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REPARACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL

Luis Manuel Guzmán Hernandez

Created on May 15, 2022

CONCEPTO, CARACTERISTICAS, TIPOLOGIA, ETC..

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Transcript

DAÑO AMBIENTAL

CONCEPTO

De acuerdo con la Ley Federal de Responbilidad Ambiental , LFRA, en su articulo2, parrafo lll, el daño ambiental se considera: […] pérdida, cambio, deterioro, menoscabo, afectación o modificación adversos y mensurables de los hábitat, de los ecosistemas, de los elementos y recursos naturales, de sus condiciones químicas, físicas o biológicas, de las relaciones de interacción que se dan entre éstos, así como de los servicios ambientales que proporcionan. (H. Congreso, 2013).

Características

Las caracteristícas son cinco como lo son:1.- COLECTIVAS 2.- COMPLEJOS 3.- CARECEN DE ESPECIALIDAD DETERMINADA 4.- TRASCIENDEN AL ÁMBITO PÚBLICO 5.- NEXO CASUAL

1.-Colectivos: Afectan a diversos ecosistemas y actores que no necesariamente se encuentran en lo inmediato en el sitio donde se ha causado el daño, por ejemplo, la catástrofe de Chernobyl, el derrame petrolero del Prestige o el de Exxon Valdez. Estas afectaciones rebasaron fronteras y hoy continúan estando presentes sus daños. 2.-Complejo: Debido a las condiciones que se presentan en un caso de generación de un daño ambiental, puede resultar complejo demostrar su existencia y vincularlo a una acción en particular. Además, es importante considerar que las afectaciones o desequilibrios al ambiente en ocasiones no se dan en el momento en que se produce el posible daño. 3.-Carecen de especialidad determinada: Debido a las características previas, el determinar un daño ambiental hace necesario la presencia de no solo las disciplinas de hecho (sociales), sino también de aquellas que ofrezcan técnicas para su atención, como las ciencias exactas, es decir, para conocer un daño ambiental se deberá tomar en cuenta la perspectiva ecológica, biológica, antropológica, histórica, sociológica, jurídica y matemática. 1.-

4.-Trascienden al ámbito público: La atención de los daños ambientales se conjuga con diversas ramas del derecho, como el privado o el social, que trasciende a lo público por ser de interés general la atención a los daños causados. Además los daños pueden afectar a bienes del dominio público (sin que exista un propietario en particular), o bien, pueden ser una alteración a las garantías individuales (en el caso de México, la garantía con mayor vulnerabilidad en materia de daños ambientales es la premisa que consagra el artículo 4º de la CPEUM sobre el derecho a un ambiente sano para el desarrollo y bienestar). 5.- Nexo causal: Esta característica se asocia con la anterior por la complejidad de demostrar la relación de la causa y el efecto, porque en ello pueden incidir la distancia, el tiempo, las condiciones externas, etc.

Tipología

En un primer momento, es fundamental mencionar que existe el DAÑO PATRIMONIAL cuando hay perdida, cambio deterioro, menoscabo, afectación o modificación acasionada a bienes tangibles y concretos, que son propiedad de una persona física o una moral, sean públicas o privadas, uy que derivan dse una acción u omisión humana.EJEMPLO: A partir de un accidente vial, se vuelca una pipa con gasolina, esta gasolina, afecta una parela, dañando no solo el suelo, sino la futura cosrcha.

Tipología

Además existe el DAÑO ECOLOGICO que no es provocado por una acción u omisión humana. A su vez, se divide en daño ecologico puro, que es aquel que no causa un perjuicio hacia un patrimonio o poesión concreta.EJEMPLO: Cópn la erupción de un volcán se emiten gases de efecgto invernadero y la lava daña el suelo aledaño, pero no existe una propiedad o posesión en particular, entonces será un daño ecologico puro. En el caso de que exista una propiedad o posesión y que se vea afectada por una erupción volcanica, se estara en presencia del daño por influjo ambiental, es decir se produce una efectación sin inteciones, pero ésta causa daño. otro ejemplo puede ser el deslave que lamentablemente arrasa con una comunidad entera.

Sujetos involucrados

La literatura del derecho reconoce dos tipós de sujetos: Activos y Pasivos. Sujetos pasivos: Quienes actúan por omisión y bajo esta conducta priducen un daño ambiental. Quienes perciben el daño ambiental.

La literatura del derecho reconoce dos tipós de sujetos: Activos y Pasivos. Sujetos Activos: Quienes producen un daño ambiental con conocimiento e intención.

Ejemplo de un daño ambiental

EJEMPLO 1: En una comunidad existe la necesidad de talar arboles para sembrar maìz, lo cual provoca el calentamiento global y a largo plazo la erosión de la tierra. EJEMPLO 2: Cuando se construye una carretera, provocando con esto el corte de bastantes arboles lo cual provoca toda una inestabilidad ecologica entorno a la construcción de la carretera