Want to make creations as awesome as this one?

Boletín Protección de datos: Principios para el tratamiento de datos personales

More creations to inspire you

STEVE JOBS

Horizontal infographics

OSCAR WILDE

Horizontal infographics

TEN WAYS TO SAVE WATER

Horizontal infographics

NORMANDY 1944

Horizontal infographics

LIZZO

Horizontal infographics

BEYONCÉ

Horizontal infographics

Transcript

Boletín #11 Protección de datos

Principios para el tratamiento de datos personales (Ley 1581:2012)

Principio de legalidad

1

Principio de finalidad

2

Principio de libertad

3

Principio de veracidad o calidad

4

Principio de transparencia

5

Principio de acceso y circulación restringida

6

Principio de seguridad

7

Principio de confidencialidad

8

HAZ CLIC SOBRE LOS NÚMEROS PARA VER LAS DEFINICIONES

El Tratamiento debe sujetarse a lo establecido en la ley y en las demás disposiciones que la desarrollen.

El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular.

El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.

La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.

En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.

El Tratamiento se sujeta a los límites según la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. Sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley.

La información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la presente ley y en los términos de la misma.