Actividades Tiempo Libre
*Colonias Urbanas sin pernocta, con pernocta para nacidos a partir 01/01/2008 con max. 50 personas incluido monitores.
*No acampadas al aire libre
*Ratio 10 participante/monitor
Competiciones, eventos y espectáculos deportivos con asistencia de público
*Los organizadores de eventos deportivos no oficiales deberán contar con un protocolo específico en el ámbito del COVID-19, que será comunicado a sus participantes. El protocolo se dará traslado a la DG de Deporte con la Declaración Responsable.
*No podrán celebrarse eventos deportivos con participación superior a 300 deportistas, salvo que sea de extraordinario interés social y sea autorizada por la DG de Deporte, previo informe de la DG de Salud Pública.
*Cuando la aplicación de las reglas sobre aforos establecidas en esta Orden permita la asistencia como público de más de 300 personas sentadas en lugares cerrados o de 1000 personas sentadas en instalaciones al aire libre se requerirá autorización previa de la DG de Salud Pública, que podrá comprender uno o varios eventos reiterados de las mismas características y riesgos. El responsable de la actividad presentará junto a la solicitud un plan de actuación comprensivo de las medidas de prevención e higiene necesarias.
Práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica
*De forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máx. de 30 personas de forma simultánea en entrenamientos.
*Las federaciones deportivas de Aragón deberán disponer de un protocolo de actuación para entrenamientos y competición, siendo de aplicación el de su federación estatal de referencia si lo hubiese . Dicho protocolo será público.
*Si no existen estos protocolos, la actividad federada se ajustará al protocolo de actuación para la vuelta de competiciones de ámbito estatal y carácter no profesional (temporada 2020/21), del Consejo Superior de Deportes, o, en caso de haber sido aprobado y validado por el Consejo Superior de Deportes, el protocolo de refuerzo de su federación estatal de referencia.
Piscinas
Limpieza y desinfección de las instalaciones, sus especios y equipamientos que esten en contacto con usuarios.
Información a usuarios sobre normas de higiene, distancia interpersonal y uso de mascarillas.
Instalaciones deportivas
*Grupos de hasta 30 personas o aforo máx., garantizando distancia interpersonal de seguridad o, utilización de medidas de protección física, conforme a esta Orden.
*Uso de vestuarios, duchas y baños. Sin superar el 50% del aforo.
*Dar a conocer a los usuarios, en los accesos, el protocolo básico sanitario de protección frente a la pandemia COVID-19.
*Criterios generales de uso:
-No se compartirá ningún material o se garantizará su higiene.
-Limpieza de manos en accesos y salidas
-Monitores deberán mantener la distancia de seguridad o utilizar mascarilla.
-Uso de mascarilla en espacios comunes salvo que garantice la distancia de seguridad interpersonal.


Actividad físico-deportiva no federada al aire libre
Los aforos en Equipamientos e instalaciones para las actividades y competiciones deportivas se fijan en el 75%
*Podrá realizarse de forma individual o colectiva y preferentemente sin contacto físico.
*Grupos máx. 30 personas, respetando las distancia de seguridad y protección fisica e higiene establecidas en la Orden.
*Grupos máx. 30 personas, respetando las distancia de seguridad y protección fisica e higiene establecidas en la Orden.
#DeporteAragón
NUEVA NORMALIDAD