad de vida como palanca para lograr un mejor lugar para trabajar. Todo ello enmarcado en una cultura de trabajo de mejora continua y búsqueda de la excelencia dentro del ámbito de la responsabilidad social empresarial con la que queremos ser una organización más responsable, eficiente, flexible y acorde a los nuevos tiempos. Nuestro compromiso se sustenta sobre 4 pilares fundamentales: En Cruz Roja en la Comunidad de Madrid continuaremos apoyándonos en el Modelo efr (Empresa Familiarmente Responsable), entendiendo éste como la mejor herramienta para el desarrollo de esos 4 pilares y su mejora constante. El área encargada de desarrollar el proyecto será el Departamento de RRHH y Organización siendo la responsable del mismo Ana Isabel Pariente, Responsable del Área de Desarrollo y Organización, quien desempeña las funciones de Manager efr y Esther García como Directora efr.

01

1. La atracción y el desarrollo del talento.

2. La mejora del clima laboral.

3. La salud y el bienestar de nuestros equipos

4. La igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

01

Compromiso EFR

ANILLOS

Francisco Gabriel Sanchez Parodi Secretario Autonómico

Pilar Roy Merinero Presidenta Autonómica

Nieves Morales PrietoCoordinadora Autonómica

" Nos esforzamos a diario por ser un mejor lugar para trabajar"

" Una vida satisfactoria implica encontrar el equilibrio entre la vida familiar, personal y profesional"

"Entendemos que la conciliación es positiva tanto para la persona como para la sociedad en su conjunto"

01

Definición de conciliación

En Cruz Roja en la Comunidad de Madrid entendemos la conciliación desde un enfoque integrador que va mucho más allá de facilitar recursos para equilibrar la vida personal y profesional. Para la organización, la conciliación supone poner a disposición de nuestro personal laboral las herramientas y mecanismos necesarios que posibiliten su desarrollo profesional, el cuidado de su salud y bienestar, así como la igualdad entre hombre y mujeres.

ANILLOS

Conciliar es ocuparnos de cuidar las tres dimensiones principales de una persona:

Como organización, nuestro objetivo es velar por el desarrollo óptimo y equilibrado de estas dimensiones, teniendo como punto central a la persona.

1. Vida personal/familiar

2. Desarrollo profesional

3. Salud y Bienestar

MEDIDAS EFR

O

02

2.1 Calidad en el Empleo

01

SERVICIO DE FISIOTERAPIA

02

AYUDAS PSICOLÓGO/A

03

RECONOCIMIENTO GINECOLÓGICO - UROLÓGICO

04

TALLERES PARA DEJAR DE FUMAR

02

Cruz Roja abona parte del coste del servicio de fisioterapia para los empleados/as de Cruz Roja, en nuestras instalaciones, durante el horario laboral.

Servicio de ayudas para gabinete psicológico

Revisión ginecológica y urológica gratuita y voluntaria para el trabajador/a.

Talleres para ayudar a nuestros trabajadores/as a dejar de fumar.

05

CAMPAÑAS DE VACUNACIÓN

06

PLAN DE SALUD Y BIENESTAR

07

SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ

08

FONDO SOCIAL

MEJORADO

MEJORADO

Cruz Roja en la Comunidad de Madrid concertará y costeará un seguro de vida por fallecimiento por cualquier causa e invalidez permanente absoluta al personal laboral con un capital asegurado de 60.000€

Fondo anual (60.000€ anuales) para dar cobertura a necesidades extraordinarias de carácter social (compra de prótesis y plantillas, compra de gafas y lentillas, dentista, situaciones de especial gravedad derivadas de la crisis, etc.)

Cruz Roja añade anualmente mejoras al Plan de Salud y Bienestar.

Campañas de vacunación para todos los trabajadores/as de Cruz Roja.

09

FONDO VUELTA AL COLE

10

ESTABILIDAD EN EL EMPLEO

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VENTAJAS COMERCIALES

12

ANTICIPOS

Ventajas comerciales y descuentos a los empleados/as y sus familias en ocio, seguros médicos, formación, etc.

Fondo “Vuelta al Cole”: aportación extraordinaria y voluntaria para apoyar económicamente con los gastos derivados de la vuelta al colegio (material escolar y matrículas).

Anticipos: Todo trabajador/a tendrá derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado, que deberán reintegrarse en la nómina del mismo mes en que se recibe o en la del siguiente, a elección del trabajador/a. Anticipo especial: Todo trabajador/a con más de un año de antigüedad reconocida en la empresa tendrá derecho a solicitar y percibir hasta el importe equivalente a 3 mensualidades del salario bruto, con devolución mensual, mediante retención en origen en la nómina a percibir, iniciándose en el mes siguiente en el que se recibe, y siendo la cuota de reintegro un diez por ciento (10%) del salario bruto mensual.

Estabilidad en el Empleo: El trabajador/a debe tener y sentir que su empleo es estable y de calidad, por ello apostamos por el fomento de los contratos indefinidos (76% de contratos indefinidos a 31/12/2022)

Ocio, seguros médicos, formación, etc...

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COMPLEMENTO POR IT

Complemento por incapacidad temporal: en caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador/a percibirá durante la suspensión del contrato un complemento que, sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo, alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

14

PERMISO SIN SUELDO

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INCREMENTO SALARIAL

Complemento por incapacidad temporal: en caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador/a percibirá durante la suspensión del contrato un complemento que, sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo, alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

16

JORNADA COMPLETA

MEJORADO

El 83% de los trabajadores/as poseen vinculación con la Institución a jornada completa

Para trabajadores/as con al menos un año de relación laboral en la Institución, de duración mínima de 15 días y una duración máxima de 6 meses (ampliable en casos excepcionales a 12 meses).

Durante la vigencia del actual convenio se acuerda el siguiente sistema de revisión salarial: 2023: 4% 2024: 4% 2025: 3% + máximo 1% en función IPC 2026: 2% + máximo 1% en función IPC 2027: 2% + máximo 1% en función IPC

En caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador/a percibirá durante la suspensión del contrato un complemento que, sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo, alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

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JORNADA PREFERENTEMENTE CONTINUA

Complemento por incapacidad temporal: en caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador/a percibirá durante la suspensión del contrato un complemento que, sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo, alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

HOMOGENIZACION DE HORARIOS

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Jornada, preferentemente continua, los viernes, de 8:00 a 15:00 h.

La jornada ordinaria de trabajo efectivo será con carácter general de 35 horas distribuida de lunes a viernes. Como normal general se fija la distribución horaria siempre y cuando lo permita el servicio del siguiente modo: •Jornada continua para jornadas inferiores a 30 horas a la semana. •Jornada de 35 horas semanales: partirán su jornada un día a la semana. •Jornada de 38,5 horas semanales: partirán su jornada dos días a la semana. •Jornada de 40 horas semanales: partirán su jornada tres días a la semana.

MEDIDAS EFR

O

02

2.2 Flexibilidad Temporal

01

FLEXIBILIDAD DIARIA

02

BOLSA DE HORAS

03

TELETRABAJO Y TRABAJO HÍBRIDO

04

VACACIONES

MEJORADO

MEJORADO

Se disfrutarán en los meses de julio y agosto y obligatoriamente en el periodo de cierre de la Escuela, que será la primera quincena de agosto. El resto de las vacaciones se disfrutarán entre el mes de julio y la segunda quincena de agosto. En circunstancias puntuales y de forma excepcional se podrá solicitar a la Dirección poder disfrutar en otros periodos.

Se establece un modelo de flexibilidad horaria, en virtud del cual se habilitará una bolsa de horas siendo el límite de horas acumuladas de 40 horas en exceso y 20 horas en defecto El sistema de disfrute de la flexibilidad de la bolsa de horas exige un tiempo mínimo de presencia del 80% de la jornada diaria dentro de su horario que podrá ser continuo o discontinuo.

Se establece un modelo de flexibilidad horaria, en virtud del cual la hora de entrada y/o salida cada jornada podrá ser anticipada a un máximo de 45 minutos y/o retrasarla un máximo de 45 minutos, la hora máxima de entrada por el ejercicio de la flexibilidad horaria será las 08:00 horas. En aquellos dispositivos que los que no se pueda anticipar la hora de entrada, la persona trabajadora podrá acumular el tiempo de flexibilidad total retrasando su entrada en un máximo de 90 minutos. La comisión paritaria podrá fijar las excepciones a esta norma.

24 días hábiles, dentro del año natural o como máximo hasta el 31 de enero del año siguiente, el 50% de ellas entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. Las vacaciones podrán disfrutarse como máximo fraccionadas en cuatro periodos.

Se establece un sistema de teletrabajo (2 días a la semana) y de trabajo híbrido (1 día a la semana) para los puestos definidos por la Institución en su catálogo. Estos se prestarán preferentemente en días de horario intensivo.

05

ASUNTOS PROPIOS

06

JORNADA INTENSIVA

07

24 Y 31 DE DICIEMBRE

TRASLADO DE DOMICILIO HABITUAL

08

MEJORADO

El trabajador/a tendrá derecho al disfrute de 7 días hábiles de asuntos propios que no requerirán justificación, por año natural (hasta el 10 de enero del año siguiente).

Disfrute de los días 24 y 31 de diciembre.

-Entre el 22 de diciembre y el 5 de enero-Entre el 16 de junio y el 15 de septiembre-Lunes, martes y miércoles de Semana Santa

Traslado de domicilio habitual, dos días hábiles continuos o discontinuos.

09

PERMISO CONSULTA MÉDICA

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DEBER INEXCUSABLE

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HORAS EXTRAORDINARIAS

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NOCTURNIDAD

NUEVO

•Se compensarán en tiempo de descanso en igual cuantía a las realizadas, salvo las de sábados, domingos y festivos que se compensarán multiplicadas por 1,5, todo dentro de los 3 meses siguientes a su realización. •Aquellas que, excepcionalmente, se compensen económicamente, podrán ser abonadas por los siguientes importes: •Las realizadas de lunes a viernes: igual a la de la hora ordinaria. •La realizada en sábado, domingo o festivo valor de la hora ordinaria multiplicada por 1,75.

Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, cuya exigencia deberá acreditarse documentalmente.

Por el tiempo mínimo para asistir a consulta médica, pública o privada. Permiso para acompañamiento a consulta médica de familiar de primer grado por consanguinidad o por afinidad. El trabajador/a dispondrá de un permiso por el tiempo mínimo para el acompañamiento a consulta médica, pública o privada de familiares de primer grado por consanguinidad o afinidad. Dicha consulta deberá ser solicitada preferentemente en horario compatible con su jornada de trabajo, y solo cuando no sea posible podrá disfrutar del presente permiso. En caso de que en la consulta médica del afectado/a recomendara el facultativo/a reposo durante al menos un día o indicador similar el permiso abarcará la jornada completa.

El personal laboral que realice horarios desde las 22:00 horas, hasta las 06:00 de la mañana, se les retribuirá, el equivalente al 10% de la hora trabajada en horario nocturno, este complemento se liquidará a mes vencido.

MEDIDAS EFR

O

02

2.3 Apoyo a la familia

01

PERMISO POR NACIMIENTO

02

PROTECCION A LA MATERNIDAD

03

EXAMENES Y PRUEBAS TECNICAS PRENATALES

04

PERMISO POR LACTANCIA

Entrega de kits confort para embarazadas, formación en primeros auxilios para bebés, regalos por nacimiento de hijo, plazas de aparcamiento para embarazadas, adaptación del puesto, cambio de puesto o funciones o suspensión de contrato, en caso de detectarse que el puesto de trabajo pueda influir negativamente en la salud de la trabajadora durante el embarazo o la lactancia, o del feto.

Permiso por nacimiento de 18 semanas para todos los progenitores, ampliables a 2 por cada hijo/a adicional.

Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, para la trabajadora embarazada y su pareja, con derecho a remuneración.

Permiso por cuidado del lactante hasta que cumpla nueve meses. Con relación al ejercicio de este derecho se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en cada momento. En Cruz Roja Comunidad de Madrid el disfrute podrá ser acumulado a razón de 15 días hábiles retribuidos que se disfrutarán obligatoriamente de forma continuada e inmediatamente posterior al permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. La duración del permiso se incrementará en 4 días adicionales en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.

05

COMPLEMENTO POR MATERNIDAD/PATERNIDAD

06

EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJOS/AS O FAMILIARES

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AYUDAS ASISTENCIALES

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EXCEDENCIA EXTRAORDINARIA

Excedencia por cuidado de hijos/as o familiares, de duración no superior a tres años, para atender al cuidado de hijos/as menores de 3 años, según la legislación vigente. Periodo de excedencia, de duración no superior a dos años para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Durante este periodo, computable a efectos de antigüedad en la empresa, el trabajador tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Durante el primer año, a partir del inicio de cada situación de excedencia, el trabajador tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo.

Complemento por maternidad / paternidad, durante la suspensión del contrato, tal que sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

Excedencia por cuidado de hijos/as o familiares, de duración no superior a tres años, para atender al cuidado de hijos/as menores de 3 años, según la legislación vigente. Periodo de excedencia, de duración no superior a dos años para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.

Excedencia extraordinaria por un periodo no inferior a un mes ni superior a 12 meses de excedencia con reserva de puesto de trabajo, cuando la situación personal o familiar requiera de una especial atención por parte de la Cruz Roja en la Comunidad de Madrid.

Ayudas asistenciales para descendientes en primer grado, por nacimiento, adopción o acogimiento, con discapacidad psíquica, física o sensorial, de 50 €, que se abonarán en las doce pagas ordinarias.

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FLEXIBILIDAD HORARIA ESPECIAL

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RECONOCIMIENTO PAREJAS CONVIVENCIALES

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ACTIVIDADES DE OCIO

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CONDICIONES VENTAJOSAS

Condiciones ventajosas a hijos o hijas: •Plaza y reducción de matrícula en un 50% en las actividades formativas que Cruz Roja en la Comunidad de Madrid organice. •Plaza y reducción de un 50% de la cuota en los campamentos y actividades al aire libre que Cruz Roja en la Comunidad de Madrid organice.

Flexibilidad horaria para trabajadores/as con familiares mayores de 65 años con discapacidad o dependencia, que podrá ser negociada entre Institución, trabajador/a y comité de empresa en función de las condiciones personales y familiares.

Reconocimiento de pareja de hecho y parejas convivenciales acreditada a efectos de permisos (a excepción del permiso por matrimonio).

Actividades para hijos/as en días no lectivos, campamento de verano, fiestas infantiles…

13

PERMISOS RETRIBUIDOS

Complemento por incapacidad temporal: en caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador/a percibirá durante la suspensión del contrato un complemento que, sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo, alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

  • Las personas trabajadoras tendrán derecho a un permiso parental, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años. Este permiso, que tendrá una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial conforme a lo establecido legalmente.
  • Dieciséis días naturales en caso de matrimonio y/o formalización oficial de pareja de hecho, a contar desde el primer día hábil de trabajo. El hecho causante está incluido en el permiso de los 16 días de permiso.
  • Cinco días hábiles a partir del día del hecho causante por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja a de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella. Este permiso se disfrutará de manera proporcional en caso de personas trabajadoras con jornadas irregulares.
  • Tres días hábiles continuos o discontinuos dentro de los 15 días naturales a partir del día del hecho causante por el fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando por tal motivo requiera desplazamiento superior a 150 km de distancia del domicilio habitual el plazo será de cuatro días hábiles continuos. En caso de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o hijos/as, el permiso será de cinco días hábiles continuos a partir del día del hecho causante.
  • La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año, conforme a lo establecido en convenio colectivo o, en su defecto, en acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras aportando las personas trabajadoras, en su caso, acreditación del motivo de ausencia.
  • Un día natural por matrimonio y/o formalización oficial de pareja de hecho de hijos o hijas, padres y madres o hermanos y hermanas disfrutable el día del acto. Este permiso será ampliable a dos días naturales si éste se produjese en distinta localidad de la del domicilio de la persona trabajadora siempre que se encuentre a más de 150 kilómetros de distancia de su domicilio habitual, disfrutándose el día adicional el día anterior o posterior al acto.
  • Dos días hábiles en caso de divorcio o de separación legal y/o disolución de pareja de hecho. El cómputo de los días se efectuará a partir de la primera fecha en que se pueda ser acreditado administrativamente el inicio del proceso de separación o la notificación a la persona trabajadora de la resolución judicial que constate las situaciones.
  • Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, cuya exigencia deberá acreditarse documentalmente.
  • Permiso para asistencia a consulta médica propia. La persona trabajadora dispondrá de un permiso por el tiempo mínimo para asistir a consulta médica, pública o privada. Dicha consulta deberá ser solicitada preferentemente en horario compatible con su jornada de trabajo, y solo cuando no sea posible podrá disfrutar del presente permiso. No obstante, cuando la consulta médica se realice fuera de la Comunidad de Madrid el tiempo máximo de disfrute será de un día.
  • Situaciones especiales: el personal laboral con descendientes con discapacidad reconocida legalmente tendrá derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable para asistir a reuniones de coordinación de su centro de educación especial, donde reciba tratamiento o para acompañarlo si ha de recibir apoyo adicional en el ámbito sanitario. Asimismo, a este permiso tendrán derecho las mujeres víctimas de maltrato para realizar una asistencia social integrada.

MEDIDAS EFR

O

02

2.4 Desarrollo personal y profesional

01

SERVICIO DE ORIENTACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL

02

FORMACION CONTINUA Y PROGRAMA DE FORMACION EN IDIOMAS

03

AYUDAS AL ESTUDIO

04

LICENCIAS PARA FORMACIÓN

MEJORADO

MEJORADO

Ayudas al estudio para los trabajadores/as con una antigüedad mínima de 1 año, para formación reglada o formación no reglada directamente relacionada con la actividad del trabajador o aplicables a su desarrollo profesional.

Licencias retribuidas por los tiempos y causas siguientes: •Asistencia a exámenes: por el tiempo indispensable para la presentación y realización a pruebas de evaluación considerándose el tiempo empleado recuperable o no recuperable en función de los tipos de exámenes. •Permiso para formación: sesenta horas anuales de formación externa, relacionada con actividades de la Institución, en centros públicos o privados que contribuyan directamente con la progresión profesional actual o futura del trabajador/a en la Institución.

Servicio de Orientación y Desarrollo Profesional: servicio de acompañamiento individual y personalizado para la orientación y el desarrollo profesional dirigido a todo el personal, para: -Planificar sus objetivos profesionales -Orientar su carrera hacia nuevas posiciones -Elegir la formación más adecuada

Plan de Formación Continua Anual y Programa de Formación en Idiomas, encaminado a la mejora y el desarrollo de las competencias del trabajador/a en la Institución.

05

SELECCION Y CONTRATACION

06

BOLSA INTERNA DE TRASLADOS

07

EXCEDENCIA VOLUNTARIA

VALORACION DE DESEMPEÑO

08

Podrá ser solicitada por el personal indefinido de plantilla con más de 1 año de antigüedad en la Institución, por un plazo no inferior a 4 meses ni superior a 5 años. En caso que el/a trabajador/a no haya solicitado la excedencia por el plazo máximo podrá solicitar un sola prórroga de la misma como máximo hasta completar el plazo de 5 años.

Selección y contratación basada en los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad, objetividad, no discriminación e igualdad de oportunidades, garantizando el acceso al empleo en igualdad de condiciones de los grupos más vulnerables, según los protocolos establecidos por Cruz Roja en la Comunidad de Madrid y la legislación y acuerdos vinculantes al respecto.

Con el objetivo de fomentar la movilidad interna desarrollando el talento de los/as colaboradores/as de Cruz Roja Madrid y facilitando la conciliación de los/as mismos/as, la Institución publicará anualmente la convocatoria de acceso a la bolsa de traslados. Cada trabajador/a podrá solicitar como máximo 3 áreas/puestos bien sea por interés profesional, bien por aspectos vinculados a la conciliación de su vida personal y profesional.

Para iniciar el camino a la excelencia organizacional, Cruz Roja en la Comunidad de Madrid tiene un Sistema de Valoración del Desempeño para su personal laboral.

09

ESPACIOS INNOVADORES

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ACTIVIDADES DE PARTICIPACION

11

ANIVERSARIOS Y JUBILACIONES

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ACTIVIDADES LUDICAS

Espacios innovadores de trabajo, orientados a fomentar el trabajo creativo (Espacio Pozas, 14, Laboratorio de Innovación…).

Actividades lúdicas para empleados/as y familiares, concursos y sorteos de entradas para eventos deportivos, culturales, musicales, Family Day, etc.

Actividades de participación para empleados: conferencias mensuales sobre temas de actualidad con ponentes de reconocido prestigio, intercambio de puestos (Proyecto Trotamundos)…

Cuando el empleado/a cumple 25 años en Cruz Roja o se jubila, se celebra un acto de reconocimiento, en agradecimiento a su trabajo.

13

14

JORNADAS DE CONVIVENCIA EQUIPO DIRECTIVO

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DESAYUNOS CON LA DIRECCION

PROGRAMA DE DESARROLLO DIRECTIVO

Jornadas de convivencia anual del equipo directivo.

Programa de Desarrollo Directivo e Itinerarios Formativos para Mandos Intermedios: anualmente el personal de dirección y los Mandos Intermedios participan en acciones formativas encaminadas a: •Desarrollar una visión global e integrada de la institución. •Proporcionar conocimientos y herramientas que faciliten su labor. •Desarrollar y potenciar actitudes de liderazgo, trabajo en equipo y compromiso personal con la misión de la institución y sus objetivos.

Periódicamente, la Dirección de Cruz Roja se reúne con un grupo de empleados/as para escuchar sus sugerencias y propuestas.

MEDIDAS EFR

O

02

2.5 Igualdad de oportunidades

01

02

VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO

PLAN DE IGUALDAD

03

COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD

NUEVO

NUEVO

Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid asume la política de igualdad que establece el Plan de Igualdad que el Equipo Nacional de Igualdad de la Institución ha aprobado.

Se ha constituido un Punto de Atención Único a las trabajadoras víctimas de violencia de género a nivel nacional con 11 medidas para trabajadoras víctimas de violencia de género: MEDIDAS

La persona trabajadora con certificado de discapacidad de al menos 33% le será abonada una ayuda por la Institución cuya cuantía mensual bruta será de 50 €, que se abonarán en las doce pagas ordinarias.

03

CANALES DE COMUNICACION

ANILLOS

Para obtener información más detallada de las medidas que se recogen en este catálogo puedes acceder al espacio del Departamento de RRHH y Organización en el Share Point de Cruz Roja, en el cual contamos, además, con una zona EFR.

03

CANALES DE COMUNICACION

ANILLOS

Igualmente, a través del espacio Zona Creo (https://zonacreo.com/)

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CANALES DE COMUNICACION

ANILLOS

Por último, si tienes alguna duda sobre el Catálogo de Medidas EFR o quieres proponerotras nuevas, contacta con Ana Pariente, a través de la siguiente dirección de correo electrónico

ancapa@cruzroja.es

Si consideras que CRUZ ROJA en la Asamblea Provincial de Madrid, no responde a tus consultas o peticiones en materia de equilibrio entre la vida personal y laboral e igualdad de oportunidades, puedes contactar con la Fundación Másfamilia a través de los siguientes medios:

www.masfamilia.org/canal

fundacion@masfamilia.com