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PROTOCOLO INSTITUCIONAL

Definición: conjunto de normas, usos y costumbres que regulan los símbolos del Estado y su utilización (presentes en las apariciones públicas de las instituciones), las precedencias de las autoridades en los actos oficiales, los honores que deben ser rendidos a las instituciones o sus representantes y los tratamientos que conllevan el ejercicio de su cargo.

  • Administración del Estado.
  • Comunidades Autónomas.
  • Corporaciones locales: Diputaciones provinciales, Cabildos y ayuntamientos.
  • La Corona.
  • Empresas, pero con la asistencia al acto de representates de las instutuciones anteriores.
  • El ámbito de aplicación hace referencia a los actos organizados por:

El Rey es el Jefe del Estado y representa a España en el extranjero.

ESTRUCTURA DEL ESTADO ESPAÑOL.

PODER JUDICIAL

El ejercido por los Tribunales y Juzgados.

PODER EJECUTIVO

Ejercido por el Gobierno.

PODER LEGISLATIVO

Cortes Generales. compuesta por el Senado y el Congreso de los Diputados

El escudo

El himno nacional

Otras banderas oficiles.

SIMBOLOS DEL ESTADO ESPAÑOL.

La Bandera de España

La C.E. art. 4.1 "está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla el doble de anchura que cada una de las rojas"El R.D. 441/1981 establecen los colores con más precisión.La Ley 39/81 de 28 de octubre regula la Bandera de España y de otras banderas y enseñas

LA BANDERA DE ESPAÑA (I)

Los apectos más importantes de la Ley 39/81 de 28 de octubre :

  • Podrá incorporarse al escudo de España. Este figurará obligatoriamente en las Banderas que se encuentren en los edificios de administraciones públicas, acuartelamientos, buques y aeronaves de las Fuerzas Armadas y en las misiones diplomáticas.
  • Deberá ondear en el exterior y ocupará un lugar importante en el interior de los edificios pulicos de la Administración Central, autónomica, provincial y local.
  • Será la única que ondee en los órganos constitucionales.
  • Deberá enarbolarse en los buques o embarcaciones españoles.
Para saber más puedes consultar el art.El pabellón nacional, otras banderas y protocolos.www.:boletinpatron.com/el-pabellon-nacional/

LA BANDERA DE ESPAÑA (II)

Cómo criterio general para las precedencias:Bandera española.Bandera de la Comuniad Autónoma conde se celebra el Acto.Bancera de otras comunidades según la fecha de publciación de sus Estatutos en el BOE.Bandera del municipio dónde se celebra el acto.

3. Cuando coinciden varias banderas ninguna puede ser de mayor tamaño que el estandarte español.

2. En nuestro territorio, nuestra bandera ondea siempre la primera frente a la de otros países salvo que el acto sea organizado por otro país o por algún organismo internacional

1. Si tenemos tres banderas- España, una autonómica y otra de una ciudad. Colocación: En el centro la española, a la derecha de está la autonómica y a la izquierda la local.

2. Cuando coincide con un número par se sitúa a la derecha respecto a la presidencia o la primera en ordenación lineal.

1. La Bandera de España ondea en el centro, en el mástil de honor, cuando coincide con un número impar de banderas.

BANDERA DE ESPAÑA:PRECEDENCIA

Mala colocación:la banbera Europea jamás va en el centro

Otras banderas oficiales:No podemos olvidar las banderas autonómicas, banderas locales y la bandera de Europa.En España existen 17 banderas autonómicas , además de las propias de Ceuta y Mellilla. Ondearán en los edificios públicos de la comunidad, junto a la española, ocupando por tanto el segundo lugar de preeminencia tras la nacional.Las banderas locales, de ayuntamientos, se colocan tras la autonómica.La bandera de la U.E. el uso de la bandera no está legislado. La Comisión Europea recomienda izarla en un lugar especial los días 25 de marzo (aniversario de la firma del tratado de Roma) y el 9 de mayo (día de Europa).

Banderas oficiales usando o no la de la UE

Banderas oficiales en fila única:Si las banderas se encuentran en la fachada o entrada de un edificio, pueden estar dispuestas en una línea única, situada a la derecha o la izquierda, o una línea doble de banderas.

  • Versión íntegra: Actos que acudan S.M.,actos homenaje a la bandera y aquellos actos en los que esté previsto según el Régimen Militar.
  • Versión reducida: Actos a los que acuda la Princnesa de asturas, los Infantes de España, el Presidente del Gobierno, atos deportivos o de cuaquier otra naturaleza en los que hay respresentación de España y aquellos actos en los que esté previsto según el Régimen Militar.

¿Cuándo se interpreta una utrra versión:

Regulado por RD de 10 de octubre de 1997. Nuestro himno tiene dos versiones una larga de 52 segundos y una corta de 27 segundos

EL HIMNO .

  1. En los actos y visitas oficiales de carácter internacional celebrados en territorio español, cuando deban ejecutarse himnos nacionales, se interpretarán, en primer lugar, los himnos extranjeros y después el himno nacional de España. En las despedidas, se interpretarán en orden inverso. Igual orden se observará en las visitas oficiales de buques de guerra extranjeros.
  2. 2. En puertos extranjeros, a bordo de los buques de la Armada, se interpretará en primer lugar el himno nacional de España y a continuación el de la nación anfitriona.
  3. 3. En todo caso, la interpretación de himnos nacionales extranjeros irá acompañada siempre del himno nacional de España.

Orden de interpretación

EL HIMNO .

lEY 5/10/1981 Artículo primero. El escudo de España es cuartelado y entado en punta. En el primer cuartel, de gules o rojo, un castillo de oro, almenado, aclarado de azur o azul y mazonado de sable o negro. En el segundo, de plata, un león rampante, de púrpura, linguado, uñado, armado de gules o rojoy coronado de oro. En el tercero, de oro, cuatro palos, de gules o rojo. En el cuarto, de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda de su color. Entado de plata, una granada al natural, rajada de gules o rojo, tallada y hojada de dos hojas, de sinople o verde.Acompañado de dos columnas, de plata, con base y capitel, de oro, sobre ondas de azur o azul y plata, superada de corona imperial, la diestra, y de una corona real, la siniestra,ambas de oro, y rodeando las columnas, una cinta de gules o rojo, cargada de letras de oro, en la diestra «Plus» y en la siniestra «Ultra».Al timbre, corona real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en un mundo de azur o azul, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona, forrada de gules o rojo.

EL ESCUDO

La normativa legal vigente se sustenta en la C.E. y en otros decretos, como el R.D. 2099/1983 de 4 de agosto que apruea el orden de precedencias del Estado y el R.D. 1368/1987 de 6 de noviembre, sobre Régimen de Titulos, Tratamientos y Honores de la Familia Real y de los Regentes.

NORMAS LEGALES SOBRE PROTOCOLO INSTITUCIONAL

El protocolo aplicado incide es aspectos como:La preminencia de puestos para los elegidos frente a los designados.El Rey,la Reina, la Princesa de Asturias y la Infanta ocupan el primer, segundo, tercer y cuarto puesto respectivamente....................

EL PROTOCOLO EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.

El protocolo de las CC.AA. se regula por las disposiciones de carácter nacional (RD 2099/83 art. 12), las propias normas de los gobiernos autónomicos y por las costumbres y tradiciones de cada región.Son frecuentes los enfrentamietnos y conflictos protocolarios

Decreto 202/1997, de 7 de agosto, por el que se aprueba el Reglmento de Precedencias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

LEGISLACIÓN AUTONÓMICA (I)

12. Portavoces de los Grupos Parlamentarios. 13. Rector de la Universidad con sede en la isla en que se realice el acto. 14. Rectores en las restantes universidades canarias. 15. Presidente del Consejo Económico y Social de Canarias. 16. Diputados del Parlamento de Canarias. 17. Presidente de los restantes cabildos insulares. 18. Viceconsejeros y asimilados. 19. Adjunto del Diputado del Común. 20. Consejeros del Consejo Consultivo de Canarias. 21. Consejeros de la Audiencia de Cuentas de Canarias. 22. Secretarios Generales Técnicos y asimilados. 23. Directores Generales y asimilados. 24. Vicepresidentes del Cabildo en cuya isla se realice el acto. 25. Tenientes de Alcalde del Municipio del lugar según su orden. 26. Consejeros del Cabildo en cuya isla se realice el acto. 27. Concejales del municipio del lugar.

1. Presidente del Gobierno. 2. Presidente del Parlamento. 3. Vicepresidente del Gobierno. 4. Consejeros del Gobierno, según relación del anexo. 5. Presidente del Cabildo en cuya isla se realice el acto. 6. Alcalde del municipio del lugar. 7. Ex-presidentes del Gobierno. 8. Vicepresidentes y Secretarios de la Mesa del Parlamento según su orden. 9. Presidente del Consejo Consultivo de Canarias. 10. Diputado del Común. 11. Presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias.

En todos los actos rige la siguiente precedencia entre las autoridades autonómicas y locales de Canarias Decreto 202/1997, de 7 de agosto:

LEGISLACIÓN AUTONÓMICA (II)

EL ORDEN DE LAS AUTONOMÍAS Y OTRAS NORMATIVAS.

Por condecoración entendemos una muestra de reconocimietno y gratitud de los pueblos y del premio a los méritos diversos del individuo o colectivo.

LAS CONDECORACIONES

Orden del Mérito Civil, creada por Alfonso XIII en 1926 con el fin de premiar «las virtudes cívicas de los funcionarios al servicio del Estado, así como los servicios extraordinarios de los ciudadanos españoles y extranjeros en el bien de la Nación». Depende también del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Orden de Isabel la Católica, Creada en 1815 por Fernando VII, tiene como fin «premiar la lealtad y los méritos de ciudadanos españoles y extranjeros en bien de la Nación y muy especialmente en aquellos servicios excepcionales prestados en favor de la prosperidad de los territorios americanos y ultramarinos», y en la actualidad depende del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Real y distinguida Orden española de Carlos III: establecida por Carlos III en 1771 con la finalidad de condecorar a aquellas personas que se hubiesen destacado especialmente por sus buenas acciones en beneficio de España y la Corona. Es la más distinguida recompensa civil que se puede otorgar en España.

Son condecoraciones civiles y milatares del Estado que dependen de distintos Ministerios.

Las Órdenes al Mérito

Actualmente, esta condecoración está regulada por el Real Decreto 711/1982, de 17 de marzo y se concede como mérito a: una conducta socialmente útil y ejemplar en el desempeño de los deberes que impone el ejercicio de cualquier trabajo, profesión o servicio, habitualmente ejercidos por la persona concesionaria, o en reconocimiento y competencia de daños y sufrimientos padecidos en el leal cumplimiento de este mismo deber profesional. Las categorías establecidas son:

  • Medalla de oro, otorgada por Real Decreto.
  • Medalla de plata, concedida por Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
  • Medalla de bronce, concedida por Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Todas ellas se pueden conceder a título personal o colectivo.

La Medalla al Mérito en el Trabajo

HONORES MILITARES Y HONORES A AUTORIDADES.

Algunas autoridades, al presidir actos oficiales, se le deben rendir honores de HIMNO NACIONAL O MARCHA DE INFANTES.Según el Raglamento Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo. Según el mismo recibirán honores militares:

  • La bandera de España.
  • Al Rey, a la Familia Real y a los Infantes de España
  • A autoridades civiles del Estado (Presidente del Gobierno
  • A autoridades del Ministerio de Defensa
  • A mandos militares
  • A autoridades extranjeras y de organizaciones internacionales
  • A jefes de representación diplomática y consular

Las precedencias oficiales del Estado.Reguladas por el RD 2099/83 en él se recogen una serie de aspectos fundamentales como:

  • Establece un orden protocolario de precedencia de las autoridades.
  • Separa los actos generales (para conmemoraciones o eventos nacionales, autonómicos, provinciales o locales) y especiales.
  • Prevalece el cargo frente a la categoría personal.
  • Prevalece los cargos electivos frente a los designados.
  • Ante categorías del mismo grado prevalece la autoridad del lugar donde se lleve a cargo el acto.
  • Legaliza los usos y costumbres.
  • Establece dos tipos de precedencia: una para los actos de carácter general en la capital del Estado (Villa de Madrid) y otra para los actos celebrados en las comunidades autónomas.

Entendemos por presidencia, la persona o conjunto de personas que ocupan el lugar más preeminente o destacado. Tipos:

  • Presidencia de pie: cómo regla general pra actos de duración corta Aprox. 20 minutos.
  • Presidencia de mesa:Actos de más de 20 minutos de duración
    • Sistema anglosajón. Cabecera de mesa. Si es una doble prresidencia se colcoan en los extrmos opuestos de la mesa.
    • Sistema Francés: El anfitrión se situá en el centro de uno de los lados anchos de la mesa.Si la presidencia fuese doble, se sientan uno frente al otro.

LA PRESIDENCIA Y LOS INVITADOS.

Las claves para evitar tensiones entre los asistentes son:1. Máximas autoridades. Deben presidir los actos como normal general, ya que son representantes de las instituciones del Estado.2. Autoridades de menor rango. Estarán prresentes cuando su departamento guarda alguna relación con el acto.3. Representación social. Si el anfitrión pretende que haya una muestra de determiandos colectivos o instituciones sociales.4. Invitados de honor. Suele ser la razón del acto o con su presencia lo dignifican.5. Patrocinadores. Los máximos representantes de entidade que financian total o parcialmente el acto..

El RD 2099/83 establece que por regla general preside quién organiza el acto. Aunque el anfitrión por cortesía pude ceder la presidencia, a algúna autoridad de rango mayor.

¿Quién o quiénes ocupan la presidencia?.

ORGANIZACIÓN DE LOS INVITADOS (I)¿»Cartesiano» o «del reloj»?

ORGANIZACIÓN DE LOS INVITADOS (II)¿Cartesiano» o «del reloj»?

¿El Día de la C.E. de cáracter general o especial?

El RD 2099/83 establece:

  • Actos de carácter general: Aqulleos organizados por motivo de conmemoracioens o acontecimientos nacionaales, de autonomáis provicias o locales. las autoridades se atendrán a lo establecido en el RD. Ejemplo. el desfile de las Fuerzas Armadas del 12 de Octubre, el juramento del cargo de los Ministros, las recepciones de autoridades extranjeras en visita oficial a España,
  • Actos de carácter especial: Aquellos organizados por determinadas instituciones, organismos o autoridades con ocasion de conmemoracioens o acontecimientos propios de ámbito especifíco de sus respectivos servicios, funciones y actividades. Las autoridades segurán el orden propeusto por el anfitrión pero teniendo en cuenta, la normativa, la costumbre y el R.D. Ejemplo: la imposición de la insignia de la ciudad a un personaje destacado de la misma; el homenaje a uno de sus conciudadanos por sus éxitos deportivos), etc..

TIPOS DE ACTOS PROTOCOLARIOS INSTITUCIONALES

subtítulo aquí

Pascua Militar 2021

  • Actos familiares. pudiendo ser publicos o estrictamente privados.
  • Actos de cortesia. tienen carácter ofical y son celebrados en gesto de cortesía a personalidades extranjeras cuando visitan nuestro país.
  • Actos oficiales. son los derivados de las competencias y actividades propias de la corona.
  • actos oficailes solemnes. estos actos tienen un mayor formalismo y etiqueda de gala o gran gala. la recpeción en el palacio real con motivo de la pascua militar, recepción del cuerpo diplomático y presentación de las cartas credenciales.

Actos protocolarios de la Corona Española

Los principales actos parlamentarios de carácter oficial son:

  • Solemne sesión de Apertura de la Legislatura.
  • Ceremonias de acatamiento a la Constitución de los cargos de las Cortes Generales.
  • Visitas de Jefes de Estado.
  • El día de la Constitución Española.

Actos protocolarios Parlamentarios.

Los principales actos en el Palacio de la Moncloa, sede de la Presidencia y la residencia oficial del presidente son:

  • Las visitas oficiales.
  • Los consejos de Ministros.
  • Las recepciones o audiencias a dirferentes colectivos.
Los actos oficiales fuera de los lugares antes descritos, son:
  • La toma de posesión (Tiene lugar en el Palacio de la Zarzuela.
  • Los Honores al Gobierno.
  • Viajes oficiaales.

Actos protocolarios del Gobierno

Los Reyes de España inauguran una placa conmemorativa de la reapertura del Hotel Santa Catalina. Gran Canaria

Entre la multitud de actos oficiales, con presencia de instituciones se encuentran las inaguracioens.Definimos inaguracioens como actos en los que se presenta públicamente cualquier nueva instalación, ya sea, un edificio importante, monumentos, estatuas; o un servcio.Una inaguración suele constar de los siguientes actos:

  1. Recepción de los invitados.
  2. Recepción de las autoridades. La autoridad que preside es la última en ser recibida.
  3. Saludo al anfitrión del acto y principales promotores del mismo.
  4. Corte de cinta o descubrimiento de placa conmemorativa.
  5. Itinerario para conocer las instalaciones/servicio.
  6. Discurso del anfitrión, y de la autoridad que ocupa la presidencia.
  7. Aperitivo o cótcel.
  8. Despedida de las autoridades y asistentes y entrega de algún regalo de recuerdo.

Inaguraciones

Cualquier acto institucional, lleva aparejado un proceso preparatorio o planifiación . Fases:

  • Definición de los objetivos: Se debe incidir en aspectos como: la imagen que se quiere transmitir, el público al que se dirige, los invitados, la repercusión mediática, el presupuesto, etc.
  • Fecha y emplazamiento.
  • Confección del programa. Este un un documento básico desarrolla el orden de las accioens a seguir y las personas que han de intervenir.
  • Otros aspectos a tener en cuenta:
    • Presupuesto, medios técnicos y humanos.
    • Escaleta. guión técnico que contiene la información de que y cómo hacer en cada momento.
    • Envío de invitaciones y recepción de confirmaciones.
    • Sistema de control de invitacioens.
    • Sistemas de seguridad,
    • Simulacro del acto para comprobar que no hay errores.

Actos protocolarios institucionales. Planificación y objetivos.

Tipos de presupuesto Cuando el presupuesto se adapta al acto/evento Es en el caso por ejemplo de la organización de congresos, conferencias, etc. Se proyecta un presupuesto de acuerdo a una planificación general, a necesidades específicas, y a objetivos pre establecidos. Cuando el acto/evento e adapta al presupuesto Es el caso de eventos sociales en general, y empresariales como lanzamientos, jornadas de capacitación, etc., donde los organizadores cuentan con un monto de dinero predeterminado, y deben adecuar la contratación de proveedores y servicios, de acuerdo al mismo.

Presupuesto económico y evaluación del acto (I).

Una vez finalizado el acto, debemos repasar lo acontecido y ver los posibles errores que se hayn cometido para aprender de ello, y procurar que en próximos actos/eventos nos e repitan.

El P.e. es una aspecto clave que determinará en gran medida el acto en sí. Para hacerlo, es aconsejable, diferenciar los medios que nos harán falta.Esta división ayuda a la hora de contabilizar el gasto y asignar partidas presupuestarias.

  • Medios humanos.
  • Medios materiales.

Presupuesto económico y evaluación del acto.

FIN