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"Reutiliza contenido digital sin caer en el plagio"

¿Sabías qué?

Existen diferentes tipos de plagio...

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Plagio: es copiar ya sea de forma parcial o total obras ajenas, dándolas como propias. Real Académia Española(2018)

Plagio literal: ocurre cuando se copia palabra por palabra de otra fuente y se usa tal cual en su trabajo. (Universidad de Murcia, s.f.)

Plagio mosaico: ocurre cuando se copia pedazos y trozos de una fuente (o varias fuentes, cambiando sólo unas palabras sin parafrasear adecuadamente o citar directamente). (Universidad de Murcia, s.f.)

Plagio parafraseado: ocurre cuando al condensar las ideas de la fuente con sus propias palabras y solamente se cambian unas cuantas palabras dejando el resto de la obra intacta. (Universidad de Murcia, s.f.)

LICENCIAS RESPETUOSAS CON DERECHOS DE AUTOR

¿Sabías qué?

Las creaciones originales literarias, artísticas o científicas, sin importar su soporte o medio que las contenga, son objetos de propiedad intelectual. (Aprende INTEF, s.f.)

La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial y los derechos de autor. (Aprende INTEF, s.f.)

Existen tres tipos de "derechos de autor": (Aprende INTEF, s.f.)

  • Morales

Llamados también personales, hacen referencia al reconocimiento de la autoría, la divulgación, y la integridad de la obra.(INTEF, s.f.)

Los derechos de autor de las obras protegidas pasan a ser de dominio público cuando expira dicha protección. (Aprende INTEF, s.f.)

Además de las obras sujetas a derecho de autor y las de dominio público, existen las obras sujetas a licencias Copylef. La licencia más conocida es “Creative Commons”. (Aprende INTEF, s.f.)

  • Patrimoniales

También denominados económicos, hacen referencia a los derechos de explotación de la obra. (INTEF, s.f.)

  • Afines

También conocidos como conexos, protegen la contribución de los intermediarios (artistas, intérpretes, productoras audiovisuales u organismos de radiodifusión, etc.), que ponen las obras a disposición del público. (INTEF, s.f.)

El dominio público implica que una obra ha perdido los derechos de explotación, es decir, los derechos patrimoniales. (INTEF, s.f.)

La vigencia de los derechos de explotación varía según el tipo de obra y según el país, y se cuenta a partir de la muerte del autor. (Aprende INTEF, s.f.)

La ley de Propiedad Intelectual reconoce el uso de las obras con derechos de autor para determinados usos en docencia e investigación. (Aprende INTEF, s.f.)

Retos

  1. Saber referenciar y citar correctamente trabajos ajenos utilizados para la creación de contenidos.
  2. Aprender a distinguir los diferentes tipos de derechos de autor.
  3. Conocer la vigencia de los derechos de explotación según el tipo de obra y del país.
  4. Familiarizarse con los diferentes tipos de plagio.

Referencias

Universidad de Murcia. (s.f.) GUÍA DE PLAGIO o COPIA del TFG. [archivo PDF]. Recuperado de:https://www.um.es/documents/299436/1854327/GUI%CC%81A+PLAGIO+o+COPIA+del+TFG.pdf/a6e2ab07-d013-472a-84c5-1b8dac572832Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y Formación del Profesorado (INTEF). (2017). Edu Pills (1.9.3) [Aplicación Móvil]. Descargado de: https://play.google.com/store/apps/details?id=es.educalab.edupills