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PRINCIPIOS

01

derecho a la privacidad

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Conductas contrarias a las ncof

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Consejo escolar

04

organos de coordinación docente

05

tutorías y sustituciones

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07

cooperativas

08

funciones específicas del profesorado

09

horarios

10

entradas y salidas

11

faltas de asistencia y retrasos

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recreos

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comedor escolar

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decálogo uso tablets

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acceso al documento completo

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resumen

NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

cumpleaños

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Comencemos por los principios...

1. El respeto escrupuloso de la Constitución Española y demás normativa vigente.2. El derecho a la propia imagen y al autoconocimiento como parte de la propia formación y a su respeto por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa 3. La consideración de la fe religiosa como perteneciente única y exclusivamente al ámbito personal y privado. 4. La no discriminación, la coeducación y la inclusión educativa. 5. La educación en la práctica de una ciudadanía democrática y no violenta. 6. El conocimiento del medio natural y el respeto a la Naturaleza y el Medio Ambiente, así como la necesidad de contribuir a su protección y mejora. 7. El conocimiento del medio social y la adquisición de competencias y habilidades para su integración en él, así como las normas de convivencia y de conducta social necesarias para ello....

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Las líneas de acción a tener en cuenta por todos los miembros de nuestra Comunidad Educativa, en la organización y el desarrollo de sus actividades, deberán tener presentes los siguientes principios que declaramos como prioritarios ya en nuestro Proyecto Educativo

1. El respeto escrupuloso de la Constitución Española y demás normativa vigente.2. El derecho a la propia imagen y al autoconocimiento como parte de la propia formación y a su respeto por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa 3. La consideración de la fe religiosa como perteneciente única y exclusivamente al ámbito personal y privado. 4. La no discriminación, la coeducación y la inclusión educativa. 5. La educación en la práctica de una ciudadanía democrática y no violenta. 6. El conocimiento del medio natural y el respeto a la Naturaleza y el Medio Ambiente, así como la necesidad de contribuir a su protección y mejora. 7. El conocimiento del medio social y la adquisición de competencias y habilidades para su integración en él, así como las normas de convivencia y de conducta social necesarias para ello. 8. La promoción de la educación para la Salud en el centro. 9. La apertura del colegio al entorno que le circunda y la sociedad en la que se halla inmersa. 10. La organización, gestión y estructuración democrática del centro, fomentando actitudes positivas de diálogo y participación entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. 11. La incorporación de las tecnologías de la información y comunicación como recursos didácticos indispensables. 12. El desarrollo de las competencias relativas al gusto por la lectura, y la adquisición de hábito lector. 13. El desarrollo de hábitos saludables de trabajo tanto física como psicosocialmente. 14. El respeto y cumplimiento de las medidas sanitarias para la prevención del Covid-19 y a lo establecido en el plan de contingencia

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derecho a la privacidad

El colegio protegerá en todo momento toda la información personal referida a los docentes, alumnos y sus familias; por tanto, no cederá ninguno de esos datos a ninguna persona o entidad ya sea pública o privada, excepto a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y organismos oficiales (estatales, regionales o municipales). La imagen y los datos de los alumnos y sus familias puestos a disposición de los tutores serán en todo momento protegidos por estos y devueltos a la secretaría del colegio al finalizar cada curso. Junto con la solicitud de matrícula se pedirá a los padres o tutores legales de cada alumno nuevo un permiso para el uso y custodia de su imagen a nivel escolar. Las imágenes, así como los datos personales de los alumnos constituirán un FICHERO PROTECCIÓN DE DATOS, documentos entregados a inicio de curso con los datos necesarios para el desempeño de la función docente y orientadora. No se cederán estos datos a terceros en base a lo establecido en la normativa al respecto en lo relativo al tratamiento de datos personales.

Las imágenes serán publicadas en la web escolar del centro (www.ceiplascastillas.com) donde se publicarán en un espacio privado, solo accesible, con usuario y contraseña, para padres, madres o tutores legales del centro quedando prohibida cualquier tipo de difusión de estas imágenes. De conformidad con lo establecido con el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de protección de datos de carácter personal, declaro conocer los siguientes derechos que me asisten en virtud de la misma, y de los cuales soy expresamente informado:

  • Que las fotografías tomadas serán incorporadas a un fichero cuya custodia corresponde al CEIP Las Castillas, que podrá tratar las mismas y hacer uso de ellas en los términos fijados en este documento.
  • Que la no respuesta a este permiso será tenida en cuenta por el centro a efectos de evitar la toma de imágenes de los alumnos o, en su caso, distorsionar los rasgos diferenciadores de su hijo/a cuando en la foto concurra su imagen con la de otros alumnos cuyos padres sí hayan autorizado en los términos aquí previstos el uso, tratamiento y cesión de su imagen.
  • Que el centro se compromete a publicar sólo aquellas fotografías y vídeos que reflejen la actividad educativa del centro, evitando publicar aquellas susceptibles de edición malintencionada u ofensivas para la persona.
  • Que en cualquier momento los padres pueden acceder a las imágenes a fin de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito dirigido al director del centro y presentado en la secretaría del mismo, o bien mediante escrito enviado al centro.

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Respecto a las normas de convivencia, organización y funcionamiento

Conductas gravemente perjudiciales

Conductas gravemente atentatorias

Conductas contrarias a las NCOF

Medidas correctoras

Medidas correctoras

Medidas correctoras

Conductas que menoscaban la autoridad

Medidas correctoras

Respecto a la autoridad del profesorado

Serán consideradas como conductas contrarias a las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del aula y el centro, las siguientes: (Art. 22 del Capítulo II del Decreto 3/2008):

  • Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad:
  • La desconsideración con los otros miembros de la Comunidad Escolar.
  • La interrupción del normal desarrollo de las clases.
  • La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro.
  • Los actos de indisciplina contra los miembros de la Comunidad Escolar.
  • El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de su material, o del material de cualquier miembro de la Comunidad Escolar.

Se podrán aplicar las siguientes medidas correctoras ante conductas contrarias a la convivencia en el centro: (Art. 24 del Capítulo III del Decreto 3/2008) a) La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro. b) La sustitución del recreo por una actividad alternativa (que deberá meterse en DELPHOS), como la mejora, cuidado y conservación de algún espacio del centro. Esta medida no podrá ser tomada más de 1 o 2 veces por semana, y siempre y cuando el alumno quede bajo vigilancia personal del profesor que decida imponer dicha sanción, o siempre y cuando hasta que se compruebe que la medida correctora no surte efecto. c) El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de grupo habitual, bajo el control de profesorado del centro. d) La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres, madres o tutores legales del alumno o alumna. Las medidas correctoras no se prolongarán en el tiempo más de lo estrictamente necesario hasta que se compruebe que han surtido efecto o que no lo van a surtir y por tanto se buscarán otras vías para conseguir la modificación de la conducta deseada. En todos los casos quedará constancia escrita de las medidas adoptadas, que se notificarán a la familia a través de la agenda escolar o el medio más adecuado al momento. Dentro de los márgenes que se establecen en estas normas se priorizará sobre cualquier aspecto la posibilidad de que la medida correctora tenga en sí misma un fin educativo y suponga una ayuda al crecimiento emocional del alumno y una mejora de su competencia emocional.

Serán consideradas como conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes: (Art. 23 del Capítulo II del Decreto 3/2008)

  • Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades del centro.
  • Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar
  • El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.
  • Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas.
  • La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y material académico.
  • El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
  • Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconizan el empleo de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.
  • La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.
  • El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad.

Se podrán aplicar las siguientes medidas correctoras ante conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro: (Art. 26 del Capítulo III del Decreto 3/2008) a) La realización en horario no lectivo de tareas educativas por un periodo superior a una semana e inferior a un mes. b) La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un periodo que no podrá ser superior a un mes. c) El cambio de grupo o clase. La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente por un periodo que no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua, y sin perjuicio de la obligación de que el alumno o la alumna acuda periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la medida correctora. En este supuesto, la tutora o el tutor establecerá un plan de trabajo con las actividades a realizar por el alumno o la alumna sancionado, con inclusión de las formas de seguimiento y control durante los días de no asistencia al centro, para garantizar así el derecho a la evaluación continua. En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar las madres, padres o representantes legales del alumno.

Serán objeto de medidas correctoras las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula que menoscaben la autoridad del profesorado en el ejercicio de su labor profesional docente y que los/las alumnos/as realicen dentro del recinto escolar o fuera de él, siempre que sucedan durante el desarrollo de actividades comprendidas en el ámbito establecido en el artículo 1 de la Ley 3/2012, de 10 de mayo. Serán consideradas como conductas que atentan contra la autoridad del profesorado las siguientes: a) La realización de actos que, menoscabando la autoridad del profesorado, perturben, impidan o dificulten el desarrollo normal de las actividades de la clase o del centro. En todo caso, quedarán incluidas las faltas de asistencia a clase o de puntualidad del alumnado que no estén justificadas, y todas aquellas faltas que por su frecuencia y reiteración inciden negativamente en la actividad pedagógica del docente. Quedarán excluidas aquellas faltas no justificadas debidas a situaciones de extrema gravedad social no imputables al propio alumnado. b) La desconsideración hacia el profesorado, como autoridad docente. c) El incumplimiento reiterado de los/las alumnos/as de su deber de trasladar a sus padres o tutores la información relativa a su proceso de enseñanza y aprendizaje facilitada por el profesorado del centro, limitando así la autoridad de los mismos, en los niveles y etapas educativos en que ello fuese responsabilidad directa del alumnado, sin detrimento de la responsabilidad del profesorado en su comunicación con las familias o de las propias familias en su deber de estar informadas del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado. d) El deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado.

Las normas de convivencia, organización y funcionamiento recogerán, además de las medidas correctoras a que se refiere el Capítulo III del Decreto 3/2008, de 8 de enero, y para las conductas descritas en el artículo 4, las siguientes: a) La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo mínimo de cinco días lectivos. b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período mínimo de cinco días lectivos y un máximo de un mes. c) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un plazo máximo de cinco días lectivos, a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora. e) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión del derecho de asistencia al mismo, por un plazo mínimo de cinco días lectivos y un máximo de diez días lectivos, con sujeción a lo establecido en el artículo 26.d. del Decreto 3/2008, de 8 de enero. El plazo empezará a contarse desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.

Serán consideradas como conductas que atentan gravemente a la autoridad del profesorado las siguientes: a) Los actos de indisciplina de cualquier alumno que supongan un perjuicio al profesorado y alteren gravemente el normal funcionamiento de la clase y de las actividades educativas programadas y desarrolladas por el Claustro. b) La interrupción reiterada de las clases y actividades educativas. c) El acoso o violencia contra el profesorado, así como los actos perjudiciales para su salud y su integridad personal, por parte de algún miembro de la comunidad educativa. d) Las injurias u ofensas graves, así como las vejaciones o humillaciones hacia el profesorado, particularmente aquéllas que se realicen en su contra por sus circunstancias personales, económicas, sociales o educativas. e) La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos que estén en el marco de la responsabilidad del profesorado. f) La introducción en el Centro educativo o en el aula de objetos o sustancias peligrosas para la salud y la integridad personal del profesorado. g) Utilizar y exhibir símbolos o manifestar ideologías en el aula que supongan un menoscabo de la autoridad y dignidad del profesorado, a juicio del mismo. h) El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. Tras la valoración y el análisis de los motivos de tal incumplimiento, podrá agravar o atenuar la consideración de la conducta infractora y, en consecuencia, matizar las medidas educativas correctoras. i) El grave deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado.

Además, para las conductas infractoras gravemente atentatorias descritas en el artículo 5 se recogerán las siguientes medidas: a) La realización de tareas educativas en el centro, en horario no lectivo del alumnado, por un tiempo mínimo de diez días lectivos y un máximo de un mes. b) La suspensión del derecho del alumnado a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias, que se realicen en el trimestre en el que se ha cometido la falta o en el siguiente trimestre. c) El cambio de grupo o clase. d) La suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un periodo superior a cinco días lectivos e inferior a un mes, a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora. e) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente por un periodo mínimo de diez días lectivos y un máximo de quince días lectivos, con sujeción a lo establecido en el artículo 26.d del Decreto 3/2008, de 8 de enero. El plazo empezará a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora. Para la aplicación de las medidas correctoras, el profesorado afectado contará con el apoyo y la colaboración del equipo directivo y, del resto de profesores del centro. Las medidas educativas correctoras se adoptarán, por delegación de la persona titular de la dirección, por cualquier profesor o profesora del centro, oído el alumno o alumna, en el supuesto del párrafo a) del apartado 2 del artículo 29 y por la persona titular de la dirección del centro en los demás supuestos de los artículos 29 y 30 de las presentes normas.

1. El Consejo Escolar del centro estará compuesto por los siguientes miembros: a) El Director/a del centro, que será su Presidente/a. b) El Jefe/Jefa de Estudios. c) Un concejal/a o representante del Ayuntamiento. d) Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo e) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo. f) Un representante del personal de administración y servicios del centro. g) El Secretario del centro, que actuará como Secretario del Consejo, con voz y sin voto.

FUNCIONES

CONSEJO ESCOLAR

En el seno del Consejo Escolar existirán las siguientes comisiones:

  • Comisión Permanente.
  • Comisión de Convivencia
  • Comisión de Comedor Escolar
  • Comisión Económica y de Materiales Curriculares
  • Comisión de Admisión del Alumnado
  • Comisión de Evaluación Interna

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CONSEJO ESCOLAR ceip las castillas

En el artículo 127 de la citada LOMLOE, se específica que, el Consejo Escolar del centro, tendrá las siguientes competencias: a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley. b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado en relación con la planificación y organización docente. c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. d) Participar en la selección del director o directora del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director o directora. e) Decidir sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen. f) Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de la infancia. g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan los estilos de vida saludable, la convivencia en el centro, la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la no discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. h) Conocer las conductas contrarias a la convivencia y la aplicación de las medidas educativas, de mediación y correctoras velando por que se ajusten a la normativa vigente. Cuando las medidas correctoras adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales o, en su caso, del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas. i) Promover progresivamente la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar para la mejora de la calidad y la sostenibilidad y aprobar la obtención de recursos complementarios. j) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales y con otros centros, entidades y organismos. k) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. l) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma. m) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro. n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

“Juntarse es un comienzo. Seguir juntos es un progreso. Trabajar juntos es un éxito”

Henry Ford

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La LOMLOE, en su artículo 130 específica “Órganos de coordinación docente: 1. Corresponde a las Administraciones educativas regular el funcionamiento de los órganos de coordinación docente y de orientación y potenciar los equipos de profesores que impartan clase en el mismo curso, así como la colaboración y el trabajo en equipo de los profesores que impartan clase a un mismo grupo de alumnos”. Tomando como referencia la Orden 121/2022, de 14 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de regulación de la organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil y Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. En su artículo 45 dictamina que en Centro de Educación Infantil y Ed. Primaria existirán los siguientes órganos de coordinación docente: a) Tutoría. b) Equipo docente. c) Equipos de Ciclo d) Comisión de coordinación pedagógica. e) Equipo de orientación y apoyo.

Órganos de coordinación docente

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La asignación de puestos de trabajo y responsabilidad para con los grupos de alumnos del colegio deberá guiarse básicamente por criterios de profesionalidad y sentido común congruentes con las necesidades detectadas en el grupo de alumnos y con la eficacia tanto pedagógica como del equipo de trabajo, así como de la idoneidad para el seguimiento de determinados planes y/o proyectos en los que se implique el centro a través de la dirección del mismo o del Consejo Escolar.

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tutorías y sustituciones

Se procurará consensuar durante los primeros días de septiembre, el reparto de los grupos de alumnos y tutorías con los siguientes criterios básicos:

Criterios

Todos los profesores están obligados a comunicar con la máxima antelación posible sus ausencias y el motivo de éstas, entregando la documentación estipulada en los documentos de solicitud y justificación de ausencia del centro.

Cuando sepa con antelación, que se va a producir una ausencia del centro, el profesor ausente dejará la programación y el trabajo preparado para aquellos profesores que sustituyan en su área. La jefatura de estudios establecerá un sistema de sustituciones en caso de ausencia de algún profesor que será expuesto en secretaría La sustitución de un profesor es una situación extraordinaria por lo que se respetarán en la medida de lo posible las horas de reducción horaria por ocupar determinadas responsabilidades, si bien lo primordial en ese momento es que ese grupo de alumnos quede atendido por un profesional de la manera más adecuada, por lo que el resto de profesores acudirán a realizar la sustitución en el siguiente orden: 1. Profesores que en ese momento les corresponda realizar un apoyo a otro curso o al curso que necesita un profesor sustituto. 2. Profesores coordinadores u otros cargos con reducción de horas lectivas con que les corresponda realizar un apoyo en ese momento. 3. Profesorado de PT O AL que tenga a esas horas apoyo a alumnos no ACNEES en la clase que necesita profesor sustituto. 4. Profesorado de Religión- Alternativa. 5. Miembros del equipo directivo que tengan horas dedicadas a las funciones directivas, siempre y cuando sea posible. 6. División del grupo cuyo tutor/a esté ausente en dos o más grupos y unión de éstos con los niveles inmediatamente superiores o inferiores, Si el profesor/a ausente ese día le toca además vigilancia de patio, se mandará sustituir según cuadrante de sustituciones.

En base al párrafo anterior, se procurará consensuar durante los primeros días de septiembre, el reparto de los grupos de alumnos y tutorías con los siguientes criterios básicos: 1. El equipo directivo ofrecerá la información básica sobre la relación de perfiles y puestos de trabajo del colegio, horarios del centro, grupos de alumnos que funcionarán, su composición, necesidades pedagógicas y de estilo docente, etc. 2. Tanto para Infantil como para Primaria, se garantizará la máxima continuidad posible del tutor con el mismo alumnado a lo largo de todo el ciclo. 3. En la etapa de primaria Se garantizará, siempre que sea posible, la continuidad del tutor/a con el mismo alumnado a lo largo de todo el ciclo; si no fuera posible, se dará cuenta de esta circunstancia en la Programación general anual. Asimismo, se impulsará la incorporación de profesorado definitivo en el centro a las tutorías del primer ciclo de la Educación Primaria. De este modo, los grupos de 1º, 3º y 5º se reservarán para el profesorado definitivo del centro, ocuparán en primer lugar esos cursos. En aras de la continuidad de un tutor con su grupo, se valorará la posibilidad de continuidad de 3 años cuando las circunstancias así lo aconsejen, y siempre que no entre en conflicto con el criterio anterior, tal y como recoge la Orden de Organización y Evaluación de centros. 4. Una vez acabada la etapa de Infantil será obligatorio empezar de nuevo la misma por el grupo de menor edad. 5. Una vez acabado el ciclo de dos años en Ed. Primaria y 3 años en Ed. Infantil, será obligado designar un tutor distinto para ese mismo grupo. 6. Así mismo, el profesorado que comience el desarrollo de un proyecto didáctico, de investigación o plan específico, de los reconocidos oficialmente por la administración, podrá continuar con el mismo grupo hasta su finalización. 7. A los maestros itinerantes y miembros del equipo directivo se les adjudicará tutoría en último lugar, por este mismo orden y sólo si es estrictamente necesario. 8. Para facilitar la organización del centro, los profesores que dispongan de varias especialidades podrán impartir las áreas para las que estén habilitados, aunque no sean de la especialidad a que el profesor/a esté adscrito.

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cumpleaños

En Ed. Infantil, los cumpleaños de los niños podrán celebrarse en el grupo de referencia, previa consulta con el tutor/a. Podrán traer un regalo grupal para la clase, o bien, podrán traer para repartir comida o bebida en formato individual (zumos individuales, sándwiches o dulces individuales…etc.) que se repartirán entre el resto de alumnos antes de salir al patio. No se repartirán tartas de cumpleaños, chucherías, zumos o botellas en vasos…etc. Las invitaciones para los cumpleaños que se celebran en casa, se repartirán fuera del horario lectivo. En Ed. Primaria, en la hora lectiva anterior al recreo, se celebrarán los cumpleaños de los alumnos que lo deseen. Podrán traer para repartir comida o bebida en formato individual (zumos individuales, sándwiches o dulces individuales…etc.) que se repartirán entre el resto de alumnos antes de salir al patio. No se repartirán tartas de cumpleaños, zumos o botellas en vasos…etc.Preferiblemente, no serán chucherías, y en el caso, de que así sea, se las comerán en casa y no en el recreo. Las invitaciones para los cumpleaños que se celebran en casa, se repartirán fuera del horario lectivo.

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cooperativas

En Ed. Infantil se gestionará una cooperativa siempre. En Ed. Primaria, se creará una cooperativa gestionada por los padres y madres de los alumnos/as de su grupo bajo los siguientes criterios: curso escolar y no se responsabilizará del que pudiera ser dejado en las dependencias del centro por cualquier persona. El dinero sobrante se repartirá o se invertirá en materiales para el próximo curso.

1. El objetivo de la cooperativa es conseguir material de uso común y con determinadas características pedagógicas a un precio más razonable y en condiciones de igualdad para todos los alumnos.2. A propuesta del tutor/a se acordará en la primera reunión con padres y madres de cada curso una aportación para material común y no inventariable por cada familia. Esta aportación será única y para todo el curso (Ed. Infantil entre 24-30 € y Ed. Primaria entre 12-30 €; siempre divisible entre 3 trimestres)3. Si a pesar de la bondad del objetivo, ninguno de los padres quiere responsabilizarse de la cooperativa, los padres recibirán del tutor correspondiente un listado de todo el material que, personalmente, deberá comprar para su hijo/a y deberá llevarlo a su grupo, advirtiendo en dicha lista que a lo largo del curso se le podrán solicitar más materiales que sean necesarios, o cualquier alternativa que el tutor entienda más útil.4. Si pasado un tiempo prudencial (máximo el primer trimestre) una familia no aporta la cuota para la cooperativa ni tampoco aporta al grupo el listado de material que se le ha pedido por parte del tutor/a, se entenderá que esta familia está privando a su hijo/a de la asistencia a actividades complementarias y serán informadas de ello. En el caso de que voluntariamente aporte dinero para excursiones futuras se le comunicará a la familia que no podrá asistir a dicha actividad mientras no haga efectiva la cuota de la cooperativa.5. Si alguna familia tiene problemas económicos, excepcionalmente, se le ofrecerá la opción de ir aportando pequeñas cantidades hasta completar el total.6. Cierre de las cooperativas: Al finalizar cada curso escolar, el responsable de la cooperativa, si la hubiera, rendirá cuentas a los demás padres de los alumnos de la clase y aportará explicación de ingresos gastos de la misma durante el curso escolar. Asimismo, se repartirá el dinero sobrante entre los alumnos. Bajo ningún concepto quedará dinero de las cooperativas en el centro durante el verano, o con vistas al siguiente

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Ninguno de nosotros es tan bueno como todos nosotros juntos.

Ray Kroc

funciones específicas del profesorado

El profesorado que ejerza más de una función específica, podrá acumular los periodos lectivos asignados a cada una de ellas, en función de las necesidades organizativas del centro y de la planificación realizada por la Jefatura de Estudios. Esta posibilidad se aplica también a los miembros del equipo directivo siempre que, en su horario semanal, figuren, al menos, seis periodos para tareas de docencia directa.a) Equipo directivob) Coordinador de ciclo c) Asesor/coordinador Proyecto Bilingúed) Responsable del comedor e) Responsable de actividades extracurricularesf) Coordinador Plan de Lecturae) Coordinador de Plan de Transformación Digital y Formación g) Coordinador de Bienestar y Protección h) Coordinador de Riesgos Laborales i) Responsable COVID-19

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HORARIOLECTIVO

1. Nuestro centro tiene un horario de Jornada Continua, y permanece abierto de lunes a viernes en horario de 09:00 a 14:00 horas, como horario lectivo de los/las alumnos/as y de los maestros. En los meses de septiembre y junio, el horario para los/las alumnos/as será de 09:00 a 13:00 horas. 2. El horario lectivo comprende treinta horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 y el anexo II del Decreto 54/2014, de 10 de julio de 2014 (a la espera de la publicación oficial del nuevo Currículo de Castilla la Mancha derivado de la LOMLOE), por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha. Así mismo el horario diario se distribuirá en seis periodos de 45 minutos cada uno y un recreo de media hora. De este modo, los tramos quedarían distribuidos de la siguiente forma:

Ver

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ENTRADAS YSALIDAS

Las tres entradas diferenciadas de acceso al centro estarán abiertas simultáneamente cinco minutos antes de las 09:00h hasta las 09:05. Las entradas y salidas se realizarán del siguiente modo:

ed. infantil

ed. primaria

Educación Infantil Los grupos de Educación Infantil accederán al centro por la puerta de uso propio situada en la C/Río Jarama. Los alumnos de Infantil accederán por la puerta anteriormente mencionada acompañados de las familias hasta el patio de Infantil. Desde ese patio, las familias acercarán a los niños a la entrada del edificio donde los recogerán las profesoras para tomarles la temperatura y colocarlos en sus filas correspondientes. Las familias no accederán dentro del edificio escolar. La salida en Infantil se realizará de forma escalonada, por niveles. Los alumnos, organizados en filas, saldrán con la persona responsable hasta la puerta de cristal donde serán entregados uno a uno a sus familias. Esta entrada y salida será de uso exclusivo para el alumnado de Ed. Infantil.

Ed. PrimariaA fin de evitar aglomeraciones, el alumnado de Ed. Primaria tendrá la opción de entrar y salir por estos dos accesos: Acceso por salida de peatones (puerta grande) - Calle Río Jarama Acceso por salida de peatones (puerta pequeña) – Calle Río Bidasoa Desde las 8:55 los alumnos podrán acceder al centro para realizar filas en los lugares marcados para tal fin: 1º y 2º Ed. Primaria – Fila en la entrada principal, frente a la puerta de cristal del hall de entrada. (Itinerario azul) 3º y 4º Ed. Primaria – Fila en la salida del patio, frente a la puerta de cristal. (Itinerario rojo) 5º y 6º Ed. Primaria – Fila en la entrada principal, frente a la puerta de cristal del hall de entrada. (Itinerario verde) A las 9:00 sonará la alarma de entrada al centro y podrán acceder al mismo siguiendo el itinerario marcado. A la hora de las salidas, en Primaria los niños saldrán en orden pero solos desde su aula hasta la puerta del centro. En los casos especiales de familias que solicitan este servicio, dichos niños serán recogidos por sus padres o tutores legales o personas debidamente acreditadas en los casos que así lo soliciten. El maestro/a será el último/a en salir del aula, cuidando que no quede ningún alumno/a, dejando todo el mobiliario y material ordenado, luces apagadas y la puerta cerrada.

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FALTAS DE ASISTENCIAY RETRASOS

Se considera absentismo escolar la falta de asistencia regular y continuada a clase del alumnado en edad de escolaridad obligatoria, sin motivo que lo justifique. 1. Falta de asistencia: la ausencia del centro escolar en un día lectivo, sea durante todo el día o en algún tramo horario. 2. Falta justificada: Ausencia justificada documentalmente o en su defecto mediante justificante firmado por el padre, madre o tutor/a legal. 3. Falta no justificada: Las que no cumplan los requisitos de las faltas justificadas. 4. Retraso: Entrada al centro más tarde de las 9:05 (sonará un timbre para delimitar este tiempo) sin causa justificada. Se computarán como faltas de asistencia tanto las que estén justificadas como las que no lo estén, al igual que los retrasos (falta de asistencia por tramo horario) Cada tutor/a será responsable del control diario de la puntualidad y ausencia de sus alumnos incluyéndolas semanalmente en la plataforma EducamosCLM como justificadas o no. En caso de posibilidad de protocolo de absentismo o reiteradas faltas de asistencia o retrasos se seguirá el siguiente procedimiento: 1. El tutor avisará a la familia para advertirles de la situación. 2. Si la solución no se revierte se informará al Jefe de Estudios para que el segundo recordatorio sea desde el equipo directivo. 3. Se comunicará al Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad para que tome las medidas que correspondan. 4. En caso necesario se abriría Protocolo de Absentismo.

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RECREOS

1. En tiempo de recreo, los alumnos/as sólo permanecerán en el aula en presencia del maestro/a y a instancias del mismo/a. No obstante, el tiempo de recreo es preceptivo para el alumnado, y sólo permite ser anulado como medida correctora ante determinadas conductas, establecidas en los puntos correspondientes de estas normas, y previo registro en Delphos de las mismas. 2. Los alumnos de Ed. Primaria comerán el almuerzo en el patio salvo que el maestro así lo considere (especialmente en cursos bajos) y puedan hacerlo en el aula. En Ed. Infantil comerán este almuerzo siempre dentro del aula. 3. La vigilancia de los recreos, por parte de los maestros/as, es obligatoria y ha de cumplirse con la máxima puntualidad.

1. En tiempo de recreo, los alumnos/as sólo permanecerán en el aula en presencia del maestro/a y a instancias del mismo/a. No obstante, el tiempo de recreo es preceptivo para el alumnado, y sólo permite ser anulado como medida correctora ante determinadas conductas, establecidas en los puntos correspondientes de estas normas, y previo registro en Delphos de las mismas. 2. Los alumnos de Ed. Primaria comerán el almuerzo en el patio salvo que el maestro así lo considere (especialmente en cursos bajos) y puedan hacerlo en el aula. En Ed. Infantil comerán este almuerzo siempre dentro del aula. 3. La vigilancia de los recreos, por parte de los maestros/as, es obligatoria y ha de cumplirse con la máxima puntualidad. 4. Se establecerán turnos de vigilancia por parte de la jefatura de estudios en los que se especificará la zona y/o funciones que realizaremos en dicho turno. Recordamos que la ratio establecida por normativa es 1 profesor por cada 30 alumnos en Ed. Infantil y 1 profesor por cada 60 alumnos en Ed. Primaria. 5. En la hora lectiva anterior al recreo, se celebrarán los cumpleaños de los alumnos que lo deseen. Podrán traer para repartir comida o bebida en formato individual (zumos individuales, sándwiches o dulces individuales…etc.) que se repartirán entre el resto de alumnos antes de salir al patio. No se repartirán tartas de cumpleaños, zumos o botellas en vasos…etc. 6. En Ed. Primaria, antes de ir al patio los alumnos usarán los aseos del colegio. Una vez en él, se utilizarán sólo y exclusivamente los del pabellón polideportivo y los del pasillo de abajo (siempre que haya un encargado de pasillo en el recreo). Esos aseos han de respetarlos, no jugar ni refugiarse en ellos y no permanecer en ellos más del tiempo necesario. Será responsabilidad del encargado de vigilar esa zona, asegurarse que esta norma se cumpla. 7. En Ed. Infantil, los niños han de ir al baño por turnos antes de salir al recreo. En el caso que un niño tenga una urgencia podrá pasar al baño de su aula. 8. Quedan prohibidos los juegos que supongan molestias y/o peligro para los demás, así como traer todo tipo de objetos agresivos: globos de agua, canutos, objetos cortantes, etc. 9. Queda prohibido subirse en la valla, barandillas de en frente de los baños, canastas, porterías, pasar de la zona del huerto, permanecer y/o meterse debajo de las escaleras de emergencia y del túnel, etc. 10. Cuando les toque el turno de pistas, los alumnos podrán traer balones para hacer uso de las pistas. Este balón solo se usará en la zona de pistas y queda prohibido su uso en la zona de visera o de tierra. 11. El conserje tendrá disponible una llave de la puerta trasera del patio a disposición de los profesores de patio para gestionar la apertura y cierre de la puerta cuando tengan que salir a recoger balones que se salen a la calle. 12. Cuando se salgan balones fuera, se recogerán siempre con la supervisión del adulto. 13. No se podrá entrar al almacén de E.F ni coger material. 14. Los alumnos de 5º y 6º no podrán usar los columpios. El uso de los columpios será para los cursos 1º-2º-3º-4º. 15. No se podrá entrar a las aulas una vez comenzado el tiempo de recreo. 16. Si surge algún problema en el tiempo de recreo, los alumnos/as se dirigirán a los encargados de la vigilancia. Siempre que sea posible los conflictos de patio deberán resolverse en el tiempo de patio con los profesores encargados. 17. Al salir al patio los alumnos/as depositarán las envolturas de bocadillos y objetos desechables en las papeleras que se encuentran ante las puertas de salida al patio. 18. En la biblioteca no se podrá comer ni quedarse a hacer deberes; sólo trabajo en grupo, búsqueda de información (siempre que el tutor lo considere oportuno) o similar, y siempre que no interrumpa el normal funcionamiento de la biblioteca del centro. 19. No se podrá permanecer en el pasillo de la biblioteca para comer el almuerzo. 20. Los días de lluvia, en Primaria, no habrá salida grupal al recreo y será el tutor del grupo el que decidirá si baja con todo su grupo al recreo a la zona de la visera o al hall de entrada, o se queda con todo su grupo en su aula. En ningún caso se podrá dividir el grupo. La biblioteca permanecerá abierta los días de lluvia para el cambio de libros. En caso de suspensión de recreo, la Jefatura de estudios organizará a los maestros/as no tutores para colaborar en su ciclo respectivo en la alternancia en el cuidado de los alumnos en sus aulas. 21. En Infantil, los días de lluvia, será el tutor del grupo el que decida si sale al hall de entrada o si se queda en la clase durante el tiempo de recreo. En caso de suspensión de recreo, la Jefatura de estudios organizará a los maestros/as no tutores para colaborar en su ciclo respectivo en la alternancia en el cuidado de los alumnos en sus aulas. 22. Cuando termine el recreo, sonará el timbre y los alumnos accederán libremente a las aulas de forma ordenada y tranquila sin hacer filas, evitando aglomeraciones y manteniendo la distancia interpersonal. Los profesores encargados de vigilar el recreo se encargarán de que no quede ningún niño en los patios y de que la entrada se produzca de forma correcta, sin empujones y sin aglomeraciones. Los profesores que impartan clase a 4ª hora se encargarán de supervisar la entrada de los alumnos por escaleras y pasillos. 23. Con carácter general, el grupo que haga uso de las pistas durante el recreo (Lunes: 1º y 2º, Martes: 3º, Miércoles: 4º, Jueves: 5º y Viernes 6º) será el encargado de mantenerla limpia de basura. Si al terminar el recreo quedase sucia, deberán bajar a limpiarla. Si esta situación se repitiese más veces se valorará la posibilidad de restringirles temporalmente el derecho al uso de las pistas. El resto de alumnos que no les toque hacer uso de las pistas ese día, sólo podrán acceder a la sección de las gradas al lado de la pista polideportiva, y siempre sin balones. 24. Los profesores responsables de patio serán los encargados de velar por el cumplimiento de las normas anteriormente expuestas, detectar problemas, resolver los incidentes que pudieran surgir y sancionar a los alumnos que proceda de acuerdo a lo establecido en estas normas. 25. Cuando haya que hacer uso del botiquín durante el horario del recreo, los maestros vigilantes podrán utilizar el del pabellón en lugar de acudir a conserjería. 26. Si un alumno sufre un accidente dependiendo de la gravedad del mismo y junto con la coordinación del tutor, el maestro vigilante que ha atendido al herido o el tutor, se encargarán de llamar a la familia si fuese necesario y se sopesará el proceder posterior tras haberlo puesto en conocimiento del equipo directivo.

familias

alumnado

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comedor escolar

El Centro, por sus características, presta el Servicio de Comedor y Aula Matinal, ateniéndose su estructura y funcionamiento a las normas emanadas de la Consejería de Educación y Ciencia de CLM al respecto. Se velará por establecer, en todo momento, el aspecto educativo del aula matinal y del comedor, según las directrices emanadas del Plan de Calidad de los Comedores Escolares de la Consejería de Educación y Ciencia y de la normativa actualmente en vigor. Las normativa a seguir será la siguiente:

1. A las familias de alumnos de 3 años se les recomendará el comienzo del comedor para ellos el primer día lectivo después del periodo de adaptación. 2. Siempre se recogerán a los niños antes de las 15h (si es septiembre o junio) o antes de las 16h (entre octubre y mayo). 3. Los padres/madres esperarán para recoger a sus hijos: De 15:00 a 16:00 (14:00 a 15:00 en septiembre y junio) por la puerta de la C/Río Bidasoa. Los días de lluvia la recogida se realizará en el mismo horario pero por la puerta principal de la C/Río Jarama, ya que los usuarios permanecerán en el comedor escolar y no en el patio. 4. Los alumnos que después del comedor vayan a actividades extraescolares, será el monitor de extraescolares quién los recoja del comedor escolar a las 16h (15h en junio y septiembre). 5. La falta de puntualidad reiterada al recoger a los alumnos/as del servicio de comedor puede conllevar la pérdida temporal o definitiva, del derecho a hacer uso del mismo. 6. No se atenderán regímenes alimenticios, salvo excepciones médicas debidamente justificadas que se contemplan en la normativa vigente de comedores escolares de CLM. 7. Los titulares de los recibos devueltos deberán abonar el importe de la mensualidad. En caso contrario pueden causar baja en el comedor, es decir, la empresa de comedor podrá restringir el uso de dicho servicio al alumno que incumple los pagos.

1. Se considerarán como faltas leves, cualquier conducta irrespetuosa hacia personas o cosas durante el periodo de comedor o acciones/actitudes que incumplan las Normas de Convivencia. 2. Las monitoras llevarán un Registro de Incidencias donde reflejarán lo que haya ocurrido e informarán al Encargado/a del Comedor que tomará las medidas oportunas. 3. La reincidencia en las mismas conllevará, previa entrevista con los padres, la baja en el servicio de comedor. 4. La entrada y salida del comedor se realizará sin correr ni gritar. 5. No se comenzará a servir la comida hasta que haya una actitud correcta por parte de los comensales. 6. Se mantendrá una postura adecuada en la mesa, permaneciendo bien sentados y utilizando correctamente los cubiertos puestos a su disposición. 7. En atención al resto de comensales se mantendrá un tono bajo de voz, distendido y respetuoso con los demás. 8. Se respetará y obedecerá en todo momento a los cuidadores/as. 9. Los alumnos, en función del carácter educativo del comedor escolar, podrán colaborar en las labores de comedor como puesta y recogida del servicio de mesas. 10. Los alumnos/as, conforme a lo dispuesto en el Plan del Comedor escolar, deberán lavarse las manos antes de las comidas. Aquellos que quieren lavarse los dientes después de las comidas, tendrán la opción y será necesario que los niños traigan un estuche identificado con cepillo y pasta dentífrica. Serán los propios niños los encargados de cuidar y guardar su estuche y llevar a casa semanalmente para su revisión e higiene. 11 Durante el horario del comedor, los comensales no podrán ausentarse del centro si no van acompañados de sus padres o tutores, previa comunicación (autorización por escrito) a las monitoras del comedor. 12. Tanto los alumnos de Primaria, como los de Infantil, acudirán al comedor escolar con sus mochilas escolares. No se permitirá la entrada a las aulas durante el período de comedor escolar.

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En relación al Proyecto Carmenta, los grupos en los que esté proyecto esté implantado se regirán con carácter general por el siguiente decálogo básico para el uso de las tablet: 1. Cada alumno es responsable del cuidado de su Tablet. 2. Las tablets han de venir al centro con funda rugerizada y cristal templado debidamente etiquetado (funda y tablet). También se aconseja contar con auriculares en clase para el trabajo en diversas actividades. Sólo se podrá hacer uso de ellos cuando el profesor lo indique. 3. Las tablets han de venir cargadas, al menos al 80%, todos los días. 4. Las tablets estarán sujetas a un control por parte del centro a través de la plataforma Google Workspace 5. Las grabaciones con las cámaras estarán bloqueadas y está prohibido su uso salvo indicación expresa del profesor. 6. En el usuario colegio las tablets tendrán descargadas únicamente las aplicaciones de los libros de texto y las indicadas por el centro. 7. Las tablets permanecerán siempre en la mochila y solo estarán fuera con un profesor en clase. En los descansos entre áreas, recreos, comedor, actividades extraescolares las tablets han de estar siempre guardadas en la mochila. Queda prohibido también tener cualquier botella o liquido encima de mesa. 8. La tablet tendrá un código de bloqueo establecido por el centro y no está permitido cambiarlo, modificarlo o añadir cualquier tipo de restricción que no permita al centro y al profesorado poder acceder a la tablet. 9. En caso de rotura o avería, las familias procurarán la reparación del dispositivo a la mayor brevedad posible. 10. Cualquier acceso no autorizado a un dispositivo de un compañero o al del profesor se entenderá como conducta grave.

decálogo carmenta