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Documento informativo sobre las medidas tomadas respecto a vivienda a nivel estatal y en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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EMPEZAR

Medidas urgentes para tratar de minimizar el impacto económico y social del COVID-19 y ayudar a personas en riesgo de vulnerabilidad

Vivienda - COVID-19

Normativa

Tabla umbrales económicos

Programa de ayudas autonómicas al alquiler de vivienda habitual

Aplazamiento en el pago de hipotecas

Aplazamiento en el pago de alquileres

Microcréditos para pagar el alquiler

Renovación automática de los contratos de alquiler

Suspensión de desahucios

MEDIDAS

Personas en riesgo de vulnerabilidad

INicio

  • En el mes anterior a la petición, los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar no alcanzaron el triple del IPREM (actualmente 537,84 euros mensuales) incrementado por hijos o dependientes a cargo.
  • La renta de alquiler más los gastos y suministros básicos (electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua corriente, servicios de telecomunicación fija y móvil, y las posibles contribuciones a la comunidad de propietarios) igualan o superan el 35% de los ingresos netos del hogar. 

Y que acrediten que:

  • Las personas que pasen a estar en situación de desempleo
  • Los trabajadores afectados por Erte o reducciones de jornada
  • Los autónomos que hayan visto reducidos sus ingresos

Podrán acogerse a la consideración de “persona en riesgo de vulnerabilidad”:

PERSONA EN RIESGO DE VULNERABILIDAD

INicio

SUSPENSIÓN DE DESAHUCIOS

Se prohíben los desahucios de inquilinos durante 6 meses a partir del 2 de abril.

Descargamodelo solicitud

RENOVACIÓN AUTOMÁTICA DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER

Se establece una prórroga máxima de 6 meses para los contratos de alquiler en vigor que venzan entre el 2 de abril y hasta dos meses después de que finalice el estado de alarma. El arrendador deberá aceptar esta prórroga, con las mismas condiciones vigentes, salvo que se hayan negociado voluntariamente otros términos.

INicio

INicio

consulta la normativa para conocer condiciones y requisitos

MICROCRÉDITOS PARA PAGAR EL ALQUILER

Se establece un sistema de microcréditos a través del ICO, sin comisiones ni intereses para que las personas en situación de vulnerabilidad puedan hacer frente al pago del alquiler de su vivienda habitual.   Estos créditos están avalados al 100% por el Estado, son préstamos a coste cero y no generan ningún tipo de gasto o intereses para el solicitante que podrá devolverlos en un plazo máximo de 6 años, prorrogables por 4 más, en el caso de que las dificultades se mantengan.

Los microcréditos se solicitan a través de las entidades bancarias asociadas, donde se deberá presentar la documentación que acredite la situación de vulnerabilidad. Se pueden solicitar hasta el 30 de septiembre y deberán formalizarse antes del 31 de octubre de 2020. El importe concedido se abonará directamente al arrendador

Descargamodelo solicitud

INicio

... sigue en la siguiente página

Vivienda habitual + pequeño propietario: Si el arrendador no es un gran tenedor de inmuebles, el inquilino en situación de vulnerabilidad podrá solicitar un aplazamiento en el pago de su renta. El arrendador tendrá 7 días para aceptarlo, proponer una alternativa o rechazarlo.  Si el arrendador rechaza el aplazamiento, el inquilino deberá acudir a los préstamos habilitados por el Estado o a las ayudas que proporcionaran las Comunidades Autónomas.

  • Llevar a cabo una reducción del 50% de la deuda del inquilino. 
  • Reestructurar esa deuda para que el inquilino pueda pagarla de manera fraccionada durante, al menos, 3 años. 

APLAZAMIENTO EN EL PAGO DE ALQUILERES

Vivienda habitual + gran tenedor de viviendas (+ 10 vivienda o fondo de inversión):Si el arrendador es un fondo de inversión o un propietario con más de 10 inmuebles, el inquilino podrá solicitar el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta y el arrendador deberá elegir entre dos opciones:

INicio

  • Los autónomos deben estar afiliados y en situación de alta en la Seguridad Social, deben tener su actividad suspendida por el estado de alarma o que se ha producido una reducción del 75% en la facturación del mes anterior al que solicita el aplazamiento.
  • Las Pymes no deberán superar los 4 millones de euros en el total de las partidas del activo, los 8 millones de euros en el importe neto de su cifra anual de negocios y el número medio de trabajadores no puede ser superior a 50. Su actividad debe estar suspendida por el estado de alarma o se debe haber producido una reducción del 75% en su facturación media mensual del trimestre en relación al mismo mes del año anterior.

Vivienda para otros usos + pequeño propietario: Se podrán solicitar aplazamientos temporales y extraordinarios ante los arrendadores hasta el 23 de mayo siempre y cuando el arrendatario sea un autónomo o una PYME y se den las siguientes circunstancias:

Requisitos

APLAZAMIENTO EN EL PAGO DE ALQUILERES

Vivienda para otros usos + grandes propietarios: Se podrán solicitar aplazamientos temporales y extraordinarios ante los arrendadores hasta el 23 de mayo. La renta se aplazará sin penalización ni intereses y se realizará mediante el fraccionamiento de las cuotas en un plazo de dos años.

Documentaciónysolicitud

El aplazamiento en el pago de la hipoteca pasa de uno a tres meses para aquellas personas que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos como consecuencia de la epidemia de coronavirus.  El aplazamiento se podrá solicitar para la vivienda habitual, para un local o una oficina, para una vivienda alquilada sobre la que no se esté cobrando renta o si eres avalista o fiador de una persona con deuda hipotecaria.

APLAZAMIENTO EN EL PAGO DE HIPOTECAS

INicio

... sigue

+ info

Solicitudhasta el30/09

  • La cuantía de la ayuda al alquiler para vivienda habitual será equivalente al 100 % de la renta mensual por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 600 €
  • La ayuda se concederá por un plazo máximo de hasta 6 meses, y comprenderá desde abril a septiembre.
  • El abono de la ayuda se hará mediante pago único, y anticipado, una vez concedida la subvención.
  • Esta ayuda será compatible con cualquier otra ayuda al alquiler que vinieren percibiendo las personas solicitantes, incluidas las previstas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, siempre que la suma de todas no supere el 100% del importe de la renta de alquiler para el periodo subvencionado.

INicio

Medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

PROGRAMA DE AYUDAS AUTONÓMICAS AL ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL PARA MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL COVID-19

DOE

BOE

Solicitud

Solicitudhasta el30/09

  • La solicitud de la ayuda deberá ir acompañada de una copia completa del contrato y los documentos que acrediten el abono de la renta de las últimas mensualidades anteriores a la solicitud.
  • Podrán solicitarla personas en situación de vulnerabilidad económica o social sobrevenida a consecuencia de las emergencia sanitaria del COVID-19

INicio

Medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

PROGRAMA DE AYUDAS AUTONÓMICAS AL ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL PARA MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL COVID-19

TELEMATICO

REGISTRO

Tabla resumen de los umbrales económicos de las familias

Si la persona que firmó la hipoteca padece:- Parálisis cerebral- Discapacidad intelectual (igual o superior al 33%)- Discapacidad física o sensorial (igual o superior al 65%)- Enfermedad grave que incapacite a la persona o a su cuidador para realizar una actividad laboral

2.689,20€

5 veces el IPREM

2.151,36€ (además de los posibles incrementos por hijo/a a cargo)

4 veces el IPREM

Unidad familiar en la que alguno de sus miembros: - Tiene una discapacidad superior al 33% - Situación de dependencia - Incapacidad permanente para la actividad laboral

+info

+ 161,35 por cada persona mayor Si tienes una persona mayor en la familia: 1.613,52€ + 161,35€ Total: 1774,87 euros

0,1 veces el IPREM

+ Personas mayores en la unidad familiar (más de 65 años)

+ Hijos/as cargo

Unidad familiar (general)

+info

+ 242,03 por cada hijo/a Si tienes un hijo: 1.613,52€ + 242,03€ Total: 1855,55 euros

+ 161,35 por cada hijo/a Si tienes un hijo: 1.613,52€ + 161,35€ Total: 1774,87 euros

El IPREM mensual es de 537,84€ Por unidad familiar: 537,84€ x 3 Total: 1.613,52 euros

+ 0,15 veces el IPREM para familias monomarentales y monoparentales

0,1 veces el IPREM

3 veces el IPREM

Límite de ingresos

Explicación

Unidad familiar

INicio

RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual

Resolución de14 de mayo

Orden TMA/378/2020

Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID19

Nuevo «programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual»

Programa de ayudas

Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19  (BOE 1 abril)

Real Decreto-ley 11/2020

Orden de 30 de abril

Orden TMA/336/2020

Orden de 30 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Normativa

INicio

emancipacion.caceres@juntaex.es

emancipacion.badajoz@juntaex.es

Y si eres joven,recuerda que en las Oficinas de Emancipación te ayudan con tus dudas y consultas sobre empleo, vivienda y formación

Documento informativo elaborado por elInstituto de la Juventud de Extremadura.Mayo 2020