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Transcript

Hito de Control 08

Normativa vinculada a la situación adversa

Situaciones adversas

Documentos sobre acciones adoptadas

Acciones preventivas y correctivas

Estado actual de la situación adversa

¿CUMPLIERON CON IMPLEMENTAR LAS RECOMENDACIONES PROPUESTAS EN EL INFORME DEL HITO 8?

Determinar si la obra "Mejoramiento Integral de la Vía Expresa de la ciudad del Cusco: Óvalo Los Libertadores - Puente Costanera - Nodo de Versalles" se ejecuta y supervisa, de acuerdo a lo establecido en el expediente técnico, la normativa aplicable y documentos contractuales.

Trabajo inconcluso en relleno de zanja relacionado con la instalación de tuberías del interceptor general en las progresivas 4+180 KM - 4+200 KM origina el estancamiento de aguas que generan mal olor, lo que afectaría la calidad ambiental del entorno y la salud de la población local.

Empalme de tubería del sistema de drenaje subsuperficial y subterráneo a canal colector de aguas pluviales por debajo de los tirantes máximos proyectados, generaría el retorno de las aguas conducidas por el canal a dicho sistema de drenaje y por este al terreno, lo que podría afectar la estructura del pavimento proyectado.

Dilación en liberación de interferencia de red de fibra óptica de propiedad de la empresa América Móvil Perú SAC, soportada en los postes de baja y media tensión de propiedad de Electro Sur Este SAA, afectaría el cumplimiento de los objetivos de la obra en el plazo establecido

Dilación en liberación de interferencias eléctricas por incongruencias, omisiones e incompatibilidades en el expediente técnico del proyecto, genera el riesgo de afectar el cumplimiento de los objetivos de la obra en el plazo establecido.

corregido

con acciones

no corregido

no corregido

Contrato de Ejecución de Obra N° 1400-164-2020-DE-COPESCO/PRODER/GRC, "Mejoramiento Integral de la Vía Expresa de la Ciudad del Cusco Óvalo Los Libertadores - Puente Costanera - Nodo Versalles", suscrito entre el Proyecto Especial Regional Plan COPESCO y CHINA GEZHOUBA GROUP COMPANY LIMITED el 29 de diciembre de 2020.Contrato de Servicios de Consultoría Basado en el Tiempo Trabajado N° 1400-166-2020-DE-COPESCO/PRODER/GRC, "Mejoramiento Integral de la Vía Expresa de la Ciudad del Cusco Óvalo Los Libertadores - Puente Costanera - Nodo Versalles", suscrito entre el Proyecto Especial Regional Plan COPESCO y CONSORCIO NIPPON KOEI LAC el 28 de diciembre de 2020.

Decreto legislativo N.°1142, que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, publicado el 23 de agosto de 2015, modificado por el Decreto Legislativo N.°1330, publicado el 6 de enero de 2017 y por el Decreto Legislativo N.°1366, publicado el 23 de julio de 2018, y cuyo Texto único ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N.° 011-2019-VIVIENDA publicado el 12 de marzo de 2019.Resolución de Consejo Directivo N.°157-2017-CD/OSIPTEL, norma que regula el Procedimiento de emisión de mandato para la liberación de interferencias asociadas a la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, para la ejecución de obras de infraestructura, de 7 de diciembre de 2017.

Contrato de Ejecución de Obra N° 1400-164-2020-DE-COPESCO/PRODER/GRC, "Mejoramiento Integral de la Vía Expresa de la Ciudad del Cusco Óvalo Los Libertadores - Puente Costanera - Nodo Versalles", suscrito entre el Proyecto Especial Regional Plan COPESCO y CHINA GEZHOUBA GROUP COMPANY LIMITED el 29 de diciembre de 2020.

Información recabada mediante correo electrónico del Consorcio NIPPON KOEI LAC de 7 de octubre de 2022.

De la revisión de la justificación entregada por la supervisión se manifesta que esta carece de sustento y no se ajusta a la situación adversa comunicada, así mismo los planos de detalle mencionados no corresponden a la observación indicada "ingreso de la tubería cribada al canal central por debajo de los tirantes máximos", haciéndose referencia a planos de descarga de aguas pluviales de diferentes calles al canal colector, por lo que, la Comisión de Control considera que la situación adversa esta No corregida.

Situación detectada durante la auditoría.

Acciones adoptadas por la entidad responsable.

Contrato de Ejecución de Obra N° 1400-164-2020-DE-COPESCO/PRODER/GRC, "Mejoramiento Integral de la Vía Expresa de la Ciudad del Cusco Óvalo Los Libertadores - Puente Costanera - Nodo Versalles", suscrito entre el Proyecto Especial Regional Plan COPESCO y CHINA GEZHOUBA GROUP COMPANY LIMITED el 29 de diciembre de 2020.Elaboración del expediente técnico (Diseño) del Mejoramiento Integral de la Vía Expresa de la Ciudad del Cusco Óvalo Los Libertadores - Puente Costanera - Nodo Versalles, aprobado mediante Resolución Directoral N° 060-2019-DE-COPESCO/GRC. Memoria descriptiva de instalaciones sanitarias.

Información recabada mediante correo electrónico del Consorcio NIPPON KOEI LAC de 7 de octubre de 2022.

De la revisión del plan de acción, se indica que estas redes han sido desmontadas hasta el Km 1+560. Para continuar con los trabajos es necesario que el Contratista ejecute la línea transitora; cuya instrucciones para la ejecución ya han sido impartidas por el Ingeniero, por lo que, la Comisión de Control considera que la situación adversa está Con acciones.

Información recabada mediante correo electrónico del Consorcio NIPPON KOEI LAC de 7 de octubre de 2022.

De la inspección realizada a la obra durante el mes de setiembre de 2022, realizada por la Comisión de Control, se verifica que no se vienen desarrollando medidas preventivas y correctivas en obra, por lo que, la Comisión de Control considera que la situación adversa esta No corregida.

Información recabada mediante correo electrónico del Consorcio NIPPON KOEI LAC de 7 de octubre de 2022.

De la inspección realizada a la obra durante el mes de setiembre de 2022, realizada por la Comisión de Control, se verifica que se ha realizado el bombeo del agua estancada y rellenado de la zanja, por lo que, la Comisión de Control considera que la situación adversa está corregida.