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Edwin Miranda                    365794
Christian Pizo                      398897
David Narvaez                      398449
Jessy Castro                          396497
Cindy Jaramillo                    398637
Daniela Chaves                    398743
Natalia Manrique                 382712
Maria Mercedes Carabali   389455
ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO
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Edwin Miranda 365794Christian Pizo 398897 David Narvaez 398449 Jessy Castro 396497 Cindy Jaramillo 398637 Daniela Chaves 398743 Natalia Manrique 382712 Maria Mercedes Carabali 389455

ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO

7 · SANCIONES

6 · ENTIDAD QUE LOS REGULA

5 · ELEMENTOS

4 · CANCELACIONES

3 · REQUISITOS

2 · OBLIGACIONES

1 · DEFINICIÓN

ÍNDICE ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO

Tiene una definición común y esta es que el establecimiento de comercio es un conjunto de todos los elementos que se necesitan para poder poner en practica una actividad comercial, por ejemplo, mercancías, mobiliarios, herramientas y el mismo nombre o razón social. Sin embargo, podemos encontrar una definición un poco mas completa en el articulo 515 del código de comercio colombiano el cual dice. “Se entiende por establecimiento de comercio un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma persona podrá tener varios establecimientos de comercio, y, a su vez, un solo establecimiento de comercio podrá pertenecer a varias personas, y destinarse al desarrollo de diversas actividades comerciales.”

DEFINICIÓN

El establecimiento de comercio como tal, como regla general no tiene obligaciones, sino el propietario del establecimiento, que puede ser una persona natural o una persona jurídica. Esas obligaciones pueden ser desde laborales, tributarias, comerciales, entre otras y están en cabeza de la persona a la que pertenece el establecimiento

OBLIGACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO

Es obligación de todo comerciante: 1) Matricularse en el registro mercantil. 2) Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad. 3) Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales. 4) Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades. 5) Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles, 6) Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.

EL CÓDIGO DE COMERCIO INDICA:

- Atender los requerimientos que realicen las autoridades, superintendencias o entidades gubernamentales.- Obligaciones para cancelar en los tiempos estipulados impuestos y demás aranceles que el gobierno estipule.- Todo establecimiento de comercio debe adecuar un baño para uso público.

OTRAS OBLIGACIONES

Para que se pueda abrir un establecimiento de comercio se deben cumplir con ciertos requisitos que la ley le impone, que, de no cumplirse, puede llevar a su sellamiento del local o establecimiento, e incluso a la imposición de multas.Todo negocio debe funcionar en un establecimiento de comercio, que debidamente formalizado ante la cámara de comercio adquiere reconocimiento legal.

Requisitos para abrir un Establecimiento de Comercio

1. Inscribirse en el registro mercantil.2. Diligenciar el certificado de uso de suelos. 3. Adquirir el certificado de derechos de autor 4.Adquirir el concepto sanitario. 5. Certificado de seguridad. 6. Control de pesas y medidas. 7. Lista de precios. 8. Inscripción en el Rut. 9. Informar al comandante de la policía sobre la apertura del establecimiento de comercio.

REQUISITOS :

Todo establecimiento de comercio debe inscribirse en el registro mercantil, entendido ese como el instrumento legal que tiene como objeto llevar la matricula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio, así como la inscripción de todos los actos, libros y documentos del comerciante.El registro mercantil es tramitado en la Cámara de Comercio

1.Inscribirse en el registro mercantil.

Antes de proceder a la apertura de un establecimiento de comercio, es preciso diligenciar en la oficina de planeación municipal o quien haga sus veces, el certificado de uso de suelos. El objetivo de este certificado es que la autoridad competente certifique que la actividad desarrollada por el establecimiento certificado, puede desarrollarse en el lugar.

2. Diligenciar el certificado de uso de suelos.

Los establecimientos de comercio que hagan uso de música o difusión de cualquier obra protegida por derechos de autor, deben pagar los respectivos derechos.Existen diferentes sociedades que gestionan derechos de autor como Sayco, Acimpro, Ceder o CDR, Egeda, Actores, Dasc, etc. Si el establecimiento de comercio no hace utilización de este tipo de obras, debe de todas formas adquirir el certificado de no usuario de música y demás obras sometidas a derechos de autor.

3. Adquirir el certificado de derechos de autor.

Todo establecimiento de comercio cuyo objeto social sea el expendio de productos alimenticios, debe disponer de su respectivo concepto sanitario. Respecto al concepto sanitario señala la resolución 2674 de 2013 del ministerio de salud: «Es el concepto emitido por la autoridad sanitaria una vez realizada la inspección, vigilancia y control al establecimiento donde se fabriquen, procesen, preparen, envasen, almacenen, transporten, distribuyan, comercialicen, importen o exporten alimentos o sus materias primas. Este concepto puede ser favorable o desfavorable, dependiendo de la situación encontrada.»

Adquirir el concepto sanitario.

El certificado de seguridad es expedido por el respectivo departamento de bomberos, y busca que el establecimiento de comercio cumpla con las normas de seguridad en lo concerniente a extintores, salidas de emergencia, botiquín de primeros auxilios, y demás mecanismos y herramientas de seguridad que permitan en un momento dado atender una emergencia que se presente dentro del establecimiento.

5. Certificado de seguridad.

Consiste en realizar inspección periódica a los establecimientos comerciales para ejercer control y garantizar protección al consumidor sobre los pesos y medidas exactas de los bienes que adquieren. Además, revisar que la documentación para el funcionamiento legal del establecimiento se encuentre completa y vigente

6. Control de pesas y medidas

Todo establecimiento de comercio está obligado a colocar en lugar visible de su establecimiento, la lista con los precios de los artículos que vende. La información y publicidad dirigida a los niños, niñas y adolescentes debe ser suficiente, veraz, clara, oportuna, precisa e idónea, debe ser respetuosa en sus condiciones de desarrollo mental, madurez intelectual y comprensión propias de las personas de su edad.

7. Lista de precios

Todo comerciante debe inscribirse en el Rut, y en el caso de ser un comerciante perteneciente al antiguo régimen simplificado hoy no responsable del Iva, deberá exhibir el Rut en un lugar visible del establecimiento de comercio

8. Inscripción en el RUT

Antes de abrir al público el establecimiento de comercio, debe comunicarse tal hecho al comandante de la estación de policía más cercano al sitio donde funcionará el establecimiento de comercio.

9. Informar al comandante de Policía sobre apertura del establecimiento de comercio

¿Cuántos establecimientos de comercio puede tener una persona natural? Una persona natural, al igual que una persona jurídica, puede tener cualquier cantidad de establecimientos de comercio, pues la ley no impone límite alguno. ¿CUÁNDO Y DÓNDE DEBE MATRICULARSE EL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO? El propietario del establecimiento de comercio tiene la obligación de matricularse dentro del mes siguiente a la fecha en que abra su establecimiento de comercio al público

¿CUÁLES SON LOS PASOS PARA SOLICITAR LA MATRICULA DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO? 1. Consulta de nombre registro del establecimiento: www.rue.com.co Crear la empresa: www.crearempresa.com.co 2. Diligenciamiento de formularios Diligenciar en la Cámara de Comercio el formulario de Registro Único Empresarial y social RUES 3. Radicación de documentos Presente en la Cámara de Comercio los anteriores formularios y cancele el valor de los derechos de matrícula del establecimiento de comercio. ¿CUÁNDO DEBE RENOVARSE LA MATRICULA? La renovación de la matricula debe realizarse durante los tres primeros meses de cada año, es decir entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a la matricula del establecimiento.

¿CÓMO SE CANCELA LA MATRICULA? La matrícula del establecimiento de comercio se cancela cuando éste ha dejado de funcionar mediante solicitud escrita del propietario reconocida ante juez o notario o con presentación personal ante el funcionario de la Cámara de Comercio. ¿CUÁL ES LA IMPORTANCIA DE LA MATRICULA EN EL REGISTRO MERCANTIL? • La matrícula de los establecimientos de comercio facilita la prueba de su propiedad mediante el certificado que expide la Cámara de Comercio. • Mientras esté vigente la matricula no se podrá registrar otros establecimientos de comercio con el mismo nombre. • Es una fuente de información comercial para quienes deseen conocer los datos y actividades a las que se dedica el establecimiento. • Facilita la celebración de negocios con los sectores tanto públicos como privados.

Este trámite debe realizarlo el proponente que no desee continuar con el inscrito en el registro mercantil, para esto deberá realizar y cumplir con los siguientes requisitos 1.Estar a paz y salvo con los derechos de renovación de matricula mercantil, en caso de no ser así debe realizar la cancelacion de estos. 2.Presentar un escrito dirigido a la Cámara de Comercio suscrito por el comerciante, solicitando la cancelación, en caso de querer cancelar su matrícula mercantil como persona natural, debe complementar la petición del numeral anterior y solicitarlo expresamente. 3.Pagar la tarifa que la ley establece, la cual se puede consutar en la página web www.ccas.org.co

CANCELACIÓN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

  • La persona que realice el radicado debe presentar el documento de identidad en original.
  • En caso de que sea persona natural y haya fallecido se deberá presentar el acta de difusión y quien realice el tramite debera presentar documento que lo acredite como conyugue o heredero, de ser persona juridica se procedera por orden del ente encargado
  • si el establecimiento tiene medida cautelar (embargo,sanciones etc) no se cancelara hasta que esta no sea levatada.
  • en caso de devolucion por falta de requisitos, tendra apartir del dia siguiente a esta un (1) mes para completar la documentacion

ANOTACIONES ESPECIALES PARA CANCELACIÓN

Los derechos y obligaciones mercantiles

El derecho a impedir la desviación de la clientela

Los contratos de arrendamiento y, en caso de enajenación, el derecho al arrendamiento

EL INMOVILIARIO Y LAS INSTALACIONES

DERECHOS SOBRE INVENTOS O CREACIONES

PROCESOS DE ELABORACION

NOMBRE / MARCA

Elementos del establecimiento de comercio

Decreto 1879 de 2008

Autoridad que regula el cumplimiento

La ley 232 de 1995, derogada por la ley 1801 de 2016, determino y establecio todos los requisitos que los establecimientos de comercio deben cumplir a fin de ejercer en actividades de comercio, y ser presentados a los entes territoriales; tales requisitos son:

  • Cert. de uso de suelos
  • Registro mercantil certificado
  • Concepto de salubridad
  • Concepto del cuerpo de bomberos
  • Utilización de Sayco y Acinpro

SANCIONES :

Para efectos de validación de dicha documentación este completa y en regla, tanto la policia nacional, como funcionarios de la Alcaldía pueden requerirlos en cualquier momento, dado el caso que la documentación no se encuentre completa, será sancionado con la suspensión de las actividades económicas, como sansiones administrativas por parte de la Alcaldía.

SANCIONES :

MUCHAS GRACIAS!

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