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Descripción y enlaces de datos útiles para las personas migrantes en España

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Transcript

Viajar a España

vIVIR Y TRABAJAR EN ESPAÑA

Visados de tránsito aeroportuario

Visados uniformes Schengen

PROYECTO SENSIBILIZACIÓN HACIA LA DIVERSIDAD

N.I.E.

Trámites después de su entrada en España

Legalizaciones

Trabajar en España

Estudiar en España

Residir en España

La nacionalidad española

www.lacolumbeta.org

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  • Estar en posesión de un pasaporte o documento de viaje válido y en vigor
  • Estar en posesión de un visado válido y en vigor
  • En cualquier caso, en los controles policiales se podrá denegar el acceso (aun contando con pasaporte y/o visado en vigor) en los siguientes casos:
    • Viajes de carácter turístico o privado.
    • Viajes de carácter profesional, político, científico, deportivo o religioso o por otros motivos.
    • Viajes de estudios u otro tipo de formación.
  • Excepcionalmente, presentación de los certificados médicos exigidos por el Ministerio del Interior, de acuerdo con los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo e Inmigración, o en aplicación de la normativa de la Unión Europea. La exigencia de estos certificados será difundida, en la medida de lo posible, con suficiente antelación.
  • No estar sujeto a una prohibición de entrada (inscrito en el S.I.S. [Servicio Información Schengen] o en el Registro Nacional).

Los ciudadanos extranjeros que tengan la intención de realizar en España cualquier actividad lucrativa, laboral o profesional, deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de dieciséis años, salvo que la actividad laboral se realice por cuenta propia, en cuyo caso, se exige ser mayor de dieciocho años
  • Obtención de la correspondiente autorización previa para residir y trabajar en España. Dicha autorización deberá ser solicitada por el empleador que ofrezca el contrato de trabajo.
  • Obtención de visado una vez haya sido emitida la autorización de residencia y trabajo
¿Qué debe hacer un trabajador extranjero cuando llega a España? Tras su llegada a España, los trabajadores extranjeros deberán:
  • Causar alta en el Régimen de Seguridad Social correspondiente
  • Solicitar la tarjeta de identidad de extranjero
Los ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares, siempre que estos últimos viajen o se reúnan con dichos ciudadanos, están sometidos a un régimen jurídico específico en base a los derechos reconocidos por los Tratados.

Cómo estudiar en España Los ciudadanos extranjeros que deseen permanecer en España para cursar o ampliar estudios, realizar actividades de investigación o formación, prácticas no remuneradas, participar en intercambios de alumnos o llevar a cabo servicios de voluntariado, deberán obtener el correspondiente visado, que incluirá la autorización inicial de estancia en España. No obstante, los nacionales de determinados países están exentos de obtener visado siempre y cuando la duración de la estancia en España no supere los tres meses. Trámites en España Cuando la duración de la estancia autorizada supere los seis meses de duración, los ciudadanos extranjeros titulares de un visado para cursar o ampliar estudios, realizar actividades de investigación o formación, prácticas no remuneradas, intercambio de alumnos o servicios de voluntariado, deberán solicitar, en el plazo de un mes desde su entrada en España, la tarjeta de estudiante extranjero ante la Oficina de Extranjeros o Comisaría de Policía correspondiente. Ciudadanos de la Unión Europea Los ciudadanos de la UE y sus familiares, siempre que estos últimos viajen o se reúnan con dichos ciudadanos, están sometidos a un régimen jurídico específico derivado de los derechos reconocidos por los Tratados.

La legalización es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público extranjero, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad firmante del documento ha actuado. A no ser que exista algún instrumento jurídico que exima de esa obligación, todo documento público extranjero debe ser legalizado para tener validez en España y todo documento público español requiere ser legalizado para ser válido en el extranjero. Se recogen a continuación algunas respuestas a las consultas más habituales.

El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es un número personal, único y exclusivo que deben de poseer, a los efectos de identificación, todos los extranjeros:

  • a cuyo favor se inicie un procedimiento para obtener un documento que les habilite para permanecer en territorio español que no sea un visado
  • a los que se les haya incoado un expediente administrativo en virtud de lo dispuesto en la normativa sobre extranjería
  • que por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España
En los dos primeros casos, el NIE se concede en España, de oficio, por la Dirección General de la Policía en España, siempre que el extranjero no se encuentre en España en situación irregular y comunique los motivos por los que solicita la asignación de dicho número. En el tercer caso, todos los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España, podrán solicitar personalmente el NIE a la Dirección General de la Policía o, en el caso de que no se encuentren en el momento de la solicitud en España, a la Embajada o a los Consulados honorarios.

Expedido el visado, existen determinados trámites que deben llevarse a cabo necesariamente en España.

  • Prórrogas de visados de corta duración Se podrá obtener una prórroga de la estancia en España siempre y cuando la duración de su visado sea inferior a 90 días. Corresponde a las Oficinas de Extranjería y Comisarías de Policía tramitar y resolver dichas prórrogas.
  • Tarjetas de identidad de extranjero Cuando la duración de la estancia o residencia autorizada en España tenga una duración superior a seis meses, se deberá solicitar la correspondiente tarjeta de identidad de extranjero ante la Comisaría de Policía u Oficina de Extranjeros competente, en el plazo de un mes desde la entrada en España. Están exceptuados de dicha obligación los titulares de un visado de residencia y trabajo de temporada.

Este visado permite estancias en el área Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración inferior a 3 meses, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo. También permite el tránsito territorial y aeroportuario. Visados uniformes SchengenEl visado Schengen se expide a los nacionales de terceros Estados incluidos en el Anexo I del Reglamento (UE) 2018/1806. La solicitud de visado de...Exteriores http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/InformacionParaExtranjeros/Paginas/VisadosUniformeSchengen.aspx

Estos visados habilitan a su titular para atravesar la zona internacional de tránsito de un aeropuerto español. Los nacionales de los siguientes países necesitan visado para hacer tránsito en la zona internacional de cualquier aeropuerto situado en el territorio de los Estados Schengen para tomar un vuelo de conexión hacia un país fuera del área Schengen:

  • Afganistán, Bangladesh, Eritrea, Etiopía, Ghana, Irán, Irak, Nigeria, Pakistán, República Democrática del Congo, Somalia y Sri Lanka.
Además, los nacionales de los siguientes países necesitan visado para hacer tránsito en la zona internacional de cualquier aeropuerto situado en España para tomar un vuelo de conexión hacia un país fuera del área Schengen:
  • Camerún, Costa de Marfil, Cuba, Djibuti, Gambia, Guinea, Guinea Bissau, India, Liberia, Mali, República del Congo, Sierra Leona, Siria, Togo y Yemen. También necesitan visado los titulares de pasaportes expedidos por la Autoridad Palestina.
Los nacionales de los Estados incluidos en los listados anteriores no necesitan visado de tránsito aeroportuario cuando tengan un visado Schengen, u otro tipo de visado, o una tarjeta de residencia que permita el reingreso, expedidos por algún Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE), o por Andorra, Canadá, Estados Unidos, Japón, o San Marino, o por algunos de los países y territorios de ultramar del Reino de los Países Bajos, o cuando sean titulares de pasaporte diplomático, o familiares de ciudadanos de la Unión o del EEE, o miembros de tripulaciones de vuelo de los Estados parte de la OACI. La solicitud de visado de tránsito aeroportuario debe presentarse mediante un impreso de solicitud debidamente cumplimentado (original y copia) en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

Los ciudadanos extranjeros que deseen residir en España deben haber sido previamente autorizados para ello. Una vez obtenida dicha autorización, se deberá obtener el correspondiente visado que permita la entrada en España. La residencia en España puede ser de carácter temporal o permanente:

  • La residencia temporal es la situación que autoriza a permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a cinco años. Las autorizaciones de duración inferior a cinco años podrán renovarse periódicamente, a petición del interesado, atendiendo a las circunstancias que motivaron su concesión.
  • La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles.
Tendrán derecho a residencia de larga duración los ciudadanos extranjeros que hayan tenido residencia temporal en España durante cinco años de forma continuada y que reúnan las condiciones que se establezcan reglamentariamente. A los efectos de obtener la residencia de larga duración computarán los periodos de residencia previa y continuada en otros Estados miembros, como titular de la tarjeta azul de la UE. Se considerará que la residencia ha sido continuada aunque por períodos de vacaciones u otras razones que se establezcan reglamentariamente el extranjero haya abandonado el territorio nacional temporalmente.

Es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes. La nacionalidad es un elemento fundamental en la vida del individuo, en tanto en cuanto le permite pertenecer a un grupo, identificarse con éste y, a la vez, le otorga la protección del Estado y la posibilidad del ejercicio de sus derechos conforme a las normas jurídicas del mismo.