SEP Elementos Esenciales de las Contribuciones
mhuerta
Created on June 11, 2021
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Transcript
1.- Especies de Contribuciones 2.- Titulares de la Potestad en materia de contribuciones y la naturaleza del vínculo jurídico con los obligados. 3.- Contribuyentes y su carácter de principales obligados por la contribución .
Elementos Esenciales de las Contribuciones
Especies de Contribuciones .
Especie de Contribuciones Clasificación de las Contribuciones: La palabra impuesto tiene una acepción generalmente inconfundible, la palabra derecho posee el nombre de toda la ciencia jurídica, en algunos paises hispanoparlantes. A veces la palabra derecho se usa para referirse a toda especie de tributo
En México el vocablo contribución alude al género tributo, pero también se usa para llamar así a una especie , hay que agregarle el vocablo especial y se toma en contribución especial
. Emilio Margain Manautou indica: "En los términos del artículo 73 fracción VII Constitucional, el Congreso de la Unión tiene facultades para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto . Por consiguiente, podemos clasificar en dos grandes grupos, los ingresos que percibe el fisco federal, uno en el que quedan comprenidas las fuentes impositivas, y otro en el que quedan comprendidas las diversas fuentes de ingresos. Estos dos grupos se denominan respectivamente contribuciones y otros ingresos. Por otra parte el CFF (Código Fiscal de la Federación) hace una clasificación diferente a cerca de las contribuciones en: Impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, aportaciones de seguridad social.
Clasificaciones doctrinarias de las Contribuciones. Las clasificaciones corrientes tienen su origen en la ciencia de las finanzas de la cual han derivado al ordenamiento jurídico, si bien con características propias, y su diversidad finca en que los autores se han preocupado de aspectos políticos económicos y sociales antes que de caracteres jurídicos y es en tal sentido que puede hablarse de la permanente evolución de la noción del impuesto, por las diferentes concepciones acerca de su utilidad o fines. Pero no ocurre lo propio en el aspecto jurídico, pues todas las contribuciones, cualquiera que sea su denominación, tienen su fundamento en el poder tributario del Estado y poseen análoga estructura jurídica: las diferencias radican en el presupuesto de hecho asumido por el legislador como determinante del tributo, que responde a circunstancias y metas jurídicas
El Proyecto de Modelo de Código Tributario para la América Latina da el concepto de los tributos y dice que son las prestaciones de dinero que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines. A su vez divide las contribuciones o tributos de la manera siguiente:
1.- Impuestos 2.- Tasa 3.- Contribución Especial a)Contribución de mejora b) Contribución de seguridad social
1.- Impuestos .- Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una situación independiente de toda actividad estatal relativa al contribuyente 2.- Tasa.- Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el contribuyente. Su producto no puede tener un destino ajeno al servicio que constituye el presupuesto de la obligación, además no es tasa la contraprestación del ususario en pago de servicios no inherentes al Estado
3.- Contribución Especial.- Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales que constituyen el presupuesto de la obligación. A su vez dicha contribución puede ser de dos tipos: a).- Contribución de mejora: Es aquella instituida para costear la obra pública que produce una valoración inmobiliaria y tiene como límite total el gasto realizado y como límite individual el incremento de valor del inmueble beneficiado. b).- Contribución de seguridad social.- Es la prestación a cargo de patrones y trabajadores integrantes de los grupos beneficiados, destinada al financiamiento de servicios de previsión .
Clasificación de las Contribuciones Contribuciones: I.- Impuestos: a).- Directos.- No son repercutibles y gravan los rendimientos: b).- Indirectos. Si son repercutibles y gravan el consumo c).- Reales. Se preocupan por los bienes o cosas que grava d).- Personales.- Se entiende a las caracterísiticas de las).- personas . e).-Específicos.- Atienden al peso, medida, cantidad o calidad del bien gravado Generales.- Gravan actividades distik).- Alcabalatoriosntas, pero que son de la misma naturaleza f).- Especiales.- Gravan determinada actividad i).- Con fines fiscales.- Se establecen para obtener ingresos al Estado. j).- Con fines extra fiscales. Se establecen co con el ánimo de que produzacan ingresos, sino con una finalidad distinta, de carácter social o económico k).- Alcabalatorios.- Tránsito, circulación y extracción, introducción y difernciales
II Derechos: *De carácter industrial pero de interes económico, por ejemplo: servicio telegráfico postal y otras comunicaciones. *Tasas de instrucción pública *Referentes a actuaciones y actos jurídicos. *Servicios de policía, desinfección, sanidad, agua y política comercial Contribuciones especiales.- Son las que se manejan en razón de cosas que se posee o por el ejercicio de una industria o comercio o de otra actividad que provocan un gasto o un aumento del gasto público. Contribución por servicios de previsión social. Es una especie de contribución especial, en la cual se realizan aportaciones de parte de los bbenficiarios o de las personas obligadas por la ley para ello, a fin de lograr que se haga efectiva realmente la seguridad social.
Clasificación de las Contribuciones en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Constitución en su artículo 31 fracción IV, establece lo siguiente: Son obligaciones de los mexicanos : Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. De la lectura anterior se concluye que las contribuciones se clasifican en federales, del Distrito Federal, estatales y municipales que deben ser proporcionales equitativas, conform lo dispongan las leyes respectivas. De la lectura anterior se concluye la siguiente clasificación 1.- Impuestos 2.- Aportaciones de Seguridad Social 3.-Contribuciones de Mejoras 4.- Derechos.
4.- Por mandato legal (concepción positivista). Lo que justifica el pago del tributo es la ley de manera que en tanto el tributo emane de la ley , de manera que en tanto el tributo emane de la ley habrá que pagarlo. Lo grave de esta concepción es que no se discute si la ley es justa o injusta . Por ser esta una disposición material y formalmente legislativa debe obedecerse.
Características esenciales de las Contribuciones
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