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DEFENSORÍA DEL

Marco Legal

Corresponde a la Defensoría del Pueblo defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía.

Artículo 95°

Artículo 162°

Artículo 94°

El Defensor del Pueblo presenta el Informe al Congreso una vez al año, durante el mes de mayo, conforme a lo prescrito en el Artículo 162° de la Constitución, ajustándose al procedimiento siguiente: El Defensor del Pueblo enviará, por escrito a la Presidencia del Congreso de la República, el Informe Anual acerca de las actividades realizadas por su despacho, debidamente sustentado y exponiendo, además, las conclusiones del caso. El Defensor del Pueblo sustentará su Informe Anual ante el Pleno del Congreso de la República en la primera sesión posterior a la sustentación a que se contrae el inciso anterior.

PUEBLO

El defensor del pueblo es elegido y removido por el congreso con el voto de los dos tercios de su número legal. Para ser elegido defensor del pueblo requiere haber cumplido 35 años de edad y ser abogado.

El Defensor del Pueblo presentará un Informe cuando así lo solicite el Congreso de la República a través de la Presidencia del mismo.

Artículo 161°

DEFENSORÍA DEL

La Defensoría del Pueblo tiene el mandato constitucional de supervisar la adecuada prestación de los servicios públicos.

Conflictos sociales

Servicios que Brindan:

PUEBLO

Salud

01

Educación

02

03

04

05

Supervisa el cumplimiento de los deberes de función de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la población.

Son un colaborador crítico del Estado, que actúa con autonomía respecto de cualquier poder público o privado, en nombre del bien común y en defensa de los derechos de la ciudadanía.

No desempeñan funciones de juez o fiscal ni sustituimos autoridad alguna. No dictamos sentencias, ni imponemos multas o sanciones.

Elaboran informes con recomendacio-nes o exhortaciones a las autoridades con argumentos técnicos, éticos y jurídicos.

Atiende quejas, consultas y pedidos de ciudadanos en todo el país, quienes han visto sus derechos vulnerados.

Seguridad ciudadana 

Violencia contra la niñez

Servicios públicos

Prevención de la corrupción

Discapacidad

educación

DEFENSORÍA DEL

DEFENSORES:

VS

1.- El jurista Jorge Santistevan de Noriega fue el primer Defensor del Pueblo en Perú, en el gobierno de Alberto Fujimori (1996-2000).

PUEBLO

2-.El abogado Walter Albán fue Defensor del Pueblo del Perú (2000-2005).

3. El 29 de septiembre de 2005, Beatriz Merino se convirtió en la primera mujer en ocupar el cargo de Defensor del Pueblo (2005-2011).

4.2011-2016, El 1 de abril de 2011, el abogado Eduardo Vega, ejerció el cargo del Defensor del Pueblo.

5.El 6 de septiembre de 2016, Walter Gutiérrez Camacho fue designado Defensor del Pueblo (2016-2021)

5.1. DEL DIRECTORIO INSTITUCIONAL áREAS Y RESPONSABLES -Cuenta con 30 áreas y responsables - Mas 38 oficinas y módulos defensoriales a nivel nacional.

Integrantes:Condori Quispe Lizbeth Yesenia -Mamani Chipana Edith-Palomino Choquepata Yessenia-Salluca Luque Deyna Viviana -Yanqui Canaza Elizabeth Edith -Uscamayta Condori Walter-Zapana Flores Sheyla Jhulissa -Zapana Jove Karen Brigitte

Fuentes:https://www.defensoria.gob.pe/