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Reglamento Interno 2021

I.E. Santa Rosa de Barranco

Estamentos estudiantiles

Municipio Escolar

De las medidas preventivas

Graduación

Casaca

Del Comité

De los comites de aula

De los Padres y apoderados

De la Certificación

De la repitencia

De la promoción al grado superior

De la evaluación

Protocólos

De las normas del aula

Normas de convivencia en el marco de emergencia sanitaria

Del comité de tutoría

De la convivencia escolar

De los estímulos

De los órganos de participación

Deberes

De la Promoción

DE LA MATRICULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN

De las Faltas

PROTOCOLOS DE ATENCIÓN: CASOS DE VIOLENCIA

De las normas de convicencia de la IE

Derechos

De las Estudiantes

De su finalidad, Axiología y objetivos

REGLAMENTO INTERNO 2021

El presente Reglamento Interno del Colegio Parroquial “7704 Santa Rosa ” de Barranco, es confesional bajo la promotoria de la congregación de las hermanas “Franciscanas Misioneras de María”, que desarrolla un proyecto Educativo Católico, coherente con los principios y objetivos de la educación nacional de acuerdo a la normatividad vigente, que regula la estructura, organización y el funcionamiento integral de la Institución Educativa. Establece pautas, normas de desempeño y comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, con el fin de asegurar y facilitar el logro de los fines y objetivos institucionales. A través del Presente Reglamento, se detalla la forma de organización y funcionamiento de la institución, respetando los derechos de cada uno de sus integrantes, dentro de un clima democrático que anima la vida cotidiana de nuestra Institución. Permite además, normar la convivencia y busca reafirmar los valores y actitudes necesarias para el cumplimiento de nuestra visión teniendo en cuenta la axiología y carisma franciscano que tipifica a la Institución. Comprende las obligaciones de cada uno de sus miembros, de acuerdo a la estructura orgánica y funcional de la Institución, que permite una organización y orden adecuado de sus funciones así como los estímulos y medidas correctivas que correspondan. Las estudiantes, son la razón de ser de nuestra institución, por ello, se han tomado en cuenta normas específicas que permitan alcanzar los objetivos institucionales dentro de una disciplina y convivencia adecuada, en un proceso dinámico y activo que nos permite dirigir, orientar y guiar la formación de la personalidad de las estudiantes, para lo cual existe la participación democrática de todos los agentes de nuestra comunidad educativa, en un ambiente de respeto, responsabilidad y tolerancia. Este documento normativo permite además, mejorar la planificación, comunicación y motivación de la comunidad parroquial 7704 Santa Rosa, contemplando los canales de comunicación y cooperación entre sus diferentes integrantes, en el marco de eficiencia, eficacia del buen clima institucional.

Capítulo III. ALCANCES Artículo 7°. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento tiene alcance institucional y son de aplicación general a todo los usuarios que se beneficiean del servicio educativo en la modalidad de EBR en sus niveles de educación Inicial, Primaria y Secunadaria y están comprendidos dentro del ámbito del presente regalamento las personas naturales y jurídicas: Promotoría, Personal directivo, Personal jerárquico, Personal docente, Personal Administrativo y de servicio, Auxiliares de educación, Coordinadoras de áreas, Psicólogas, Estudiantes de los tres niveles, Padres de Familia, Apoderados y/o Curadores, COPAFACapítulo V. PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN Artículo 8°. La institución educativa en Convenio Parroquial N° 7704 “Santa Rosa” orienta su servicio educativo y tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo. Se sustenta en los siguientes principios: a) La ética, que inspira una educación promotora de valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia. b) La equidad, que garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad. c) La inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza. d) La calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente. e) La democracia, que promueve el respeto irrestricto a los derechos humanos, la libertad de conciencia, pensamiento y opinión, el ejercicio pleno de la ciudadanía y el reconocimiento de la voluntad, así como al fortalecimiento del Estado de Derecho. f) La interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro. g) La conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida.

Capitulo I. CONCEPTO Artículo 1°. El presente Reglamento Interno establece la línea axiológica de la institución educativa Privada Nº 7704 “Santa Rosa” (en adelante, “IEP”), define el sistema de la organización, la administración y las funciones, así como sus relaciones institucionales. Se sustenta en las normativas y políticas aprobadas por el Consejo Directivo y Equipo directivo de la IEP y la normatividad educativa vigente. Artículo 2°. Tiene un carácter estratégico, porque ofrece un marco de referencia que otorga sentido y coherencia a dichas acciones y promueve la buena convivencia escolar y previene toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos. Artículo 3°. Los integrantes de la comunidad educativa: Estudiantes, padres de familia, apoderados, directivos, docentes, auxiliares de educación y otros, deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. Artículo 4°. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir en el marco de sus competencias que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. Artículo 5°. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento de las cuales tome conocimiento y que afecte a un miembro de la comunidad, todo ello conforme a las normas de este reglamento. Capítulo II. FINALIDAD Artículo 6°. El presente reglamento interno tiene por finalidad establecer pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa N° 7704 “SANTA ROSA”, en el marco de la emergencia sanitaria y dar respuesta a este contexto.

d) Principio mariano, (Lucas 1: 26) Amar y venerar a María como Madre, modelo y guía de seguimiento a Cristo en su respuesta al Plan de Salvación, imitando sus virtudes y haciendo vida la exhortación de San Francisco de Asís: “Pongan los ojos ante todo en el ejemplo de la Bienaventurada Virgen María, Madre de Jesús”, siguiendo las enseñanzas de María de la Pasión, ser disponibles, sencillas, alegres y acogedoras como Maria la madre de Jesús. e) Principio franciscano, (Mt. 22:39 Mc. 12:30.) Tener como Fundamento la vivencia del Santo Evangelio en el seguimiento de Cristo, a la manera de San Francisco, quien promovio la fraternidad, la paz y la alegría. La pobreza nos libera y nos abre totalmente a Dios, nos hace libres y fraternas, porque todo cuanto tenemos y somos lo ponemos al servicio de Dios y los demás, la solidaridad es expresión de la fraternidad franciscana. f) Principio humanista, (Génesis 1, 26) Priorizar el valor de la dignidad del hombre y la mujer, como un ser importante y valioso por sobre todo lo material, creado a imagen y semejanza de Dios. Dando una educación que integra el cuerpo y el espíritu, la ciencia y la fe, la cultura y la vida, la acción y la contemplación, la teoría y la experiencia, el saber y el enseñar, para que cada persona se realice plenamente en sus tres áreas fundamentales: Desarrollo de los conocimientos, desarrollo humano y espiritual, propiciando la actitud creativa y crítica, la autodeterminación, la ética y la moral. g) Principio fundacional Las personas que comparten el carisma de las hermanas Franciscanas Misioneras de María, encuentran su dinamismo en la contemplación y seguimiento de Cristo, en la oración y la adoración a Jesús Eucaristía, presencia viva, hecha Palabra y Pan que se parte y se reparte para que el mundo tenga vida. h) Principio ambiental y del bien común; (Génesis 1, 1) Amar a la naturaleza como hogar de la humanidad. Considerando a todos los seres procedentes de un mismo origen, llamados a vivir en armonía, fraternidad y comunión universal. San Francisco de Asís, nos enseña a buscar el diálogo fraterno con las criaturas, viendo en ellas la manifestación de la bondad y sabiduría de Dios. En el marco de estos principios de vida cristina nos planeamos nuestro reglamento interno a fin de formar a las niñas en ciudadanos con valores y oportunidades.

h) La creatividad y la innovación promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura.Capitulo VI. PRINCIPIOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Artículo 9°. La I.E.P. 7704 “Santa Rosa” es una Institución Educativa Particular Católica que brinda una formación integral, fundamentando en el mensaje evangélico, en el magisterio de la Iglesia, en la espiritualidad franciscana, el espíritu de María de la Pasión, en el carisma de la Congregación de las Hermanas Franciscanas Misioneras de María y en los valores humanos, cristianos y cívicos. Que se hace visible en los siguientes principios: a) Principio de la contemplación, (Juan 1,14; 14,9; 20,29; 21,7; Ef 3,18-19) Este principio será “Ver” con los ojos de la fe más allá de la superficie de las cosas y de las ideas. Es “ver” a Jesús, su “gloria” de Hijo de Dios hecho hombre. En las circunstancias pobres de la vida de Jesús y de sus signos, se intuye su misterio “Quien me ve a mí, ve al Padre”. En el camino de la oración, “contemplar” es “ver” a Jesús donde parece que no está, en la bruma, en la propia sequedad y pobreza, en la Palabra de Dios que es siempre más allá de nuestras ideas, sentimientos y experiencias. El corazón se abre plenamente, sin obstáculos, a la Palabra de Dios. La Palabra entra como en el corazón de María por un proceso de apertura, reconocimiento de la propia pobreza, petición filial y confiada, unión con los designios de Dios. b) Principio de seguimiento a Cristo Este principio guiará el estilo de acompañamiento que haremos a las estudiantes siguiendo el carisma de María de la Pasíon quien en la misión dedicó su vida a la formación de la mujer, encarnó en su vida el Misterio Pascual, vivió en comunión profunda con la Iglesia con fidelidad renovada, haciendo que en cada acontecimiento descubran a Jesús, que nos hace entrar en el misterio de amor que es Dios. c) Principio de la Oración (Lucas 1,11) La oración es un factor importante en la vida y misterio de Jesús, por tanto en la vida de cada cristiano. Dedicar cada día un momento a la oración, será parte integral de la formación humana. Profundizando en la rica espiritualidad de la fundadora, Maria de la Pasion, ayudaremos a las jóvenes a descubrir la alegría de entregarse totalmente a Cristo.

sabilidades, contribuyen al desarrollo de la comunidad combinando su capital cultural y natural acorde con los avances mundiales y el perfil de egreso del CNEB. Artículo 17°. Misión: Somos una comunidad educativa católica, identificada con la mística y carisma de las Hermanas Franciscanas Misioneras de María, que forma mujeres líderes comprometidas con el cuidado de la naturaleza, a través de una pedagogía franciscana humanista, desarrollando aprendizajes establecidos en el Currículo Nacional, en espacios seguros e inclusivos, propiciando la sana convivencia de paz y bien. Capítulo IV. FINES Y OBJETIVOS Artículo 19°. Son fines de la Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio N° 7704 “Santa Rosa” poner énfasis en la calidad de la enseñanza y en la formación integral de las personas, la cual nos llevará a nuestro objetivo principal que es el lograr en las estudiantes la excelencia, el desarrollo del pensamiento crítico, la creatividad y la vivencia de los valores. a) Propiciar una Educación científica, humanista y cristiana en concordancia con los lineamientos de política de la Educación peruana. b) Formar integralmente a las estudiantes mediante un adecuado proceso educativo que les permita su realización personal, social y familiar. c) Lograr que los objetivos educacionales sobre todo lo referente al proceso de enseñanza – aprendizaje sean alcanzados por el trinomio educativo: estudiante – profesor (a) – padre de familia. d) Propiciar la participación activa, creativa y organizada del personal que labora en la Institución, buscando preferentemente su perfeccionamiento profesional. e) Cultivar la autodisciplina en las estudiantes en pos de su desarrollo personal, social y democrático. f) Fortalecer la conciencia cívico – patriótica de las estudiantes para garantizar la soberanía, la integración, seguridad y la defensa nacional. g) Garantizar la organización y funcionamiento en forma óptima y permanente de la Institución.

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Artículo 11°. A partir de los principios de contemplación, seguimiento a Cristo, la oración y adoración, san Francisco de Asis, las autoridades verifican el cumplimiento de las condiciones básicas mediante las acciones de seguimiento y cumplimiento de los siguientes valores que nuestra institución privilegia en su formación: Justicia: Como valor es el principio moral de cada individuo que decide vivir dando a cada quien lo que le corresponde o pertenece. Directivos, docentes y estudiantes tendrán una valoración sana y respetuosa del cuerpo e integridad de las personas. Dentro de visión franciscana es equidad como hijos de un solo Dios. Fraternidad: Característica Franciscana que se manifiesta principalmente en la acogida, la sencillez y humildad; manifestados en la empatía, el amor por la vida y toda la creación. Una persona con espíritu cristiano franciscano, personifica estos valores y los expresa en sus conductas y actitudes, gestos, palabras y estilo de vida. Solidaridad: Siendo un valor humano por excelencia, expresa el amor universal que impulsa a la ayuda mútua, sin intención de recibir algo a cambio. Respeto: Una persona respetuosa trata a los demás con la misma calidez que ella quiere ser tratada por los demás; la amabilidad, cortesía y buenos modales será su insigne de vida con las personas y con todo lo creado. Responsabilidad: Será una disposición a valorar y proteger los bienes comunes y compartidos de todo el colectivo. Todos y cada uno cumplirá con lo acordado y con aquello que se le asigne, asumiendo las consecuencias de sus actos. Se compromete seriamente con sus obligaciones y acuerdos asumidos. Capítulo III. LINEA AXIOLÓGICA Artículo 16°. Visión: La Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio N° 7704 “Santa Rosa” al 2022, desde los fundamentos católicos y el carisma de las Hermanas Franciscanas Misioneras de María, será reconocida como una institución que imparte un servicio educativo de calidad, con espacios pedagógicos implementados y de recreación donde todas nuestras estudiantes desarrollen su potencial desde la primera infancia, accedan al mundo del conocimiento, resuelvan problemas, practican valores de justicia, fraternidad y solidaridad, saben seguir aprendiendo, se asumen ciudadanos con derechos y respon-

Capítulo V. NIVEL Y MODALIDAD Artículo 21°. La Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio N° 7704 “Santa Rosa”, en Educación Básica Regular, atiende a los niveles educativos de Inicial, Primaria y Secundaria en la modalidad de menores. - En el nivel de educación Inicial a dos secciones (5 años). - En el nivel de educación Primaria a 18 secciones (1º grado a 6º grado). - En el nivel de educación Secundaria a 18 secciones (1º año a 5º año) haciendo un total de 38 secciones. Capítulo VI. ESTRUCTURA ORGANICA Artículo 22°. Nuestra IE se rige estrictamente por el Convenio Iglesia - Estado, la Constitución Política del Perú, así como las disposiciones emanadas por el Ministerio de Educación y sus órganos que dependen del mismo, como con la UGEL 07 San Borja. Artículo 23°. La Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio N° 7704 “SANTA ROSA” tiene la siguiente estructura orgánica: Capítulo I. ORGANO DE DIRECCION : Promotoras y Directora Capítulo I. ORGANO DE COORDINACIÓN : Asesores de áreas Capítulo II. ORGANO PEDAGÓGICO : Docentes Capítulo III. ORGANO DE COORDINACIÓN y SOPORTE PEDAGÓGICO Cordinadores de Comisiones : Coordinador de área : Coordinador de promoción y desarrollo : Coordinador de actividades : De la secretaria : Del personal auxiliar de educación : De la psicóloga : De la bibliotecaria : Del administrativo : Del personal de servicio : Del personal guardián

Artículo 20°. Son objetivos de la Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio N° 7704 “Santa Rosa” a) General En el marco de la emergencia sanitaria y modalidad remota, contribuir a la formación integral de las estudiantes y la construcción de una sociedad democrática, libre de violencia y vivencia de valores cristianos. b) Específicos b.1 Mejorar la calidad de aprendizajes de las estudiantes de inicial, primaria y secundaria, a fin de lograr mejores resultados en las competencias de lectura y matemática. b.2 Mejorar la calidad del servicio educativo a través del trabajo colaborativo con órganismos de apoyo y comisiones de trabajo, a fin de mejorar las condiciones de enseñanza y garantizar el índice de acceso y permanencia. b.3 Mejorar el proceso de cumplimiento de la calendarización y la gestión de las condiciones operativas para lograr que los estudiantes y docentes permanezcan en la IE. b.4 Optimizar el desempeño pedagógico del equipo docente mediante el intercambio de experiencias pedagógicas con otras instituciones educativas, la implementación de un plan de capacitación pertinente, monitoreo, acompañamiento y asesoramiento a la práctica pedagógica docente. b.5 Mejorar las acciones de la convivencia escolar, la prevención y atención de la violencia escolar en la IE, tomando desiciones oportunas, concientización del buen trato, cumplimiento del Reglamento Interno y toma de conciencia de la práctica de valores para lograr un clima institucional favorable. b.6 Formular, actualizar e implementar los instrumentos de gestión escolar de manera participativa, promoviendo una gestión orientada al cumplimiento de los objetivos institucionales, con el fin de mejorar el funcionamiento de la IE. b.7 Minimizar los riesgos de la inseguridad ciudadana, de contaminación ambiental y los riesgos de desastres, mediante el proyecto “LAUDATO SI”, acciones estratégicas de prevención y trabajo coordinado con los aliados de la comunidad y otros actores, a fin de garantizar la integridad física y una vida saludable para todos.

Artículo 27°. Los servicios educacionales presenciales y virtuales están dirigidos al logro de las competencias del Curricular Nacional y de los programas curriculares por Nivel Educación Inicial, Primaria y Secundaria dentro del marco del enfoque por competencia, el enfoque formativo de la evaluación, servicios de calidad y equidad educativa que responden a la emergencia sanitaria u otras eventualidades. Artículo 28°. El trabajo pedagógico y administrativo se realizan de acuerdo con las normas vigentes y la organización general, en el marco de la directiva; “Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”. a) Durante el mes de diciembre, la Directora, las Sub Directoras de Secundaria y Primaria, la Coordinacion de TOE, el Personal Docente y Administrativo, realizan el planeamiento y organización de las actividades para el año lectivo siguiente teniendo como material de trabajo las Normas Legales vigentes, Programas Curriculares, el Ideario Santarrosino y otros documentos. El período de planeamiento y organización comprende principalmente las siguientes acciones: - Evaluación de los objetivos y actividades de los instrumentos de gestión escolar (PEI, PAT, PCI y RI). - Actualización de los instrumentos de gestión escolar (PEI, PAT, PCI y RI), luego de la evaluación. - Planificación de la matrícula oportuna y ratificación. - Programación de la evaluación de recuperación. - Elaboración del cuadro de hora y distribución de aulas. - Planificación de la programación curricular. - Formulación de la calendarización del año escolar. - Evaluación y actualización de Planes de Trabajo de las comisiones. - Elaboración de la carpeta de recuperación. - Proyectos interdisciplinarios e institucionales. b) Son documentos oficiales de la institución educativa: - Constitución Política del Perú. - Ley General de Educación. - Proyecto Educativo Institucional.

Capítulo VII. SERVICIOS QUE BRINDA: De apoderados y/o padres de familia : De los comités de aula : De los estudiantes Capítulo VII. SERVICIOS QUE BRINDA Artículo 24°. La Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio N° 7704 “Santa Rosa” no es sustituta del hogar, sino sólo un complemento de él, por tanto, el desarrollo integral de la niña, adolescente, y jóvenes es de responsabilidad también de los padres y/o apoderados y educadores. Artículo 25°. Los servicios que brindamos son: a) Dirigidos a estudiantes: Nivel Inicial: 5 años Nivel Primaria: 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º grado Nivel Secundaria: 1º, 2º, 3º, 4º y 5º año b) A los padres de familia, educadores y comunidad mediante acciones especiales de información, formación y acompañamiento. Artículo 26°. Los servicios dirigidos a las estudiantes comprenden: a) Servicios Educacionales. b) Servicios de orientación saludable. c) Servicios de atención psicológica educativa. d) Servicios de Asistencia Social. e) Servicios de tutoría. f) Servicios de recreación, deportes, talleres y música. g) Servicio de enseñanza del Inglés como segunda lengua. h) Servicios de artes corporales (Danzas Folklóricas). i) Servicios de laboratorio de cómputo y robótica. j) Servicio de biblioteca (libros físicos e interactivos). k) Servcio en el laboratorio de ciencias. l) Servicio de acompañamiento espiritual. m) Servicio de atención médica básica y de primeros auxilios.

Capítulo VIII. FUNCIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Artículo 29°. En el ejercicio de sus funciones, la Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio es responsable: a) Organizar y conducir su gestión administrativa y económico-financiera, estableciendo sus regímenes: económico, de pensiones y de personal docente y administrativo. b) De realizar el proceso de selección del personal docente y administrativo, en el marco de los lineamientos vigentes establecidos. c) De gestionar y reconocer al personal por su desempeño profesional y laboral. d) De elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su plan anual y su reglamento interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes. e) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y pedagógica. f) De celebrar convenios de cooperación, en el ámbito de su competencia, que contribuyan a mejorar la calidad del servicio educativo y sin afectarlo. g) De implementar la gestión de riesgos, frente a desastres naturales y ambientales. h) De promover, afianzar, regular y autoevaluar la participación de la comunidad en los procesos de gestión de la institución. i) De planificar, organizar, ejecutar y evaluar las acciones educativas en concordancia con la política educativa nacional y local de acuerdo con las características de la comunidad. j) De promover y participar en acciones de proyección comunitaria en procura del desarrollo socio económico y cultural. k) De desarrollar y evaluar el currículo nacional, contextualizándole en función a los requerimientos propios del educando y su medio. Artículo 30°. En el marco de cualquier emergencia (sanitaria u otros eventos): a) Acondicionar espacios para el desarrollo de los aprendizajes de los estudiantes, cuidando en todo momento su salud y bienestar. b) Directivos y docentes plantean experiencias de aprendizaje que involucren el desarrollo de diversas competencias del Currículo Nacional. c) Generar espacios de trabajo colegiado y colaborativo para optimizar el trabajo educativo.

- Proyecto Curricular Institucional. - Plan de Mejora de los Aprendizajes. - Plan Anual de Trabajo. - Reglamento Interno. - Informe de gestión Anual. - Plan de Monitoreo y Rúbricas. - Registros de asistencia del personal y de estudiantes. - Estadísticas. - Libro de Actas. - Inventario de bienes de la Institución Educativa. - Actas de evaluación. - Certificados de estudio. - Libro de caja y otros que sean conexos. - Libro de registro de incidencias. c) Las ceremonias públicas consideradas en la calendarización son las siguientes: - Día de la Madre (Mayo). - Dia del padre (Junio) - Día del Maestro (Julio). - Día del Logro (Julio y Diciembre) - Aniversario Patrio (Julio). - Aniversario de la Institución Educativa (Agosto). - Día de la Estudiante Santarrosina (Septiembre). - Clausura (diciembre). d) Las demás fechas cívica escolar se desarrollan en ceremonias virtuales e internas como actividades permanentes. Los responsables de cada fecha cívica serán consignados en el PAT.

equipamiento educativo de la institución educativa.i) Asegurar la calidad del Servicio Educativo en la modad virtual o presencial. j) Estimular la actualización profesional del personal, así como a su mejoramiento económick) La iniciativa y promoción de proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa, en concordancia con la propuesta pedagógica. l) El cumplimiento de los pagos del personal dentro de la ley prevista. m) La aprobación del Proyecto Educativo Institucional en coordinación con la Directora. n) La aprobación del plan anual de trabajo formulado por la Dirección de la IEP. o) Otras funciones no contempladas en el presente reglamento. Artículo 33°. De la directora, es la máxima autoridad y la representante legal de la Institución Educativa ante el Ministerio de Educación y la UGEL. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógicos, institucional y administrativo; así mismo, depende de la Promotora, quien es la primera instancia interna de la institución y en el ejercicio de sus funciones tenemos: a) Elaborar la propuesta pedagógica observando lo contemplado en el CNEB. b) Propiciar el desarrollo de relaciones humanas armoniosas y el fortalecimiento de una comunidad educativa inclusiva, intercultural y respetuosa de las normas de convivencia y de su medio ambiente. c) Promover una cultura de evaluación y mejora continua de la gestión educativa y de los aprendizajes de las estudiantes, en el marco de la evaluación formativa que se plantea en el CNEB, y logros de aprendizajes. d) Aprobar, ejecutar y evaluar el PEI, PCI, PAT y RI, en concordancia con la línea axiológica establecida por la propietaria y las políticas educativas del Minedu. e) Liderar la conformación de los comités de acuerdo a la normativa emitida por el Minedu. f) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica, de gestión, e investigación educativa.

d) Establecer canales de comunicación en la modalidad remota con las estudiantes y las familias, según corresponda. e) Orientar y acompañar el proceso de aprendizaje a las familias para que ayuden a sus hijas en sus hogares. TÍTULO III DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS ORGANOS Y MIEMBROS QUE LA CONFORMAN Capítulo I. ÓRGANO DE DIRECCIÓNArtículo 31°. Es el órgano rector de la institución educativa, responsable de su gestión integral, conducida por el director, quien cumple las funciones de la institución educativa establecidas en el artículo 68° de la Ley. Artículo 32°. Del propietario o promotor: Es la persona jurídica quien conduce y promueve la Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio estableciendo la línea axiológica que rige, dentro del respeto a los principios y valores descritos en la Constitución Política del Perú (Art. 3 del DU N° 002-2020), en el ejercicio de sus funciones, cuenta con las facultades para establecer lo siguiente: a) La línea axiológica, dirección, organización y control directo, acorde con los principios de la constitución y dentro del marco de la ley General de Educación y sus reglamentos. b) La dirección, organización, administración y funciones de la institución. c) El régimen económico, incluyendo la forma de ingresos, criterios de priorización de la matrícula y reglas para el otorgamiento de becas. d) La duración, contenido, metodología y la propuesta pedagógica plasmada en la planificación curricular del año lectivo. e) La aprobación del Reglamento Interno en coordinación con la Directora. f) El nombramiento o remoción de la Directora y solicitar a la UGEL 07 su reconocimiento. g) Las relaciones con los padres y/o madres de familia, personas a cargo de la tutela o representación legal de lass estudiantes y los exestudiantes. h) La implementación, mejoramiento y ampliación de la infraestructura y el

y) Proponer y otorgar estímulos al personal que se hubiera hecho acreedor por su eficiencia y comportamiento, así como ejecutar las sanciones por deficiencias, faltas y otros que atenten contra la disciplina, los fines de la educación y los objetivos de la I.E de conformidad con las leyes vigentes y los lineamientos y reglamentos de la entidad promotora. z) Seleccionar al personal docente, fijar sus atribuciones, efectuar nombramientos, contratos o despidos del personal de acuerdo a ley, dando cuenta a la Promotoría. aa) Proponer las remuneraciones de acuerdo con el presupuesto aprobado. bb) Otras funciones no contempladas en el presente reglamento. Artículo 34°. La Directora, en el marco de cualquier emergencia (sanitaria u otros eventos): cc) Establecer canales de comunicación permanente con la totalidad del personal de la IEP. dd) Promover el uso de los medios tecnológicos y de comunicación que tenga a su alcance. ee) Motivar, monitorear y acompañar la práctica docente en contextos educativo virtual. ff) Sensibilizar a las familias respecto a la importancia de alentar y acompañar a sus hijas en casa. gg) Fomentar el fortalecimiento de capacidades de todo el personal de la IEP. hh) Remitir a la UGEL.07 la actualización del Plan de Recuperación según las disposiciones del MINEDU. ii) Otras funciones que dispone la ley de Centros Educativos Privados y MINEDU. Artículo 35°. De la Subdirectora de secundaria, en el marco de la RM N° 091-2012-ED, el subdirector de formación general es el docente que le sigue en jerarquía a la Directora. Es responsable de la gestión en el ámbito técnico-pedagógico y administrativo. En el cumplimiento de sus funciones es responsable de: a) Representar a la institución educativa en ausencia de la Directora. b) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar, asesorar y evaluar las actividades técnico-pedagógicas. c) Conducir, supervisar y evaluar el desarrollo integral del Currículo Nacional articulando las acciones pedagógicas, de tutoría y orientación del educando y de proyección social.

g) Garantizar la existencia, autenticidad y veracidad de los registros que se realizan a través de los sistemas informáticos dispuestos por el Minedu y que corresponden a las estudiantes que han recibido el servicio educativo, así como de las certificaciones. h) De la correcta aplicación del Reglamento Interno en ambas modalidades “virtual y/o presencial”. i) De organizar el proceso de matrícula y autorizar traslados de matrícula y exoneración de asignaturas, así como la aplicación de las pruebas de ubicación y expedir certificados. j) De otorgar permiso al personal docente y administrativo de acuerdo con las normativas vigentes. k) De presidir el trabajo colegiado y/o grupos de interaprendizaje. l) De cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales del régimen económico de la IEP. m) De asesorar al comité de padres de familia en sus reuniones de apoyo a la IEP. n) Afiliar a la institución educativa a las herramientas tecnológicas puestas a disposición por el Minedu para la gestión escolar y la lucha contra la violencia escolar, así como promover su uso entre la comunidad educativa. o) De aprobar el cuadro de distribución del personal docente. p) De informar las acciones realizadas dentro del plantel a las autoridades superiores y a la promotora. q) De autorizar visitas de información, recreación, estudios y excursiones dentro del ámbito local de acuerdo con las normas específicas. r) De autorizar la rectificación de nombres y apellidos de las estudiantes en los documentos oficiales pedagógicos, de acuerdo con las normas específicas. s) De hacer cumplir las normas de disciplina, asistencia y puntualidad; así como el trabajo eficiente de los docentes, administrativos, de servicio y estudiantes. t) De administrar la documentación de la institución educativa. u) De monitorear, acompañar y evaluar el desempeño de la práctica pedagógica de los docentes a su cargo. v) De organizar y promover la participación de la IE en las acciones de promoción comunal. w) De administrar el cafetín, fotocopiadora, la biblioteca, los equipos y materiales educativos. x) Promover la ejecución del Plan de Pastoral de la I.E para el fortalecimiento de los valores de la familia Franciscana Misionera de María desde el Evangelio.

c) Programar, organizar y evaluar las acciones técnico-pedagógico del Nivel Primario. d) Velar por los objetivos del Nivel Primaria, el buen trato, integridad física y moral de los estudiantes dentro y fuera de la institución educativa. e) Administrar la documentación técnico-pedagógico del Nivel Primaria dando cuenta a la Directora de la Institución Educativa. f) Colaborar con la organización y ejecución de la matrícula. g) Organizar y ejecutar las acciones de monitoreo, acompañamiento y evaluación a la práctica pedagógica de los docentes del Nivel. h) Precidir las reuniones técnico-pedagógica y administrativa y otras relacionadas con los objetivos del Nivel por delegación de la Directora. i) Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los estudiantes en los documentos pedagógicos oficiales, de acuerdo con las normas específicas y autorización de Direccción. j) Expedidir los certificados de los estudiantes con autorización de la Dirección. k) Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal a su cargo. l) Participar en la comisión de evaluación, selección de docentes para contrato en función de las plazas vacantes en la institución educativa. m) En caso de ausencia de un docente, se hará cargo del aula si estuviese dentro de su permanencia y nivel. n) Elaborar el horario del personal docentes a su cargo. o) Controlar la asistencia y puntualidad del personal docente y estudiantes. p) Informar mensualente a la Dirección de la institución educativa sobre las horas efectivas cumplidas por el personal docente a su cargo. q) Informar periódicamente a la dirección, PPFF sobre el desarrollo del proceso de aprendizaje de las estudiantes. r) Otras funciones no contempladas en este reglamento interno. Artículo 37°. Del administrador/a, en la institución educativa en el marco del Decreto Legislativo Nº 1476 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 07-2020-MINEDU, cumple las siguientes funciones: a) En coordinación con la dirección de la IE, Coordinar, planificar, organizar supervisar y orientar acciones institucionales de índole administrativo y manejo del personal de la IE. b) Brindar soporte a la Dirección en asuntos administrativos y financieros.

d) Colaborar con la organización y ejecución de la matrícula, autoriza el traslado de matrícula y exoneración de asignaturas así como la aplicación de las pruebas de ubicación. e) Supervisar el cumplimiento de las actividades pedagógicas, la asistencia y puntualidad a clases de los estudiantes y profesores remitiendo el consolidado a la dirección. f) Participar en la formulación, coordinación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno. g) Programar y realizar jornadas de actualización para los docentes. h) Organizar al equipo docete en comisiones de trabajo por áreas cumpliendo con un cronograma de reuniones a lo largo de todo el año lectivo. i) Establecer en coordinación con los coordinadores de las comisiones los horarios y turnos de trabajo del personal a su cargo. j) Informar periódicamente a la Dirección, a los profesores, estudiantes y padres de familia sobre el desarrollo del proceso del aprendizaje. k) Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo y del período vacacional. l) Por delegación expresa de la Dirección, preside las actividades permanentes de la IEP. m) Elaborar los cuadros estadísticos bimestral y al finalizar el año escolar sobre el progreso de aprendizajes de las estudiantes por grados y secciones. n) Elaborar e implementar su Plan de Trabajo Anual. o) Realizar acciones de monitoreo, acompañamiento y evaluación a la practica pedagógica de los docentes. p) Supervisar el uso racional de los equipos y demás materiales educativos de la IE. q) Otras funciones que no están contempladas en este reglamento interno. Artículo 36°. De la Subdirectora de Primaria, es el docente que le sigue en jerarquía al Director. Por delegación cumple las las funciones técnico-pedagógica y administrativa, de acuerdo a lo establecido en el PEI con cargo a dar cuenta a la Directora. Sus funciones es de: a) Representar a la institución educativa en ausencia de la Directora. b) Participar en la formulación, coordinación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno.

x) Atender las solicitudes de Beca de pensiones según procedimiento para tal fin. y) Otras funciones no contempladas en este reglamento interno. Artículo 38°. Del Contador a) Asesorar a la Dirección en los diversos aspectos de la especialidad contable. b) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos, presentándolo a la Dirección y Promotoría, antes del 31 de octubre de cada año. c) Registrar los asientos contables y llevar los libros que de acuerdo a ley este obligado el colegio. d) Cumplir con las declaraciones mensuales y anuales declarativas e informativas ante las entidades públicas de acuerdo a ley. e) Proporcionar la información contable y financiera que sea solicitada por la Dirección y/o la Administración. f) Otras funciones no contempladas en este reglamento interno. Artículo 39°. De Tesorería ) Registrar y reportar los ingresos al colegio a la Administradora. b) Regular y controlar las adquisiciones, los suministros y los elementos de mantenimiento bajo la supervisión de la Administradora. c) Ejecutar en coordinación con la administración el cumplimiento de los pagos, sueldos y salarios del personal. d) Confeccionar las planillas de sueldos y salarios de la IE, aplicando en caso corresponder los descuentos de Ley. e) Hacer las liquidaciones mensuales de impuestos y/o contribuciones de temas laborales. f) Llevar el control del sistema de pago de pensiones escolares con el seguimiento periódico que ello requiera. g) Informar mensualmente a la Dirección y administración, los padres de familia que no están al día en sus pensiones. h) Informar a los padres de familia el valor de las pensiones, y sobre cualquier otro pago que deben hacer a la Institución Educativa en diálogo con la administración y Dirección. i) Recibir las facturas de proveedores y otros documentos a pagar, pasándolos oportunamente a la Administradora para su autorización. j) Atender el pago oportuno de aportes, impuestos y retenciones del personal así como servicios públicos.

c) Contar con firma indistinta con la directora para girar cheques bancarios. d) Velar por el cumplimiento de la misión y visión de la institución educativa en lo que le compete. e) Es responsable de coordinar con tesorería el cumplimiento de las obligaciones económicas de la institución y con las entidades estatales. f) Visar todo tipo de contrato que celebre la institución con terceras personas. g) Visar todo pago que, en efectivo o cheque, por cualquier concepto efectúe la institución educativa. h) Ejercer control diario de los ingresos del colegio. (Bancos, tesorería, transferencias y otros) . i) Auditar la contabilidad esporádicamente. j) Someter a prueba y efectuar arqueos de caja chica. k) Ejercer control en los procesos de Registros Contables y velar porque los balances mensuales y correspondientes informes sobre ejecución Presupuestal, se mantengan al día y se presenten dentro de los 30 primeros días de cada mes. l) Verificar que los informes diarios sean de “Estado de Cuentas Bancarias” y “Parte Diario del Movimiento de Ingresos” sean elaborados por tesorería. m) Participar activamente en la elaboración de los proyectos de presupuesto anual de ingresos y egresos. n) Velar por el registro de los contratos de todo personal y el registro de estos en las Instituciones Oficiales pertinentes del caso. o) Llevar el file personal de todos y cada uno de los servidores de la institución educativa. p) Supervisar el control del consumo de útiles de escritorio, material educativo, materiales de limpieza y otros necesarios para el funcionamiento de la Institución. q) Controlar las acciones de mantenimiento, aseo del local y muebles utilizados. r) Velar por la seguridad de los bienes muebles e inmuebles de la Institución. s) Ejecutar personalmente todas las acciones necesarias relacionadas con la contratación de Pólizas de Seguros sobre los bienes y personas vinculadas a la Institución. t) Llevar el control de altas y bajas del personal de acuerdo a las normas vigentes. u) Llevar, en coordinación con tesorería, el contro,de las inasistencias y tardanzas del personal v) Controlar el inventario de los equipos, muebles y materiales. w) Pedir cotizaciones, y pagar gastos aprobados por la dirección.

i) Participar en eventos de actualización y capacitación docente organizados por la IEP, UGEL, DRELM y MINEDU (Perú Educa), otros. j) Integrar en las comisiones de trabajo y colaborar con la Dirección de la IEP. en las acciones que promuevan el logro de los objetivos del nivel y de la institución. k) Velar por la seguridad de las estudiantes durante las sesiones virtuales y el tiempo que permanezcan en la IEP. l) Detectar y derivar al Departamento de Psicología a las estudiantes que presentan problemas de conductas o aprendizajes graves. m) Coordinar con la Dirección para ejecutar todas las acciones en forma organizada. n) Realizar los informes pertinentes solicitados por la Dirección de la IEP. o) Velar y cooperar en las acciones de mantenimiento, conservación del mobiliario y aulas de los diferentes niveles. p) Mantener una comunicación permanente con los padres de familia, utilizando los canales de comunicación establecidas por la IEP sobre asuntos relacionados con el rendimiento escolar de las estudiantes a su cargo. q) Participar en la elaboración del Reglamento Interno. r) Otras funciones no contempladas en este reglamento. Artículo 41°. Del personal docente, en el marco de cualquier emergencia (sanitaria u otros eventos): s) Apoyar a las estudiantes y sus familias en el uso de la estrategia establecida por la IEP t) Proponer proyectos complementarios de aprendizaje cuando sea posible o necesario. u) Elaborar informes y balance mensual de la tarea docente durante el tiempo de trabajo remoto y/o presencial y la reprogramación de las actividades y tareas. v) Participar de procesos formativos que ofrece el Ministerio de Educación u otras entidades certificadas. w) Promover en las estudiantes la formación de hábitos y valores, sobre todo las habilidades de la gestión de aprendizaje autónomas. x) Otras funciones no contempladas en este reglamento. Artículo 42°. Del Profesor/a de áreas especiales, (atención especial o inclusión) son funciones de los profesores: a) Organizar a las niñas en grupos, de acuerdo con sus actitudes y destrezas. b) Colaborar con las tareas educativas.

k) Remitir carta de notificación a los padres de familia morosos en el pago de pensiones escolares. l) Archivar los consolidados de inasistencia del personal. m) Controlar y mantener al día la documentación pertinente al cargo. n) Realizar otras funciones afines al cargo que fueran encomendadas por la directora o la administradora. Capítulo II. ÓRGANO PEDAGÓGICO Artículo 40°. Del personal docente, el personal docente de la institución educativa debe contar con el título pedagógico para el ejercicio de la docencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación y a partir de hoy denominada equipo docente, dependen directamente de la Dirección y de las Subdirecciones, ejerciendo las acciones técnico-pedagógico en sus respectivos niveles educativos y desempeñan las siguientes funciones: a) De planificar, desarrollar y evaluar actividades que aseguren el logro de los aprendizajes de las estudiantes, así como trabajar en el marco del respeto de las normas institucionales de convivencia en la comunidad educativa. b) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de la institución educativa. c) Registrar la asistencia diaria a través de la herramienta digital y/o el biométrico determinada por la Dirección de IEP. d) Mantener actualizada la documentación Técnico-Pedagógico y Administrativo propios del docente de Aula y docentes por horas. e) Programar, desarrollar y evaluar el currículo de acuerdo con la edad y la realidad socio – económico y cultural, incluyendo las actividades de Tutoría para la atención integral de las estudiantes. f) Evaluar en forma permanente el proceso de Enseñanza-Aprendizaje, utilizando los documentos oficiales y vigentes, cumplir con la elaboración de la documentación pertinente e informar a los padres de familia. g) Participar en acciones de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo. h) Organizar, ambientar el aula y preparar material educativo con la colaboración de los educandos y padres de familia.

d) Verificar el vaciado de notas de su nivel de cada bimestre y al finalizar el año lectivo en coordinación con las Subdirecciones. e) Hacer llegar a Sub Dirección y Dirección la evaluación diagnóstica, proceso y cierre de su área y nivel tres días antes de ser administradas. f) Supervisar la administración de las evaluaciones que se cumplan en la fecha y hora indicada. g) Velar por que los datos consignados en los informes de progreso de aprendizajes no puedan ser enmendadas, considerándolo como una falta grave el incumplimiento de esta disposición. h) Procura que las boletas de notas sean entregadas al interesado en forma oportuna previa reunión de comités de aulas, tratando que estos contengan todas las notas de las competencias desarrolladas, de acuerdo al grado correspondiente.(Para los tutores) i) Supervisa que toda documentación pedagógica no recabada en su oportunidad por el interesado se quede en la Dirección. j) Realizar el informe técnico pedagógico semestral en el que consigna el avance de los aprendizajes de las estudiantes y el desempeño de los docentes a su cargo. k) Promover y organizar la participación de las estudiantes en diferentes concursos internos y externos que respondan al mejoramiento de la calidad educativa de la Institución. l) Programar acciones para implementar y realizar seguimiento a las estrategias establecidas en el plan de mejora para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo a su cargo. m) Coordinar la elaboración del análisis estadístico de los logros de aprendizaje de las áreas curriculares a su cargo, en coordinación con las subdirecciones. n) Analizar de manera colegiada y en forma periódica, los resultados de aprendizaje obtenidos por las estudiantes para desarrollar estrategias de mejora de los aprendizajes. o) Organiza las reuniones de inter-aprendizaje con los docentes del área, orientadas al desarrollo de estrategias educativas que promuevan el logro de las competencias. p) Realizar el acompañamiento pedagógico a los docentes a su cargo y promover estrategias formativas diversas (sesiones compartidas, aulas abiertas) para garantizar la mejora de los procesos pedagógicos y los aprendizajes. q) Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos y el desarrollo de la labor tutorial con el apoyo de los coordinadores correspondientes.

c) Mantener y velar por el buen uso del material a su cargo. d) Cumplir con otras funciones específicas que le encarga la Dirección. e) Presentar a la Dirección su programa y/o Plan de Trabajo y mantener informado del avance de este al finalizar el mes. Artículo 43°. Del profesor/a de turno, el profesor de turno es de aula ejercen turno en forma semanal y agrupados por grados, según el rol establecido previamente: a) Llegar al plantel 15 minutos antes de la hora de ingreso para organizar y dirigir las actividades permanentes de apertura y formación. b) Registrar la asistencia diaria a través de la herramienta digital y/o el biométrico determinada por la Dirección de IEP. c) Controlar el ingreso, tardanza y salida de las estudiantes, así como su buena presentación, uniforme y aseo personal manteniendo la disciplina. d) Controlar la formación de las estudiantes y que la policía escolar permanezca al frente de su sección. e) Asumir la dirección de las actividades permanentes en las formaciones teniendo como los colaboradores a las policías escolares. f) Salir de la institución educativa, cuando todas las estudiantes se hayan retirado. g) Permanecer en el colegio durante las horas de labor salvo en caso de fuerza mayor debidamente justificada, saldrá de la institución llenando el formato amarillo de salida. h) Hacer conocer por escrito a la Dirección acerca de los incidentes más resaltantes del día, así como las infracciones del reglamento. i) Asistir a las estudiantes en caso de emergencia y conducirlos al tópico. j) Otras funciones no contempladas en este reglamento. Artículo 44°. Del coordinador de área, cumple las siguientes funciones: a) Coordinar y programar actividades, unificando criterios de evaluación con los docentes alineados a las competencias y estadandares de aprendizajes. b) Publicar los resultados y cuadro de méritos de las estudiantes. (Para subdirecciones) c) Monitorea los registros generales de consolidado de notas de su área y/o nivel en coordinación con las Subdirecciones.

g) Coordinar la difusión del SíseVe entre todos los miembros de la comunidad educativa con el apoyo de la directora o psicóloga. h) Identificar, difundir, orientar, asesorar y evaluar todas las acciones relacionadas a la participación estudiantil. i) Coordinar las acciones de soporte socioemocional con el Director o psicóloga en situaciones de riesgo o en casos suscitados en la IEP que afecten la convivencia escolar. j) Reportar bimestralmente con apoyo de la psicóloga las acciones desarrolladas del Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar como insumos para el informe final a ser enviado a la UGEL.07. k) Realizar investigaciones sobre adecuaciones de contenidos y metodologías a nivel de estudiantes, promoviendo el cultivo de valores ético moral y social que permitan su formación integral. l) Propiciar y mantener un clima de relaciones humanas armoniosa entre los docentes, padres de familia y estudiantes. m) Orientar a los padres de familia para lograr la formación y funcionamiento de los comités de aula, supervisando y evaluando sus logros y dificultades, durante el año lectivo. n) Participar en la selección y evaluación de los tutores; en las actividades de Tutoría. o) Convocar a reunión a los tutores con autorización de la Dirección para analizar la problemática estudiantil y buscar alternativas de solución. p) Organizar el Programa Escuela de Familia. q) Coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades relacionadas con los programas pastorales, con apoyo de los profesores de religión. r) Promover la participación de los Padres de Familia en las actividades de Tutoría. s) Motivar a los docentes para que realicen su labor educativa con una acción predominantemente orientadora. t) Acompañar a los diferentes estamentos y brigadas estudiantiles. u) Otras funciones no contempladas en este reglamento.

r) Promover entre los docentes el uso de estrategias y acciones de comunicación permanente y colaboración con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas y la comunidad (visitas de estudio, proyectos curriculares, tertulias, entre otras). a) Orientar a los docentes en el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la implementación y ambientación de las aulas funcionales de las áreas curriculares. s) Participar de la ejecución del Plan de Pastoral de la institución educativa para fortalecer los valores Cristianos y espiritualidad de las Hnas. Franciscana Misionera de María apoyando las actividades religiosas internas y externas. t) Brindar orientaciones metodológicas y asesorar en el aspecto técnico pedagógico de acuerdo al requerimiento de las docentes de área y estudiantes u) Incentivar y supervisar la elaboración del material educativo. v) Colaborar con las Sub-Directoras en la planificación, supervisión y organización de las actividades técnicos pedagógicas. w) Otras funciones no contempladas en este reglamento. Artículo 45°. Del coordinador/a de TOECE, la coordinación de Tutoría cumple las siguientes funciones: a) Participar en la elaboración del Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar de la IEP, considerando las acciones de convivencia escolar. b) Asegurar la incorporación de las actividades del Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar en el PAT de la IEP, teniendo en cuenta el diagnóstico de las necesidades, intereses y expectativas de las estudiantes. c) Planificar, acompañar, monitorear y evaluar la implementación de la atención tutorial integral, incorporadas en el Plan Anual de Trabajo (PAT), articulando actividades pedagógicas con los docentes. d) Coordinar con el personal directivo de la IEP, la participación de aliados estratégicos en el proceso de fortalecimiento de la acción tutorial, así como el desarrollo de estrategias de acompañamiento preventivo y formativo. e) Realizar reuniones de trabajo colegiado con los tutores, verificando que estas reuniones no se crucen con las reuniones de trabajo colegiado de las áreas curriculares. f) Orientar a los tutores en el uso de estrategias para el desarrollo de la tutoría individual y grupal.

d) Conducir la organización, ejecución y evaluación de los simulacros de acuerdo a la realidad fenomenológica de la zona según el cronograma aprobado por el Ministerio de Educación, además de simulacros inopinados. e) Coordinar la activación del espacio de monitoreo de emergencias y desastres (EMED). f) Organizar y promover la participación de las estudiantes, docentes y padres de familia, la conformación de brigadas vinculadas con la gestión de riesgo y la educación ambiental. g) Incentivar la participación en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión, garantizando la aplicación del enfoque ambiental. h) Gestionar el desarrollo de acciones de capacitación en enfoque ambiental en coordinación con la dirección. i) Orientar la elaboración, ejecución y evaluación de proyectos educativos ambientales integrados, orientadas a la mejora del entorno educativo y al logro de aprendizaje. j) Organizar con el coordinador de Ciencias las actividades de la Feria Nacional de Ciencia y Tecnología (FENCYT) a nivel de la Institución Educativa y fuera de ella. k) Apoyar en el aspecto técnico pedagógico a los profesores de CTA y EPT en los niveles de Primaria y Secundaria. l) Otras funciones no contempladas en este reglamento. Artículo 48°. Del comité de gestión de recursos educativos y mantenimiento de la institución educativa, es elegido por el equipo Directivo y está conformado de la siguiente manera: Coordinadora de actividades, un docente, un auxiliar y un personal de mantenimiento. Son funciones del comité: a) Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa garantizando la promoción del uso de los recursos educativos y del mantenimiento de la infraestructura. b) Recibir, registrar y verificar las cantidades y condiciones de los recursos educativos asignados o entregados a la institución educativa (equipos, materiales y espacios educativos) a fin de dar conformidad.

Capítulo III. ÓRGANO DE SOPORTE AL PROCESO PEDAGÓGICO Artículo 46°. Del comité de Calidad, Innovación y Aprendizaje, es elegido por el equipo Directivo, depende directamente de la Dirección, coordina con los docentes de áreas y tutores en el marco de la (RSG N° 014-2019-MINEDU). Cumple las siguientes funciones: a) Articular la participación de los integrantes de la comunidad educativa en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa. b) Propiciar la generación de comunidades de aprendizaje remotas para enriquecer las prácticas pedagógicas y de gestión y favorecer los aprendizajes de los estudiantes teniendo en cuenta sus necesidades y características, en el marco del CNEB. c) Generar espacios de promoción de la lectura remota e intercambio cultural en la comunidad educativa. d) Promover la participación voluntaria de la institución educativa en los concursos escolares y actividades educativas complementarias. e) Supervisar de manera remota el desarrollo de los programas de recuperación pedagógica en la institución educativa, considerando la atención de la diversidad. f) Otras funciones no contempladas en este reglamento. Artículo 47°. Del comité Ambiental y Gestión de Riesgo, es elegido por el equipo Directivo, depende directamente de la Dirección y Subdirecciones, coordinan con los docentes de áreas y tutores en el marco de los Principios de la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD), LEY Nº 29664, Art. 4 y de la RSG N° 014-2019-MINEDU. Cumple las siguientes funciones: a) Promover la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de las acciones de gestión de riesgo de desastres en el marco del plan nacional. b) Conducir la elaboración, ejecución, monitoreo y evaluación del plan de gestión de riesgo que contengan las acciones de prevención, reducción y contingencia que esté articulado con el plan de la UGEL.07. c) Promover el desarrollo de acciones de capacitación en gestión de riesgo de desastre en coordinación con los aliados estratégicos e instituciones especializadas.

f) Elabora el Plan de Trabajo del Laboratorio de Ciencia y el cronograma de prácticas. g) Realizar las prácticas de laboratorio para las estudiantes de Educación Secundaria. h) Orientar y apoyar las prácticas del nivel primario en coordinación con el profesor de aula. i) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes a su cargo. j) Proveer los materiales, sustancias y equipos que requieren los profesores para el desarrollo de su labor. k) Supervisar a la Auxiliar de Laboratorio en el cumplimiento de su trabajo y desarrollo de prácticas. l) Coordinar con los docentes para la elaboración de las guías de prácticas. m) Brindar el servicio de material audiovisual previo requerimiento de los docentes. n) Otras funciones no contempladas en este reglamento. Artículo 50°. Del coordinador/a de actividades, son funciones del coordinador: a) Promover y ejecutar las actividades acordes con el calendario cívico y PAT. b) Fomentar, coordinar y ejecutar actividades folklóricas y/o artísticas con proyección a la comunidad. c) Coordinar actividades cívicas de participación en instituciones que lo soliciten. d) Coordinar y desarrollar actividades de carácter cultural y deportivo. e) Coordinar la ejecución de actividades de beneficio y estímulo al personal. f) Organizar y controlar charlas de información con participación de profesionales especializados. g) Dirigir las publicaciones de la institución Educativa como periódicos murales, boletines en la Revista Anual. h) Organizar las actuaciones conmemorativas y celebraciones en la comunidad educativa. i) Asistir a las Reunións de coordinación e información que convoca regularmente o en forma extraordinaria la Dirección. j) Asistir y acompañar a las estudiantes a todas las actividades programadas por la IE k) Acompañar al Municipio Escolar en la ejecución de su plan de trabajo. l) Apoyar en las actividades de Pastoral y diferentes actividades realizadas por las coordinaciones. m) Otras funciones no contempladas en el presente reglamento.

c) Planificar, organizar y ejecutar oportunamente la distribución interna y ubicación de los recursos educativos, conforme a los criterios de asignación y gestión determinados para que puedan ser usados, se conserven en buen estado y se encuentren a disposición de docentes y estudiantes de la institución educativa durante los procesos pedagógicos. d) Fomentar el uso pedagógico de los recursos educativos en la comunidad educativa y hacer seguimiento del mismo, considerando las adaptaciones necesarias en función de la diversidad. e) Realizar el inventario de los recursos educativos (incluyendo los bienes muebles e inmuebles) con los que cuenta la institución educativa al finalizar el año escolar y asegurar la conservación y devolución de los recursos educativos, según corresponda, así como atender a las contingencias que se presenten. f) Elaborar el informe de gestión de materiales educativos, el cual contiene información sobre la entrega, uso, devolución y estado final de los materiales que fueron asignados a la institución educativa durante el año escolar y reportarlo a las instancias correspondientes. g) Otras funciones no contempladas en este reglamento. Artículo 49°. Del Jefe de laboratorio, depende directamente de la Dirección y Subdirecciones, coordinan con los docentes de áreas y tutoras respecto al área de Ciencia y Tecnología, cuidando y preservando el medio ambiente y el buen manejo, mantenimiento de los módulos y equipos de laboratorio; cumpliendo las siguientes funciones: a) Programar, organizar, orientar, monitorear y evaluar el proceso de aprendizaje en el laboratorio. b) Orientar al equipo docente del área de Ciencia y Tecnología y a los profesores del nivel (primaria y secundaria) para sus prácticas en el laboratorio. c) Elaborar el inventario del mobiliario, equipo y materiales del laboratorio y es responsable de su conservación debiendo elevar el informe correspondiente a la Dirección a inicio y final del año lectivo bajo responsabilidad funcional. d) Promover y apoyar a la comisión de la Feria Nacional de Ciencia y Tecnología (FENCYT) a nivel de la Institución Educativa y fuera de ella. e) Informar bimestralmente las prácticas de laboratorio de ambos niveles a la Dirección de la Institución Educativa.

Artículo 52°. De la secretaria de Dirección, cumple las siguientes funciones: a) Recepcionar, registrar, clasificar, distribuir, archivar la documentación. b) Redactar documentos variados de acuerdo a instrucciones del Directora. c) Procesa la documentación sobre expedición de certificado, traslado de matrícula, etc. d) Mantener la existencia de los útiles de oficina y encargarse de su distribución. e) Tramitar y dar curso a la documentación que requiere la Dirección y las autoridades educativas. f) Colocar el horario de atención en la puerta de entrada de la secretaría. g) Verificar y visar las constancias de estudio. h) Mantener en reserva, orden y bajo extrema seguridad la documentación confidencial y oficial, así como también del personal docente y administrativo. i) Apoyar el cobrar de cuotas y llevar el registro al día. j) Apoyar en otras tareas afines a su cargo que le encarga la Directora de la IEP. k) Revisar minuciosamente los documentos recibidos y presentarlos a la Directora para su solución. l) Comunicar las órdenes de la Directora a otras oficinas. m) Redactar y preparar la correspondencia para la firma de la Directora. n) Tomar dictados y transcribirlos. o) Llevar el archivo de asuntos especiales de la oficina de la Dirección. p) Transcribir disposiciones legales y otros documentos a las demás oficinas. q) Arregla las citas de la Directora y se las recuerda. r) Atiende al público proporcionándole información o anunciándolo a la Directora. s) Recepción de fichas de inscripciones de alumnas nuevas. t) Organización para los exámenes de admisión del 1er. Grado. u) Tener al día el Registro del Personal en el que se consideren, además de los nombres completos y los títulos de los profesores y empleados, sus direcciones domiciliarias, número de teléfono si lo tuvieran, cuidando de anotar los cambios de domicilio que pudieran ocurrir en el curso del año. v) Ir una vez por semana a la UGEL Nº 07 del Ministerio de Educación. Distribuir a las oficinas del plantel copias de las Resoluciones, con el visto bueno de la Directora.

Artículo 51°. De la Secretaria General, a) Efectuar todos los trabajos de secretaría general que le sean solicitados por la Directora y Subdirectoras. b) Responsabilizarse del proceso de matrícula de las estudiantes, de acuerdo con las directivas recibidas del Ministerio de Educación y lo normado en el Reglamento Interno de la IE. c) Registrar y llevar el control de las estudiantes que no han ratificado su matrícula y de las estudiantes retiradas por diversos motivos. d) Elaborar y revisar las Nóminas de las estudiantes, por secciones y años de estudios, y remitirlas a la entidad supervisora junto con los partes estadísticos y los certificados de Estudios de las estudiantes procedentes de otros planteles, solicitando su aprobación. e) Registrar las notas de las Actas Promocionales y conservarlos en orden alfabético en el archivo del Centro Educativo. f) Informar por escrito a la Dirección del Colegio de los errores detectados en los Registros, Actas, Nóminas y Fichas de Evaluación para la rectificación correspondiente. g) Conservar bajo su responsabilidad el archivo de Actas de Evaluación de la IE. h) Revisar minuciosamente los documentos recibidos y presentarlos a la Secretaría de Dirección para la firma. i) Recibir y remitir la correspondencia con cargo numerado, firma y sello del recepcionante, responsabilizándose del Libro de Cargos. j) Redactar y/o digitar toda documentación: Constancias, Certificados de Estudios, Resoluciones de traslados, exoneraciones de alguna materia, rectificaciones de nombre, oficios, cartas, en el orden en que fueran presentadas las solicitudes a la mayor brevedad posible. k) Informar periódicamente a la Dirección sobre la situación del área a su cargo. l) Organizar y mantener al día los Archivos de la Institución Educativa Activo - Pasivo por años, que constarán de: m) Un registro de leyes, decretos, resoluciones, oficios y memorándums oficiales relativos a la educación. n) Un archivo de los oficios remitidos al Ministerio de Educación. o) Realizar otras funciones de apoyo afines al cargo, asignados por la Dirección de la IE. p) Revisar minuciosamente los correos de admisión, matricula, y otros correos corporativos. q) Impresión de libretas.

Artículo 54°.Del personal auxiliar de educación, cumple las siguientes funciones: a) Velar por el orden y la disciplina de las estudiantes dentro y fuera del salón de clases, estableciendo constante y permanente vigilancia. b) Informar oportunamente a las Subdirectoras y Coordinadora de Tutoría Convivencia y Disciplina Escolar acerca de los problemas disciplinarios de las estudiantes. c) Informar de inmediato a las Sub-Direcciones, sobre la ausencia de docentes al dictado de clases. d) Prestar apoyo al docente en sus actividades formativas, disciplinarias, actividades extracurriculares y el trabajo con la comunidad. e) Contribuir con el desarrollo de la institución educativa participando en la formación integral de las estudiantes. f) Mantener el orden y control en la entrada y salida de las y los estudiantes. g) Coordinar las diferentes actividades cívicas educativas con la dirección y personal docente. h) Monitoriar a los delegados de aula y brigadieres de disciplina. i) Hacer cumplir el Reglamento Interno y Normas de Convivencia. j) Formular partes disciplinarios. k) Controlar la asistencia e inasistencia de las estudiantes. l) Controlar los méritos y desméritos de lass estudiantes. m) Elevar los partes de los docentes que lo han formulado. n) Atender a los padres de familia de las estudiantes indisciplinadas. o) Coordinar con los docentes sobre la conducta de las estuiantes. p) Constituir y acompañar a la escolta de la institución educativa. q) Orientar a los estudiantes en el marco de las normas de comportamiento. r) Llevar el control y consolidado de las Notas de Conducta. s) Solicitar otorgamiento de estímulos para las estudiantes con buena conducta. t) Hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución educativa a su cargo. u) Acompañar a las estudiantes, en caso sea necesario, a emergencias del hospital o a su casa. v) Entregar a los profesores el material educativo solicitado y velar por su conservación. w) Verificar la adecuada presentación de las estudiantes, su uniforme y aseo personal. x) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia. y) Otras funciones no contempladas en el presente reglamento.

w) Recortar y archivar las publicaciones del diario oficial “El Peruano” relacionados con aspectos de Educación y de Trabajo. x) Mantener actualizado el Escalafón Interno del Plantel. y) Redactar y/o digitar toda documentación de la Dirección, oficios, memorándums, cartas, cuadros, etc. z) Realizar oportunamente la tramitación documentaria de la Institución Educativa. aa) Mantener al día el Registro de Estadística del Colegio. bb) Organizar la documentación para confeccionar el Plan Anual de Trabajo y el Informe Final de dicho plan. cc) Elaborar el cuadro de seguimiento de directivas, oficios y otros dispositivos para asegurar su cumplimiento. dd) Comunicar a las dependencias respectivas las reuniones de trabajo que programe la Dirección. a) Recepcionar los expedientes de las alumnas que postulan a los diferentes grados de educación. b) Realizar otras funciones de apoyo afines al cargo, asignados por la Dirección de la IE. Artículo 53°. De la Administradora del SIEWEB, cumple las siguientes funciones: c) Administrar el sistema SIEWEB de la Institución Educativa. d) Monitoreo permanente del ingreso de notas y conducta por parte de los docentes. e) Capacitar a las docentes y personal para el uso correcto del sistema SIEWEB. f) Elaborar los cuadros de méritos por cada grado de estudios, bimestralmente, que luego será publicado en lugar visible. g) Elaborar la relación de las estudiantes desaprobadas y repitentes al cierre de ACTAS al final del año escolar en curso, para el proceso de recuperación y asignaturas de subsanación para los efectos de matrícula. h) Elaborar el Padrón de Matrícula y realizar el registro consolidado de las evaluaciones bimestrales. i) Registrar a las nuevas estudiantes al SIEWEB. j) Reportar información pertinente para la elaboración del censo. k) Importación de notas del SIEWEB al SIAGIE para la elaboración de actas. l) Realizar otras funciones de apoyo afines al cargo, asignados por la Dirección de la IE.

f) Orientar y asesorar a las estudiantes respecto a su preferencia vocacional u ocupacional desarrollando para ello un programa especial. g) Realizar programas de psico - higiene escolar consistentes en charlas dirigidas a las estudiantes y padres de familia sobre temas de especial importancia. (Metodología, hábitos de estudio, sexualidad, autoestima, y otros casos). h) Atender, orientar y derivar, si fuera el caso, a estudiantes y padres de familia. i) Coordinar y apoyar en la organización y ejecución de escuelas de familias y campañas educativas. j) Organiza las jornadas psicopedagógicas para la admisión de nuevas estudiantes. k) Brindar soporte emocional a las estudiantes y sus familias. l) Otras funciones no contempladas en el presente reglamento. Artículo 57°. Del bibliotecario/ (a), depende directamente de la dirección y es el responsable de organizar, codificar, velar por su mantenimiento y facilitar el uso del material bibliográfico físico o virtual, cumpliendo las siguientes funciones: a) Organizar, controlar y mantener la Biblioteca y el material bibliográfico físico y virtual en perfectas condiciones. b) Mantener al día el inventario del material bibliográfico a su cargo. c) Implementar un sistema de orientación adecuada a las necesidades de los usuarios. d) Elaborar y presentar a la Dirección la estadística semestral de los temas más requeridos por los usuarios. e) Sugerir a la Dirección la adquisición de obras y libros necesarios, previa coordinación con el personal docente. f) Brindar atención y orientación oportunas y adecuadas a todas las estudiantes y personal de la institución educativa. g) Organizar el horario de funcionamiento de la Biblioteca: 07:30 hrs. hasta las 16:45 hrs. Después de estas horas se atenderá si las autoridades del colegio lo viesen por conveniente. h) Actualizar el registro de ingreso de los libros que se adquieren, así como el fichero respectivo. i) Elaborar el catálogo de libros, para su publicación y distribución según lo determine la Dirección. j) Otras funciones no contempladas en el presente reglamento.

x) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia. y) Otras funciones no contempladas en el presente reglamento. Artículo 55°. Del personal auxiliar de laboratorio de ciencias, El auxiliar de laboratorio es el responsable de apoyar a la coordinación del laboratorio, cumpliendo las siguientes funciones: a) Colaborar en la organización e inventario de los equipos y materiales de laboratorio. b) Registrar las prácticas de laboratorio e informar a su superior c) Elaborar el cuadro de requerimiento de materiales, instrumentos e insumos que se requieren en el Laboratorio. d) Controlar el buen uso de equipos, materiales e insumos. e) Colaborar con la profesora responsable de la práctica en la preparación anticipada de experiencias y materiales educativos solicitados. f) Coordinar el cronograma de actividades para el uso del ambiente del laboratorio. g) Cumplir con las tareas encomendadas por la coordinadora de Laboratorio, entre ellas la Feria de Ciencias. h) Custodiar las llaves de los ambientes del laboratorio y otros a su cargo. i) Realizar otras funciones que le asigna la Dirección. Artículo 56°. De la psicóloga, la Psicóloga depende directamente de la Dirección y Sub-Direcciones es la responsable de coordinar las acciones tutoriales y asistencia escolar, cumpliendo las siguientes funciones: a) Apoyar al Departamento de Tutoría en el desarrollo del Plan Anual de Trabajo. b) Elaboración de su plan de trabajo anual. c) Ofrecer información necesaria a docentes y a la Dirección sobre el aprendizaje y comportamiento de las estudiantes a fin de superar las dificultades que puedan presentarse. d) Detectar y atender a las estudiantes con problemas de aprendizaje, conducta, problemas familiares, bajo rendimiento, ausentismo, etc. e) Elaborar fichas de seguimiento personal, conteniendo los casos y rendimiento escolar.

l) Hacer pasar a la Dirección a toda persona que visita la institucion, registrándola en el cuaderno de control estructurado para el caso. j. Llevar y traer correspondencia oficial de las oficinas de las diferentes dependencias del Sector Educación. k. Otras funciones a su cargo que le asigne la directora.

Artículo 58°. Del personal de servicio, cumple las siguientes funciones: a) Controlar y custodiar el colegio, las oficinas, los equipos, los materiales y/o las personas que ingresan y salen del plantel. b) Recibir y distribuir documentos y materiales en general. c) Trasladar y acomodar muebles (sillas, mesas, pupitres, etc.) y otros. Asimismo, ayudar en la preparación de escenarios. d) Limpiar y desinfectar las aulas, servicios higiénicos, vajillas y similares. e) Arreglar y conservar los jardines. f) Permanecer en el local escolar durante las horas de labor. g) Realizar el aseo del espacio que da a la calle o que corresponda al plantel. h) Otras funciones no contempladas en el presente reglamento. Artículo 59°. Del Vigilante, cumple las funciones: a. Vigilar la institución educativa según los horarios establecidos. b. Controlar y custodiar las instalaciones de la IEP, oficinas, equipos, materiales y/o las personas que ingresan y salen del plantel. c. Registrar en el cuaderno de ocurrencia las novedades producidas en su horario de trabajo. d. Marcar su asistencia diaria en el cuaderno de asistencia y sistema de control biométrico. e. Realizar su trabajo con eficiencia demostrando constantemente responsabilidad, respeto y honestidad. f. Realizar rondas permanentes para garantizar la seguridad de los bienes de la IEP. g. Permanecer en el local escolar durante las horas de labor. h. Regar los jardines, limpiar las plantas y podar. i. Mantener los patios, canchas, y en general los espacios de jardinería, en perfecto estado. i) Retirar la basura de la institución educativa para que ésta sea recogida por los servicios municipales de basura. j) Abrir las puertas del colegio 30 minutos antes de la iniciación de las labores. k) Permanecer en la puerta del local escolar ejerciendo vigilancia de la entrada y salida de las estudiantes y personal que visiten la institucion.

Artículo 65°. Los Estamentos Estudiantiles desde 5to de primaria a 5to de secundaria son: POLICÍA ESCOLAR: Una Brigadier General Una Sub-Brigadier General Dos Policías Escolares por aula. MUNICIPIO ESCOLAR: Una Alcaldesa. Una Teniente Alcalde. Regidoras DEFENSA CIVIL: Una Jefe de Brigada de Defensa Civil. Una Brigadista de Señalización Una Brigadista de Evacuación. Una Brigadista de Primeros Auxilios BRIGADA ECOLÓGICA Una brigadier ecológica por cada aula. PASTORAL: Una Coordinadora General. Dos Delegada de Pastoral por Aula. DELEGADA ESTUDIANTIL Una Coordinadora General Una Delegada por Aula.

Capítulo IV. DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN La I.E. propugna y favorece la formación para el liderazgo y el desempeño de roles, porque alienta y propicia la participación en organizaciones estudiantiles que los promueven. Artículo 60°. Los estamentos desde el 5to. Grado de Primaria hasta el 5to Año de Secundaria regida por la previa presentación de una lista de estudiantes de cada sección. Dicha lista previa de postulantes será elaborada por la Coordinación de TOECE con el apoyo de los Docentes y Tutores considerando a estudiantes que no hayan registrado problemas académicos, ni conductas reincidentes basadas en la ausencia de valores de respeto, fraternidad, responsabilidad, justicia, solidaridad durante el año lectivo anterior. Dicha lista será presentada al grupo de estudiantes de cada sección para llevar a cabo la elección democrática. Los estamentos de cargo superior serán elegida por el Personal Directivo. Artículo 61°. Los estamentos estudiantiles realizarán sus labores con el asesoramiento de la Dirección, subdirecciones, Coordinador (a) de TOECE- Coordinadora de Actividades y docentes según corresponda. Artículo 62°. DEBERES de los Estamentos Estudiantiles: a. Demostrar lealtad a la institución y a sus normas, dentro y fuera de la I.E. b. Mantener una buena presentación personal según el Reglamento Interno de la I.E. c. Mantener un buen rendimiento académico, demostrar actitudes de liderazgo y un adecuado comportamiento, considerando también que no haya registrado problemas académicos, ni de conducta durante el año lectivo anterior. Artículo 63°. ESTÍMULOS para las integrantes de los Estamentos Estudiantiles a. Los méritos estarán expresados en su nota de conducta, los cuales estarán supeditados a un buen cumplimiento y desempeño de su función a cargo. b. Participación del izamiento del Pabellón Nacional. c. Otros que noes ten contemplados. Artículo 64°. DEMÉRITOS para las integrantes de los Estamentos Estudiantiles. El estamento escolar será sancionado conforme al reglamento interno, dependiendo de la gravedad o reincidencia de las conductas inadecuadas la medida a tomar será separación inmediata del cargo que ocupa.

 Colaborar estrechamente con el personal docente y las auxiliares de la I. E. en todo lo concerniente a la disciplina durante la formación cívica, patriótica y religiosa, dentro y fuera de la I.E.  Colaborar con el cuidado del mobiliario e instalaciones de la I.E en caso de deterioro y daños causados por alguna persona reportar a Coordinadora de TOECE.  Reportar a Coordinadora de TOECE la ausencia o evasión de alguna de sus compañeras durante las horas de clase . DEFENSA CIVIL: Jefe de Brigada de Defensa Civil: Sus funciones son las siguientes:  Atender las indicaciones impartidas por el Jefe de Seguridad en Defensa Civil.  Apoyar a las brigadistas en caso de emergencia.  Apoyar en las evacuaciones.  Reconocer las zonas críticas o de riesgos.  Reconocer las zonas de seguridad y las rutas de evacuación. Sub jefe de Brigada de Defensa Civil: Sus funciones son las siguientes:  Asumir las funciones del Jefe de Brigadas en su ausencia.  Atender las indicaciones impartidas por el Jefe de Brigadas y Jefe de Seguridad en Defensa Civil. Brigadista de Seguridad y Evacuación: Se ubicará cerca de la puerta de salida del aula, sus funciones serán las siguientes:  Reconocer las zonas críticas o de riesgos.  Reconocer las zonas de seguridad y las rutas de evacuación.  Abrir las puertas del aula en caso de estar cerradas.  Dirigir a sus compañeras de aula a la zona de seguridad encabezando la acción.  Una vez instalados en su zona de seguridad, la brigada se incorporará y colaborará en las acciones de control, seguridad y evacuación. Brigadista de Primeros Auxilios: Se ubicará en el extremo final del aula, sus funciones serán las siguientes:  Reconocer las zonas críticas, de seguridad y las rutas de evacuación.  Se deben instalar en la zona de seguridad y se dedican a proporcionar los primeros auxilios, trasladando a los heridos a la zona de atención.  Con la ayuda de profesores y brigadistas verifica la posible existencia de heridos.

Artículo 66°. FUNCIONES DE LOS ESTAMENTOS POLICÍA ESCOLAR: Brigadier General: Elegida por el Personal Directivo de la I.E. Es de cargo superior frente a las Policías Escolares del aula. La Institución Educativa deposita en ella plena confianza para el desempeño de sus funciones. La estudiante que asume dicho cargo deberá ser ejemplo de buen comportamiento y rendimiento académico así como poseer condiciones de liderazgo frente a sus pares en general y debe cumplir con las siguientes funciones:  Trabajar en forma coordinada con la sub brigadier general y las policías escolares a su cargo para la buena marcha y la disciplina de la Institución Educativa.  Guiar el trabajo de las policías escolares, dirigiéndose a ellas con respeto y utilizando un lenguaje adecuado en lo que se refiere al cumplimiento de las funciones del estamento.  Reportar la información solicitada por la Coordinadora de TOECE con imparcialidad y sin favorecer ni perjudicar a las estudiantes.  Velar por la buena presentación de las estudiantes a su cargo, recalcando el uso de las placas distintivas. Sub Brigadier General : Asumir las funciones de la Brigadier General en ausencia de ésta y su función es de apoyar a la Brigadier General en toda labor encomendada. Policía Escolar: Estamento de apoyo a la I.E. encargada de supervisar y controlar el orden, la disciplina y el cumplimiento del Reglamento Interno de la I.E. dentro y fuera del aula. Sus funciones:  Apoyar en el orden y la disciplina que deben tener sus compañeras en aula ante la ausencia del docente en colaboración con las auxiliares de la I. E  Manejar situaciones de indisciplina con imparcialidad frente a sus compañeras y demás fortaleciendo el valor de la lealtad .  Dar cuenta por escrito de las faltas reincidentes de indisciplina por parte de las estudiantes , que ocurran dentro y fuera del aula siguiendo las respectivas instancias Auxiliar o Docente, Coordinadora de TOECE a fin que se pueda proceder en base a las medidas restaurativas.

DEL MUNICIPIO ESCOLAR Estamento encargado de promover la participación y opinión de la estudiante de la I.E. con la finalidad de contribuir en la formación de valores, en la construcción de ciudadanía y desarrollo de la democracia en beneficio de sí mismas, su escuela y comunidad. Está formado por los siguientes: Alcaldesa: Elegida democráticamente por las estudiantes de 3er grado de primaria a 4to de secundaria. Teniente alcaldesa: Reemplaza a la alcaldesa en caso de ausencia. Apoya a la alcaldesa en toda labor encomendada propia al cargo al cual representa. Regidoras: Apoya, promueve y desarrolla en coordinación con la alcaldesa y teniente alcaldesa los programas propuestos en su plan de trabajo.Artículo 67°. De las integrantes del municipio escolar, son funciones del Municipio Escolar: a) Presentar el plan de trabajo a dirección para su aprobación. b) Elaborar y ejecutar el plan de trabajo con las actividades comunes programadas en la IE. c) Participar activamente en todas las actividades programadas. d) Difundir la importancia del Municipio Escolar entre las estudiantes y padres de e) familia. f) Participar de las elecciones de aula y del Municipio Escolar. g) Apoyar la gestión de la directora y de los docentes. h) Participar de las Reunións de grado y del Concejo Escolar. i) Respetar las decisiones del Municipio Escolar y las diferencias de opinión. j) Organizar actividades académicas, culturales, sociales y deportivas. k) Desarrollar prácticas y valores sobre democracia, liderazgo, respeto, responsabilidad, libertad e igualdad. l) Otras funciones de su competencia no incluidas en este reglamento.

Brigadistas de Señalización y Protección: Se ubicará en el centro del aula, sus funciones serán las siguientes:  Reconocer las zonas críticas, de seguridad y las rutas de evacuación.  Mantener la ubicación y enlaces durante el desplazamiento de las estudiantes a las zonas de seguridad y protección.  Mantener la calma entre las estudiantes.  Las tres brigadistas constituyen la denominada Diagonal de Seguridad del aula. COORDINADORA DE PASTORAL: Coordina con el Equipo de Pastoral y docentes para animar a sus compañeras a participar en forma responsable y comprometida a vivir el evangelio, la espiritualidad de María de la Pasión y San Francisco. Debe despertar y canalizar las inquietudes de las estudiantes para la promoción social. DELEGADA DE PASTORAL DE AULA: Coordina con el Equipo Pastoral y su tutora para animar a sus compañeras a participar en forma responsable y comprometida el programa de pastoral de la I.E. Toma iniciativa para realizar la oración diaria en el aula. COORDINADORA DE DELEGADA ESTUDIANTIL: Es el estamento creado con la finalidad de permitir y/o facilitar el diálogo entre las estudiantes, docentes y autoridades de la Institución Educativa. Debe coordinar con las delegadas de aula. DELEGADA ESTUDIANTIL DE AULA: Ser portavoz de las necesidades, inquietudes y problemática de su aula, canalizándolas a través de la Tutoría y docente del curso de manera alturada y responsable.

Está conformado por el Delegado del aula (que hace las veces de Presidente y/o coordinador), Secretario, Tesorero, Delegado de Pastoral y son elegidos en reunión de aula, cumpliendo las siguientes funciones en ambos niveles:a) Propiciar la participación de los PPFF en la tarea educativa de sus hijas, de acuerdo a la axiología y al Proyecto Educativo Institucional. b) De los integrantes elegidos para el comité de aula tendrá una duración de un año renovable una vez más. c) Elaborar el Plan de Trabajo Anual, en coordinación con el Profesor Tutor del aula, para su evaluación y aprobación en Reunión General y dar conocimiento a Dirección de la Institución Educativa y a TOECE. d) Ejecutar las acciones que conduzcan al logro de las metas del Plan Anual de Trabajo. e) Administrar los recursos del Comité y elaborar el balance anual, dando cuenta en forma periódica a la Reunión del aula. f) Apoyar a los docentes en los requerimientos para que las estudiantes alcancen el nivel del logro esperado. g) Proveer de materiales o medios que faciliten y hagan más eficiente el proceso de aprendizaje en el aula. h) Elaborar las actas de las sesiones del Comité y de la Reunión así como ejecutar los acuerdos de la Reunión. i) Proporcionar información cuando se lo solicite la Reunión General y el Profesor Tutor. j) Presentar el informe económico de cada actividad realizada inmediatamente después de 48 horas a la Dirección de la Institución Educativa. k) Presentar en la primera quincena del mes de diciembre, sin postergación, el informe económico general a los PPFF y luego presentarlo a la Dirección de la IE. Artículo 71°. De la COPAFA El Comité de Padres de Familia (COPAFA) es designada por la Dirección. Órgano representativo que la Promotoría y la Dirección reconoce. Está conformada por cuatro miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero. La finalidad de este Comité conformado por PPFF es : a) Canalizar las inquietudes de sus miembros con respeto a la marcha institucional. b) Apoyar a la Dirección de la Institución Educativa en la atención de necesidades que ameriten su participación. c) Apoyar a los PPFF en circunstancias extraordinarias que ameriten su participación. d) Velar porque los PPFF se identifiquen con la Institución y vivan los valores, la mística Santarrosina

Capítulo IV. DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Artículo 68°. De los apoderados y/o padres de familia, En relación con los aprendizajes, cumplen las siguientes funciones: a) Apoyar en todos los procesos de aprendizajes de las estudiantes según requerimiento de la institución educativa. b) Respetar la planificación, la metodología pedagógica que compete exclusivamente a la institución educativa. c) Acoger y gestionar toda sugerencia de derivación externa realizada desde la institución educativa. d) Asistir a las convocatorias, charlas, reuniones citadas por la dirección y/o docentes. e) Respetar horarios y calendarización escolar programados y comunicados por la dirección de la institución educativa. f) Otras funciones de su competencia no incluidas en este reglamento. g) Tratar con respeto a todos los miembros de la comunidad educativa. h) Firmar y atender toda comunicación. i) Respetar horarios de atención, conducto regular de atención. j) Abstenerse de ingresar cualquier tipo de alcohol o drogas a la institución educativa. k) Cuidar y respetar la infraestructura de la institución educativa (mobiliario, materiales didácticos, libros, laboratorio, talleres, otros). l) En caso de que la estudiante cause perjuicios en la infraestructura y/o mobiliario deberá el apoderado ser responsable económicamente y proceder a reparar el daño. Se excluyen de reparación los casos fortuitos. Artículo 69°. En el marco de cualquier emergencia los padres de familia, siendo el núcleo central para el aprendizaje de las estudiantes cumplen las funciones: a) Aportarán, según lo requiera la IEP, la información sobre medios de comunicación virtual que tenga para el aprendizaje a distancia. b) Colaborar estrechamente con los docentes para el desarrollo de las actividades de aprendizaje. c) Organizar los tiempos de las estudiantes para el estudio, el apoyo en las tareas familiares y el tiempo de descanso. d) Supervisar y acompañar las actividades de aprendizaje de las estudiantes, permitiéndoles a ellas el protagonismo de su desempeño. Artículo 70°. De los comites de aula:

Su actualización se realiza con la participación de la mayoría del personal de la IE en el mes de febrero y evaluado en el mes de diciembre, liderada por el equipo directivo en coordinación con la comisión de “calidad, innovación y aprendizaje”. El proyecto Educativo Institucional es aprobado con Resolución Directoral Institucional (RDI) por la Dirección de la IE y con opinión de la promotoría y es de duración de tres años. Artículo 76°. Proyecto Curricular Institucional (PCI): es el instrumento de gestión que, que orienta los procesos pedagógicos de la Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio para el desarrollo de los aprendizajes establecidos en el CNEB en respuesta a las características, intereses y necesidades de aprendizaje de las estudiantes en el marco del perfil de egreso, las competencias y estándares de aprendizaje y de las normativas vigentes. Su actualización se realiza en el mes de febrero y su evaluación en diciembre, liderado por las subdirecciones en coordinación con el equipo docente. La elaboración de los planes de estudio contenidos en el PCI se sujeta a los lineamientos establecidos por el Minedu para la diversificación curricular. El proyecto Curricular Institucional es aprobado con Resolución Directoral Institucional (RDI) por la Directora, con opinión de los subdirectores y la promotoría y es de duración de un año. Artículo 77°. La distribución de las horas de libre disponibilidad se realiza de acuerdo a las necesidades de las áreas curriculares respectivamente en Educación Primaria y en Educación Secundaria de acuerdo a las normas vigentes. Artículo 78°. Los objetivos pedagógicos considerados en el PCI se vincula con los objetivos del PEI en el marco de las competencias, enfoques transversales y el perfil de egreso del CNEB. Artículo 79°. El resultado del diagnóstico, valores, objetivos y metas anuales del PEI serán insumos para la elaboración de la programación anual y el desarrollo integral de los aprendizajes de las estudiantes. Artículo 80°. Los niveles de concreción para el desarrollo curricular son: a. Currículo Nacional de la Educación Básica (CNEB). b. Proyecto educativo nacional (PEN).

Capítulo I. INICIO Y FINALIZACIÓN DEL AÑO LECTIVO Artículo 72°. el inicio del año escolar es a partir del primer día laboral del mes de marzo y culmina la cuarta semana del mes de diciembre cumpliendo las horas efectivas mínimas designadas por el Ministerio de Educación. La organización se concreta en función de las características, expectativas y necesidades de aprendizaje de las estudiantes. Capítulo II. EL PLANEAMIENTO INSTITUCIONAL Artículo 73°. El planeamiento institucional se realizará en los meses de febrero y diciembre del año lectivo, liderado por el equipo directivo en coordinación con la comisión de “calidad, innovación y aprendizaje” y con la participación de la mayoría del personal de la institución educativa para actualizar el PEI, PCI, PAT, RI, elaborar la programación curricular anual, unidades didácticas y planes de trabajo de las comisiones. Para tal efecto la última semana de noviembre se define una agenda de trabajo determinando responsables, grupos de trabajo y estrategias para una óptima planificación. Artículo 74°. En la institución educativa el Currículo Nacional es el documento que orienta los aprendizajes de los estudiantes y su desarrollo integral sobre los cuatro saberes: saber hacer, saber ser, saber convivir con los demás y saber aplicar los conocimientos en situaciones prácticas demostrando actitudes positivas de convivencia social, democrática y el ejercicio responsable de la ciudadanía. Capítulo II. DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN ESCOLAR Artículo 75°. Proyecto Educativo Institucional (PEI): contiene la identidad, el diagnóstico, la propuesta pedagógica, la propuesta de gestión, las metas y los objetivos de la Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio para el mediano plazo (3 años). Orienta la gestión escolar, la gestión de los aprendizajes de la IE (autónoma, democrática e innovadora), alineado al perfil de egreso del Currículo Nacional, guia los aprendizajes de las estudiantes, asegurar el acceso y permanencia de las estudiantes en el sistema educativo y es base para la elaboración articulada de los demás instrumentos de gestión.

Artículo 84°. La selección de los medios y materiales educativos de apoyo al proceso enseñanza – aprendizaje es responsabilidad del docente, de modo que, en función de la implementación del Currículo Nacional en la modalidad remota o presencial: a) Estén en función del grado de madurez de las estudiantes. b) Estén en función del desarrollo de actividades lúdicas con las estudiantes. c) Propicien el autoaprendizaje y el aprendizaje cooperativo. d) Estén en función de la utilización de recursos virtuales y /o lo que ofrece el medio. e) Sirva como un medio auxiliar para que las estudiantes descubran su propio aprendizaje. Artículo 85°. La dirección de la institución educativa asegura la utilización de canales de comunicación, en modalidad remota y presencial, mediante equipos y materiales educativos que posee. Para lo cual el material estará debidamente clasificado y en lugares de fácil acceso. Artículo 86°. Plan Anual de Trabajo (PAT): es el instrumento de gestión que concreta los objetivos estratégicos y metas del PEI, en el marco de los Cinco Compromisos de Gestión Escolar (es de corto plazo). Se establecen de forma precisa las acciones y actividades que se desarrollan en el año lectivo, determinando plazos y responsables. Su evaluación y actualización es permanente en función de las necesidades del servicio educativo así como de las condiciones de la Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio así como de sus resultados. Es aprobado por la Directora. Artículo 87°. La Programación anual de cada área y grado se elabora de conformidad a sus especialidades en el mes de febrero de cada año, tomando como referencia la Directiva de inicio del año escolar, expedido por el Ministerio de Educación. Artículo 88°. La dirección evalúa el avance del Plan Anual de Trabajo efectuando los ajustes necesarios para su cumplimiento. Artículo 89°. La dirección revisa y sella las programaciones curriculares anuales y unidades de aprendizaje que se desprenden del PAT y realiza durante el año lectivo el seguimiento de su implementación.

c. Proyecto educativo institucional (PEI). d. Proyecto curricular institucional (PCI) e. Programación Anual. f. Unidades Didácticas. g. Sesiones de Aprendizaje. h. Proyectos de aprendizaje. i. Innovaciones y buenas prácticas docente. Artículo 81°. El Monitoreo, acompañamiento y evaluación al desempeño de la práctica pedagógica docente es responsabilidad del equipo directivo liderado por el Directora. Comprende acciones de acompañamiento, asesoramiento, promoción, evaluación e innovación; dirigidos a optimizar el mejoramiento de la calidad y eficiencia del servicio educativo que se brinda en la institución educativa. Artículo 82°. El monitoreo, acompañamiento y evaluación a cargo del equipo directivo en la modalidad presencial y/o remota se efectúa con el objetivo de: a) Contribuir a la adecuada formación integral de las estudiantes. b) Asegurar la calidad y eficiencia del servicio educativo. c) Apoyar, estimular y motivar el trabajo del docente. d) Potenciar las relaciones armoniosas en la Institución Educativa y con la comunidad. e) Dar seguimiento al cumplimiento de la normatividad. f) Promover la innovación de la tecnología educativa. g) Mejorar los aprendizajes de las estudiantes h) Fomentar entre los docentes el uso del portafolio como fuente de evidencia de los aprendizajes de las estudiantes. i) Hacer seguimiento a la retroalimentación y garantizando que, las estudiantes dialoguen con sus docentes sobre sus avances y dificultades. Artículo 83°. El monitoreo, acompañamiento y evaluación se realizará en forma general y especificada. Este será planificado desde el primer día de clases mediante un plan de monitoreo, consignando los instrumentos que serán aplicados en los tres momentos: diagnóstico, proceso y cierre.

Artículo 92°. La selección de los medios y materiales educativos de apoyo al proceso enseñanza – aprendizaje es responsabilidad del docente, de modo que: a) Esten en función de la implementación del Currículo Nacional. b) Estén en función del grado de madurez de las estudiantes. c) Estén en función al interés, necesidad y motivación de las estudiantes. d) Utilicen la actividad lúdica con la estudiante. e) Propicien el autoaprendizaje y el aprendizaje en equipo. f) Utilicen, especialmente, los recursos que ofrece el medio. g) Sirva como un medio auxiliar para que las estudiantes descubran sus propios aprendizajes. Artículo 93°. Reglamento Interno (RI): es el instrumento de gestión que regula la organización y funcionamiento integral de la IE Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio, en el cual se ha establecido las funciones específicas, pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa que promueve la convivencia escolar democrática y un clima favorable a los aprendizajes de las estudiantes. Su evaluación y actualización será permanente, sujeto a los hechos que ameriten ser reajustados y favorables al desarrollo de los aprendizajes, la práctica de valores y principios presentes en los enfoques transversales del CNEB. Es oprobado por la directora previa autorización de la Promotoría.

Artículo 90°. En cada bimestre se realiza un balance del nivel de avance de los aprendizajes de las estudiantes y un reajuste a las programaciones curriculares: los docentes elaboran el informe de progreso de aprendizajes de las estudiantes, entregan al padre de familia y estudiante para la posterior retroalimentación a través de diálogos reflexivos. Artículo 91°. En relación con la metodología pedagógica: Para cada año lectivo, las acciones de trabajo en el aula se caracterizarán principalmente por lo siguiente. a) El fortalecimiento de un clima afectivo que fomente una relación de empatía y de respeto mutuo, que favorezca una amplia reflexión de las estudiantes, comprometiéndose en una participación voluntaria para trabajar cooperativamente en interacciones de aprendizaje. b) La activación permanente de las experiencias y conocimientos previos, como punto de partida para abordar los conocimientos nuevos. c) La participación de las estudiantes en el proceso de aprendizaje, que favorezca progresivamente la responsabilidad, la autonomía y que contribuya a la valoración del apoyo mutuo y el desarrollo de actitudes favorables para aprender a convivir. d) La reflexión permanente de las estudiantes sobre su propio aprendizaje de modo que pueda identificar oportunamente sus potencialidades y limitaciones. e) El desarrollo articulado de las capacidades de las áreas y favorecer la visión integral y holística. f) El empleo de estrategias didácticas que favorezcan las relaciones democráticas, el respeto hacia los demás y a las normas de convivencia. g) El Plan Anual de Trabajo se actualiza teniendo en cuenta lo siguiente: - Cumplimiento de los objetivos del PEI - Cumplimiento de las actividades planteadas el año anterior - Cumplimiento de las metas plantadas el año anterior. - Análisis de los resultados de aprendizaje de las estudiantes. - Nivel de avance de los logros de aprendizajes de las estudiantes - Orientaciones para el año escolar, emanadas por el Ministerio de Educación. - Participación de todo el equipo docente, administrativo y de servicio. - Cumplimiento de la calendarización del año anterior - Informe del monitoreo y acompañamiento docente. - Nivel de avance en la atención de casos relacionados con la convivencia escolar.

DE LA CALENDARIZACIÓN Artículo 105°. La calendarización (CGE 3), moviliza a la comunidad educativa hacia la optimización del tiempo progrado, implicando la organización y gestión de la jornada pedagógica acorde con el desarrollo de las competencias del CNEB. (RVM Nº 093-2020-MINEDU).

DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo I. JORNADA DE TRABAJO Artículo 100°. La Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio, imparte los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria en el turno diurno. Artículo 101°. Los usuarios son las estudiantes matriculados en los tres Niveles Educativos (Inicial, Primaria y Secundaria). Artículo 102°. La jornada de trabajo de los directivos es 40 horas cronológicas, de los docentes de Inicial es de 30 horas pedagógicas, Primaria es de 35 horas pedagógicas y en Secundaria de acuerdo a las horas designadas, de los coordinadores de nivel lo determina la dirección y promotoría. Artículo 103°. La jornada de trabajo del auxiliar de educación es la que corresponde al turno de funcionamiento de la institución educativa, 40 horas, en el horario que se les designe desde la dirección, debiendo obligatoriamente ingresar antes de la hora de entrada y salir después de la hora de salida garantizando el cumplimiento de sus horas de trabajo. Artículo 104°. En el marco de la emergencia sanitaria por la propagación del COVID-19 y desde una lógica de educación a distancia, las horas pedagógicas están distribuidas de la siguiente manera para dar continuidad al aprendizaje:

Artículo 107°.La hora de recreo no excederá de 40 minutos en la modalidad presencial y/o virtual. Capítulo IV. ASISTENCIA Y PERMANENCIA DEL PERSONAL Artículo 108°. Todo trabajador registrará diariamente su asistencia en la respectiva ficha remota, indicando con claridad y veracidad la hora de entrada y salida en el turno que labora. Artículo 109°. El personal que requiera cumplir labor administrativa y/o técnico-pedagógica con suspensión de actividades pedagógica remota registrará su desplazamiento en una papeleta electrónica de salida, indicando el lugar de destino, tiempo estimado y tareas a cumplir, previa autorización de la Directora. Dicha papeleta electrónica debe ser remitida al correo institucional. Artículo 110°. Se considera inasistencia: - No registrar su asistencia de ingreso y salida remota y/o presencial sin causa justificada. - Retiro antes de la hora programada en la modalidad remota y/o presecial sin justificación. - Omitir enviar el registro electrónico de asistencia o parte diario de dictado de clases. - La no concurrencia a las reuniones virtuales y/o presencial convocada por dirección. - No desempeñar fuciones pedagógicas habiéndose conectado y/o concurrido a la IEP. Artículo 111°. Se considera tardanza ingresar o llegar 1 minuto después de la hora de ingreso y es falta a partir de ella. Toda tardanza o falta será informada por Administración para el debido descuento, deducido de acuerdo con su haber mensual por cada día no laborado. Artículo 112°. Las inasistencias o tardanzas a las horas programadas para la actividad pedagógica y/o al plantel serán justificadas oportunamente y documentadas de conformidad a las normas legales vigentes.

Capítulo I. DEL HORARIO ESCOLARArtículo 106°. El horario de trabajo del personal, es el medio de control que favorece el fiel cumplimiento de cada una de las tareas. Según las Normas Vigentes para el año lectivo 2021, se inicia la modalidad remota el 01 de marzo, termina las clases el 22 de diciembre. Entre el 23 al 30 de diciembre se programa las actividades de balance y cierre incluyendo la Clausura del Año Escolar 2021 (RVM. Nº. 093-2020-MINEDU y RVM. Nº. 133-2020-MINEDU)

g) Cada docente identifica los aplicativos que van a usar para monitorear los aprendizajes. h) Cada docente revisa las sugerencias de situaciones y competencias a desarrollar, a fin de reajustar la planificación curricular. i) Cada docente motiva al interior de las familias el desarrollo de actividades de transmisión intergeneracional de saberes de su cultura. j) Otras actividades y acciones no contempladas en este reglamento.

Artículo 113°.La dirección del colegio concederá hasta 03 días no consecutivos al año permisos, siempre y cuando sea debidamente justificado con un documento que lo acredite. Artículo 114°. Para el caso que se requiera por más de 03 días por diferentes motivos se considera licencia y se procede de acuerdo a las normas legales vigentes. Artículo 115°. El profesor de turno deberá llegar a la institución educativa 15 minutos antes de la entrada de las estudiantes. Artículo 116°. El parte diario de cualquiera de las modalidades (presencial y/o remota) se registrará en estricto orden de llegada y de salida. Artículo 117°. El personal no podrá abandonar las actividades pedagógicas y/o la IE en horas de clase, salvo en los siguientes casos: a) Por disposición del superior inmediato con conocimiento de la Dirección. b) A solicitud escrita del interesado entre tres y cinco días antes. c) Por emergencia familiar en primer grado de parentesco. Artículo 118°. En el marco de cualquier emergencia (sanitaria u otros eventos), la asistencia diaria lo determina cada docente dando cumplimiento a las horas pedagógicas programadas y la jornada laboral estipulada por el Art. 139 del reglamento de la ley 29944: a) Cada docente elabora un horario de atención a estudiantes y padres de familia. b) Los horarios de atención y actividades programadas serán remitidos a la dirección vía correo electrónico institucional. c) Cada docente planifica considerando, semanas presenciales y/o remotas, organizando las actividades que requieren mayor intensidad. d) Cada docente revisa los recursos a utilizar y analiza las actividades y las competencias implicadas en su desarrollo, de manera que se pueda dar continuidad a los aprendizajes. e) Cada docente organiza momentos específicos destinados a la escucha y acogida de las inquietudes de las estudiantes y a sus familias, de acuerdo con el nivel. f) Cada docente organiza el monitoreo y verifica que las estudiantes y sus familias tengan acceso a las herramientas tecnológicas para brindar orientaciones pedagógicas.

Artículo 122°. Las ingresantes que proceden del extranjero además de los requisitos mínimos deben presentar la resolución de convalidación de estudios, otorgado por el Ministerio de Educación. Artículo 123°. La matrícula será aprobada por la Directora siempre y cuando la postulante cumpla con los requisitos mínimos y cuotas iniciales de pagos respectivos. Firmará las nóminas para darle valor oficial y las remitirá en el plazo estipulado a la instancia superior. Artículo 124°. La ratificación de la matrícula es automática. A partir del segundo grado de primaria, para las estudiantes promovidas, se efectúa en el mes de enero. En los casos de necesidad de recuperación, la ratificación de la matrícula se realiza previa verificación de los resultados y antes del inicio del año escolar, ésta será comunicada con anticipación a la estudiante, apoderados y/o padres de familia. Artículo 125°. Los requisitos para la ratificación de matrícula son: a) Haber aprobado todas las áreas curriculares según el Plan de Estudios. b) Estar incluidos en la nómina de estudiantes promovidos de grado. c) Haber aprobado las pruebas de recuperación en transcurso del año lectivo o en febrero. d) Boleta de notas, la misma que deberá ser confrontada con las Actas del SIAGIE. e) Constancia de resultados de evaluación, recuperación o de subsanación de las áreas pendientes de grados anteriores. f) No tener deudas con la institución educativa. g) Presencia de apoderado y/o padre de familia. h) La matrícula de las estudiantes se realiza con presencia de los padres o apoderados, durante el mes anterior a la iniciación del periodo lectivo y en el transcurso del año, siempre que existan vacantes. Artículo 126°. Da lugar a la no ratificación de la matrícula en la Institución Educativa: a) Adeudar pensiones de enseñanza del año anterior. b) El incumplimiento y/o reiterada impuntualidad en el pago de pensiones de enseñanza; dos o más pensiones consecutivas o alternas. c) Hacer uso omiso de la ratificación de la matrícula en las fechas señaladas.

Capítulo I. DE LA MATRICULA Y TRASLADO Artículo 119°. La matrícula es el proceso mediante el cual una postulante accede a estudiar en la Institución Educativa Parroquial Privada en Convenio. El proceso se formaliza con la emisión de la nómina de matrícula y concluye con el registro de la postulante en el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa – SIAGIE, (RM Nº 665-2018-MINEDU), la matrícula se efectúa por primera y única vez. Artículo 120°. La matrícula de las estudiantes significa la libre elección de los padres y responsabilidad de aceptar que sus hijas recibirán una educación católica y que se comprometen a dar testimonio de fe en Cristo; asumir y cumplir con la línea axiológica del PEI y con el presente Reglamento Interno, de conformidad al precepto constitucional de la libre elección y el de observar los fines de IE. Artículo 121°. Garantizando la transparencia, protección del usuario y continuidad del servicio educativo no presencial dispuesto en el DL Nº 1476. Son requisitos obligatorios para la matrícula en cualquiera de los niveles educativos Inicial, Primaria y Secundaria los siguientes documentos: a) Ficha única de Matrícula de la institución educativa de procedencia (SIAGIE). b) Pago por concepto de inscripción en tesorería de la IEP. c) Pago por concepto de matrícula en tesorería de la IEP. d) Partida de nacimiento original e) D.N.I. original y copia de los padres de familia o apoderado. f) D.N.I original y copia de la estudiante. g) 04 fotos de la niña tamaño carnét. h) Copia del carnét de seguro. i) Certificado de Estudios según el grado/año y nivel que corresponda. j) Las niñas que no poseen documentos de identificación no están impedidas de ingresar al nivel, dándoseles un tiempo de 45 días hábiles para su regulación. k) La matrícula se registra en la ficha integral. l) La información de esta ficha se actualiza periódicamente. m) Para el traslado de matrícula o ratificación de esta se requiere la presentación de la ficha integral e informe de progreso de la estudiante emitida por el docente de procedencia.

d) El incumplimiento de las recomendaciones dadas en el acompañamiento especial determinado por la Coordinación de Convivencia o el Departamento Psicopedagógico en cualquier mes del año. e) Los criterios educativos de sus padres estén en conflicto con el Ideario, con el Proyecto Educativo y el Reglamento de la Institución Educativa. Artículo 127°. Toda matrícula especial (Observada), se registra por escrito en un acta de compromiso con la firma de los padres de familia o apoderado.

Artículo 133°. Las estudiantes que ingresen con prueba de ubicación o convalidación de cursos procedentes del extranjero, necesitan, un informe favorable de la jefatura de nivel respectivo, quien autoriza la ubicación en el grado que le corresponde. Artículo 134°. Las familias de las postulantes que acceden a la vacante de la Institución Educativa por traslado de otra Institución Educativa firmarán un acta de compromiso. Artículo 135°. Los traslados de matrícula sólo pueden efectuarse hasta el término del tercer bimestre lectivo, salvo en caso de cambio domiciliario del estudiante a provincia o distritos alejados. Artículo 136°. Para el traslado de matrícula la institución educativa de destino requiere la ficha única y los resultados de las evaluaciones de la estudiante. Artículo 137°. Las estudiantes que desean tramitar su traslado de matrícula deberán presentar la constancia de vacante otorgada por la Institución Educativa de destino, en el caso de que esta se encuentre en la misma localidad de origen.

Capítulo II. DE LA ADMISIÓNArtículo 131°. La admisión para el nivel educativo Inicial y Primaria. El proceso de admisión a la Institución Educativa se efectúa considerando tres elementos principales: 1. Edad cronológica: La postulante deberá cumplir la edad solicitada, de acuerdo a las disposiciones del Ministerio de Educación: - Nivel Inicial: 5 años cumplidos al 31 de marzo del año al que postula con la presencia de la madre, padre y/o apoderado. - Nivel Primaria: para el 1° grado haber cumplido 6 años al 31 de marzo del año al que postula, siempre que haya realizado estudios de educación Inicial, ciclo II, 5 años. 2. Criterios de selección: Con relación al número de vacantes, la Institución Educativa establece criterios de priorización, para la selección de nuevos estudiantes y familias, acogiendo las directrices ministeriales, lo cual no incluye evaluación de las estudiantes, garantizando un adecuado compromiso entre las familias y la Institución Educativa: - Tener hermanas en la Institución Educativa. - Tener residencia en el distrito. - Responsabilidad y participación demostrada de los padres y/o apoderados en la educación y formación de sus hijas. - Coincidencia declarada o demostrable de la línea axiológica de las familias con la Institución Educativa. 3. Etapas del procedimiento. - El proceso de admisión contempla, los pasos para admisión... 4. Evaluación de las familias postulantes: Luego de la recepción y revisión de la carpeta de admisión por la secretaria general, se proporcionará el horario para la Jornada psicoespiritual de las familias postulantes. Esta Jornada consiste en: - Presentacion de la IE por la subdirección Nivel de Inicial y Primaria y Secundaria. - Actividad psicopedagogica grupal. - Entrevista con las familias postulantes (pareja).

rado dispone de 4 días útiles después de la fecha de recepción de la libreta de notas o documento equivalente, para formular su reclamo sobre los resultados de la evaluación. Artículo 144°. Las estudiantes que formulen reclamos o consultas deben ser atendidos con la mayor comprensión y discreción sin menoscabo de su dignidad y condición, evitando derivar el hecho en acto de represalia. Con la mayor objetividad y con prescindencia de todo tipo de perjuicios, los reclamos deben ser atendidos y resueltos por la Dirección en un plazo no mayor a 15 días habiles. Una vez ingresado las notas al sistema SIAGIE ya no se podrá revertir ni cambiar. Artículo 145°. Para lograr el desarrollo de todo el potencial que tienen nuestras estudiantes aplicaremos cuatro metodologías activas: a) Aprendizaje basado en competencias. b) Aprendizaje basado en proyectos. c) Aprendizaje cooperativo. d) Aprendizaje basado en la resolución de problemas. Artículo 146°. En concordancia con la línea axiológica de nuestra IE la conducta será vista como parte del desarrollo integral de las estudiantes quienes serán acompañadas por sus tutores, docentes frente a sus deberes, rol y responsabilidad como estudiante de la I.E. Artículo 147°. El seguimiento que harán los tutores, auxiliares, coordinadores de TOE, docentes se presentará en base al comportamiento, se expresara en forma literal (AD – A – B – C), siendo AD una valoración del crecimiento de las estudiantes.

Capítulo III. DE LA EVALUACIÓN Artículo 138°. La evaluación será un proceso permanente y sistemático durante las sesiones de aprendizaje y al finalizar cada Unidad de Aprendizaje, a través del cual se recopila y procesa información de manera metódica y rigurosa para conocer, analizar y valorar los aprendizajes, tomar decisiones de manera oportuna y pertinente. Se evaluará el proceso y competencias logradas por cada estudiante (RVM 094-2020-MINEDU). Artículo 139°. Adoptamos el Enfoque Formativo de la Evaluación, buscando identificar avances, dificultades y logros de las estudiantes, mediante la metodología del antes, durante y después del proceso de aprendizaje, centrando la evaluación en la Competencia desarrollada que deben lograr las estudiantes. Artículo 140°. Las estudiantes, apoderados y/o padres de familia serán informados acerca del avance en el aprendizaje por la Dirección o por el tutor o por el profesor del grado o área en un horario especial que se establezca. Artículo 141°. Los resultados de la evaluación del aprendizaje serán registrados y comunicados en escala literal (AD = Logro destacado, A = Logro previsto, B = en proceso y C = en inicio) desde el II Ciclo de Educación Inicial hasta el 5° año de Secundaria, y con la descripción pertinente de los avances realizado por el docente. Artículo 142°. Los informes de proceso de las competencias se elabora considerando los siguiente: a. La evaluación de avances, logros y dificultades evidenciados. b. Se utiliza el anexo N° 1 al 4 de la RVM N° 094-2020-MINEDU o elaborado por los docentes coordinadores de nivel de la IEP. c. A partir del ciclo II al VII se registra el nivel de logro alcanzado en cada competencia desarrollada y las conclusiones descriptivas cuando el nivel sea “C” al término del bimestre, en el caso de los niveles B, A, AD si la docente considera necesario. d. Al finalizar el periodo lectivo todas las competencias serán desarrolladas y se asigna un nivel de logro. Artículo 143°. Al término de cada bimestre como al término de cada año lectivo, la estudiante o apode-

 La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año lectivo.  Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no alcanza los requerimientos para la promoción. d. La estudiante del cuarto grado de primaria:  Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo (del acompañamiento a la estudiante o recuperación pedagógica) alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias.  Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias.  La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año lectivo.  Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no alcanza los requerimientos para la promoción. e. La estudiante del quinto grado de primaria:  Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo (del acompañamiento a la estudiante o recuperación pedagógica) alcanza el nivel de logro “B” en la mitad o más de las competencias asociadas a todas las áreas o talleres, pudiendo alcanzar los niveles “AD”, “A” o “C” en las demás competencias.  Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias.  La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año lectivo.  Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no alcanza los requerimientos para la promoción. f. La estudiante del sexto grado de primaria:  Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo (del acompañamiento a la estudiante o recuperación pedagógica) alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias.

Capítulo IV. DE LA PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR Artículo 148°. El sistema educativo peruano de la Educación Básica está organizado por ciclos y se espera que un estudiante haya avanzado un nivel en el desarrollo de la competencia en ese tiempo. Por lo tanto, las condiciones para la promoción, acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica y permanencia tendrán requerimientos diferentes al culminar el grado dependiendo de si este es el grado final del ciclo o es un grado intermedio. Tenemops en cuenta que en el marco de las condiciones generadas por la coyuntura actual, se establece que todas las estudiantes tendrán la posibilidad de un tiempo adicional para avanzar en el desarrollo de sus copetencias. a. Las estudiantes de Inicial y primer grado de primaria son promovidos al grado superior en forma automática. b. La estudiante del segundo grado de primaria:  Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo (del acompañamiento a la estudiante o recuperación pedagógica) alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias.  Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias.  La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año lectivo.  Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no alcanza los requerimientos para la promoción. c. La estudiante del tercer grado de primaria:  Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo (del acompañamiento a la estudiante o recuperación pedagógica) alcanza el nivel de logro “B” en la mitad o más de las competencias asociadas a todas las áreas o talleres, pudiendo alcanzar los niveles “AD”, “A” o “C” en las demás competencias.  Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias.

 La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple las condiciones de promoción o permanencia.  Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no cumplen las condiciones de promoción. i. La estudiante del tercer año de secundaria:  Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo alcanza como mínimo el nivel de logro “B” en la mitad o más de las competencias asociadas a todas las áreas o talleres pudiendo alcanzar los niveles “AD”, “A” o “C” en las demás competencias. Es promovida cuando al término del acompañamiento o recuperaicón pedagógica alcanza como mínimo el nivel del logro “B” en todas las competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica, pudiendo tener en una de esas áreas o talleres el nivel del logro “C” en todas las competencias.  Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres.  La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple las condiciones de promoción o permanencia. Recuperan en aquellas cmpetencias que tienen “C”.  Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no cumplen las condiciones de promoción. j. La estudiante del cuarto año de secundaria:  Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo alcanza como mínimo el nivel de logro “B” en la mitad o más de las competencias asociadas a todas las áreas o talleres pudiendo alcanzar los niveles “AD”, “A” o “C” en las demás competencias. Es promovida cuando al término del acompañamiento o recuperaicón pedagógica alcanza como mínimo el nivel del logro “B” en todas las competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica, pudiendo tener en una de esas áreas o talleres el nivel del logro “C” en todas las competencias.  Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres.  La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple las condiciones de promoción o permanencia. Recuperan en aquellas cmpetencias que tienen “C”.

 Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias.  La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año lectivo.  Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no alcanza los requerimientos para la promoción. g. La estudiante del primer año de secundaria:  Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo alcanza como mínimo el nivel de logro “B” en la mitad o más de las competencias asociadas a todas las áreas o talleres pudiendo alcanzar los niveles “AD”, “A” o “C” en las demás competencias. Es promovida cuando al término del acompañamiento o recuperaicón pedagógica alcanza como mínimo el nivel del logro “B” en todas las competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica, pudiendo tener en una de esas áreas o talleres el nivel del logro “C” en todas las competencias.  Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres.  La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple las condiciones de promoción o permanencia. Recuperan en aquellas cmpetencias que tienen “C”.  Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no cumplen las condiciones de promoción. h. La estudiante del segundo año de secundaria:  Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo alcanza el nivel del logro “A” o “AD” en la mitad o más de las competencias asociadas a tres áreas o talleres y “B” en las demás competencias. Es promovida cuando al término del acompañamiento o recuperaicón pedagógica alcanza el nivel del logro “A” o “AD” en la mitad o más de las competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento o recuperación pedagógica y “B” en las demás competencias, pudiendo tener en una de esas áreas o talleres el nivel del logro “C” en todas las competencias.  Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres.

Capítulo VI. DE LA CERTIFICACIÓN Artículo 151°. Son documentos legales donde se consignan los resultados obtenidos en las diferentes áreas curriculares de acuerdo con el grado respectivo. Los documentos que se utilizan para este proceso de certificación son: a. Actas de Evaluación y Certificados. b. Los resultados de la evaluación se expresan de manera literal. Artículo 152°. Para el registro, comunicación, conservación, y certificación de los resultados de la evaluación del aprendizaje y del comportamiento, se utilizarán los siguientes documentos: a. Registro de Evaluación. b. Informe de progreso del aprendizaje. c. Acta consolidada de evaluación. d. Certificados de Estudios. Artículo 153°. La I.E. otorga el certificado que acredita haber terminado satisfactoriamente el nivel de educación. Este certificado contiene los calificativos de los grados concluidos con las especificaciones que corresponde.

Capítulo V. DE LA REPITENCIA Artículo 150°. Las condiciones para determinar la repitencia o permanencia en el grado al término del año lectivo, procede, cuando la estudiante no cumple las condiciones de promoción y recuperación en aquellas competencias que tienen “C”.

 Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no cumplen las condiciones de promoción. k. La estudiante del quinto año de secundaria: Es promovida al grado superior cuando al termino del periodo lectivo alcanza el nivel del logro “A” o “AD” en la mitad o más de las competencias asociadas a tres áreas o talleres y “B” en las demás competencias. Es promovida cuando al término del acompañamiento o recuperaicón pedagógica alcanza el nivel del logro “A” o “AD” en la mitad o más de las competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento o recuperación pedagógica y “B” en las demás competencias, pudiendo tener en una de esas áreas o talleres el nivel del logro “C” en todas las competencias.  Permanece en el grado al término del año lectivo cuando alcanza el nivel de logro “C” en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres.  La estudiante recibe acompañamiento o recuperación pedagógica cuando no cumple las condiciones de promoción o permanencia.  Permanece en el grado al término del acompañamiento o evaluación de recuperación si no cumplen las condiciones de promoción. Artículo 149°. En el marco de las condiciones generadas por la coyuntura actual, se establece que todas las estudiantes tendrán la posibilidad de un tiempo adicional para avanzar en el desarrollo de sus copetencias según RVM N° 193-2020 MINEDU.

b. Los padres de familia no podrán ocupar varios cargos a la vez en los diferentes comités de la I.E.c. La Dirección de la IE solo reconoce a la directiva de la promoción elegida democráticamente en asamblea de PPFF de la promoción. Queda prohibido el uso del nombre de la IE y de la promoción por otras personas no autorizadas. d. Se organiza un Comité constituido por PPFF representantes de cada sección. Para las actividades propias de la Promoción: casaca personal, placa recordatoria y graduación de las estudiantes. e. La Directora y las Profesoras tutoras asesoran a la Promoción y al Comité de padres de familia para las actividades (casaca, placa recordatoria y graduación) f. La I.E. no permitirá acciones, ni actitudes que generen indisciplina, falta de respeto al personal de la Institución, invitados especiales, e imagen Institucional y/ o normas educativas. El Personal Directivo y Jerárquico de la I. E. evaluará dicha situación, tomando las medidas correctivas que estime conveniente. g. La Promoción llevará el nombre, en español, de personajes importantes identificados con la Iglesia, la sociedad y la axiología de la Hnas. Franciscanas Misioneras de María y la Institución Educativa, previa autorización de la Directora. Artículo 161°. DE LA CASACA a. La Promoción junto con las tutoras, proponen el modelo de la casaca, la que será reversible, la que llevará un logotipo, símbolo, ícono o dibujo franciscano con la aprobación y autorización de la Directora. b. El uso de casacas sólo está permitido para las actividades internas de la I.E. c. Las poleras y polos «adicionales» que no son del uniforme, no están permitidos. Artículo 162°. DE LA CEREMONIA DE GRADUACIÓN a. La ceremonia de graduación de la promoción es un estímulo a su excelente comportamiento e identificación con la Institución. Participarán las estudiantes que hayan sido promovidas. b. Se suspenderá la ceremonia de graduación cuando la promoción haya cometido faltas graves que afecten a la I.E. Artículo 163°. La I.E. no organiza, ni favorece los viajes/paseos, ni fiestas de promoción. El incumplimiento de esta norma será considerada como un desacato a la autoridad y por lo tanto la Dirección se reserva el derecho a la sanción respectiva.

Capítulo VII. DE LA PROMOCIÓN : Artículo 154°. Pertenecen a la promoción todas las estudiantes que están matriculadas en el último grado de secundaria. Serán acompañadas por las tutoras que la Dirección designe. Artículo 155°. Respecto a las actividades de promoción en la institución educativa es de carácter académico, donde se reconocerá los logros de aprendizaje, cultural, socioemocional y ético de las estudiantes que han culminado satisfactoriamente el nivel de educación. Artículo 156°. La dirección por ningún motivo tiene la responsabilidad de organizar y autorizar fiestas de promoción al finalizar la educación en sus tres niveles. Artículo 157°. La dirección de la IE no autoriza el uso del nombre de la IEP en las actividades que realicen grupos de estudiantes, apoderados, curadores o padres de familia. Artículo 158°. La dirección de la IE no autoriza actividades o recaudaciones económicas para fiestas o eventos promocionales. Artículo 159°. La dirección y docentes de la institución educativa promoverán en todo momento: a. Motivar a las estudiantes a culminar satisfactoriamente sus estudios. b. Motivar a la participación en las jornadas de reflexión programadas. c. Valores éticos y morales. d. Asumir resonsabilidades con madurez y compromiso. e. Alcanzar la madurez y responsabilidad en todos sus actos. f. Lograr ser ejemplo para las estudiantes de los grados inferiores. g. Demostrar perseverancia en su desempeño escolar. h. Mantener una conducta adecuada acorde con los principios de la IEP. i. Apoyar en la conservación de la infraestructura y mobiliario de la IEP. j. Apoyar y acompañar en las tareas y actividades programadas. k. Acatar con responsabilidad ser retirado de la promoción en caso de repetir el grado. Artículo 160° Del comité de promoción a. Los Padres de Familia asumirán la responsabilidad moral, física y económica, respetando la axiología de la I.E. y los modelos de la Familia Franciscana.

c) Asistir de manera puntual a sus labores, siendo la hora de entrada 7:30 a.m. y desempeñar eficientemente sus labores educativas en el proceso de enseñanza y orientación de los estudiantes. d) Respetar las disposiciones establecidas sobre tardanzas, inasistencias y permisos que son establecidas por la Institución Educativa. e) Evaluar el proceso de enseñanza - aprendizaje, en concordancia con los criterios estipulados por la Dirección y las normas vigentes emanadas del Ministerio de Educación. f) Asistir de manera ineludible a las reuniones, o actividades que disponga la Dirección. g) Preparar las sesiones de aprendizaje y presentarlas a primera hora y de acuerdo a las fechas establecidas. h) Asistir a las actividades oficiales dispuestas por la Dirección vistiendo pulcramente el uniforme institucional (completo). i) Asistir correctamente uniformado a su centro de labor y clases. (Varones : terno azul marino, Camisa celeste, corbata y cabello corto. Mujeres: sastre azul marino, blusa celeste. j) Poseer una conducta idónea y ejemplar, manteniendo el respeto al personal directivo y a sus compañeros. k) Asistir a todas sus sesiones de clase y sesiones de retroalimentación planificadas durante el año. l) Concurrir a clases portando su carpeta pedagógica (registros auxiliares, listado de estudiantes, sesiones de aprendizajes, entre otros que son propios de labor docente). m) Manejar la Agenda Escolar como herramienta de comunicación con los padres que permita informar logros o dificultades que presenten las estudiantes. n) Emplear las habilidades blandas e inteligencia emocional en la comunicación interpersonal entre pares obviando frases intrigantes o comentarios negativos. o) Utilizar las herramientas tecnológicas para comunicarse con las estudiantes, padres de familia y autoridades de la IEP. p) Elaborar mensualmente informes de las actividades pedagógicas y avances de aprendizaje de las estudiantes y remitir a la Dirección para su verificación. q) Presentar los informes semestrales r) Gestionar en los educandos el logro de las competencias y capacidades correspondientes a su grado, de acuerdo al Currículo Nacional vigente.

Capítulo I DE LOS DERECHOS Artículo 164°. Son derechos de los docentes y del personal no docente: a) Al pago de sus remuneraciones de acuerdo con al contrato firmado con la Dirección de la institución educativa. b) Realizar sus funciones en forma creativa, dentro del marco de la organización institucional. c) Ser informado periódicamente de parte de la Dirección de su evaluación en su desempeño pedagógico y profesional. d) Tener libertad para emplear los métodos, procedimientos de enseñanza y práctica de valores según la línea axiológica y el Currículo Nacional. e) A respetar su horario de trabajo. f) A ser convocados a reuniones, jornadas de reflexión con debida anticipación. g) Gozar de autonomía en sus horas de clase o del control del orden en su turno. h) A la producción intelectual e investigación. i) A integrar las comisiones de trabajo en el marco de las normas, sus conocimientos y aptitudes. j) Ser tratados con respeto y sin discriminación en el ejercicio de sus funciones y deberes. k) Ser reconocidos por las autoridades educativas, la comunidad y los padres de familia por sus meritos en la labor educativa. l) Tener reuniones para abordar problemas de tipo pedagógico. m) Otorgamiento de un día de descanso por onomástico y un día por el día del Maestro. n) Otros derechos que lo contemple la ley y las autoridades de la institución que no se encuentre en este reglamento. Capítulo II. DE LOS DEBERES Artículo 165°. Son deberes de los docentes y no docentes: a) Cumplir todo aquello que se encuentra consignado en el presente Reglamento, así como otras disposiciones que son propias del quehacer educativo. b) Respetar y hacer cumplir de manera irrestricta los principios de la institución educativa.

- La utilización y disposición de los bienes de la entidad educativa en beneficios propios o de terceros. e) Hacer mal uso de su autoridad para imponer castigos desmesurados o agravios a los estudiantes o padres de familia. f) Valerse de la función docente con propósitos políticos o de lucro para percibir dádivas por el desempeño propio de sus tareas . g) Abandono injustificado de sus labores o ausencias de la IE sin la respectiva autorización de la dirección y autoridad inmediata auperior. h) Incumplimiento o negligencia reiterada en la elaboración y dictado de clases, así como en la entrega de la documentación pertinente solicitada. i) Firmar el parte de asistencia y retirarse de su función. j) Solicitar y recabar dinero y otros sin planificación y autorización de la dirección. k) Negarse a recibir las comunicaciones cuando es sancionado por falta cometida. l) No elaborar y enviar a la dirección los informes de actividades y avances de aprendizajes de las estudiantes. Artículo 167°. Las faltas graves del personal docente, administrativo o de servicio pueden ser observados en Reunión. Artículo 168°. Toda acusación debe ser probada para que constituya una falta, así como para justificar la sanción. Artículo 169°. Las medidas correctivas que se aplican en la institución educativa son las siguientes: a) Diálogo reflexivo para regular las inconductas. b) Llamada de atención en forma verbal (en dos oportunidades). c) Llamada de atención en forma escrita (Memorandum de exortación). d) Elaboración de informe y remitir a la instancia superior (Promotoría) y Ugel 07, según corresponda-

t) Dirigir y evaluar el proceso de enseñanza – aprendizaje de acuerdo a las normas vigentes. u) Garantizar la conservación de las evidencias de evaluación. v) Participar en capacitaciones de actualización pedagógicas o profesionales. w) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la Dirección, Sub Direcciones y Coordinaciones, que permitan el logro de los objetivos y fines de la IE. x) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y conductual de las estudiantes. y) Informar a la Sub Dirección, Dirección y demás autoridades de la IE sobre el aspecto técnico – pedagógico de sus estudiantes. z) Derivar al docente tutor y/o el Dpto. Psicopedagógico los casos de inconducta que lo ameriten, de acuerdo al protocolo respectivo. Adjuntar la ficha de derivación correspondiente . aa) Reportar al Dpto. Psicopedagógico los casos de acoso escolar. Adjuntar la ficha de derivación correspondiente. bb) Entre otros deberes Capítulo III DE LAS FALTASArtículo 166°. Constituyen faltas del personal docente y administrativo: a) La impuntualidad y la insistencia injustificada. b) El incumplimiento de las funciones inherentes a su cargo. c) El incumplimiento de los horarios establecidos. (Sesiones de clase, sesiones de retroalimentación, reuniones de áreas, reuniones de Dirección) d) Toda acción voluntaria que contravenga a una sana convivencia: - Llegar continuamente tarde y faltar injustificadamente a la IE - Atentar contra la salud física, moral y social del educando y del personal de la institución educativa. - Faltar de palabra u obra a la autoridad de la institución. - Cometer actos reñidos con la moral y las buenas costumbres. - Realizar funciones incompatibles con el cargo que desempeña. - Interferir en el buen funcionamiento del servicio educativo.

Capítulo IV DE LOS ESTÍMULOSArtículo 170°. El personal de la institución que en cumplimiento de sus funciones realice acciones sobresalientes se hará acreedor de los siguientes estímulos: - Mención honrosa, en acto público sobre la labor realizada - Carta de agradecimiento - Oficio de felicitación - Diploma al mérito - Capacitación - Entrega de un recordatorio Artículo 171°. El incentivo y reconocimiento al esfuerzo y mérito individual o colectivo es por la realización de acciones que están enmarcadas en las condiciones siguientes: a) Por su abnegada labor en beneficio de las estudiantes, constituyendo un ejemplo para el resto del personal docente y no docente. b) Que esté orientado a cultivar valores cristianos y sociales. c) Participe o realice actividades que redunden en beneficio de la institución educativa. d) Que mejore la imagen institucional en la colectividad. e) Innovación de procedimientos propios en el ejercicio de sus funciones y de otras áreas. f) Innovación y elaboración de material educativo original y apropiado para el nivel educativo. Capítulo V. DE LAS SANCIONES Artículo 172°. Las sanciones se harán de acuerdo con las normas vigentes y serán aplicadas al personal por la autoridad competente, previos los informes del caso emitido por la dirección al servidor cuestionado y siguiendo el trámite de Ley: a) Suspensión sin goce de haber hasta por 30 días (caso muy grave). b) Recesión del contrato (directo con la IE) c) Y otros no contemplados en este reglamento.

Capítulo II. DE LOS DEBERES Artículo 174°. Son deberes de las estudiantes: a) Expresar su fe desde la práctica de los valores cristianos. b) Mantener una adecuada presentación del uniforme dentro y fuera de la I.E. - No deben traer a la I.E. cualquier material u objeto que no sea parte del uniforme y/o útiles de estudio y que causen distracción en el proceso Enseñanza -Aprendizaje. La I.E. no se responsabiliza por las pérdidas que pudieran ocurrir de dichos objetos. - Debe usar el polo de las olimpiadas exclusivamente en la semana de las olimpiadas santarrosinas o cuando lo autorice la I.E. - Debe asistir con buzo sólo el día programado en su horario de clases, en caso que asista con buzo en los días que no le corresponde será anotada y registrada por el departamento de TOECE y registrada por el docente en el parte de clases, esto influirá en su evaluación conductual. En caso que la estudiante persista en su falta se citará a los padres para que se asuman la responsabilidad de corregir dicha falta. - No debe usar gargantillas, collares de ningún tipo, aretes de cualquier tamaño o joyas en general, pulseras de tela u otro material, vinchas de colores, piercing, tatuajes, maquillaje, uñas largas o postizas, pestañas postizas y aditivos, zapatillas de colores,medias con ribetes, botines, u otro objeto que vaya en contra de su correcta presentación. - Durante la etapa virtual tener adecuada presentación. c) Respetar y cumplir las Normas de Convivencia acordadas por la Institución Educativa, asumiendo las medidas correctivas.

r) Hacer uso de la biblioteca, laboratorio, equipos, materiales educativos y otros servicios del centro educativo. s) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes o acciones extraordinarias que realicen dentro o fuera del colegio tanto en el orden académico, de estudio, conducta y deportiva.t) Se permite la salida de las estudiantes en caso de emergencia de salud , accidente o fallecimiento de un familiar (validado por el padre de familia y/o apoderado). u) En caso de citas médicas o tratamientos médicos, la estudiante podrá faltar a la I. E. y luego el padre de familia o apoderado debe realizar la justificación correspondiente. v) Ser informado oportunamente de la organización de los estudios, contenidos, bibliografía, requisitos de evaluación, cronograma y resultados de exámenes.

Capítulo I. DE LOS DERECHOS Artículo 173°. Son derechos de las estudiantes: a) Recibir una educación integral, fundamentada en los valores cristianos, acorde a sus necesidades, potencialidades, avances pedagógicos y tecnológicos. b) Ser tratada con dignidad, respeto, justicia, ternura y misericordia. c) Contar con las medidas de seguridad que protejan su integridad moral y física. d) Ser atendida en todos los servicios que la Institución ofrece cuando lo requiera. e) Ser protegida en su integridad, siendo defendida en sus derechos por las autoridades de la I.E. f) Ejercer sus derechos sin transgredir la dignidad y los derechos de los demás. g) Ser informada sobre su rendimiento académico oportunamente. h) Conocer las Normas de Convivencia de la Institución y las medidas correctivas. i) Ser escuchada por miembros de la Institución Educativa antes que se le aplique la sanción pertinente, en caso de indisciplina. j) No ser afectada académica ni conductualmente cuando se ausente del aula por representar a la Institución. k) Beneficiarse con las acciones de orientación y los servicios de bienestar social que imparte la IEP. l) Recibir información de las disposiciones que le concierne como estudiante. m) Consultar sobre los temas y tareas de clase a sus respectivos profesores para esclarecer sus dudas o inquietudes. n) Efectuar respetuosamente reclamos verbales o escritos debidamente fundamentados a sus profesores y/o autoridades del plantel, a través de la delegada del aula. o) Participar en la elección de sus representantes, tales como Delegadas de aula, policías escolares, y otros, teniendo en cuenta el aprovechamiento, la conducta y las condiciones para la representación. p) Participar en actividades religiosas, culturales, cívico-patrióticas y deportivas que organice o promueva la I.E. las mismas que contribuyen a su derecho y realización personal. q) Participación en las visitas o excursiones que realicen bajo el asesoramiento de sus profesores o tutores.

Capítulo III. DE LAS FALTAS Artículo 175°. Las faltas leves, es la transgresión de las normas de conducta, al ser este comportamiento reiterativo pasaría automáticamente a convertirse en falta grave: a. Tardanzas injustificadas b. Olvidar los útiles escolares, necesarios para el buen desarrollo de sus clases c. Devolver sin firma de los apoderados y/o padres, los comunicados, así como la agenda escolar. d. Dejar de anotar las tareas e indicaciones en la agenda escolar e. Cambiarse de lugar, sin permiso ni justificación. f. Consumir alimentos y bebidas durante el desarrollo de las clases Artículo 176°. Las faltas graves, se considera todo comportamiento o actitud que interfiera en el normal desarrollo de las acciones pedagógicas, las que van contra la moral y las buenas costumbres y que demuestre rechazo a las normas establecidas en el presente reglamento: a. Faltar el respeto a los símbolos patrios e institucionales b. Violentar la infraestructura y los demás bienes de la institución educativa c. Apropiarse de los bienes ajenos d. Falsificar firmas, así como alterar calificaciones u otros documentos e. Toda acción intencional de fraude, copiar o falsificar la copia durante las evaluaciones o tareas escolares f. Exhibir material pornográfico g. Grabar, filmar o tomar fotos dentro de la Institución Educación, y publicarlas en Internet h. Utilizar vocabulario soez en forma oral, escrita y/o gestual dentro o fuera de la Institución Educativa i. Usar inadecuadamente los medios tecnológicos e internet en cualquier ambiente o en redes sociales j. Inasistir intencionalmente a clases y dirigirse a salas de juego, cabinas de internet u otros lugares. k. No asistir a las actividades cívicas, deportivas o académicas habiendo sido convocada para representar a su sección o al plantel .

i) Participar y colaborar activamente en todas las actividades educativas y cívico patrióticas. j) Representar responsablemente a la Institución Educativa en cualquier evento académico, artístico y/o cultural, interno o externo. k) Asumir la responsabilidad de ponerse al día en las áreas curriculares en las cuales haya tenido inasistencia. l) Retornar puntualmente a las aulas después de los recreos, talleres y laboratorios. - Durante la etapa virtual respetar los horarios asignados. m) Cuidar las instalaciones de la Institución Educativa (servicios higiénicos, laboratorios, áreas verdes, áreas recreativas y deportivas), el mobiliario (carpetas, sillas, mesas de trabajo, pupitres) y todo recurso para el aprendizaje (equipos multimedia) que se le brinde, manteniéndolos en estado óptimo. n) Mantener la disciplina en el salón y fomentar el orden durante la clase, o el cambio de hora de clase. o) Respetar a las autoridades, docentes y personal dentro y fuera de la Institución Educativa. p) No usar el nombre, ni el uniforme, ni las instalaciones., ni plataformas virtuales de la I. E para actividades no autorizadas por Dirección. q) No compartir los enlaces a las clases virtuales u otros eventos a personas ajenas a la IE sin autorización del profesor o Dirección. r) Ser responsable con la entrega de tareas y/o trabajos en el tiempo establecido por cada profesor de área. s) Cumplir con el presente reglamento, normas y las disposiciones emanadas por la I.E., asumiendo con responsabilidad sus compromisos y obligaciones en su condición de estudiante.

d) Respetarse a sí misma, manifestar respeto y cortesía a todos los miembros de la Comunidad Educativa.e) Demostrar respeto a los símbolos patrios, religiosos e institucionales. f) Reflexionar sobre sus logros y dificultades como parte de su responsabilidad personal. g) Demostrar respeto, responsabilidad y honestidad en sus actos dentro y fuera de la Institución Educativa. h) Practicar los valores demostrando un comportamiento adecuado, dentro y fuera de la institución a través de buenos modales, vocabulario apropiado, demostrando disciplina dentro y fuera de la I.E.

Capítulo I. DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR Artículo 180°. La convivencia escolar en la institución educativa es el conjunto de relaciones interpersonales que dan forma a la comunidad educativa. Es una construcción colectiva, democrática y cotidiana, cuya responsabilidad es compartida por todos y todas. La convivencia escolar democrática está determinada por el respeto a los derechos humanos, a las diferencias de cada persona, y a una coexistencia pacífica que promueva el desarrollo integral de todos sus miembros de la comunidad educativa. Artículo 181°. La convivencia escolar tiene como propósito mejorar las relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa, implicando a las familias en las actividades encaminadas a facilitar la convivencia, la regulación de conductas, la practica de valores, el soporte emocional y el desarrollo personal de las estudiantes. Artículo 182°. Bajo la premisa que la convivencia democrática armoniosa en la institución educativa que favorece la calidad del aprendizaje y el desarrollo humano integral, el enfoque de derecho y el bien común tienen como misión brindar a las estudiantes la construcción del conocimiento y el desarrollo de capacidades, valores y actitudes que les permitan aprender durante toda su vida.Artículo 183°. Las acciones relacionadas a la convivencia, están enmarcadas en el plan de soporte socio emocional, que busca promover actitudes positivas tales como:a) Todos los miembros de la comunidad educativa asumimos que la convivencia escolar es tarea de todos.

a) Mayor puntaje en la nota de conductab) Felicitaciones oral o escrita del Profesor y/o Director c) Diplomas de honor Artículo 179°. Se consideran acciones distinguidas a: a) Excelente rendimiento académico o conducta en general. b) Excelente colaboración dentro o fuera de la la Institución Educativa. c) Ser representante del aula y cumplir bien su función. d) Respetar los espacios y los horarios establecidos

l. Promover o participar en juegos de azar u otros que van en contra de su salud emocional y física. m. Reincidencia en cualquier falta leve. n. Faltar el respeto, calumniar o difamar al Centro Educativo, al personal y/o a sus compañeras en forma verbal, escrita, a través de páginas sociales de Internet o cualquier otro medio. o. Otras faltas no contempladas, que afecte directa o indirectamente a la IE Artículo 177°. Las faltas muy graves, se considera la reiteración de faltas graves, así como aquellas que su naturaleza lo ameriten: a. Ser reincidentes en el fomento del bullying. b. Asumir actitudes provocativas reñidas con la moral y las buenas costumbres vistiendo el uniforme escolar c. Insultar o menospreciar a un miembro de la Comunidad Educativa (Directivos, docentes, administrativos, personal de servicio, estudiantes, padres de familia) d. Mentir, difamar en forma verbal, por medios audiovisuales o redes sociales. e. Agredir, intimidar, hostigar física, gestual o verbalmente a otras personas, constituyendo bullying f. Introducir al plantel o participar en el consumo de sustancias tóxicas (bebidas alcohólicas, cigarrillos o estupefacientes) g. Salir del colegio en horas de clases sin la autorización debida h. Participar individual o colectivamente en actos delincuenciales i. Fomentar escándalos y conflictos, así como liarse a golpes dentro o fuera del plantel j. Hacer caso omiso a una responsabilidad o sanción. k. Sustraer pertenencias de la IE, del personal o de las compañeras l. Durante la etapa virtual compartir contraseñas o enlaces de clases virtuales a personas ajenas a la institución. m. Ser detectada en otras redes sociales durante las clases virtuales. n. Cualquier otra que el Consejo Directivo considere como falta muy grave. Capítulo IV. DE LOS ESTÍMULOS Artículo 178°. Las estudiantes que realicen acciones distintas dentro o fuera de la institución educativa, tanto en conducta como en estudios, se hacen acreedoras a los siguientes estímulos:

Artículo 186°. Las actividades principales que se buscan desarrollar en la convivencia institucional, serán: a. Elaboración y debate de las normas de convivencia mediante el trabajo en equipo y con alto grado de participación de los actores educativos principalmente de las estudiantes. b. Análisis y reflexión periódica de la aplicación de las normas de convivencia. c. Talleres estudiantiles que fomenten la sana convivencia con carácter formativo, creativo y participativo. d. Celebración del día de la familia, rescatando la importancia de la educación en valores. e. Desarrollo de escuelas para padres, que acrecienten su formación en la conducción asertiva de crianzas.

c) Asegurar el desarrollo de la tutoría individual, grupal y familiar en espacios seguros y según las necesidades de orientación.d) Apoyar en el desarrollo de acciones de prevención y atención oportuna de los casos de violencia escolar, considerando las orientaciones y protocolos de atención y seguimiento propuestos por el portal SiseVe. e) Fomentar alianzas y relaciones de cooperación con instituciones públicas y privadas, con el fin de consolidar una red de apoyo para la promoción de la convivencia escolar y acciones de prevención y atención de la violencia. f) Afiliación de la institución educativa en el portal SiseVe y actualización periódica de los datos del responsable de la institución educativa. g) Brindar contención emocional y soporte emocional a las familias y estudiantes en todo momento. h) Promover durante el año escolar reuniones de trabajo colegiado y Grupos de lnteraprendizaje de TOECE para planificar y evaluar las acciones con los tutores en materia de Tutoría y Orientación Educativa, y Convivencia Escolar. i) Elaborar, actualizar y evaluar las normas de convivencia, asegurando su incorporación en el Reglamento Interno y su difusión a todos los integrantes de la comunidad educativa. j) Garantizar el ejercicio de la disciplina basada en un enfoque de derechos. k) Otras responsabilidades no contempladas en este reglamento.

f) En todo momento y espacio mostramos respeto y tolerancia ante la diversidad y la no discriminación. g) Respetamos la integridad física y moral, los bienes de las personas que forman parte de la comunidad educativa y de aquellas personas e instituciones que se relacionan con la institución educativa en diversas actividades. h) Utilizamos un lenguaje correcto y educado. i) Mostramos interés por desarrollar el propio trabajo y función con responsabilidad. j) Somos solidarios en el trabajo cooperativo que demanda fortalecer la convivencia armoniosa. k) Fortalecemos la buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar. l) Mantenemos una actitud positiva ante un aviso y correcciones. m) La IEP es un espacio democrático donde se garantiza los derechos humanos de toda la comunidad educativa, se promueva la participación real y se respeten las diferencias. Capítulo II. DEL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA Artículo 184°. En el marco del artículo 9° del Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que Promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas y el D.S. N° 014-2019-MINEDU, el Comité de Tutoría y Orientación Educativa es uno de los órganos responsables de la convivencia escolar en la institución educativa.Artículo 185°. El Comité de Tutoría y Orientación Educativa tiene las siguientes responsabilidades:a) Planificar, elaborar, ejecutar, monitorear y evaluar el plan de tutoría, orientación educativa y convivencia escolar en función del diagnóstico de las necesidades, intereses y expectativas de las estudiantes. b) Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa.

b) En todo momento practicamos el valor del respeto y cumplimiento de las normas de convivencia en beneficio común de todos.c) Reconocemos y aceptamos la existencia de algunos conflictos interpersonales y grupales. d) Valoramos el diálogo como un medio saludable para la resolución de conflctos. e) Tomamos conciencia que somos sujetos de derecho y deberes que existen límites dignos de ser respetados.

Artículo 188°. Normas de convivencia de la institución educativa en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19 (Para su Publicación física y virtual). La institución educativa determina las normas de convivencia y medidas correctivas para las estudiantes que infringen las normas del Reglamento Interno de la Institución. Están orientadas a optimizar el nivel académico y conductual del estudiante:

Capítulo V. DE LAS NORMAS DEL AULA Artículo 191°. Las normas del aula se realizan mediante jornadas de tutoría, donde las estudiantes de manera consensuadas y bajo la dirección del tutor manifiestan las necesidades y actividades que conduzcan una convivencia armoniosa y bajo el respeto de sí mismas y de los demás.

Artículo 192°.Asistencia y puntualidad; la estudiante asiste a sus clases programadas todos los días del calendario escolar según el horario.Artículo 193°. Las estudiantes asistirán con puntualidad teniendo en cuenta lo siguiente: a) El horario de inicio de las clases y las salidas. b) La calendarización, previamente socializada por el equipo docente. c) En caso se incumpla con estos acuerdos; la estudiante que acumuló tres (3) tardanzas o falta injustificada deberá reunirse con la dirección acompañada de su apoderado o padres, para justificar los motivos de sus inasistencias. d) La estudiante que acredite más de tres inasistencias presentará la justificación escrita y firmada por el apoderado y/o padre de familia de todas las inasistencias a la dirección de la institución educativa.  De 1 a 2 inasistencias: el padre o apoderado en forma personal debe justificar la inasistencia de su menor hija, en el plazo de 48 horas, contadas a partir del día de la reincorporación de la estudiante a la I.E., debiendo solicitar el documento de justificación de inasistencia en la oficina de recepción de la I. E. llenarlo correctamente y entregarlo en dicha oficina. Pasado este lapso de tiempo la inasistencia queda como injustificada.  De 3 a más inasistencias: el padre o apoderado en forma personal debe justificar la inasistencia de su menor hija, en el plazo de 48 horas contadas a partir del día de la reincorporación de la estudiante a la I.E., debiendo solicitar el documento de justificación de inasistencia en la oficina de recepción de la I. E., adjuntando los documentos correspondientes (recetas y/ o certificado médico, parte de atención psicológica). Pasado este lapso de tiempo la inasistencia queda como injustificada. El cumplimiento de ese trámite es el único medio que permitirá a la estudiante la posibilidad de recuperar las evaluaciones que hubiera perdido por causa de su inasistencia, y que facultará, en caso de ser necesario, la postergación de evaluaciones . - La estudiante que acumule 03 faltas a más, el departamento de Coordinación de TOECE se comunicará vía telefónica al padre, madre o apoderado, para estar al tanto de su situación. - La estudiante que tenga 03 faltas injustificadas , deben asistir a la I.E. acompañada de su padre, madre o apoderado, y solicitar entrevista en Coordinación de TOECE

Capítulo IV. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Tienen por finalidad orientar a la estudiante de manera permanente a fin de fortalecer la toma de conciencia en sus actos y la práctica de sus valores lográndose en la estudiante una formación integral basada en principios y conocimientos. Éstas medidas son:  Orientaciones permanentes y/o consejería por parte del docente, tutor(a), coordinador(a) TOECE y psicóloga.  Charlas informativas sobre temas de acuerdo a medida de las necesidades.  Campañas de sostenimiento conductual y emocional.  Plan de acciones en casos de Conductas de Riesgo. Artículo 189°. La institución educativa determina las medidas preventivas y correctivas para las estudiantes que infringen las normas del Reglamento Interno de la Institución. Están orientadas a optimizar el nivel académico y conductual de la estudiante. Artículo 190°. Las condiciones de las medidas correctivas serán: a) Claras y oportunas b) Reparadoras y formativas. c) Respetuosas de la etapa de desarrollo de las estudiantes. d) Pertinentes al desarrollo pedagógico. e) Respetuosas de la integridad física, psíquica y moral de las estudiantes. f) Proporcionales a la falta cometida. g) Establecidas formalmente por la comunidad educativa y adaptadas a las condiciones y necesidades de las estudiantes. h) Respetuosas de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y los derechos humanos. i) Relacionadas con la promoción de la convivencia democrática j) Consistentes, equitativas e imparciales, que no dependan del estado anímico de quienes apliquen las medidas correctivas.

Artículo 195°.En el recreo y/o refrigerio: a) Disfrutamos del recreo saliendo de las aulas. b) Disfrutamos de los diversos juegos en los espacios destinados para el recreo. c) En caso de lluvias, permanecemos en los lugares protegidos, cuidando la limpieza de las aulas y la salud. d) Mantenemos el orden para no agredir a los compañeros. e) Nos lavamos las manos al salir del baño y antes de ingresar al aula. f) Vamos a los servicios higiénicos en forma ordenada y cuidamos la limpieza. g) Cuidamos las puertas y los utensilios de limpieza. Cuidamos las puertas y los utensilios de limpieza. h) Durante el recreo y desplazamientos, la estudiante no debe permanecer en las aulas, ni pasadizos, ni en ambientes que no le correspondan a su nivel, grado y sección. i) La estudiante debe traer una lonchera nutritiva basada, en alimentos que les permita cumplir adecuadamente con su jornada escolar. j) Al concluir el recreo la estudiante debe dirigirse inmediatamente a su respectiva aula, no debiendo permanecer en los pasadizos, en un ambiente que no le corresponde y tampoco en la puerta del aula. Así mismo, no deberá llevar al aula artículos comestibles para ser consumidos en la hora de clases ni esperar el término del recreo para hacer uso de los SS. HH. Si la estudiante no llega en el horario correspondiente el docente a cargo la registrará en el parte de clases como demérito. Artículo 196°. Presentación y orden:a. Todas las estudiantes formaran diariamente en el patio principal antes de ingresar a las aulas. b. Todos las estudiantes ingresarán y saldrán del plantel en forma ordenada, por los lugares indicados, manteniendo sus respectivas formaciones. c. Mantenemos el orden y silencio durante el desarrollo de las actividades. d. Salimos del aula durante el horario de clases con autorización expresa del profesor. e. Dentro del aula queda prohibido comer alimentos, golosinas y otros, como también en el laboratorio, biblioteca y otros ambientes del colegio. f. Acudimos a los servicios higiénicos en horas de recreo y solo en casos de emergencia durante el horario de clases, con la autorización del profesor.

Artículo 194°.Bajo el principio que todos tienen derecho a la educación y teniendo el deber de cuidar esos derechos, colaborar con el buen clima de trabajo y respeto durante las clases: a) Conservamos el orden y limpieza en el aula, también el aseo personal. b) Practicamos la puntualidad sobre todo en la presentación de las tareas. c) Practicamos la equidad de genero y conservamos el respeto correspondiente. d) Levantamos la mano para pedir la palabra sin ofender la opinión de los demás. e) Participamos en las diversas actividades con entusiasmo y voluntad. f) Mantenemos en todo momento el trato cordial. g) Escuchamos con atención las indicaciones y explicaciones de los docentes. h) Saludamos al docente cuando entra al aula. i) Cuidamos los materiales educativos, las instalaciones y el mobiliario. j) Devolvemos los materiales utilizados en el aula al termino de cada clase. k) La conducta de las estudiantes, durante las clases, debe ser en todo momento respetuoso, tanto en el trato hacía los docentes como hacía sus compañeras. Su comportamiento debe regirse por las normas del orden, disciplina y aseo en todos los ambientes de la Institución, siendo particularmente importante que la estudiante sea responsable de su conducta en los momentos de esparcimiento y recreación. l) Durante el desarrollo de las clases las estudiantes están prohibidas de salir del aula, sólo podrán hacerlo en casos de necesidad, con el correspondiente permiso del docente que estuviera a cargo del aula el cual registrará la salida en el parte de clase. m) En caso de ausencia del docente en forma temporal (reuniones, Reunións, visitas de estudio, etc.), el control del aula es asumido por los profesores que se encuentran en permanencia y por las auxiliares de educación apoyados por estamentos, quienes harán prevalecer el orden y la disciplina.n) La entrega de trabajos, consulta a los docentes, etc. se realizarán en las aulas durante las respectivas horas de clase. No está permitido el ingreso de las estudiantes a la sala de profesores y a otros ambientes no autorizados. o) La estudiante que demuestre un comportamiento inadecuado y/o violento que conlleven a una falta de respeto hacia el profesor u otras estudiantes durante el desarrollo de la clase o en el tiempo de recreo, dicha incidencia se registrará y se le aplicará las acciones formativas y restaurativas. p) Al término de la jornada escolar, la estudiante debe salir del aula en forma ordenada, con presentación personal y comportamiento adecuado hacia la puerta de salida.

Capítulo VII. DE LA INFRAESTRUCTURA, EL MOBILIARIO Y EL MATERIAL EDUCATIVO Artículo 202°. Los estudiantes están en el deber de cuidar los muebles y materiales, bienes educativos propios y ajenos dentro y fuera del plantel, en consecuencia: a) La estudiante que rompiese o destruyese algún material o instrumento educativo del plantel o de su compañero tendrá que devolver uno nuevo. b) La estudiante que rompiese lunas, fluorescentes, sanitarios, muebles y/o otros bienes del plantel deberá acercarse con sus apoderados y/o padres a la institución educativa para devolver o comprar lo deteriorado y reparar íntegramente el daño causado. c) En el caso que no se pudiera ubicar a la estudiante responsable del perjuicio ocasionado a la IEP. los gastos se sufragarán entre las estudiantes que ocupen el ambiente en el momento que se realizó el perjuicio lo cual será en un plazo no mayor de 24 horas. d) Queda prohibido a las estudiantes jugar pelota dentro de las aulas, pabellones, corredores y/u otros ambientes con material educativo. e) Las estudiantes conservan en buen estado los ambientes físicos del plantel, así como la buena imagen que debe existir. f) Queda totalmente prohibido hacer inscripciones en las puertas, carpetas, paredes u otros ambientes de la IEP a quien se le encuentre realizando inscripciones será derivado a las instancias correspondientes para las medidas correctivas. g) Es responsabilidad de las estudiantes mantener en buen estado los ambientes de la institución educativa.Capítulo VIII. RENDIMIENTO ESCOLAR Artículo 203°. Referente al rendimiento escolar los estudiantes deberán estar prestos a: a) Atender y participar en el desarrollo de sus clases y en el proceso de enseñanza aprendizaje b) Traer materiales de estudio y hacer uso de ellos en los casos pertinentes c) Cumplir puntualmente las tareas, asignaciones y trabajos prácticos d) Las estudiantes están en el deber de estudiar en forma permanente.

Artículo 197°.Partimos por promover valores como el la fraternidad, justicia, solidaridad, respeto y la responsabilidad, así como el pensamiento reflexivo y tener en cuenta que toda acción y decisión tiene consecuencias. Artículo 198°. Todo caso se hará de conocimiento de los padres de familia del estudiante implicado, quienes deberán asumir un compromiso con la institución educativa, aceptando mejorar el comportamiento de acuerdo con el plan de convivencia escolar. Artículo 199°. El orden en el que se presentan las siguientes medidas restauradoras no significa ni obliga a la institución educativa a una aplicación sucesiva de dichas acciones. Toda medida será aplicada en función de: a) La falta cometida y la gravedad de la acción. b) Historial conductual del estudiante. c) La edad del estudiante. d) Informes emitidos por las dependencias correspondientes. e) El Reglamento Interno. Artículo 200°. Dependiendo de la falta leve se puede aplicar las siguientes medidas restauradoras: a) Diálogo respetuoso y cordial con la estudiante. b) Dialogo sobre el caso con el tutor / docente / auxiliar.c) Entrevista con los padres de familia (de ser necesario)d) Diálogo asertivo con las estudiantes del aula. e) Acompañamiento tutorial a la estudiante. f) Acompañamiento psicológico a la estudiante. g) Reparación de la falta. h) Activación del protocolo para faltas leves, graves o muy graves. Artículo 201°. Cada falta se registrará en el Libro de incidencias de la institución educativa, así como cada acción que se determine como algún tipo de violencia escolar se registrará en el portal SiseVe.

Artículo 210°. Protocolos de Atención de Casos de Violencia Escolar. Tienen como objetivo principal ofrecer a nuestra institución educativa los procedimientos para una atención oportuna, efectiva y reparadora de las situaciones de violencia y acoso que pudieran presentarse. Los procedimientos de atención son liderados por el Director junto con el coordinador de tutoría y el responsable de convivencia escolar de la Comisión de Convivencia, Tutoría e Inclusión de la institución educativa, siendo también muy importante el apoyo de los tutores, los docentes, los familiares y los estudiantes. (Protocolos para la atención de la violencia escolar-MINEDU). Artículo 211°. Frente a situaciones de violencia que pudieran ocurrir en nuestra institución educativa, el procedimiento será: a) Entrevista con los involucrados. b) Uso del Libro de registro de Incidencias. c) Reporte en el Sistema Especializado de atención de casos frente a la violencia escolar SiseVe, en los casos que corresponda. d) Se llevarán a cabo los siguientes pasos: - Acción, medidas adoptadas por la escuela para atender los casos de violencia escolar y proteger a los estudiantes involucrados. - Derivación, traslado de la víctima y/o el agresor a servicios externos especializados de atención de la violencia, si fuera necesario. - Seguimiento, acompañamiento y supervisión del bienestar de los estudiantes, así como la restauración de la convivencia afectada y la verificación del cese de todo tipo de agresión. - Cierre, es la finalización de la atención del caso cuando se hayan cumplido todos los pasos previos. Debe garantizarse la continuidad educativa del estudiante involucrado en el hecho de violencia, así como su protección y acogida. Artículo 212°. Se registrará en el Libro de Incidencias, además de los tipos de violencia escolar mencionados, aquellos establecidos en la RDR Nº 388-2018: - Violencia de escolar a adulto. - Violencia entre adultos. - Violencia familiar.

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