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PLAN DE CONVIVENCIA

Artículo 27.2 de la Constitución Española:“La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”.

Decreto n.o 16/2016, de 9 de marzo, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Dispondrán de autonomía para elaborar y aplicar sus propias normas de organización y funcionamiento así como la organización de los espacios y el uso de sus instalaciones y servicios en el marco de la legislación vigente.

Favorecerá la convivencia en el centro; garantizará la mediación en la resolución de los conflictos, que se aplicarácuando la considere la vía más adecuada, e impondrá las medidas correctoras que correspondan al alumnado,

El jefe de estudios es el responsable directo, junto con el director, de la aplicación de las normas de convivencia y conducta. Informará de las medidas correctoras impuestas a los padres o representantes legales de los alumnos

Delega en los profesores, tutores y jefes de estudios la competencia para imponer las medidas correctoras. Los maestros se consideran autoridad.

Los profesores son los responsables, en primera instancia, de la prevención de conflictos y de proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

DIRECTOR@

JEFE/A DE ESTUDIOS

MAESTR@S

DERECHOS Y DEBERES

PADRES/MADRESCumplir con la asistencia a clase de sus hij@sProporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar.Conocer, participar y apoyar el proceso educativo de sus hijos.Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro.

ALUMN@SEstudiar, esforzarse y participar en las actividades.Asistir a clase con puntualidad.Respetar el derecho de sus compañeros a la educación Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.Respetar las normas de organización del centro educativo.Hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales Respetar al profesor en el ejercicio de sus funciones, respetar su autoridad y cumplir las normas

MAESTR@SDeber de respetar y de hacer que se respeten las normas de convivencia del centro y de corregir, en el ámbito de sus competencias, cualquiercomportamiento que, cometido por el alumnado, atente o contravenga las mismas.

Clasificación de las conductas contrarias a las normas de convivencia

a) Las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase. b) Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el derecho o el cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los actos que perturben el desarrollo normal de las actividades delcentro. c) La asistencia reiterada a clase sin el material necesario. d) No esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.e) No trasladar a sus padres o representantes legales la información del centro dirigida a ellos.f) El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en las aulas u otras dependencias del centro.g) Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o desconsideración hacia el profesor o demás personal del centro, cuando por su entidad no sean considerados graves.h) La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros, cuando por su entidad no sean consideradas graves.i) Los daños leves causados en las instalaciones o el material del centro, así como el deterioro de las condiciones de limpieza e higiene del mismo.j) Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa, así como la apropiación indebida de material escolar de escaso valor.k) La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de convivencia del centro.l) El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en cuanto a indumentaria, higiene, alimentación, horarios y uso de instalaciones y recursos, así como aquellas otras establecidas en sus normas de convivencia y conducta.

FALTAS LEVES

(Podrían considerarse graves o muy graves)

FALTAS GRAVES

a) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de tres faltas leves.b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas leves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno.c) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con la vida escolar.d) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración, injuria u ofensa contra el personal del centro o encargado de las actividades extraescolares o servicios complementarios.e) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que no causen un daño gravef) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o agresión cometidos contra el profesorado, cuando por su entidad y circunstancias no sean considerados como muy graves, así como aquellos que pudieran causar grave perjuicio a la integridad, dignidad o a la salud personal de cualquier miembro de la comunidad educativa.g) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando los trabajos o ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y pruebas de evaluación, información de libros de texto, apuntes odispositivos electrónicos o telemáticos

h) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y la falsificación o sustracción de pruebas de evaluación, documentos académicos, boletines de calificaciones o cualquier otro documento de notificación a los padres o representantes legales, en el caso de alumnos menores de edad. i) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y dependencias del centroj) Los daños graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de lacomunidad educativa, así como la sustracción de los mismos.k) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, así como la introducción en el centro deobjetos peligrosos. l) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en el desarrollo de actividades complementarias o extraescolares de alcohol, drogas y de cualquier tipo de sustancias perjudiciales para la salud.m) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de convivencia del centro, recogidas en el artículo 29, si concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio.n) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra las normas de convivencia.

FALTAS MUY GRAVES

a) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de dos faltas graves.b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas graves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno.c) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre compañeros que causen un daño grave, así como los actos que atenten gravemente contra la integridad, intimidad o dignidad de los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.d) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes desafiantes cometidos hacia los profesores y demás personal del centro, así como el acoso físico o moral, realizado por cualquier vía o medio, contra los miembros de la comunidad educativa.e) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves contra cualquier miembro de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas

f) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de agresiones, actos que tengan un componente sexual, humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la vida escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún miembro de la comunidad educativa.g) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividadescomplementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.h) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o la incitación de su consumo a otros alumnos, así como la incitación al uso de objetos peligrosos para la integridad personal de los miembros de la comunidadeducativa.i) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.