derechos y deberes
carmen.milena01
Created on March 9, 2019
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Transcript
Si tienes un examen ese día...
DERECHOS Y DEBERES DEL 8M
Todas las personas que cursen 3º de la ESO...
Mis padres no quieren que haga huelga...
Las personas en cursos inferiores a 3º de la ESO...
¿Contrato laboral?
¿Voy a cobrar?
¿Aviso?
Estudiantes
Derechos
Deberes
Todas las personas que cursen 3º de la ESO o superior, tienen derecho a reunión. En tanto que la huelga del 8 de marzo está recogida como huelga estudiantil, las personas que cumplan este requisito pueden faltar a clase. La manifestación y la huelga del 8M lo justifican.
No tendrán la consideración de falta de conducta, ni podrán ser sancionadas, aquellas personas que hayan decidido no asistir a clase para ir a secundar la huelga del 8M. En consecuencia, la prueba o control que no se haga ese día debería poder hacerse en otro fecha. Existe la obligación legal de que el profesorado permita realizar el examen otro día porque la alumna o el alumno ha decidido ampararse en el artículo 28 de la CE.
A partir de 3º de la ESO, no es necesaria autorización materna o paterna. Lo único obligatorio es el hecho de avisar al centro educativo de tu ausencia ese día.
Las personas en cursos inferiores a 3º de la ESO que no asistan a clase tendrán que:
- Adjuntar un justificante con el correspondiente consentimiento materno o paterno.
- En caso de no asistir a un control, el profesor no tiene la obligación legal de hacerle el examen en otra fecha distinta a la oficial. La Ley en España no contempla esta posibilidad.
Todas las personas con cualquier tipo de contrato laboral tienen derecho a huelga. Pues el derecho a huelga está recogido en la Constitución Española como tal. De igual forma, la propia trabajadora es la que tiene el derecho a decidir si hace un paro total, de 24 horas, o parcial.
No. Se descontará de la nómina la parte proporcional y correspondiente de las horas no trabajadas ese día.
La Ley no dice nada respecto a la obligación de la trabajadora de avisar a la empresa sobre si secundará o no la huelga. En la misma línea, la empresa tampoco puede obligar a la trabajadora a avisar con días de antelación sobre su decisión.