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de la Unidad de Asuntos Disciplinarios Estudiantiles (UADE)

Generalidades

Para estudiantes de posgrado

Para estudiantes de pregrado

¿Cómo funcionan los procesos disciplinarios?

¿Cuáles son las faltas más frecuentes?

¿Cómo me comunico con la UADE?

¿Cómo me comunico con UADE?


  • Dirigiéndote a nuestra oficina en el Edificio de San Ignacio – Paraninfo, ubicado en la Carrera 44 # 48-72 Oficina 214, Medellín – Antioquia.


  • Llamándonos al Teléfono 219 98 08


Créditos

Autores

Mónica Ledezma Morales

Pedro Amariles Muñoz,

Jorge Humberto Herrera Sierra

Juliana Madrigal Cadavid


Guionización

Ana María Pérez Cortés


Corrección de estilo

Manuela Gómez Villa


Diseño gráfico

Ana María Alzate Zuluaga


Ilustración

Ana María Alzate Zuluaga


Universidad de Antioquia

Vicerrectoría de Docencia

Ude@ Educación Virtual

2021

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Generalidades

El 9 de marzo de 2013, mediante el Acuerdo Superior núm. 404, el Consejo Superior Universitario de la Universidad de Antioquia crea la Unidad de Asuntos Disciplinarios Estudiantiles (UADE), adscrita a la Vicerrectoría de Docencia. Esta Unidad se encarga de adelantar en primera instancia procesos disciplinarios tanto a estudiantes de pregrado como de posgrado, con el fin de determinar si con su actuar han contrariado la vida institucional. De esta manera, la UADE procura prevenir y corregir comportamientos que van en contravía de la normas constitucionales, legales y reglamentarias.

Conformación

Normatividad

Normatividad


Acuerdo Superior núm. 1 del 5 de marzo de 1994. Por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad de Antioquia. Capítulo III Estudiantes.


Acuerdo núm. 1 del 15 de febrero de 1981. Por el cual se expide el Reglamento Estudiantil y de Normas Académicas para estudiantes de pregrado. Título V. Del Régimen Disciplinario artículos 239 al 268.


Acuerdo Superior núm. 122 del 7 de julio de 1997. Reglamento Estudiantil para los Programas de Posgrado, el cual fue sustituido por el Acuerdo superior núm. 432 del 25 de noviembre de 2014. Título cuarto. Régimen Disciplinario artículos 55 al 75.




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Conformación


El 8 de mayo de 2013 se crean las plazas de empleo administrativo para la UADE, y se establecen dos cargos para garantizar su funcionamiento:


Coordinador(a) de proceso administrativo


DIANA CONSTANZA NINCO SÁNCHEZ

Profesional en derecho con título de Especialista en Derecho Administrativo y Maestría en Derecho.


Profesional especializado


SARA MARÍA GARCÍA PEÑA

Profesional en derecho con título de Especialista en Derecho Procesal y Administrativo.

¿Cómo funcionan los procesos disciplinarios?

Queja o informe

Puede ser presentada por cualquier persona que pertenezca a la comunidad universitaria o externa a ella. Una vez remitida, se confirma su recepción a través de correo electrónico y se radica para determinar si se da inicio o no al proceso disciplinario.

Este análisis deriva en dos posibles decisiones: la resolución inhibitoria o la resolución de apertura de investigación disciplinaria.

Investigación disciplinaria

Investigación disciplinaria

La finalidad de esta etapa, que tiene una duración de 15 días hábiles, es establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar del comportamiento informado, así como la presunta responsabilidad disciplinaria de la persona investigada.

Resolución inhibitoria

Resolución inhibitoria

En este caso, no se adelanta la investigación disciplinaria. Si se recibe información adicional, se procedería a un nuevo análisis para determinar si se da inicio al proceso.

Eventos en los que NO se adelanta una investigación:

  • Cuando los hechos descritos sean irrelevantes o de imposible ocurrencia

  • Cuando se presenten de manera inconcreta o difusa

  • Cuando la persona informada no sea estudiante de la Institución

  • Cuando los hechos descritos no tengan relación con la Universidad o hayan ocurrido por fuera de esta

  • Cuando la información o queja sea manifiestamente temeraria









Evaluación

Evaluación

Dentro de los 15 días hábiles siguientes, se procederá a evaluar la actuación con el fin de determinar si se continúa con el proceso disciplinario o se termina y archiva.

Resolución de cargos

Resolución de cargos

Se formularán cargos cuando esté demostrada la falta y exista prueba que comprometa la responsabilidad de el/la estudiante.

Resolución de archivo

Resolución de terminación y archivo

Se ordenará la terminación del procedimiento y su respectivo archivo cuando se demuestre que:

  • El hecho atribuido no existió

  • La conducta no está prevista como falta disciplinaria

  • El/la estudiante no la cometió

  • Existe una causal de exclusión de responsabilidad

  • La actuación no podía proseguirse

Descargos y solicitud probatoria

Descargos y solicitud probatoria

Dentro de los 15 días hábiles siguientes, quienes hagan parte del proceso pueden ejercer el derecho a presentar descargos, y aportar y solicitar pruebas.

Periodo probatorio

Periodo probatorio después de la formulación de cargos

Este periodo probatorio se lleva a cabo en 15 días hábiles.

Alegatos

Alegatos

Quienes hacen parte del proceso tendrán 10 días hábiles para que hagan uso del derecho a presentar alegaciones finales.

Fallo de primera instancia

Absolutorio o sancionatorio

Fallo de primera instancia: absolutorio o sancionatorio

Dentro de los 5 días hábiles siguientes se decidirá si el/la estudiante tuvo responsabilidad o no por los hechos investigados.

Recursos de reposición y apelación

Recursos de reposición y apelación

Si el/la estudiante no está de acuerdo con la decisión puede presentar los recursos de reposición o apelación dentro de los 10 días hábiles siguientes.

Trámite en segunda Instancia

Tramite en segunda instancia

El órgano encargado de revisar las apelaciones es el Consejo Académico.

Se inicia el proceso disciplinario

No se inicia o no se continúa el proceso disciplinario

El Consejo Académico asume el trámite

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Queja o informe

Puede ser presentada por cualquier persona que pertenezca a la comunidad universitaria o externa a ella. Una vez remitida, se confirma su recepción a través de correo electrónico y se radica para determinar si se da inicio o no al proceso disciplinario.

Este análisis deriva en dos posibles decisiones: la resolución inhibitoria o la resolución de apertura de investigación disciplinaria.

Para estudiantes de pregrado

Deberes

Derechos

Faltas

Sanciones

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Reglamento Estudiantil de Pregrado. Acuerdo 001 de 1981. Artículo 206.

Reglamento Estudiantil de Pregrado. Acuerdo 001 de 1981. Artículo 205.

Reglamento Estudiantil de Pregrado. Acuerdo 001 de 1981. Artículo 247.

Reglamento Estudiantil de Pregrado. Acuerdo 001 de 1981. Artículo 254.

Deberes


a. Cumplir las obligaciones que se deriven de la Constitución Política, las leyes, el Estatuto General y demás normas de la Universidad.


b. Cumplir todas las obligaciones inherentes a su calidad de estudiante.


c. Concurrir a las clases y a las demás actividades académicas a que se ha comprometido con la Universidad.


d. Dar tratamiento respetuoso a las autoridades, profesores, condiscípulos y demás componentes de la comunidad universitaria.


e. Respetar el ejercicio del derecho de asociación de sus condiscípulos y demás integrantes de la comunidad universitaria.


f. Abstenerse de ejercer actos de discriminación política, racial, religiosa o de otra índole.


g. Utilizar las instalaciones, documentos, materiales y bienes muebles e inmuebles de la Universidad para los fines a que han sido destinados.


h. No presentarse a la Universidad en estado de embriaguez o bajo el influjo de narcóticos o drogas enervantes.


i. No impedir ni tratar de impedir el normal ejercicio de las actividades de la Universidad.


Derechos


a. Beneficiarse de las prerrogativas que se deriven de la Constitución Política, de las leyes, el Estatuto General y demás normas de la Universidad.


b. El ejercicio responsable de la libertad para estudiar y aprender, acceder a las fuentes de información científica, investigar los fenómenos de la naturaleza y de la sociedad, debatir todas las doctrinas e ideologías y participar en la experimentación de nuevas formas de aprendizaje.


c. Ser atendido en las solicitudes presentadas de acuerdo con el reglamento.


d. Elegir y ser elegido para las posiciones que corresponden a estudiantes en los órganos directivos y asesores de la Universidad, en armonía con las normas vigentes.


e. Dentro de la Constitución, las leyes de la República y las normas de la Universidad, ejercer el derecho de asociación.


f. Acogerse, en el caso de sanciones disciplinarias, al reglamento expedido previamente. La norma permisiva o favorable, así sea posterior, se aplicará de preferencia sobre la restrictiva o desfavorable.


g. Ser oído en descargos e interponer, según proceda, los recursos de reposición y apelación, en el caso de trámites disciplinarios.


h. Acceder, con arreglo a las normas, a los reconocimientos y servicios vigentes para quienes tengan la calidad de estudiantes.


i. Acogerse a los descuentos y beneficios financieros contemplados por la ley y su reglamento.


j. Los demás consagrados por normas vigentes.


Parágrafo. El literal H solo es aplicable para reconocimientos de tipo académico.


Faltas


a. La falsificación de documentos, exámenes, calificaciones; el uso de documentos supuesto o fingidos y la mutación de la verdad por cualquier otro medio para fines académicos.


b. Obstaculizar o impedir la aplicación de los reglamentos vigentes de la Universidad.


c. Atentar contra los integrantes de la comunidad universitaria.


d. Impedir la libertad de cátedra o de aprendizaje mediante la coacción física o moral.


e. Usar indebidamente, con fines diferentes a los que han sido destinados, las instalaciones, documentos, materiales y bienes muebles e inmuebles de la Universidad.


f. El comercio, el suministro y consumo de drogas enervantes, estupefacientes en predios o instalaciones universitarias.


g. Todo daño material causado a la planta física o implementos de la Universidad.


h. Todo acto de sabotaje a los cursos, pruebas evaluativas o a otras actividades propias de la Universidad.


i. Coartar la participación de los integrantes de la comunidad universitaria en los procesos de escogencia de sus representantes a los diferentes organismos de dirección de la Universidad.


j. La tenencia o almacenamiento de explosivos, armas de fuego, armas blancas o de cualquier elemento que fundamentalmente permita presumir su uso contra la vida o integridad física de las personas, o que se pueda emplear para destruir o dañar los bienes de la institución.


Prohíbase cualquier forma de venta informal dentro de las instalaciones de la Universidad. Constituirá falta disciplinaria grave la venta informal o cualquier medio de auxilio a las ventas informales por parte de estudiantes, profesores, personal administrativo, trabajadores oficiales y contratistas de la Universidad, en las instalaciones de la Universidad.


Se entenderá como colaboración o auxilio a las ventas informales:


a. La introducción, custodia, almacenamiento y protección de bienes con destino al comercio por parte de vendedores no autorizados, o destinados al desarrollo de tal actividad.


b. La actitud pasiva, por parte de las personas responsables, que permita la utilización de agua, energía eléctrica y teléfonos de la Universidad de Antioquia en dicha actividad.


c. Cualquier otra labor dirigida a patrocinar, proteger o encubrir las ventas informales.


Sanciones


a. Amonestación privada


b. Amonestación pública


c. Matrícula condicional


d. Inadmisión de matrícula


e. Suspensión temporal o definitiva del derecho a optar al título


f. Cancelación temporal de matrícula


g. Expulsión definitiva de la Universidad


Para estudiantes de posgrado

Deberes

Derechos

Faltas

Sanciones

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Reglamento Estudiantil para los Programas de Posgrado. Acuerdo Superior 432 de 2014. Artículo 54.

Reglamento Estudiantil para los Programas de Posgrado. Acuerdo Superior 432 de 2014. Artículo 50 y 51

Reglamento Estudiantil para los Programas de Posgrado. Acuerdo Superior 432 de 2014. Artículo 58.

Reglamento Estudiantil para los Programas de Posgrado. Acuerdo Superior 432 de 2014. Artículo 60.

Deberes


a. Cumplir las obligaciones que se deriven de la Constitución Política, las leyes, el Estatuto General, y demás normas de la Universidad.


b. Cumplir las obligaciones inherentes a su calidad de estudiante.


c. Cumplir con las demás actividades académicas a que se hubiere comprometido con la Universidad.


d. Dar tratamiento respetuoso a las autoridades, profesores, condiscípulos y demás miembros de la comunidad universitaria.


e. Respetar el ejercicio del derecho de asociación de sus condiscípulos y de los demás integrantes de la comunidad universitaria.


f. Abstenerse de ejercer actos de discriminación política, racial, religiosa, sexual o de otra índole.


g. Utilizar las instalaciones, documentos, materiales y bienes muebles e inmuebles de la Universidad para los fines a los que han sido destinados.


h. No presentarse a la Universidad en estado de embriaguez o bajo el influjo de narcóticos o de drogas enervantes.


i. Acatar las normas correspondientes al respeto por la propiedad intelectual.


j. Los demás consagrados por las normas vigentes.


Derechos


Artículo 50. Los estudiantes de posgrado tendrán derecho a beneficiarse de las prerrogativas que se deriven de la Constitución Política, de las leyes, del Estatuto General y demás normas de la Universidad.


Artículo 51. Los estudiantes de posgrado tendrán derecho a elegir y ser elegidos para las posiciones que correspondan a los estudiantes en las diferentes instancias de la Universidad, en armonía con las normas de la institución.


Faltas


a. Las consideradas como hechos punibles de conformidad con la Constitución y la ley.


b. La falsificación de documentos, exámenes, calificaciones; el uso o intento de uso de documentos supuestos o fingidos y la mutación de la verdad por cualquier otro medio para fines académicos u otros efectos dentro de la Universidad.


c. Obstaculizar o impedir deliberadamente la aplicación de los reglamentos vigentes en la Universidad, o tratar de hacerlo.


d. Atentar física o moralmente contra los integrantes de la comunidad universitaria, o contra las personas que concurren a instalaciones, a actos o a servicios de la Universidad.


e. Entrabar o impedir el ejercicio de la libertad de cátedra y de aprendizaje mediante la coacción física o moral.


f. Usar indebidamente, con fines diferentes de los que han sido destinados, instalaciones, documentos, redes de información, materiales y bienes muebles e inmuebles de la Universidad.


g. El comercio, el suministro y el consumo de drogas enervantes y estupefacientes en predios e instalaciones universitarias.


h. Todo daño material causado a la planta física o a implementos de la Universidad.


i. Todo acto de sabotaje a los cursos, pruebas evaluativas y otras actividades propias de la Universidad.


j. Coartar la participación de los integrantes de la comunidad universitaria en los procesos de escogencia de sus representantes a los diferentes organismos de dirección de la Universidad.


k. La tenencia o almacenamiento de explosivos, armas de fuego, armas blancas o de cualquier elemento que permita presumir su uso contra la vida o la integridad física de las personas, o para destruir o dañar los bienes de la institución.


l. Las faltas contra la ética de la respectiva profesión, cometidas durante el tiempo de duración de los respectivos estudios de formación avanzada o de posgrado.


m. El mal manejo de cuentas del correo electrónico que permitan el acceso a redes de información y a su uso fraudulento.


n. La violación al reglamento y a las normas internas de la institución donde el estudiante realice prácticas profesionales o desarrolle monografías, trabajos de investigación, o tesis.


Sanciones


1. Para faltas que se califiquen como leves:

a. Amonestación verbal sin anotación en la hoja de vida

b. Amonestación escrita con anotación en la hoja de vida

c. Matrícula condicional por uno o más períodos académicos


2. Para faltas que se califiquen como graves:

a. Cancelación de matrícula por el respectivo período académico

b. Inadmisión de matrícula por uno o más períodos académicos

c. Suspensión temporal del derecho a optar al título

d. Expulsión de la Universidad


¿Cuáles son las faltas más frecuentes?

Este listado resume las faltas más frecuentes por las que se realizan procesos disciplinarios en la Universidad de Antioquia. Haz clic en cada una de las faltas señaladas para conocer campañas e instancias de prevención de este tipo de conductas; conocerlas hará más fácil tu vida en la Universidad.

Convivencia

Responsabilidad

Ética

Otros

  • Relacionamiento

  • Agresiones

  • Amenazas

  • Fraude en actividad evaluativa

  • Derechos de autor

  • Falsedad

  • Prácticas académicas

  • Solicitud de dinero y otros

  • Bienes de la Universidad

  • Sustancias psicoactivas

  • Ventas informales

Haz clic en las viñetas para más información.

  • Relacionamiento

#NoGéneroViolencia

Unidad para la Resolución de Conflictos

Seguridad a personas

Seguridad a bienes

Protocolo de ingreso al campus

Uso de redes sociales

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  • Fraude en actividad evaluativa

Estudiar a lo bien

Cursos de Ude@ para el fortalecimiento de procesos evaluativos

Permanencia

Facultad de ingeniería

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Seguramente tu facultad también cuenta con su propio programa de permanencia ¡Busca más información!

Aquí encontrarás algunos de los cursos virtuales que pueden ayudarte a no cometer faltas en procesos evaluativos.

  • MOOC - La Web: de lo conceptual a lo práctico


  • Habilidades para vivir la U


  • Crea y comunica. Presentaciones interactivas


  • Crea y comunica. Mapeando


  • Con TIC aprendo


  • SEM - Saber Pro (Odontología)


  • SEM - Competencia lectora autogestionable (externos)


Para acceder a ellos solo debes esperar a que se abran las inscripciones, e ingresar a esta plataforma con tu usuario y clave del portal de la UdeA:

https://udearroba.udea.edu.co/internos/login/index.php

  • Bienes universitarios

Infraestructura física

Servicios logísticos

Sistema de bibliotecas

Uso de casilleros

Asistencia a la comunidad universitaria

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  • Sustancias psicoactivas

PEPA:

Programa Educativo de Prevención de Adicciones

Ánimo: Servicio de salud mental

Rutas de atención en salud mental

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  • Ventas informales

Acuerdo Superior 01 de 1981

Comercio informal y convivencia en la U

Programa Domo

Tiquete estudiantil

Jóvenes en Acción

SEA: Sistema de Estímulos Académicos

Becas y créditos condonables

Conexión a internet y bono de alimentación

Servicio de alimentación para estudiantes

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