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Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación

NEOTEC 2022

Ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras

12. Enlaces de interés

11. Justificación

9. Criterios de evaluación

10. Pago de la ayuda

8. Plazo y forma de presentación

7. Subcontratación

6. Costes susceptibles

4. Entidades beneficiarias

3. Definiciones de la convocatoria

2. Objeto de la subvención

5. Característica de la ayuda

1. Fines de la subvención

Índice

Fines de la subvención

NEOTEC

Fortalecer las capacidades tecnológicas y de innovación del tejido productivo y favorecer la generación de nuevos conocimientos y tecnologías de carácter disruptivo, nuevos usos de tecnologías ya existentes así como actividades de investigación aplicada generadoras de valor añadido para el tejido industrial.

Apoyo al crecimiento de empresas innovadoras

Fomentar la colaboración público-privada como mecanismo para acelerar la difusión y uso del conocimiento y tecnologías, la creación de capacidades de absorción y la valorización de los resultados de I+D+i.

Activar la inversión privada

Objeto de la subvención

NEOTEC

Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.

Definiciones de la convocatoria

NEOTEC

Se entiende por proyecto empresarial todas las actividades contempladas en el plan de empresa y que sean necesarias para desarrollar las actividades de esta.

Proyecto empresarial:

Entidadesbeneficiarias

NEOTEC

Podrán ser entidades beneficiarias de esta subvencion las PYMEs que reúnan los siguientes requisitos:

  • Tener consideración de pequeña y mediana empresa(PYME) según lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014;
  • No estar cotizadas;
  • Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores y minimo seis meses a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda;
  • No haber distribuido beneficios;
  • No haber surgido de una operación societaria;
  • Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud;
  • Tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente

A) Demostrar por experto externo: Desarrollará en el futuro productos, servicios, procesos mejorados respecto al estado del arte y llevar implícito riesgo técnico/industrialoB) Justificación de Auditor: Costes de I+D >10% Costes explotación

Podrán ser entidades beneficiarias de esta subvencion las PYMEs que cumplan además los requisitos para considerarse EMPRESA INNOVADORA

Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y a:

  • Realizar el proyecto conforme a lo establecido en la solicitud de ayuda
  • Aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los objetivos para los que se concede la ayuda y del empleo dado a los fondos recibidos
  • Autorizar al CDTI para que pueda tener libre acceso a las instalaciones y trabajos que constituyen el desarrollo del proyecto y demás documentación vinculada al mismo.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar el órgano concedente y a las de control financiero y auditoría
  • Publicar la concesión de la ayuda en su página web
  • Mantener las exigencias de capital social previstas
  • Mantener la consideración de pequeña empresa

Obligaciones de los beneficiarios

Característica de la ayuda

NEOTEC

El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 35.000.000 de euros.

La financiación concedida alcanzará hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación

Intensidad de la ayuda

Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo II de la convocatoria, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.

Intensidad de la ayuda

Intensidad de la ayuda

Límites subvencionables

(presupuesto mínimo de 175.000 €)

250.000 €

Las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC previa.

Las ayudas podrán ser compatibles con la percepción de otras ayudas siempre que el importe conjunto de las mismas sea de tal cuantía queno supere los límites o importes máximos de ayuda permitidos por la normativa comunitaria aplicable.

Las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.

Costes susceptibles

NEOTEC

Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.

  1. Inversiones en equipos.
  2. Gastos de personal, en los términos recogidos en el Anexo II.
  3. Materiales.
  4. Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora.
  5. Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor requerido en el anexo IV de la presente convocatoria. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 euros.

Partidas susceptibles de ayuda:

No serán gastos subvencionables los siguientes conceptos:

  • gastos financieros
  • inversiones en terrenos, locales y obra civil
  • impuestos indirectos
  • gastos de promoción y difusión del proyecto
  • gasto de manutención
  • gastos de viajes

Subcontratación

NEOTEC

La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50 por ciento del presupuesto financiable.

Máximo subcontratación

Plazo y forma de presentación

NEOTEC

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará el día 20 de mayo 2022 y finalizará el día 5 de julio2022, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

  • La cumplimentación y presentación de las solicitudes para la obtención de las ayudas deberá realizarse obligatoriamente a través de formularios y los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E (https://sede.cdti.gob.es/), lo cual requerirá el registro previo de los solicitantes en el sistema de entidades de CDTI.
  • La presentación de la solicitud de ayuda, las declaraciones responsables y documentación anexa se realizará mediante firma electrónica basada en un certificado electrónico cualificado de representante de persona jurídica de la entidad solicitante.
  • La presentación de la solicitud conllevará la autorización de la solicitante para que el CDTI obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Plan de empresa. Deberá tener el contenido mínimo indicado en el Anexo III de la presente convocatoria.
  • En el caso de que se subcontraten actividades con entidades vinculadas, solicitud de autorización de dicha subcontratación y declaración responsable de que se realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 de la Orden CNU/1308/2018, de 28 de noviembre.
  • Documentación económico-financiera:
    • Acreditación del cumplimiento de la obligación de depósito de cuentas en el registro oficial correspondiente (Registro Mercantil)
    • Declaración responsable de tipo y categoría de la empresa.
    • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos relativos al capital social y a la antigüedad de la empresa.
    • Declaración responsable de las ayudas o subvenciones obtenidas.
  • Documentación jurídico-administrativa:
    • Acreditación válida del firmante de la solicitud de que actúa como representante de la empresa.
    • Declaración responsable de la entidad solicitante del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria para resultar beneficiaria de las ayudas.
    • Las empresas con domicilio fiscal en País Vasco y Navarra deberán aportar, adicionalmente, los certificados forales de cumplimiento de obligaciones tributarias.

Documentación a presentar en la solicitud

Solicitud NEOTEC

Criterios de evaluación

NEOTEC

La evaluación y selección de solicitudes se realizará en régimen de concurrencia competitiva con base en la documentación aportada y conforme a los principios establecidos.(Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al solicitante que, en el plazo de diez días hábiles).

Criterios de evaluación

Tecnología e Innovación

Gestión y Equipo

Impacto Socioeconómico y Medioambiental

Plan de explotación

Criterios de evaluación: Plan de explotación

Criterios de evaluación: Tecnología e Innovación

Criterios de evaluación: Equipo y Gestión

Criterios de evaluación: Impacto Socioeconomico y Medioambiental

Criterios de evaluación: Umbrales

10

Pago de la ayuda

NEOTEC

Pago anticipado

El beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto.

11

Justificación

NEOTEC

La presentación de la documentación justificativa se realizará en los tres meses siguientes a la finalización del proyecto.La documentación justificativa deberá presentarse por medios electrónicos disponibles en la página web y en la sede electrónica de CDTI (https://sede.cdti.gob.es/).La justificación revestirá la forma de cuenta justificativa, con aportación de informe de auditor.

12

Enlaces de interés

SUBVENCIÓN KIT DIGITAL

Convocatoria

Bases reguladoras