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FeSP-UGT RESPONDE A LOS ASPECTOS MÁS CONTROVERTIDOS DE LA LOMLOE

1. ¿El castellano se elimina en comunidades autónomas con lengua cooficial?

2. ¿Se pretende suprimir la libre elección de centro escolar?

4. ¿El alumnado podrá repetir?

6. ¿Se elimina la oposición para el acceso a la Inspección educativa ?

3. ¿ Desaparecen los centros de educación especial?

5. ¿La Ética se impartirá en la ESO?

NO. El artículo 53 de la LOMLOE señala que la libertad de elección de centro seguirá siendo de padres, madres o tutores legales. No obstante, la Administración sí deberá verificar que los centros educativos sostenidos con fondos públicos no discriminan a ningún estudiante por sus condiciones socioeconómicas o de cualquier otra naturaleza. En este sentido, la Ley señala que corresponde a las Administraciones educativas establecer el procedimiento y las condiciones para la adscripción de centros públicos, respetando, en todo caso, la posibilidad de la libre elección de centro

NO. El objetivo de la LOMLOE es que algunos centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado de educación especial, algo que no supone, en ningún caso, el cierre de los centros de educación especial. De hecho, la Ley determina que las Administraciones educativas continuarán prestando el apoyo necesario a los centros de educación especial para que estos, además de escolarizar al alumnado que requiera de atención especializada, desempeñen la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios.

SÍ. No obstante la LOMLOE concibe la repetición como una medida excepcional y aboga en todo momento por la evaluación continua. En este sentido, también potencia el papel de los equipos docentes ya que el alumno podrá pasar de curso cuando el profesorado considere que las materias no superadas le permiten seguir con éxito el curso siguiente y que dicha promoción beneficia su evolución académica.

NO. La LOMLOE no supone en ningún caso que el castellano desaparezca de las aulas de las comunidades donde haya lenguas cooficiales. De hecho, hasta la aprobación de la LOMCE en 2013 el concepto de "lengua vehicular" no existía en las leyes educativas españolas. El objetivo de la nueva ley es que todo el alumnado tenga un dominio pleno de la lengua castellana, de la lengua cooficial de la comunidad autónoma, así como de uno o dos idiomas extranjeros.

Sí, aunque no como materia independiente. El desarrollo curricular de la ley, que se hará a posteriori, permitirá una educación en valores con una introducción a contenidos de Ética. La Ley trata de avanzar de un modelo estanco por materias hacia un modelo más competencial donde se pueda trabajar por ámbitos.

NO. Los inspectores de educación seguirán ingresando al cuerpo por concurso-oposición. En la fase de concurso se valorará la trayectoria profesional de los candidatos y sus méritos, mientras que la fase de oposición consistirá en la valoración de la capacidad de liderazgo pedagógico y la evaluación de las competencias propias de la función inspectora de los aspirantes, así como de los conocimientos pedagógicos, de administración y de legislación educativa. La normativa que regula el proceso selectivo para el acceso al cuerpo de inspectores señala que será concurso-oposición y establece que la fase de oposición estará compuesta por diferentes pruebas.