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En este genially podéis encontrar información sobre las becas más conocidas: MECD, NEAE, 6000, BASO... NEAE,

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becasal estudio22/23

by Rosa Montero Tornay

BECAS GENERALES DEL MEFP2022/2023

NO UNIVERSITARIOS

UNIVERSITARIOS

PLAZO

ESTUDIOS

REQUISITOS

cuantias

obligaciones

solicitud

video

dudas

30/03/2022 al 16/05/2021

¿Para qué tipos de estudios puedo solicitarla?

Generales, académicos, económicos, etc.

¿Cuánto puedo recibir?

¿Qué hacer para no perder la beca?

Pasos para solicitar la beca

Cómo registrarse en la sede electrónica

Para Bachilleratos, FP y otros estudios....

30/03/2022 al 16/05/2022

¿Para qué tipos de estudios puedo solicitarla?

Generales, académicos, económicos

¿Cuánto puedo recibir?

¿Qué hacer para no perder la beca?

Pasos para solicitar la beca

¿Cómo registrarse en la sede electrónica?

Para grado universitarios, master...

by Rosa Montero Tornay

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Para poder tramitar tu beca, tiene tres opciones:

  • Clave Permanente
  • Certificado digital
  • Registrate con un usuario y una contraseña

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índice

MEFP: Postob

2ªOportunidad

MEFP: NEAE

Adriano

Beca 6000

Ayuda al transporte

Recursos

  • Portal de Beca de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayuda
  • Inicio - Consejería de Educación y DeporteAccede al portal de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía Becas y...Juntadeandalucia
  • CENTRO DE ATENCIÓN AL USUARIO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA: CAUCE 900 848 000
  • UNIDAD DE BECAS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ.
Isabel la Católica, 8. 11004 Cádiz. Tfno: 956 069 022becas.dpca.ced@juntadeandalucia.es

Becas Municipales

Desplazamiento a empresas

Ayudas para el alumnado NEAE

by RMT

¿Para qué Estudios?

18/05/2022 al 30/09 /2022

El plazo para solicitar la ayuda 19/05/2022 al 30/09/2022

Plazo

Generales, económicos

Generales a)Alumnado con nee asociadas a discapacidad o a trastornos de conducta: Necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta acreditada mediante: - Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o de un departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente - Certificado de discapacidad de un equipo de valoración y orientación de la comunidad autónoma - Diagnóstico clínico de los servicios sanitarios sostenidos con fondos públicos en los supuestos de trastornos graves de conducta. b) Tener dos años de edad o certificado de la necesidad de escolarización más temprana. c) Estar escolarizado en centros específicos, unidades de EE en centros ordinarios o centros ordinarios que escolaricen alumnado con NEE autorizados para ello. d) Alumnado con necesidad de apoyo educativo asociadas a altas capacidades: - Necesidad acreditada por EOE o DO. - Tener cumplidos 6 años de edad. Económicos: No superar un determinado nivel de renta y patrimonio, establecido en la convocatoria.

¿Cuánto voy a recibir?

Va dirigida al alumnado que tiene:

  • Una discapacidad
  • Un trastorno grave de conducta
  • Trastorno del espectro autista
  • Altas capacidades

¿A quién va dirigida?

Rosa Montero Tornay

Prácticamente para todos los niveles no universitarios salvo las excepciones para el alumnado de altas capacidades

El plazo para solicitar la ayuda suele iniciarse entre julio y agosto

Requisitos

beca 6000

Es una beca convocada por la Consejería de educación de la Junta de Andalucía, desde el año 2009

REQUISITOS

a) Participar en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio reguladas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. b) Pertenecer a una familia en la que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en un Municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme al artículo 3.3 del Decreto 137/2002, de 30 de abril. c) Reunir los requisitos específicos para ser beneficiario de la cuantía fija ligada a la renta de las becas y ayudas al estudio en las enseñanzas posotbligatorias no universitarias de la convocatoria general del Ministerio competente en materia de educación. d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al de Bachillerato o técnico de cualquier profesión. d) Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en el que finalice el curso escolar para el que solicitan la beca. e) En el caso del alumnado de primer curso de bachillerato o ciclo formativo de grado medio de formación profesional inicial, este deberá haber cursado los estudios de educación secundaria obligatoria en régimen ordinario y haber obtenido el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el curso inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria correspondiente. f) En el caso del alumnado de renovación de la beca, haber obtenido evaluación positiva en todas las materias del curso anterior. g) Estar matriculado del curso completo en las enseñanzas de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio de Formación Profesional en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cursando estas enseñanzas en la modalidad presencial, quedando excluido del ámbito de aplicación de esta Orden el alumnado que curse estas enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas. h) Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en que finalice el curso académico para el que se solicita la beca. No obstante, el alumnado con diagnóstico de altas capacidades intelectuales que finalice la Educación Secundaria Obligatoria con una edad inferior a la establecida con carácter ordinario, fruto de haber flexibilizado la duración del periodo de escolarización obligatoria, podrá acogerse a la convocatoria de la BECA 6000, siempre que cumpla los requisitos de carácter económico y académico establecidos en esta Orden. i) Tener una renta y patrimonio familiar que no superen los umbrales que se establezcan anualmente por el acto del órgano competente en materia de becas y ayudas que apruebe la convocatoria de esta beca. j) No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta propia o ajena, ni estar inscrito como demandante de empleo, en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo. Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque el curso académico para el que se concede la beca. Requisitos Economicos 2021/2022 Familias de un miembro: Hasta 1.981,00 euros. Familias de dos miembros: Hasta 3.823,00 euros. Familias de tres miembros: Hasta 5.571,50 euros Familias de cuatro miembros: Hasta 7.306,50 euros. Familias de cinco miembros: Hasta 9.038,00 euros. Familias de seis miembros: Hasta 10.731,50 euros. Familias de siete miembros: Hasta 12.386,50 euros. Familias de ocho miembros: Hasta 14.004,50 euros. A partir del octavo miembro se añadirán 1.617,50 euros por cada nuevo miembro

Beca 6000

PLAZO

23 /12/2021 al 24 /01/ 2022

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¿QUÉ ES?

Es una beca que tiene como finalidad facilitar la permanencia en el sistema educativo, al término de la ESO, al alumnado que va a cursar Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio, en la modalidad presencial y que pertenece a familias con dificultades económicas.

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SOLICITUD

La solicitud se tiene que cumplimentar a través de la secretaría virtual de la consejería de educación, para ello vas a necesitar tu código IANDE , la clave permanente o el certificado digital. También necesitarás el código de la solicitud de la beca MEC

beca 2ª OPORTUNIDAD (BASO)

¿Puedo perder la beca?

El pago de la beca, se suspenderá de forma inmediata y definitiva en los siguientes supuestos:

  • Cuando el alumnado haya causado baja en el centro docente antes de la finalización del curso académico para el que se ha concedido la beca.
  • Si no ha asistido a un 15% de las horas lectivas, computadas mensualmente.
  • Cuando el alumnado no haya realizado en los plazos establecido las tareas asignadas.

Requisitos

REQUISITOS GENERALES a) Participar en la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general para enseñanzas no universitarias regulada en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. b) Pertenecer a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. c) Tener entre 18 y 24 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria, o hasta 25 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria en el supuesto de renovación de la beca. d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. e) No haber estado matriculada en alguna de las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, durante el curso escolar anterior a aquel para el que se realiza la convocatoria, salvo en el supuesto de renovación de la beca objeto de la presente Orden. f) Estar matriculada del curso completo en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria para personas adultas, bachillerato o ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial o de artes plásticas y diseño. g) Figurar inscrita como desempleada demandante de empleo en cualquier oficina del Servicio Andaluz de empleo. h) No estar percibiendo prestación por desempleo de nivel contributivo. i) Carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75% (IPREM) anual (6.778,80 euros/año.), excluida la parte proporcional de la pagas extraordinarias, correspondiente al año en que se realice la convocatoria. Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, incluida la persona solicitante, no supere el 75 por ciento del IPREM. AÑO 2021 IPREM= 564.90, 75% = 423.68 .A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales y las rentas mínimas de inserción. Los requisitos señalados en los apartados anteriores deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque el curso académico para el que se concede la beca. REQUISITOS ECONÓMICOS: Familias de un miembro: Hasta 5084.10 euros. Familias de dos miembros: Hasta 10.168,20 euros. Familias de tres miembros: Hasta 15.252,30 euros. Familias de cuatro miembros: Hasta 20.336,40 euros. Familias de cinco miembros: Hasta 25.420,50 euros. Familias de seis miembros: Hasta 30.504,60 euros. Familias de siete miembros: Hasta 35.588,70 euros. A partir del séptimo miembro se añadirán 5.084.10 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

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BECA 2º OPORTUNIDAD

Es una ayuda dirigida al sector de población afectado por el denominado abandono educativo temprano y pretende ser un instrumento útil para facilitar la reincorporación al sistema educativo andaluz de estas personas, compensando, por un lado, la ausencia de ingresos como consecuencia de la dedicación de la persona solicitante al estudio y, por otro, favoreciendo su formación, contando, por ello, con mayores posibilidades de encontrar un empleo cuando finalice su proceso formativo y accediendo al mercado de trabajo con las mejores condiciones de empleabilidad. Esta beca dotará al alumnado con 4.236,75 euros, devengándose los mismos a razón de 423,67 euros durante los meses de septiembre a junio del curso escolar .

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Plazo

Para el curso escolar 2021/2022 el plazo fue del 23/12/2021 al 22/01/2022

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Solicitud

Se cumplimentará preferentemente a través de la secretaría virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía. Si en plazo, se presenta varias solicitudes, sólo será válida la última presentada. Para ello vas a necesitar el código IANDE, la clave permanente o certificado digital. También vas a necesitar el código de solicitud de la beca MEC

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beca adriano

Está ayuda económica es convocada por la Dirección General de atención a la diversidad, participación y convivencia escolar de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucia

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Plazo de Solicitud

21/12/2021 al 20 /01/2022.

¿para qué estudios?

Esta dirigida al alumnado que curse en modalidad presencial, algunas de las siguientes enseñanzas oficiales, en centros docentes no universitarios de Andalucía:

  • Bachillerato
  • 2º curso de CFGM, de Enseñanzas profesionales de música y danza, de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y de las enseñanzas deportivas.
  • Enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas.
  • Enseñanzas artísticas Superiores
Queda excluido el alumnado que curse las enseñanzas en modalidad de personas adultas.

¿Qué es?

Es una ayuda destinada al alumnado que no obtenga la condición de beneficiario y quede excluido de la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general para estudios postobligatorios no universitarios del Ministerio, por el único motivo de no haber alcanzado la calificación establecida por dicho Ministerio para obtener la misma.Este curso, al igual que en el curso anterior, como consecuencia de los cambios realizados a partir del curso 2020/2021 por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional con respecto a la nota mínima exigida para la convocatoria de beca general, que bajó a 5.00 puntos, los alumnos de primer curso de cualquier enseñanza NO podrán optar a la Beca Adriano.

solicitudes

La solicitud se debe cumplimentar de forma telemática. Para ello debe registrarte previamente.

requisitos

En resumen, se deben reunir los requisitos y condiciones estipuladas en la convocatoria de becas de carácter general para estudios pos-obligatorios no universitarios del Ministerio competente en materia de educación para obtener la beca de cuantía fija ligada a renta, a excepción de los referidos a la nota media y a la carga lectiva superada. Requisitos:

  • Alcanzar una nota media igual o superior a 5 puntos e inferior a la nota mínima, que se establezca en la normativa del Ministerio competente en materia de educación, cuando esta se fije por encima de 5 puntos, en el curso o prueba de acceso a las enseñanzas para las que solicita la beca.
  • Los estudiantes de 1º de bachillerato deberán acreditar no estar repitiendo curso y haber obtenido una nota media 5.00 puntos en el cuarto curso de ESO, o prueba de acceso.
  • Los estudiantes de primer curso, del resto de enseñanza, deberán acreditar no estar repitiendo curso total ni parcialmente.
  • Los estudiantes de 2º y posteriores cursos organizados por asignaturas deberán acreditar haber superado todas las asignaturas del curso anterior, con excepción de 2.
  • Si el curso se estructura en módulos, haber superado en el curso anterior al menos un número de módulos que suponga 80% de las horas totales del curso.
  • No se concederá la beca a quienes estén repitiendo curso total o parcialmente. En el caso del alumnado que haya repetido curso, se entenderá que cumple el requisito académico para ser becario, cuando tenga superadas la totalidad de las asignaturas de los cursos anteriores a aquel para el que solicita la beca.Solo podrá obtenerse beca o ayuda durante el número de años que dure el plan de estudios de las enseñanzas que curse la persona beneficiaria.
  • No tener título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
  • No superar los umbrales de renta y patrimonio familiar
  • Estar matriculado del curso completo o, al menos, de la mitad de los módulos que componen el correspondiente ciclo en estudios oficiales, en Modalidad Presencial
  • No se requerirá estar matriculado del curso completo cuando dicha matricula se extienda a todas las materias, asignaturas o módulos que resten para finalizar los estudios.

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AYUDAS AL TRANSPORTE

Es una ayuda que convoca la Dirección general de atención a la diversidad, participación y convivencia escolar de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía.

¿EN QUÉ CONSISTE?

La Ayuda Individualizada para el Transporte Escolar es un servicio complementario que consiste en una aportación económica destinada, en general, a financiar los gastos de transporte escolar a aquellos solicitantes, que no puedan hacer uso de ninguna de las modalidades de prestación y organización del servicio, o bien, que tengan que cubrir una distancia superior a 2 kilómetros entre su domicilio y la parada de la ruta escolar correspondiente.

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requisitos

a) 2º ciclo de educación infantil, de educación primaria, de ESO, de bachillerato y de FP de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por inexistencia, en la misma, la etapa educativa correspondiente, o que resida en núcleos dispersos de población o edificaciones diseminadas y que no puedan hacer uso del servicio gratuito de de transporte escolar en ninguna de sus modalidades. b) Modalidad de artes de bachillerato y de ciclos formativos de FP inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en centros docentes sostenidos con fondos públicos, alejados de su localidad de residencia c) Excepcionalmente, se podrán conceder ayudas individualizadas para colaborar en los gastos de transporte del alumnado beneficiario del servicio, entre su domicilio y la parada establecida de la ruta escolar más cercana a dicho domicilio, cuando el desplazamiento sea superior a 2 Km. No tendrá derecho a la percepción de esta ayuda el alumnado escolarizado en un centro distinto al asignado por la Administración Educativa, así como aquel que haya sido escolarizado considerando el domicilio laboral del padre, de la madre o de sus representantes legales. Asimismo también queda excluido del objeto de esta ayuda el alumnado matriculado en enseñanzas para personas adultas. Cuantía: Proporcional a la distancia recorrida desde el domicilio hasta la parada o hasta el centro educativo sólo ida. Para el curso escolar 2018/2019:

  • 2 a 10 km: 192 €
  • + 10 - 30 km: 386 €
  • +30 km - 50 km: 763 €
  • + 50 km: 937 €
El pago de los importes de las ayudas se realizará a través del centro docente donde el alumnado está escolarizado. El abono a las personas se realizará mediante un pago único. Dada las especiales circunstancias derivada de las crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19, el alumnado afectado por la combinación de la asistencia presencial con la impartición online, podrá ver disminuida la cuantía de la ayuda de forma proporcional a la asistencia al curso. IMPORTANTE: Si la persona se da de baja del centro, o no asiste regularmente a clase, debe devolver el importe concedido.

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pLAZO de solicitud

El plazo de solicitud para el curso escolar 2020/2021: 21 de diciembre de 2021 al 20 de enero de 2022.

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solicitud

Preferentemente de forma telemática a través de la secretaria virtual de centros educativos de la consejería de educación y deporte de la Junta de Andalucía. Para ello necesitarás, el código IANDE, clave permanente o certificado digital. si no puedes finalizar el procedimiento de forma telemática, tendrás que imprimir la solicitud y presentarla en tu centro docente.

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Ayuda por desplazamiento a empresas (FP)

La Consejería de Educación publicó en BOJA de 17 de abril de 2017, la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos que realiza el módulo profesional de formación en centros de trabajo o la formación práctica en la formación profesional dual.

REQUISITOS

- Estar matriculado en centros docentes donde se impartan enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos.- Estar cursando enseñanzas de formación profesional inicial y haber realizado prácticas en empresas o entidades en el marco de un proyecto de formación profesional dual.- No poseer rentas superiores al 75% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

Desplaza- miento FP

PLAZO

Plazo para el Curso 2020/2021:01/07/2021 al 07 /07/ 2021: 7 días naturales PENDIENTE DE CONVOCATORIA

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¿QUÉ ES?

Es una ayuda dirigida a subvencionar los gastos de desplazamiento necesarios para realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo o la formación profesional dual en empresas o entidades colaboradoras situadas a una distancia superior a 5 Kms, contados desde el centro docente en que se esté matriculado.

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SOLICITUD

Las solicitudes se formalizan siempre a través de la Secretaría Virtual de los centros docentes, a través de alguna de las siguientes opciones:

  • 1. A través de la clave iANDE.
Con esta clave podrás acceder y firmar el formulario de solicitud de la ayuda “on line”, finalizando aquí el trámite, sin necesidad de hacer entrega de la solicitud en papel en el centro educativo. El alumnado del sistema educativo andaluz puede disponer de la clave iANDE a través de iPASEN o contactando con su centro educativo. Con este formato, en la Secretaría Virtual podrás adjuntar a tu solicitud toda aquella documentación que desees, llegando de forma telemática al centro, si bien el documento acreditativo de asistencia a la empresa original debe ser entregado también en el centro docente. En el formulario de solicitud de la Secretaría Virtual aparecerá un desplegable con varias opciones de documentos para adjuntar y uno que pone otros, por si no se engloba en los anteriores. En cualquier caso, no es obligatorio adjuntar la documentación que se recoge en el desplegable, simplemente son opciones a las que cada cual puede optar en función de su caso.
  • 2. A través de certificado digital.
Si dispones de certificado digital, podrás acceder al formulario de solicitud de ayuda de la Secretaría Virtual utilizando este, finalizando aquí el trámite, sin necesidad de hacer entrega de la solicitud en papel en el centro educativo. Al igual que con la clave iANDE, con este formato, en la Secretaría Virtual podrás adjuntar a tu solicitud toda aquella documentación que desees, llegando de forma telemática al centro, si bien el documento acreditativo de asistencia a la empresa original debe ser entregado también en el centro docente. En el formulario de solicitud de la Secretaría Virtual aparecerá un desplegable con varias opciones de documentos para adjuntar y uno que pone otros, por si no se engloba en los anteriores. En cualquier caso, no es obligatorio adjuntar la documentación que se recoge en el desplegable, simplemente son opciones a las que cada cual puede optar en función de su caso.
  • 3. Cumplimentación.
Si no deseas utilizar la clave iANDE o el certificado digital, podrás rellenar e imprimir el formulario que existe en la Secretaría Virtual para posteriormente firmarlo manualmente (tú y todos los miembros de la unidad familiar mayores o iguales a 16 años a fecha 31 de diciembre del ejercicio fiscal del IRPF inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido a la fecha de finalización de presentación de la solicitud, junto con la documentación que consideres pertinente y el documento original de acreditación de asistencia a la empresa.

Estar matriculado en centros docentes donde se impartan enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos.- Estar cursando enseñanzas de formación profesional inicial y haber realizado prácticas en empresas o entidades en el marco de un proyecto de formación profesional dual.- No poseer rentas superiores al 75% (IPREM).

El plazo de solicitud, normalmente es de 7 días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria. Si durante el citado plazo se presentan varias solicitudes, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.

becas municipales

Está ayuda económica es convocada por el Ayuntamiento de San Roque, para ayudar a las familias a sufragar los gastos educativos en diferentes etapas formativas.

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Plazo de Solicitud

Plazo de solicitud: 19/09/2022 al 21/10/2021 ambos inclusive.

¿para qué estudios?

a) Alumnado de segundo ciclo de educación infantil de los centros docentes sostenidos con fondos públicos del Término Municipal de San Roque b) Alumnado de educación primaria de los centros docentes sostenidos con fondos públicos del Término Municipal de San Roque c) Alumnado de Educación Secundaria Obligatoria de los centros docentes sostenidos con fondos públicos del Término Municipal de San Roque d) Alumnado de Estudios postobligatorio no universitario: Bachillerato, FPB, ciclos formativos de grado medio, ciclos formativo de grado superior, matriculados del curso completo en modalidad presencial en algún centro docente sostenido con fondos públicos de Andalucía.

¿Qué es?

El Ilustre Ayuntamiento de San Roque, consciente de la insuficiencia de medios económicos de muchas familias de este municipio para hacer frente a los gastos derivados de la adquisición de libros de texto, material didáctico, material escolar y/o equipamiento tecnológico, instaura 4 líneas de ayudas económicas, con carácter de subvención, para ayudar a las familias a sufragar dicho coste.

solicitudes

La solicitud se presentará en el registro de entrada del Ayuntamiento de San Roque o en las alcaldías de barrio del municipio sin perjuicio de la posibilidad de presentarla por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

requisitos

a) Estar empadronados en San Roque, con una antigüedad mínima de 6 meses, tanto la madre, padre o tutor/a como el alumnado matriculado. b) La matrícula para el curso escolar 2022/ 2023, deberá de haberse realizado en un centro docente del municipio de San Roque, sostenido con fondos públicos, sólo en el caso del Alumnado de Estudios postobligatorio no universitario: bachillerato, FPB, ciclos formativos de grado medio y ciclos formativos de grado superior, podrán solicitar la ayuda, si están matriculados del curso completo en modalidad presencial en algún centro docente sostenido con fondos públicos de Andalucía. c) No superar la unidad familiar en el ejercicio 2021 los siguientes umbrales económicos: N.º de miembros Límite Umbral económico Familias de dos miembros ( monoparentales) 27.000,00 € Familias de tres miembros 32.000,00 € Familias de cuatro miembros 37.000,00 € Familias de cinco miembros 42.000,00 € Familias de seis miembros 47.000,00 € Familias de siete miembros 52.000,00 € Familias de ocho miembros 57.000,00 € A partir del octavo miembro, por cada nuevo miembro computable se añadirán 2.500,00 €

La nueva solicitud estará disponible en este enlace: https://www.sanroque.es/educacion/becas-ayudas Becas y AyudasCONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO, MATERIAL DIDÁCTICO, MATERIAL ESCOLAR...Sanroque

GRACIAS!!

Para más información te puedes dirigir: Delegación de Educación Plaza de las constituciones s/n Edificio Diego Salinas, 1ª planta 11360 San Roque 956780106 Ext 2151/2179 educacion.rosa@sanroque.es educacion.ds@sanroque.es