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EMPEZAR

COVID 19

Ayudas

EOEP Cartagena 2

AYUNTAMIE NTO DE CARTAGENA

GOBIERNO DEESPAÑA

COMUNIDAD AUTÓNOMA

OTROS

AYUNTAMIENTO DE LA UNIÓN

Charlas despempleados

Agencia Local de Empleo

Empresas

968128979

  • Orientación
  • Oferta de empleo
  • webinars
  • Seminarios......

INFO

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AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA UNIÓN

SERVICIOS SOCIALES

TELEACOMPAÑAMIENTO DE MAYORES

APOYO PSICOLÓGICO

LIBROS DE TEXTO

La Concejalía de Servicios Sociales y Protección Civil de La Unión, atendidas las circunstancias excepcionales del Estado de Alarma, se ponen a disposición de todas aquellas personas que tengan alguna situación especial, como los vecinos mayores que vivan solos y que no puedan salir de casa y los que tengan problemas de movilidad o que tengan necesidades médicas especiales para atenderlos en los siguientes casos:

  • Si necesitan medicamentos o productos de farmacia.
  • Si necesitan alimentos de primera necesidad.
  • Si necesitan ayuda para realizar tareas que sean de primera necesidad y no puedan realizar por sí mismos.
TELÉFONO DE CONTACTO DE SERVICIOS SOCIALES 968 54 01 20

El Ayuntamiento de La Unión en colaboración con la UCAM de Cartagena, ha puesto en marcha un servicio de Teleacompañamiento para mayores que viven solos. Durante el tiempo de confimaniento en el que estamos inmersos debido al estado de alarma decretado para hacer frente a la pandemia mundial causada por el Coronavirus, son muchas las personas mayores que lo están pasando solas y sin posibilidades de salir. Para hacer más llevadera esta situación, el Ayuntamiento de La Unión, en colaboración con alumnos de la UCAM de Cartagena, están realizando un servicio de teleacompañamiento por el que todas aquellas personas mayores que vivan solas y así lo deseen 656 27 97 73 para poder hablar y estar acompañados a través de la conversación.

APOYO PSICOLÓGICO

CENTRO ATENCIÓN VÍCTIMAS VIOLENCIA DE GÉNERO

REPARTO DE TAREAS A DOMICILIO

TELEFÓNO SOCIAL ÚNICO

ENTRETENIMIENTO

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL Y EMPLEO

AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA

La Concejalía de Educación reparte tareas escolares a escolares en situación de vulnerabilidad para que puedan continuar sus aprendizajes escolares. Se pueden beneficiar de esta medidas los hijos de familias en situación de exclusión social desde 2º Ciclo de Educación Infantil hasta Educación Secundaria Obligatoria, incluyendo Educación Especial. 968128829-968128830

968021123 Teléfono habilitado por el Ayuntamiento para dar atención a las familias cartageneras en materia de necesidades básicas de alimentación e higiene y para el traslado domiciliario de su medicación a personas mayores o con movilidad reducida.

DECLARACIÓN DE DISCAPACIDAD

BECAS DE COMEDOR

MATERIAL ESCOLAR

RECURSOS EDUCATIVOS: APRENDO EN CASA

TELÉFONOS DE INTERES

SOLICITUD O RENOVACIÓN DE TÍTULOS DE FAMILIA NUMEROSA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

APOYO PSICOPEDAGÓGICO

Como consecuencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se han suspendido los términos y se han interrumpido los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.Para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento de solicitud o renovación de títulos de familia numerosa, y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo mediando la voluntad de los interesados, se impulse la tramitación de aquellos procedimientos que de otro modo pudieran afectar a los derechos públicos. https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2020/numero/2067/pdf?id=784543

Resolución de la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social por la que se prorrogan durante doce meses la declaración de discapacidad y la tarjeta acreditativa de tal condición cuya vigencia temporal venza antes del 31 de DICIEMBRE DEL 2020.Fuente: BORM nº 97 de 28/04/2020Vigencia del grado de discapacidad de carácter temporal reconocido por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y vigencia de las Tarjetas de Discapacidad:

  • Con fecha de finalización entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020
  • Se prorroga por un periodo de 12 meses, la vigencia del grado de discapacidad de carácter temporal reconocido en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con fecha de finalización entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y cuya revisión no haya sido resuelta antes de la publicación de la presente resolución. Dicho periodo de doce meses se empezará a contar desde el día siguiente al vencimiento de la vigencia de la declaración de discapacidad de carácter temporal.
  • Con fecha de solicitud de renovación presentada anterior al 1 de enero de 2020:
  • Se prorroga por un periodo de 12 meses, la vigencia del grado de discapacidad de carácter temporal reconocido en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cuya solicitud de revisión por finalización de plazo hubiera sido presentada con fecha anterior a 1 de enero de 2020, sin que haya sido resuelta a fecha de publicación de esta resolución.Nota: Los equipos de valoración podrán revisar de oficio las declaraciones de discapacidad cuyo plazo de vencimiento haya sido prorrogado de forma automática, y en virtud del tipo de patología, de las características de la discapacidad, del motivo de provisionalidad, y de la información obtenida de los informes aportados si los hubiere, resolver para un nuevo plazo si procede.

Los padres reciben la subvención o los alimentos desde el lunes 16 de marzo, que cerraron todos los centros educativos de la Región La Comunidad Autónoma de Murcia garantiza las becas de comedor escolar a todos los niños en riesgo de exclusión que las tienen asignadas, pero que no pueden disfrutar de ellas en los centros educativos debido a que el Gobierno regional decretó su cierre como medida preventiva de contención del coronavirus. Desde el lunes 16 de marzo, los padres de esos menores de Educación Infantil, Primaria, y Secundaria que recibían ayudas económicas las seguirán recibiendo y los que no, recibirán los alimentos a través de los Servicios Sociales de Atención Primaria, en coordinación con la Consejería de Educación y de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social. Esta situación se mantendrá durante todo el período que permanezcan cerrados los colegios e institutos debido a la declaración del estado de alarma decretado por el Gobierno central para hacer frente a la pandemia del coronavirus.

INMIGRANTES

ESCUDO SOCIAL

RECURSOS OFICIALES DIGITALES COVID 19

MEDIDASA URGENTES EN MATERIA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA LA LAS VÍCTIMAS DE VIOLENICA DE GÉNERO.

GOBIERNO DE ESPAÑA

Con entrada en vigor el 2 de abril de 2020, el BOE del día 1 publica el Real Decreto-ley 12/2020, de 31 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género. A través de esta norma se adoptan medidas para garantizar el funcionamiento de los servicios de asistencia y protección integral a las víctimas de violencia de género, durante el estado de alarma por el COVID-19. Se declaran servicios esenciales, los servicios a los que se refieren los artículos 2 a 5 de este RD-ley, con los efectos previstos en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, sus normas de desarrollo; el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, y el resto del ordenamiento jurídico. Servicios esenciales en la lucha contra la violencia de género 1º Servicios de información y asesoramiento jurídico 24 horas, telefónica y en línea, así como de los servicios de teleasistencia y asistencia social integral a las víctimas de violencia de género. 2º Servicios de acogida a víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres. 3º Sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación en materia de violencia de género. Las personas trabajadoras que por razón de su actividad profesional tengan contacto directo con las víctimas y, en todo caso, quienes prestan sus servicios en centros de teleasistencia, emergencia o acogida, deberán seguir las medidas de protección recomendadas por el Ministerio de Sanidad, según el nivel de riesgo al que están expuestos. Medidas urgentes para favorecer la ejecución de los fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género por las comunidades autónomas. Se prevén en los artículos 7 y 8 de este Real Decreto-ley 12/2020, de 31 de marzo.

APOYO PSICOLÓGICO COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS

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