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PROTOCOLO DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS.


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ACTUACIÓN EN EL ÁMBITO EDUCATIVO

1. Identificación y comunicación de la situación:
Cualquier miembro de la comunidad educativa con conocimiento o sospecha de una situación de violencia de género (VG) ejercida sobre una alumna, lo comunicará al Equipo Directivo.

2. Actuaciones inmediatas:
Equipo Directivo, tutor/a y orientación recogerá toda la información posible quedando reflejada en un acta.
Si tras el análisis se concluye que hay una posible situación de VG, se informará mediante informe escrito a Inspección para su conocimiento y valoración con los Servicios del IAM en colaboración con el Equipo Directivo.

3. Actuaciones de urgencia para proteger a la alumna afectada:
-Constatado el hecho delictivo, se comunicará a las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado.
- Medidas cautelares con el agresor/es, en caso de ser alumno/os del centro, considerándose entre ellas la no asistencia al centro, si el caso lo requiere.
-Coordinación con Fiscalía de Menores.

4. Información a las familias/representantes legales:
Equipo Directivo, Orientación y tutor/a, pondrán en conocimiento de la situación a las familias o responsables legales del alumnado implicado.

5. Comunicación al resto de profesionales que atienden a la alumna víctima de VG:
Director/a podrá informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado así como a otro personal del centro e instancias externas si el caso lo requiere, con las reservas debidas de confidencialidad.









ACTUACIÓN EN EL ÁMBITO EDUCATIVO

6. Recogida de información, director/a del centro en colaboración con orientación y tutor/a
-Recopilación de documentación existente sobre el alumnado afectado.
-Observación en espacios comunes del centro, en clase, en actividades complementarias/extraescolares...
-Recopilación de información de otras fuentes (Servicios Sociales, otros servicios..)
El director/a del centro realizará un informe con los datos obtenidos.

7. Aplicación de medidas disciplinarias:
Si la persona/s agresoras son alumnos del centro, el director/a adoptará las medidas correctivas o disciplinarias en función de lo establecido en el plan de convivencia del centro y en la Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa recogida en el Decreto 73/2011 de 22 de marzo del G.A.

8. Comunicación a la comisión de convivencia:
El director/a del centro trasladará el informe con las medidas disciplinarias aplicadas a la comisión de convivencia del centro. Esta información se tratará con la debida confidencialidad y protección de la intimidad de los/as menores y sus familias.

9. Comunicación a la Inspección Educativa:
El director/a del centro remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal y como se establece en el punto 2 de este protocolo.

10. Actuaciones:
El Equipo directivo y el Departamento de Orientación definirán las medidas y actuaciones concretas para cada caso de V.G. en el ámbito educativo, que deberán coordinarse con las medidas decretadas judicialmente. En caso necesario se contará con el asesoramiento e intervención de la Asesoría de Convivencia y el IAM.