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11. Bianca Poma Zarate 
10. Brenda Garcia Yauri
09. Jimena Luis Torres 
08. Fiorella Chumbimune
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LAS BURBUJITAS

INTEGRANTES

11. Bianca Poma Zarate

10. Brenda Garcia Yauri

09. Jimena Luis Torres

08. Fiorella Chumbimune

07. Delia Meza Calderon

06. Lizbeth Pamela Manrique Rodriguez

05. Mariana Garavito Alania

04. Pedro Raul Ludeña Barreto

03. Fernando Gamarra Huaman

02. Daniella Laynes Gamarra

01. Diego Diaz Alvarado

EL

COMITÉ

Según nuestro artículo 111 del CC el comité es: “La organización de personas naturales o jurídicas, o de ambas, dedicada a la recaudación pública de aportes destinados a una finalidad altruista. El acto constitutivo y el estatuto del comité pueden constar, para su inscripción en el registro, en documento privado con legalización notarial de las firmas de los fundadores”.

constituciÓn y caracterÍsticas

La constitución es la carta magna de un estado. Es la ley primordial y superior a cualquier otra que exista en ese país. La redacción de una constitución se basa en el principio de que el poder político de una nación debe ser ejercido de forma racional y organizada. Además, establece una separación de poderes que impide el absolutismo.

CONSTITUCIÓN

8. Principios constitucionales.

9. Contituciones originales.

10. Tipos de origen de la constitución.

7. Contituciones conservadoras.

3. Supremacía constitucional.

2. Origen.

4. Control de constitucional.

5. Flexibilidad.

6. Contituciones liberales.

1. Fundaciones.

caracterÍsticas

diferencias con la fundación y asociación

La primera variación reseñable entre ambas pasa por que la constitución de la fundación necesita de una dotación económica inicial La segunda es la inscripción en el registro de fundaciones es obligatoria en el plazo de seis meses desde la firma del documento.

FUNDACIÓN

Por el contrario las asociaciones no requieren una dotación inicial, ni tan siquiera precisan de escritura pública notarial para su constitución.

asociación

Artículo 121.- Disolución y liquidación del Comité Cumplida la finalidad propuesta, o si ella no se ha podido alcanzar, el consejo directivo procede a la disolución y liquidación del comité, presentando al Ministerio Público copia de los estados finales de cuentas.

DISOLUCIÓN DEL COMITÉ

Asimismo, la Constitución peruana reconoce el derecho fundamental a asociarse y constituir fundaciones, así como diversos tipos de entidades sin fines de lucro sin autorización previa y con arreglo al ordenamiento jurídico. Precisamente, el Tribunal Constitucional peruano ha desarrollado el doble contenido que tendría este derecho.

destino de haber neto resultante

Es una organización, se concibe como medio necesario para que la autonomía de las personas se expanda a formas de convivencia inspiradas en valores solidarios y fructíferos, así como medio de expresión del derecho constitucional de asociación de la persona, recogido por el artículo 2, inciso 13 de la Constitución Peruana.

artículo 112

La Asociación

¡GRACIAS!

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