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Transcript
Admisión nuevo alumnado curso 2020-21
Presentación de solicitud
¿CÓMO LO HACEMOS?
¿CUÁNDO?
CRITERIOS DE ADMISIÓN
CLAVE DE ADMISIÓN
¿CÓMO LA CONSEGUIMOS?
Colegio Cristo Rey (Benifaió)
Para cualquier consulta
secretaria.benifaio@hijasdecristorey.es
630911228
Presentación de solicitud
Pulsa sobre los diferentes iconos para obtener más información
email@email.com
¿CUÁNDO DEBEMOS PRESENTAR LA SOLICITUD?En la web de Conselleria de Educación: http://www.ceice.gva.es/va/
¿CÓMO PODEMOS HACERLO? Las solicitudes se presentarán de forma electrónica.
- .El modelo de solicitud para cada enseñanza, al que se accederá desde la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, una vez obtenida la «clave de admisión», incluirá los siguientes apartados:
- a) Identificación de la persona solicitante.
- b) Identificación del alumno o alumna para el/la que se solicita plaza.
- c) Identificación de los miembros de la unidad familiar.
- d) En los casos en que se produzca la existencia de no convivencia de los progenitores por motivos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de parejas de hecho o situaciones análogas y, si es el caso, la posible limitación de la patria potestad de uno de ellos, se deberán marcar la casilla o las casillas habilitadas al efecto. Cuando se marque la casilla de existencia de no convivencia, en el momento de formalización de la matrícula, se deberá aportar la firma y consignar los datos del padre, madre o tutor o tutora diferente de la persona que formuló la solicitud de plaza.
- e) Autorización a la Administración educativa para la obtención de los datos correspondientes a la renta familiar a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), así como autorización para la consulta en el caso de ser persona destinataria de la renta valenciana de inclusión
- Cada persona solicitante formulará una única solicitud en la que podrá solicitar la admisión hasta en 10 centros educativos escritos por orden de preferencia. Si presentara más de una solicitud o falseara los datos, se escolarizará al alumno en el centro que tenga vacantes al final de todo el proceso.
- En el momento de formular la solicitud, no se requerirá la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias declaradas.
- Los resultados de los procesos de admisión se comunicarán a través de la sede electrónica de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte.
- La formulación de reclamaciones al resultado provisional y definitivo de admisión del alumnado se realizará por medios electrónicos.
- En el proceso de admisión las personas tienen que usar sistemas de verificación de identidad a fin de formular la solicitud de admisión.
¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN DEL CENTRO?
¿CÓMO OBTENEMOS LA CLAVE DE ADMISIÓN? La clave de admisión estará compuesta por un identificador personal y una contraseña. Esta «clave de admisión» será única para cada solicitud de admisión. La «clave de admisión» se podrá obtener mediante alguno de los siguientes sistemas de verificación de identidad:
- Si la persona solicitante dispone de DNI, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- Número de DNI
- Número de soporte (identificado como IDESP en los modelos antiguos)
- Fecha de nacimiento
- Marcar la casilla que indica su no oposición a la comprobación ante el Ministerio del Interior
- Si la persona solicitante dispone de NIE, tarjeta de extranjero o permiso de residencia, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- NIE
- Número de soporte (identificado como IXESP en los modelos antiguos de NIE)
- Fecha de nacimiento
- Marcar la casilla que indica su no oposición a la comprobación ante el Ministerio del Interior
- Si la persona solicitante dispone de certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- NIE
- Número del certificado precedido por la letra C
- Fecha de nacimiento
- Marcar la casilla que indica su no oposición a la comprobación ante el Ministerio del Interior
- Cualquier otro medio electrónico de verificación de identidad previsto en el artículo 5.6 del Decreto ley 2/2020, de 3 de abril:
- Certificado digital emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat (ACCV).
- Sistema de identidad electrónica para las administraciones Cl@ve.
- eDNI, con su respectivo lector.
- Las personas solicitantes que únicamente dispongan de pasaporte como documento de identificación deberán acudir al centro en el que solicite plaza como primera opción, que será habilitado como punto de atención a los usuarios, siempre que las condiciones sanitarias lo permitan.
- Las personas solicitantes que carezcan de posibilidad de acceso a medios electrónicos, deberán acudir al centro en el que solicite plaza como primera opción, que será habilitado como punto de atención a los usuarios, siempre que las condiciones sanitarias lo permitan.