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Transcript

Autor: Karina Gardenia Pumares Romero

la citación

Universidad Indoamérica

En caso de que una parte manifiesta que conoce dicha petición o providencia, se considerará citada o notificada en la fecha de presentación del escrito o en la del acto que haya ocurrido.

Conforme se describe en el artículo 53, del Código Orgánico General de Procesos,, la citación es el acto mediante el cual se da a conocer al demandado el contenido o la petición de una diligencia preparatorio y de las providencias recaídas en ellas.

Citación por boletas, si no se encuentra personalmente a la o el demandado, se le citará a través de tres boletas que se entregarán en distintos días en su domicilio o residencia a cualquier familiar de la persona.
Citación personal hace referencua a que se cumplirá la citación de forma presencial al demandado o en caso de ser una persona jurídica será notificado su representante legal.

Artículo 54

Artículo 55

Mensajes que serán transmitidos en tres fechas distintas, al menos tres veces al día, a través de una radiodifusora de la localidad, en un horario de seis a veintidós horas, donde contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente.

Artículo 56

Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, en caso de haber se realizará la publicación en un periódico de la capital de la provincia, que sea de amplia circulación.
Citación por medios de comunicación, se debe en caso de que sea imposible ubicar el domicilio o lugar de residencia, bajo estas circunstancias será citado mediante las siguientes formas:

Artículo 58

Artículo 57

Citación a las y los herederos, de quienes sea conocido el lugar de residencia o domicilio se citará personalmente por boleta.
Citación a las y los ecuatorianos que se encuentren en el exterior, donde sea conocido su domicilio se procederá mediante exhorto a las autoridades consulares.
Citación a organismos o instituciones estatales y sus funcionarios por asuntos propios de su empleo, se realizará en dependencia local más próxima al lugar del proceso.
Citación a comunidades indígenas, afro ecuatorianas, montubias y campesinas no organizadas como persona jurídica, realizarán la entrega de una copia de la demanda, de la petición de una diligencia preparatoria, de las providencias recaídas en ella.

Artículo 59

Artículo 60

Citación a agentes diplomáticos, tanto a los nacionales como extranjeros, en los asuntos contenciosos que le corresponde conocer a la Corte Nacional de la Justicia, se realizará a través del ministerio o institución encargada de las relaciones exteriores mediante oficio.
Lugar de citación, el citador no podrá realizar el acto de citación en el caso que la o el actor hagan imposible determinar el lugar de la citación.

Artículo 61

Artículo 62

1. Requerir el citado a comparecer ante el juzgado para deducir excepciones.2. Constituir al demandado como poseedor de la mala fe e impedir que haga suyo los frutos de la cosa que se le demanda, según lo dispuesto en la ley.3. Constituir al deudor en mora, según lo previsto en la ley.4. Interrumpir la prescripción.
Constancia de la citación y responsabilidad del citador, tal proceso llevará un acta de la citación con la expresión del nombre completo del citador, hora, fecha y lugar que se haya citado.
Efectos de la citación:

Artículo 63

Artículo 64

- Antony, A. G. P. (2020, junio 15). Procedimiento monitoreo en el COGEP, en cuanto a la forma de citación y los plazos para convocar a audiencia unica. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil. - Meythaler, & Zambrano. (2020, diciembre 18). Reformas al Código Orgánico General de Procesos COGEP sobre citación de la demanda. Meythalerzambrano. https://www.meythalerzambranoabogados.com/post/reformas-al-c%C3%B3digo-org%C3%A1nico-general-de-procesos-cogep-sobre-citaci%C3%B3n-de-la-demanda- Mandato, P. (s/f). Gob.ec. Recuperado el 29 de mayo de 2022, de https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/2017/01/CODIGO-ORGANICO-GENERAL-PROCESOS.pdf

Bibliografía