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Año 2024

Catálogode medidas EFRESCUELA DE ENFERMERIA

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Introducción

Las medidas incluidas en este Catálogo de Medidas EFR están disponibles para todo el personal laboral de CRUZ ROJA, Comité Autonómico de Madrid, salvo que se especifique lo contrario.Si quieres hacer uso de ellas y no sabes cómo, contacta con Ana Pariente, Responsable EFR, a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ancapa@cruzroja.es.Las medidas que aparecen acompañadas del símbolo son aquellas que establece la legislación, las medidas que llevan el símbolo , son medidas que la organización ha decidido poner en marcha y las medidas con el símbolo son las que se rigen por el convenio de ámbito estatal para centros universitarios vinculados a organizaciones sin ánimo de lucro.

ANILLOS

C

Madrid a 1 de Febrero 2024

Compromiso EFR

Desde el año 2015, Cruz Roja en la Comunidad de Madrid manifestó en firme su compromiso con el fomento de la conciliación a través de la obtención del Certificado efr otorgado por Fundación Másfamilia.Desde entonces, en nuestro empeño por acercar la sostenibilidad a todos los ámbitos de la vida de nuestro personal laboral, hemos ido desarrollando medidas, más allá de la legislación vigente, con el objetivo de hacer compatible la vida familiar y personal con una trayectoria profesional de éxito. Nuestro mayor activo son las personas que forman parte de la organización, por tanto, apostamos por un modelo de gestión que potencie su calidad de vida como palanca para lograr un mejor lugar para trabajar. Todo ello enmarcado en una cultura de trabajo de mejora continua y búsqueda de la excelencia dentro del ámbito de la responsabilidad social empresarial con la que queremos ser una organización más responsable, eficiente, flexible y acorde a los nuevos tiempos. Nuestro compromiso se sustenta sobre 4 pilares fundamentales: En Cruz Roja en la Comunidad de Madrid continuaremos apoyándonos en el Modelo efr (Empresa Familiarmente Responsable), entendiendo éste como la mejor herramienta para el desarrollo de esos 4 pilares y su mejora constante. El área encargada de desarrollar el proyecto será el Departamento de RRHH y Organización siendo la responsable del mismo Ana Isabel Pariente, Responsable del Área de Desarrollo y Organización, quien desempeña las funciones de Manager efr y Esther García como Directora efr.

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2. La mejora del clima laboral.

1. La atracción y el desarrollo del talento.

2. La mejora del clima laboral.

3. La salud y el bienestar de nuestros equipos

4. La igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

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Compromiso EFR

ANILLOS

Francisco Gabriel Sanchez Parodi Secretario Autonómico

Pilar Roy Merinero Presidenta Autonómica

Nieves Morales PrietoCoordinadora Autonómica

" Nos esforzamos a diario por ser un mejor lugar para trabajar"

" Una vida satisfactoria implica encontrar el equilibrio entre la vida familiar, personal y profesional"

"Entendemos que la conciliación es positiva tanto para la persona como para la sociedad en su conjunto"

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Definición de conciliación

En Cruz Roja en la Comunidad de Madrid entendemos la conciliación desde un enfoque integrador que va mucho más allá de facilitar recursos para equilibrar la vida personal y profesional. Para la organización, la conciliación supone poner a disposición de nuestro personal laboral las herramientas y mecanismos necesarios que posibiliten su desarrollo profesional, el cuidado de su salud y bienestar, así como la igualdad entre hombre y mujeres.

ANILLOS

Conciliar es ocuparnos de cuidar las tres dimensiones principales de una persona:

Como organización, nuestro objetivo es velar por el desarrollo óptimo y equilibrado de estas dimensiones, teniendo como punto central a la persona.

1. Vida personal/familiar

2. Desarrollo profesional

3. Salud y Bienestar

MEDIDAS EFR

O

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2.1 Calidad en el Empleo

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SERVICIO DE FISIOTERAPIA

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AYUDAS PSICOLÓGO/A

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RECONOCIMIENTO GINECOLÓGICO - UROLÓGICO

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TALLERES PARA DEJAR DE FUMAR

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Cruz Roja abona parte del coste del servicio de fisioterapia para los empleados/as de Cruz Roja, en nuestras instalaciones, durante el horario laboral.

Servicio de ayudas para gabinete psicológico

Revisión ginecológica y urológica gratuita y voluntaria para el trabajador/a.

Talleres para ayudar a nuestros trabajadores/as a dejar de fumar.

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CAMPAÑAS DE VACUNACIÓN

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PLAN DE SALUD Y BIENESTAR

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SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ

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FONDO SOCIAL

MEJORADO

MEJORADO

Cruz Roja en la Comunidad de Madrid concertará y costeará un seguro de vida por fallecimiento por cualquier causa e invalidez permanente absoluta al personal laboral con un capital asegurado de 60.000€

Fondo anual (60.000€ anuales) para dar cobertura a necesidades extraordinarias de carácter social (compra de prótesis y plantillas, compra de gafas y lentillas, dentista, situaciones de especial gravedad derivadas de la crisis, etc.)

Cruz Roja añade anualmente mejoras al Plan de Salud y Bienestar.

Campañas de vacunación para todos los trabajadores/as de Cruz Roja.

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FONDO VUELTA AL COLE

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ESTABILIDAD EN EL EMPLEO

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VENTAJAS COMERCIALES

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ANTICIPOS

Ventajas comerciales y descuentos a los empleados/as y sus familias en ocio, seguros médicos, formación, etc.

Fondo “Vuelta al Cole”: aportación extraordinaria y voluntaria para apoyar económicamente con los gastos derivados de la vuelta al colegio (material escolar y matrículas).

Anticipos: Todo trabajador/a tendrá derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado, que deberán reintegrarse en la nómina del mismo mes en que se recibe o en la del siguiente, a elección del trabajador/a. Anticipo especial: Todo trabajador/a con más de un año de antigüedad reconocida en la empresa tendrá derecho a solicitar y percibir hasta el importe equivalente a 3 mensualidades del salario bruto, con devolución mensual, mediante retención en origen en la nómina a percibir, iniciándose en el mes siguiente en el que se recibe, y siendo la cuota de reintegro un diez por ciento (10%) del salario bruto mensual.

La persona trabajadora debe tener y sentir que su empleo es estable y de calidad. La contratación de personal titular en la Escuela de Enfermería se realizar de manera indefinida (salvo sustituciones o coberturas temporales), con el periodo de prueba establecido por convenio colectivo.

Ocio, seguros médicos, formación, etc...

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COMPLEMENTO POR IT

Complemento por incapacidad temporal: en caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador/a percibirá durante la suspensión del contrato un complemento que, sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo, alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

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PERMISO SIN SUELDO

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INCREMENTO SALARIAL

Complemento por incapacidad temporal: en caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador/a percibirá durante la suspensión del contrato un complemento que, sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo, alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

Todo el personal podrá solicitar hasta quince días de permiso sin sueldo por año, que deberá serle concedido si se hace con un preaviso de quince días (Articulo 41) .

Los salarios se rigen por el convenio de ámbito estatal para centros universitarios vinculados a organizaciones sin ánimo de lucro. Con el objetivo de revalorizar anualmente los salarios, la empresa, de forma voluntaria y teniendo en cuenta su viabilidad económica, podrá aplicar un incremento salarial contra convenio para incrementar los conceptos salariales establecidos en convenio colectivo (Sueldo (salario base) y complemento de cargo) en el porcentaje que estime conveniente respetando, al menos, el incremento establecido en el convenio de referencia. A tal efecto, se creará un concepto salarial cuya cuantía tendrá la condición de absorbible y compensable, no teniendo carácter consolidable en ningún caso ni circunstancia.

En caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador/a percibirá durante la suspensión del contrato un complemento que, sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo, alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

MEDIDAS EFR

O

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2.2 Flexibilidad Temporal

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VACACIONES

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DÍAS ESPECIALES DE LIBRANZA

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JORNADA INTENSIVA DE VERANO

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DÍAS DE DESCANSO ADICIONAL

Jornada intensiva de verano: entre julio y agosto, a razón de siete horas continuadas diarias en horario de mañana. La jornada pasa a ser de 35 horas, no siendo recuperables las 2,5 horas restantes.

A cada persona trabajadora le corresponde el disfrute de 22 días laborales de vacaciones al año. Se disfrutarán preferentemente y mayoritariamente en los meses de julio y agosto (obligatoriamente la 1ª quincena de agosto que es cuando la Escuela permanece cerrada). Podrán disfrutarse algunos días la ultima semana de junio o la primera semana de septiembre, siempre y cuando lo permitan las necesidades del centro.

Días especiales de libranza: serán designados por la UAM (Universidad Autónoma de Madrid) para curso curso académico. Habitualmente son las festividades de Santo Tomás de Aquino y el día Internacional de la Enfermería El personal docente-investigador disfruta de descanso en Navidad y Semana Santa coincidiendo con las vacaciones del calendario académico de la UAM. El personal administrativo y de servicios, descansa 9 días naturales en Navidad y 6 días naturales en Semana Santa (dentro del periodo de vacaciones del calendario académico de la UAM).

Días de descanso adicionales (semejantes a asuntos propios): El personal docente tendrá derecho a disfrutar de 1 día más descanso al año que no requerirá justificación. En el caso del personal Administrativo y de Servicios, será de 3 días adicionales (artículo 38 Convenio Colectivo). La persona que lleva la dirección del centro tiene 3 días de descanso adicional.

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TRABAJO DESLOCALIZADO

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FLEXIBILIDAD HORARIA

MEDIDA COMPENSATORIA NO FLEXIBILIDAD HORARIA

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BOLSA DE HORAS

NUEVO

El personal docente dispondrá de 90 minutos de flexibilidad horaria. La entrada podrá realizarse entre el periodo de las 07.30h y las 09.00h, aquellos días en los que no tenga actividad docente programada. - El personal de Secretaría y Biblioteca, verá reducida su flexibilidad por necesidades del servicio. La entrada podrá realizarse entre el periodo de 07.30h y las 08.00h, que es cuando abre el servicio al público. - En los días de jornada partida, se dispondrá de 60 minutos de pausa de comida de los cuales se podrán reducir a 15 minutos anticipando en este tiempo la hora de salida. En caso de seguimiento de prácticas en hospital, se reduce a 30 minutos.

Medida compensatoria no flexibilidad horaria o disfrute reducido, el personal administrativo y de servicios sin flexibilidad horaria o con flexibilidad reducida, disfrutará del lunes de Pascua libre.

Se establece un sistema de trabajo deslocalizado de la siguiente manera: - Profesorado: 1 día a la semana - Secretaría: 1 día a la semana, quedando el servicio presencial siempre con 2 de las 3 personas secretarias. En épocas de picos de actividad, no es posible el trabajo deslocalizado. - Biblioteca: puesto no deslocalizable

En ocasiones, el personal realiza tareas fuera del horario habitual (tutorías, prácticas, eventos, etc). Para estos casos, se establece una bolsa de horas asociada a compensación horaria. Las horas de bolsa se pueden disfrutar dentro de los 4 meses posteriores a su generación, pudiendo solicitar prórroga a la dirección por motivos justificados no se pudieran disfrutar cuando corresponda.

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PERMISO CONSULTA MÉDICA

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DEBER INEXCUSABLE

Permiso por el tiempo mínimo para asistir a consulta médica, pública o privada. Permiso para acompañamiento a consulta médica de familiar de primer grado por consanguinidad o por afinidad. El trabajador/a dispondrá de un permiso por el tiempo mínimo para el acompañamiento a consulta médica, pública o privada de familiares de primer grado por consanguinidad o afinidad. Dicha consulta deberá ser solicitada preferentemente en horario compatible con su jornada de trabajo, y solo cuando no sea posible podrá disfrutar del presente permiso. En caso de que en la consulta médica del afectado/a recomendara el facultativo/a reposo durante al menos un día o indicador similar el permiso abarcará la jornada completa.

Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, cuya exigencia deberá acreditarse documentalmente.

MEDIDAS EFR

O

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2.3 Apoyo a la familia

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PERMISO POR NACIMIENTO

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PROTECCION A LA MATERNIDAD

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EXAMENES Y PRUEBAS TECNICAS PRENATALES

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PERMISO POR LACTANCIA

Entrega de kits confort para embarazadas, formación en primeros auxilios para bebés, regalos por nacimiento de hijo, plazas de aparcamiento para embarazadas, adaptación del puesto, cambio de puesto o funciones o suspensión de contrato, en caso de detectarse que el puesto de trabajo pueda influir negativamente en la salud de la trabajadora durante el embarazo o la lactancia, o del feto.

Permiso por nacimiento de 18 semanas para todos los progenitores, ampliables a 2 por cada hijo/a adicional.

Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, para la trabajadora embarazada y su pareja, con derecho a remuneración.

1. Los trabajadores, hombres o mujeres, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia al trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración de este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Así mismo podrá acumular en jornadas completas en caso de acuerdo entre las partes. En caso de acuerdo por la acumulación de jornadas, la misma será de media hora diaria. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen. 2. En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario. 3. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute de la reducción de jornada en los supuestos establecidos en los párrafos anteriores, corresponderá al trabajador/a dentro de su jornada ordinaria. El trabajador/a deberá preavisar con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

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AYUDAS ASISTENCIALES

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COMPLEMENTO POR MATERNIDAD/PATERNIDAD

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EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJOS/AS O FAMILIARES

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EXCEDENCIAS

Ayudas asistenciales para descendientes en primer grado, por nacimiento, adopción o acogimiento, con discapacidad psíquica, física o sensorial, de 50 €, que se abonarán en las doce pagas ordinarias.

Excedencia por cuidado de hijos/as o familiares, de duración no superior a tres años, para atender al cuidado de hijos/as menores de 3 años, según la legislación vigente. Periodo de excedencia, de duración no superior a dos años para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Durante este periodo, computable a efectos de antigüedad en la empresa, el trabajador tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Durante el primer año, a partir del inicio de cada situación de excedencia, el trabajador tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo.

Complemento por maternidad / paternidad, durante la suspensión del contrato, tal que sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

Excedencia por cuidado de hijos/as o familiares, de duración no superior a tres años, para atender al cuidado de hijos/as menores de 3 años, según la legislación vigente. Periodo de excedencia, de duración no superior a dos años para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.

Excedencia extraordinaria por un periodo no inferior a un mes ni superior a 12 meses de excedencia con reserva de puesto de trabajo, cuando la situación personal o familiar requiera de una especial atención por parte de la Cruz Roja en la Comunidad de Madrid.

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RECONOCIMIENTO PAREJAS CONVIVENCIALES

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ACTIVIDADES DE OCIO

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CONDICIONES VENTAJOSAS

PERMISOS

Complemento por incapacidad temporal: en caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador/a percibirá durante la suspensión del contrato un complemento que, sumado a la prestación correspondiente de la Seguridad Social o Mutua de Trabajo, alcance el 100% del salario bruto mensual y parte proporcional de pagas extras establecido en cada momento.

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Condiciones ventajosas a hijos o hijas: •Plaza y reducción de matrícula en un 50% en las actividades formativas que Cruz Roja en la Comunidad de Madrid organice. •Plaza y reducción de un 50% de la cuota en los campamentos y actividades al aire libre que Cruz Roja en la Comunidad de Madrid organice.

Reconocimiento de pareja de hecho y parejas convivenciales acreditada a efectos de permisos (a excepción del permiso por matrimonio).

Actividades para hijos/as en días no lectivos, campamento de verano, fiestas infantiles…

La persona trabajadora, previo aviso escrito y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

  • Quince días naturales en caso de matrimonio.
  • Tres días en caso de nacimiento de hijo, accidente, enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador/a necesite hacer un desplazamiento superior a 200 kilómetros, el plazo será de cinco días. En el caso de hospitalización este permiso se dará por terminado antes de su finalización si el familiar recibiera el alta médica.
  • Dos días en los supuestos de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Este permiso se dará por terminado antes de su finalización si el familiar recibiera el alta médica.
  • Un día por traslado de domicilio habitual.
  • Un día por boda de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que tendrá que disfrutarse el mismo día de la ceremonia.
  • Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber de carácter público y personal. Cuando conste en una norma legal un periodo determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
  • Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del 20 por 100 de las horas laborales en un periodo de tres meses, podrá el Centro pasar al trabajador/a afectado a la situación de excedencia forzosa. En el supuesto de que el trabajador/a por cumplimiento del deber o desarrollo del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en el Centro.
  • Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.
  • Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes oficiales, debiendo justificar previamente la formalización de la matrícula y posteriormente la asistencia al examen.
  • Tres días hábiles continuos o discontinuos dentro de los 15 días naturales a partir del día del hecho causante por el fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando por tal motivo requiera desplazamiento superior a 150 km de distancia del domicilio habitual el plazo será de cuatro días hábiles continuos. En caso de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o hijos/as, el permiso será de cinco días hábiles continuos a partir del día del hecho causante.
  • La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año, conforme a lo establecido en convenio colectivo o, en su defecto, en acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras aportando las personas trabajadoras, en su caso, acreditación del motivo de ausencia.
  • Permiso parental, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años. Este permiso, que tendrá una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial conforme a lo establecido legalmente. Al considerarse una suspensión del contrato de trabajo con reserva de puesto, será un permiso no retribuido y su disfrute conllevará una reducción de los días de vacaciones y asuntos propios devengados.

MEDIDAS EFR

O

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2.4 DESARROLLO PERSONAL Y PROFESIONAL

01

SERVICIO DE ORIENTACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL

02

FORMACION CONTINUA Y PROGRAMA DE FORMACION EN IDIOMAS

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AYUDAS AL ESTUDIO

MEJORADO

MEJORADO

LICENCIAS NO RETRIBUIDAS PARA FORMACIÓN

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Ayudas al estudio para los trabajadores/as con una antigüedad mínima de 1 año, para formación reglada o formación no reglada directamente relacionada con la actividad del trabajador o aplicables a su desarrollo profesional.

Servicio de Orientación y Desarrollo Profesional: servicio de acompañamiento individual y personalizado para la orientación y el desarrollo profesional dirigido a todo el personal, para: -Planificar sus objetivos profesionales -Orientar su carrera hacia nuevas posiciones -Elegir la formación más adecuada

Plan de Formación Continua Anual y Programa de Formación en Idiomas, encaminado a la mejora y el desarrollo de las competencias del trabajador/a en la Institución.

Otros permisos no retribuidos, con reserva de puesto de trabajo, para realizar cursos de perfeccionamiento previa autorización de la dirección del centro (artículo 40) Este tipo de permiso se rige por la “NORMATIVA POR LA QUE SE REGULAN LOS PERMISOS DE ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES EXTERNAS FORMATIVAS O CIENTÍFICAS, DEL PERSONAL DE LA E.U.E. CRUZ ROJA (MADRID)“

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COLABORACIONES ESPECIALES

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SELECCION Y CONTRATACION

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BOLSA INTERNA DE TRASLADOS

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EXCEDENCIA VOLUNTARIA

El trabajador/a disfrutará de un permiso retribuido para actividades vinculadas a la docencia (tesis, ponencias, etc.), siempre y cuando no reciba retribución adicional por esta actividad y sea autorizado por la dirección del centro.

Se ha establecido un Plan atracción y fidelización del talento para la Escuela de Enfermería, con medidas que abarcan diversos aspectos que comprenden las condiciones de trabajo: espacios de trabajo, equipamiento, progresión económica, carrera profesional, etc. Selección y contratación basada en los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad, objetividad, no discriminación e igualdad de oportunidades, garantizando el acceso al empleo en igualdad de condiciones de los grupos más vulnerables, según los protocolos establecidos por Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid y la legislación y acuerdos vinculantes al respecto.

Con el objetivo de fomentar la movilidad interna desarrollando el talento de los/as colaboradores/as de Cruz Roja Madrid y facilitando la conciliación de los/as mismos/as, la Institución publicará anualmente la convocatoria de acceso a la bolsa de traslados. Cada trabajador/a podrá solicitar como máximo 3 áreas/puestos bien sea por interés profesional, bien por aspectos vinculados a la conciliación de su vida personal y profesional.

Artículo 26. Excedencias. La excedencia podrá ser forzosa, especial y voluntaria. 1. Excedencia forzosa.–Dará derecho a la conservación del puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad de su vigencia, y se concederá, previa comunicación escrita al Centro, en los siguientes supuestos: Por designación o elección para cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo. El reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al cese en el cargo. 2. Excedencia especial.–El período en que el trabajador/a permanezca en esta situación será computable a efectos de antigüedad; tendrá derecho a asistir a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación, y durante el primer año dará derecho a reserva de puesto de trabajo. Transcurrido este plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente. 3. Excedencia voluntaria.–Salvo que otra cosa se indique en los apartados siguientes, la excedencia voluntaria se concederá por un plazo mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años. El excedente voluntario conserva un derecho preferente al reingreso en el Centro, en las vacantes de igual categoría que se produjeran, siempre que hubiera manifestado por escrito su deseo de reingreso, tres meses antes de la finalización de la excedencia. Se concederá en los siguientes supuestos: Con carácter general, y por cualquier causa, el trabajador/a con, al menos, una antigüedad de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador/a si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. Deberá solicitar el reingreso tres meses antes de que finalice la excedencia. En el caso del profesorado la excedencia se comenzará a disfrutar en los meses de julio y agosto, salvo acuerdo de las partes. Si la concesión de la excedencia voluntaria fuese motivada por disfrute de beca, viaje de estudios o participación en cursos de perfeccionamiento propios de la especialidad del trabajador, se le computará la antigüedad durante dicho periodo de excedencia, así como el derecho de reincorporarse automáticamente al puesto de trabajo, al que deberá reintegrarse en el plazo máximo de siete días. Todos los excedentes que no soliciten la reincorporación dentro de los plazos señalados y quienes no se reintegren al puesto de trabajo en los plazos establecidos, causarán baja definitiva en el Centro.

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ESPACIOS INNOVADORES

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ACTIVIDADES DE PARTICIPACION

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ANIVERSARIOS Y JUBILACIONES

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ACTIVIDADES LUDICAS

Espacios innovadores de trabajo, orientados a fomentar el trabajo creativo (Espacio Pozas, 14, Laboratorio de Innovación…).

Actividades lúdicas para empleados/as y familiares, concursos y sorteos de entradas para eventos deportivos, culturales, musicales, Family Day, etc.

Actividades de participación para empleados: conferencias mensuales sobre temas de actualidad con ponentes de reconocido prestigio, intercambio de puestos (Proyecto Trotamundos)…

Cuando el empleado/a cumple 25 años en Cruz Roja o se jubila, se celebra un acto de reconocimiento, en agradecimiento a su trabajo.

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JORNADAS DE CONVIVENCIA EQUIPO DIRECTIVO

PROGRAMA DE DESARROLLO DIRECTIVO

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DESAYUNOS CON LA DIRECCION

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LICENCIAS RETRIBUIDAS PARA FORMACIÓN

Jornadas de convivencia anual del equipo directivo.

Programa de Desarrollo Directivo e Itinerarios Formativos para Mandos Intermedios: anualmente el personal de dirección y los Mandos Intermedios participan en acciones formativas encaminadas a: •Desarrollar una visión global e integrada de la institución. •Proporcionar conocimientos y herramientas que faciliten su labor. •Desarrollar y potenciar actitudes de liderazgo, trabajo en equipo y compromiso personal con la misión de la institución y sus objetivos.

Periódicamente, la Dirección de Cruz Roja se reúne con un grupo de empleados/as para escuchar sus sugerencias y propuestas.

Licencias retribuidas para formación: •Permiso para la formación: veinte horas anuales de formación externa, relacionada con actividades de la Institución, en centro públicos o privados que contribuyan directamente con la progresión profesional actual o futura del trabajador/a en la Institución (con al menos 1 de año de antigüedad) acumulables por un periodo de hasta 3 años. Este tipo de permiso se rige por la “NORMATIVA POR LA QUE SE REGULAN LOS PERMISOS DE ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES EXTERNAS FORMATIVAS O CIENTÍFICAS, DEL PERSONAL DE LA E.U.E. CRUZ ROJA (MADRID)“ •Otros permisos de formación especiales para la realización de cursos, proyectos de investigación, tesis doctorales, congresos, revistas científicas, etc. previa autorización de la dirección del centro (artículo 39) Este tipo de permiso se rige por la “NORMATIVA POR LA QUE SE REGULAN LOS PERMISOS DE ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES EXTERNAS FORMATIVAS O CIENTÍFICAS, DEL PERSONAL DE LA E.U.E. CRUZ ROJA (MADRID)“ •Los profesionales a tiempo completo que no cumplan los requisitos establecidos en el Artículo 72,2 de la Ley Orgánica de Universidades, podrán solicitar la reserva de un 20% de su jornada anual, sin merma de las retribuciones, para destinarlo a la obtención de los títulos y evaluaciones allí establecidos. Los Centros vendrán obligados al establecimiento de dicha reserva horaria siempre y cuando dicha concesión no supongo la necesidad de nuevas incorporaciones de profesorado. En la concesión de la reserva, los Centros establecerán su duración y objetivos (Disposición adicional octava)

MEDIDAS EFR

O

02

2.5 Igualdad de oportunidades

01

PLAN DE IGUALDAD

02

COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD

NUEVO

VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO

NUEVO

03

Igualdad de oportunidades: Cruz Roja en la Comunidad de Madrid asume la política de igualdad que establece el Plan de Igualdad que el Equipo Nacional de Igualdad de la Institución ha aprobado.

La persona trabajadora con certificado de discapacidad de al menos 33% le será abonada una ayuda por la Institución cuya cuantía mensual bruta será de 50 €, que se abonarán en las doce pagas ordinarias.

Se ha constituido un Punto de Atención Único a las trabajadoras víctimas de violencia de género a nivel nacional con 11 medidas para trabajadoras víctimas de violencia de género: MEDIDAS

03

CANALES DE COMUNICACION

ANILLOS

Para obtener información más detallada de las medidas que se recogen en este catálogo puedes acceder al espacio del Departamento de RRHH y Organización en el Share Point de Cruz Roja, en el cual contamos, además, con una zona EFR.

03

CANALES DE COMUNICACION

ANILLOS

Igualmente, en la Zona Creo

03

CANALES DE COMUNICACION

ANILLOS

Por último, si tienes alguna duda sobre el Catálogo de Medidas EFR o quieres proponerotras nuevas, contacta con Ana Pariente, a través de la siguiente dirección de correo electrónico

ancapa@cruzroja.es

Si consideras que CRUZ ROJA en la Asamblea Provincial de Madrid, no responde a tus consultas o peticiones en materia de equilibrio entre la vida personal y laboral e igualdad de oportunidades, puedes contactar con la Fundación Másfamilia a través de los siguientes medios:

www.masfamilia.org/canal

fundacion@masfamilia.com