Régimen de Incorporación Fiscal
carlos vva
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Transcript
FISCAL III
MATERIA
REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL
LIC. FRANCISCO JAVIER TOXTEGA MALAGA
CONTADURIA 601
CAMPOS PEREZ BETSABETHCARDENAS CAMPECHANO CITLALLI LOPEZ VAZQUEZ JUAN CARLOS MARTINEZ CERVANTES ARACELY
INTEGRANTES
REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL
CONVENIO DE ADHESION AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACION FISCAL
OBLIGACIONES FISCALES
CALCULO DE IMPUESTO
BASE GRABALE
SUB TEMAS a abordar
preambulo
Con la entrada en vigor de la nueva LISR a partir del 1 de enero de 2014, se crea un nuevo Regimen de Incorporacion Fiscal, el cual es aplicable a las personas fisicas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Realicen unicamente actividades empresariales.
- Que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realizacion titulo profesional.
- Que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 2 millones de pesos.
Base gravable
La base para el pago del ISR es la utilidad fiscal bimestral, a la cual se le aplicará una tarifa bimestral.
Los contribuyentes que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), calcularán y enterarán el impuesto en forma bimestral, el cual tendrá el carácter de pago definitivo, es decir, que no se tendrá la obligación de efectuar cálculo anual, según el siguiente cuadro:
calculo del impuesto
calculo del impuesto
Para el calculo del ISR bimestral
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
años
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
Segun los años que permanezcan en este regimen gozaran de una reduccion del Impuesto Sobre la Renta.
calculo del impuesto
100%
Las personas físicas que tributen en este nuevo régimen fiscal sólo podrán permanecer en el mismo durante un máximo de 10 ejercicios fiscales consecutivos.
• Inscribirse en el RFC. • Solicitar y conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales. • Registrar en los medios o sistemas electrónicos los ingresos, egresos, inversiones y deducciones del ejercicio. • Entregar a sus clientes comprobantes fiscales por las operaciones que realicen, las cuales pueden expedirse a traves del sistema Registro Fiscal "Mis cuentas" • Efectuar el pago de las erogaciones de compras e inversiones, cuyo importe sea superior a $ 5,000.00, mediante transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, de servicios, o de los denominados monederos. • Presentación de declaraciones bimestrales. • Retener el ISR a trabajadores y enterarlo bimestralmente. • Pago del impuesto y presentación de declaración.
Obligaciones fiscales
Régimen Simplificado deConfianza (RESICO)
Es el nuevo régimen fiscal enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), las cuales obtienen los siguientes beneficios.• Cálculo automático de impuestos. • Facilidades administrativas. • Declaraciones programadas. • Bajas tasas de Impuesto Sobre la Renta (ISR).
- En el caso de las personas morales se permite acumular ingresos cuando, efectivamente, se perciben; esto es, mediante el flujo de efectivo.
- • Se propone un esquema de deducción de inversiones a menor plazo.
- • La determinación de los pagos provisionales deja de utilizar el coeficiente de utilidad obtenido del ejercicio fiscal anterior con el fin de apoyar a las micro y pequeñas empresas.
- • El contribuyente no tiene derecho a deducciones para ISR.
- • El contribuyente tiene derecho a deducciones para la Renta Gravable (PTU).
- • El IVA de las deducciones es acreditable.
En él tributan:• Las personas morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos. • Las personas físicas con actividad empresarial que ingresen menos de 3.5 millones de pesos anuales. • En el caso de las personas físicas con actividad empresarial se eliminan: o Las deducciones dado que el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es automático con base en lo facturado.
CARACTERISTICAS DEL RESICO
Inscríbete en el RESICORequisitos: • Contar con e.firma y buzón tributario habilitado. Los contribuyentes pueden ser dados de baja sin posibilidad de reinscripción en caso de que • Incumplan con sus obligaciones fiscales. • Omitan la presentación de tres o más pagos mensuales en un ejercicio fiscal. • No presenten la declaración anual.
El Régimen Simplificado de Confianza abarca a las personas físicas que no excedan la totalidad de ingresos de 3.5 millones de pesos y cumplan los siguientes requisitos: actividades empresariales y profesionales, régimen de incorporación fiscal, uso o goce de bienes inmuebles (alquileres), actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas.
A quiénes abarca el Resico
ser socio o accionista de personas morales, aplicar conjuntamente tratamientos fiscales que otorguen estímulos o ser personas residentes en el extranjero con uno o más establecimientos permanentes en México.Te damos algunos ejemplos según el tipo de persona: • Socios o accionistas de personas morales que sean parte de otras sociedades mercantiles. • Personas con regímenes fiscales preferentes. • Personas que no estén al día con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. • Residentes en el extraniero con uno o más establecimientos permanentes en el país.
¿Quiénes están excluidos delRESICO?
Los pagos provisionales, la declaración del mes, en este nuevo régimen deben hacerse máximo los días 17 del mes siguiente.Hay que tener en cuenta que dentro del nuevo sistema de declaraciones implementado a partir del 01 de Enero, la declaración se precarga automáticamente con las Facturas (o CFDI's) que estén hasta la fecha en el repositorio del SAT.
EMPEZAR
¿Cuándo y cómo se debe pagar el ISR en el Régimen Simplificado de Confianza?