Seguros de Vida-Ahorro



El beneficio fiscal de un PIAS reside en que no se pagarán los impuestos asociados a la rentabilidad que genere antes del cobro de la prestación. Se puede obtener el ahorro acumulado en cualquier momento, pero pueden perderse las ventajas fiscales si se rescata antes del tiempo previsto.
Cada contribuyente sólo podrá contratar un plan individual de ahorro sistemático (por el contrario, es posible contratar más de un plan de pensiones por titular). Además, por su naturaleza como seguro de vida, los PIAS ofrecen un capital asegurado en caso de fallecimiento de su titular.
Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS)
Consisten en acumular un capital que sirva en el futuro como complemento a la pensión pública de jubilación; se basa en una renta vitalicia asegurada cuyo importe dependerá del capital total que se acumule.

Presentan ventajas frente a los planes de pensiones individuales, ya que aportan una rentabilidad más estable, y frente a los seguros de vida-ahorro ya que su tratamiento fiscal es mejor.
¿Qué tipos de Seguros de Vida-Ahorro existen?
Es un producto asegurador en el que el tomador (quien contrata el seguro) es también el asegurado (la persona expuesta a los riesgos cubiertos) y el beneficiario (quien percibirá la prestación contemplada en el seguro).
Entre los Seguros de Vida – Ahorro disponibles, los más comunes son:
Planes de Previsión Asegurados (PPA)
Tienen como finalidad complementar las prestaciones públicas a través del ahorro privado. Su cobertura principal es la jubilación, pero podrán cubrir adicionalmente la invalidez y el fallecimiento.

Los seguros de vida son productos de ahorro, cuyo capital garantizado es el resultado de la rentabilidad que se genere con el pago periódico de determinadas cantidades.
El asegurado puede o bien esperar a que venza el plazo fijado en el contrato, cobrando así entonces la prestación, o bien cobrar el valor que se haya generado hasta ese momento (derecho de rescate).
