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Derecho Internacional
Felipe Bautista Peña
Created on March 16, 2023
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dERECHO INTERNACIONAL
El fin del derecho interno es garantizar la vida, la libertad y la autonomía
Derecho internacional público
Garantizar la paz y la seguridad en las relaciones internacionales.
Estados
Sujetos creadores del derecho internacional
Tratados internacionales
personas físicas o naturales
matrimonio
personas jurídicas
Seres humanos que tienen derechos y obligaciones
nacionalidad
contratos comerciales
método de elección
MÉTODO DE CREACIÓN
MÉTODO AUTOLIMITATIVO
derecho internacional privado
Regular las relaciones jurídicas entre sujetos privados que pertenezcan a ordenes jurídicos de distinta nacionalidad.
organismos internacionales
Entidades intergubernamentales creadas mediante tratados internacionales
la costumbre internacional
principios generales del derecho
Decisiones judiciales
Empresas, asociación de individuos, cooperativas, gobiernos locales, etc.
Fuente: elaboración propia en base a Vallarta (2012); Estatuto de la Corte Internarcional de Justicia (s.f.); Convención de Viena (1969) y (1986); Constitución de los Estados Unidos Mexicanos (1917); Becerra (1991); citados en IRC (s.f.) Unidad 2. Fuentes del Derecho Internacional Público.
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
DEFINIDAS POR EL ESTATUTO DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA. Son aquellos documentos, sucesos o actividades que producen reglas jurídicas
TRATADOS INTERNACIONALES
Regulados por la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969, y de 1986. Éstos son: “un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional”.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Son enunciados que expresan un juicio acerca de la conducta que se debería de llevar a cabo en ciertas situaciones o sobre otras reglas dentro de un ordenamiento jurídico.
LA COSTUMBRE
La existencia de una práctica generalmente aceptada, con carácter uniforme y constante llevada a cabo por sujetos del derecho internacional público, con la convicción de que se está realizando en el marco de cumplimiento de una norma jurídica (Killian, 2014)
eLEMENTO MATERIAL
La repetición de ciertos actos, en la constatación de ciertos usos o prácticas entre los Estados
ELEMENTO PSICOLóGICO
Se trata de la convicción de que su uso o práctica son jurídicamente obligatorios.
Pueden ser multilaterales o bilaterales; Mundiales o regionales, manifiestan consentimiento por firma o por ratificación constitucional; su validez y obligatoriedad tiene su origen en el principio pacta sunt servanda
Para el caso de México se requiere la ratificación por parte del Senado y la publicación en el DOF
la reserva
Se entiende como una declaración unilateral, con el objeto de excluir o modificar los aspectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación de ese Estado
Para su formación se requiere de la participación de una pluralidad de Estados, no es necesario que sean todos, pero sí una gran mayoría
Su importancia radica en que brinda certidumbre en el sistema internacional y se aplica cuando no haya tratado o normatividad internacional frente a un conflicto.
Son instrumentos que tiene el juez para resolver controversia en caso de lagunas; en el Derecho.
Estos principios se ocupan tanto en el fondo del asunto, como en el procedimiento
Nadie puede ser juez en su propia causa
La ignorancia de la Ley no exime de su cumplimiento
Lo que no está prohibido está permitido.
Los pactos deben cumplirse
Fuente: elaboración propia en base a Vallarta (2012); Estatuto de la Corte Internarcional de Justicia (s.f.); Convención de Viena (1969) y (1986); Constitución de los Estados Unidos Mexicanos (1917); Becerra (1991); citados en IRC (s.f.) Unidad 2. Fuentes del Derecho Internacional Público.
sujetos del derecho internacional público
- Población.
- Territorio.
- Gobierno
- Capacidad jurídica para entablar relaciones con otros Estados
capacidad jurídica
estructura organizacional
La existencia de un Estado no depende del reconocimiento de una mayoria de otros Estados.
Los elementos de legitimidad y efectividad son fundamentales en el reconocimiento de un gobierno
Estados
La convención de Montevideo de 1933, establece que un Estado debe contener 4 elementos para ser reconocido
sujetos atípicos
No reúnen las características tradicionales como los Estados, sin embargo, dada su relevancia y utilidad se les considera dentro de esta categoría
Organizaciones internacionales
Organizaciones interestatales en las que participan los Estados y otros sujetos de derecho internacional (organizaciones intergubernamentales).
ORGANIZACIONES INTERNACIONALES NO GUBERNAMENTALES
Los Tratados para la protección de los derechos humanos por sí solo, no otorgan a los individuos de forma directa derechos de acuerdo al contexto del derecho internacional
Sus elementos constitutivos son un Tratado de Derecho Internacional y la capacidad de decidir sobre su propia estructura
Estas determinaciones configuran en el caso de la ONU como una organización no gubernamental, pues se le dota de autonomía para la prosecución de sus objetivos.
Por definición, los Estados son los sujetos del Derecho Internacional; no obstante, éstos no son los únicos participes.
- Santa Sede
- Soberana Orden de Malta
- Comité Internacional de la Cruz Roja
- Beligerantes
- Individuos
Los sujetos de derecho internacional, en cualquier sistema jurídico no son necesariamente idénticos en su naturaleza o en la extensión de sus derechos.
La Corte internacional de Justicia reconoció la personalidad jurídica internacional de la ONU
Fuente: elaboración propia en base a ONU (1945); Herdegen (2018); Vallarta (2012); Seidelmann (2016); citados en IRC (s.f.) Unidad 3. Sujetos del Derecho Internacional.