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Transcript

Hito de Control 03

Normativa vinculada a la situación adversa

Situaciones adversas

Documentos sobre acciones adoptadas

Acciones preventivas y correctivas

Estado actual de la situación adversa

¿CUMPLIERON CON IMPLEMENTAR LAS RECOMENDACIONES PROPUESTAS EN EL INFORME DEL HITO 3?

Determinar si el Proyecto Especial Regional Plan COPESCO viene ejecutando la obra "Mejoramiento Integral de la Vía Expresa de la ciudad del Cusco: Óvalo Los Libertadores - Puente Costanera - Nodo de Versalles" de acuerdo a lo establecido en el expediente técnico, la normativa aplicable y documentos contractuales.

ESTÁ EN PROCESO DE ATENCIÓN

Incumplimiento en la ejecución de trabajos de instalación de tuberías de redes de agua en sectores que no contarían con el sustento técnico generaría el reconocimiento de ampliaciones de plazo y/o adicionales de obra que no corresponderían, a favor del contratista.

Incumplimiento en el nombramiento de la comisión para la resolución de controversias (CRC), impide que las partes puedan resolver sus discrepancias con la asistencia de la CRC, obligándose a someter las controversias directamente a arbitraje.

se atendió

Programa de Obra el Contrato de Ejecución de Obra N° 1400-164-2020-DE-COPESCO/PRODER/GRC, "Mejoramiento Integral de la Vía Expresa de la Ciudad de Cusco Óvalo Los Libertadores - Puente Costanera - Nodo Versalles", aprobado mediante la Carta J3D166-LT-281-2021 de 27 de mayo de 2021.

Oficio N° 1100-686-2021 de 15 de noviembre de 2021, el cual adjunta la Carta N° 533-2021-OA-PRODER-COPESCO de 15 de noviembre de 2021.

De acuerdo a la Carta N° 533-2021-OA-PRODER-COPESCO de 15 de noviembre de 2021, remitida por el PER Plan COPESCO a la Comisión de control, se señala que mediante la Carta J3D166-LT-825-2021 HT 4499, el Ingeniero, informa lo siguiente:

  • El 7 de septiembre de 2021, el Contratista inició la ejecución de las actividades previas, contempladas en el ítem 13.02.02.05.01.02: “trazo, nivelación y replanteo durante la ejecución”.
  • El 8 de septiembre de 2021, el Contratista inició las actividades del ítem 13.02.02.05.02.01: “Excavación c/máq T-normal P/tub D 90mm”, y del ítem 13.02.02.05.02.02: “Excavación c/máq Tnormal P/tub D 160mm a 250mm”.
  • El 20 de septiembre de 2021, el Contratista inició con las actividades de los ítems 13.02.02.05.02: “Refine y nivelación de zanja” y 13.02.02.05.02.04: “Cama de apoyo con arena gruesa”.
  • El 11 de octubre de 2021, el Contratista inició con las actividades del ítem 13.02.02.05.03.01.01: “Tubería PVC C-10 UF 110 mm”, teniendo a la fecha 360 metros instalados de tubería, entre las progresivas km 05+720 al km 06+085.
  • Finalmente, el Ingeniero concluye que, al encontrarse esta partida en ejecución y no formar parte de la ruta crítica, no existiría una causal para que el Contratista argumente una prórroga de la terminación del plazo contractual.

Situación detectada durante la auditoría.

Acciones adoptadas por la entidad responsable.

Contrato de Ejecución de Obra N° 1400-164-2020-DE-COPESCO/PRODER/GRC, "Mejoramiento Integral de la Vía Expresa de la Ciudad del Cusco Óvalo Los Libertadores - Puente Costanera - Nodo Versalles", suscrito entre el Proyecto Especial Regional Plan COPESCO y CHINA GEZHOUBA GROUP COMPANY LIMITED el 29 diciembre de 2020.

Oficio N° 1100-686-2021 de 15 de noviembre de 2021, el cual adjunta la Carta N° 533-2021-OA-PRODER-COPESCO de 15 de noviembre de 2021.

De acuerdo a la Carta N° 533-2021-OA-PRODER-COPESCO de 15 de noviembre de 2021, remitida por el PER Plan COPESCO a la Comisión de control, se informó lo siguiente:

  • En fecha 12 de noviembre de 2021, mediante la Carta N° 276-2021-PRODER CUSCO/OFICIAL LEGAL, el Oficial Legal del PRODER-CUSCO (unidad de gestión del PER Plan COPESCO), remitió sus comentarios, respecto a la situación adversa N° 2.
En dicho documento, el Oficial Legal manifiesta que, la Comisión para la Resolución de Controversias (CRC) se encuentra en proceso de instalación y que se terminará de instalar en los próximos 30 días (desde la fecha de la Carta N° 276-2021-PRODER CUSCO/OFICIAL LEGAL). Agregando que, ya se cuenta con los adjudicadores de parte designados, pudiendo supletoriamente y de ser necesario, en caso de falta de acuerdo en la designación del Presidente del CRC, recurrir al Colegio de Ingenieros del Perú para que lo designe. En el mismo documento, agrega que, con las acciones mencionadas, la situación adversa identificada ya no constituye un riesgo para el Proyecto y por ende se deberá tener por levantada. Sin embargo, para la Comisión de Control, al no haberse realizado la conformación de la Comisión de Resolución de Controversias (CRC) esta situación adversa aún subsiste.