etapas de la contratación estatal
andreadelpilarr
Created on March 23, 2021
contratacion
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Transcript
ETAPAS DE LA CONTRATACION ESTATAL
CONTRATACION ESTATAL
MODALIDADES DE CONTRATACION
ETAPA CONTRACTUAL
ETAPA POSTCONTRACTUAL
01
05
03
ETAPA PRECONTRACTUAL
02
04
Es todo aquel que celebra la administración, cualquiera que sea su naturaleza (civil, comercial, laboral, etc), destinado a la ejecución de obras públicas, prestación de servicios y explotación de bienes del estado, y que cuentan con las prelaciones de las llamadas “clausulas excepcionales”. “Confieren a las partes derechos y obligaciones extraños, por su naturaleza, a los que son susceptibles de ser libremente consentidos por cualquiera dentro del marco de las leyes civiles y comerciales.
MODALIDADES DE CONTRATACION EN COLOMBIA 1. Licitación publica - Ley 1150 de 2007 art. 2 2. Selección abreviada - Ley 1150 de 2007 art.2 Numeral 2 3. Subasta inversa electrónica o presencial - Decreto 1083 de 2015 art.2.2.1.2.1.1.1 4. Contratación abreviada de menor cuantía - Decreto 1082 de 2015 art.2.2.1.2.1.2.2.0 5. Concurso de méritos - Decreto 1082 de2015 art.2.2.1.2.1.3.2 6.Contratacion directa - Decreto 1082 de 2015 art. 2.2.1.2.1.4.1 7. Contratación publica electrónica - Decreto 2170 de 2002
- Planeación: El Plan Anual de Adquisiciones es una herramienta de planeación que permite (i) a las Entidades Estatales indistintamente de su régimen de contratación, facilitar, identificar, registrar, programar y divulgar sus necesidades de bienes, obras y servicios; y (ii) al Estado a través de Colombia Compra Eficiente, diseñar estrategias de contratación basadas en agregación de la demanda que permitan incrementar la eficiencia del proceso de contratación. El PAA también permite a los proveedores potenciales conocer las compras que las diferentes Entidades Estatales planean realizar y que corresponden a temas de su interés.
- Estudios Previos - Decreto 1082 de 2015 Artículo 2.2.2.1.5.5. Etapa de Factibilidad. En la etapa de factibilidad se profundizan los análisis y la información básica con la que se contaba en etapa de prefactibilidad, mediante investigaciones de campo y levantamiento de información primaria, buscando reducir la incertidumbre asociada al proyecto, mejorando y profundizando en los estudios y ampliando la información de los aspectos técnicos, financieros, económicos, ambientales y legales del proyecto.
- Requisitos: capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y de organización
- Evaluación de Riesgos ART. 17. Evaluación del Riesgo. La Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente
- Publicación - proyecto de pliegos de condiciones y estudios previos
- Apertura del proceso de selección - es por medio de un acto administrativo donde también se realiza la publicación de las condiciones
- Adjudicación ley 1150 de 2007 art.9 y Ley 80 de 1993 numeral 10.
- Aprobación de las garantías De acuerdo con lo establecido en la Ley 80 de 1993 (artículo 41 modificado por el artículo 23 de la ley 1150 de 2007), la aprobación de la garantía es un requisito de ejecución del contrato, al igual que de las prórrogas o adiciones que se realicen al mismo. Por tanto, si la Entidad Estatal no aprueba la garantía no podrá iniciar o continuar con la ejecución del contrato, cuando requiere de la ampliación de la garantía.
- Acta de inicio, se encarga de establecer el día, la hora del objeto contractual a ejecutar.
- Interventor del contrato – ley 1474 de 2011 es el encargado de supervisar que las obligaciones adquiridas se cumplan.
- Adición, prorroga o ampliación – se refiere a la modificación y extensión del plazo pactado.
- Terminación del contrato- existen dos maneras: unilateral – por parte del estado, o mutuo acuerdo.
La etapa poscontractual inicia con el vencimiento del plazo de ejecución y finaliza con la liquidación del contrato y acta de cierre de las obligaciones posteriores a la liquidación en los casos previstos en la Ley. Obligaciones: En esta etapa cada una de las partes debe realizar o cumplir todas las obligaciones convenidas durante la vigencia del contrato para que se lleve a cabo su objeto. Durante esta etapa es importante tener en cuenta los siguientes aspectos: • Se lleve a cabo un estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas. • Esté atento del cumplimiento de las obligaciones a cargo de la otra parte. • Si la otra parte deja de cumplir o se retrasa con sus obligaciones, exija por escrito lo pactado en el contrato y envíelo por correo certificado para que quede constancia del reclamo realizado. • En el evento de que surjan circunstancias no previstas, use la figura jurídica denominada “Otrosí”, documento que se incorpora al contrato y que modifica una o varias de sus cláusulas o que adiciona nuevas. Esta etapa inicia con la terminación del contrato y culmina una vez se haya realizado la liquidación del mismo. Liquidación: • Terminación del plazo de ejecución del contrato (cuatro meses después de expirada la ejecución del contrato- mutuo acuerdo); (dos meses siguientes de manera unilateral). • formas de liquidación: Bilateral, Unilateral, Judicial Decreto 19 de 2012 art.217 reglamenta la liquidación de contratos ARTÍCULO 217. De la ocurrencia y contenido de la liquidación de los contratos estatales. El artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007 quedará así: "ARTÍCULO 60. De la ocurrencia y contenido de la liquidación. Los contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución o cumplimiento se prolongue en el tiempo y los demás que lo requieran, serán objeto de liquidación. También en esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato a la estabilidad de la obra, a la calidad del bien o servicio suministrado, a la provisión de repuestos y accesorios, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. La liquidación a que se refiere el presente artículo no será obligatoria en los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión."