Want to make creations as awesome as this one?

Transcript

REUNIÓN NUEVOSCENTROS BILINGÜES

- curso - 18-19

HORARIO:

¿QUIÉNES ESTAMOS AQUÍ?

  • CEIP ADELA DÍAZ
  • CEIP ANTONIO RELAÑO
  • CEIP JOSÉ SALAZAR
  • CEIP LA MOLINA
  • CEIP LUIS SIRET
  • CEIP LOS MILLARES
  • CEIP VIRGEN DEL RÍO
  • IES CARMEN DE BURGOS
  • IES MAR MEDITERRÁNEO
¡¡¡ ENHORABUENA!!!

¿Cuántos somos?

  • 112 centros de titularidad pública
  • 26 centros de titularidad privada
  • Programa de enseñanza de la lengua china: CEIP Madre de la Luz: chino curricular. Aula Confucio IES Alborán: chino curricular IES Nicolás Salmerón y Alonso: chino extraescolar
  • Bachibac
  • Alemán como segunda lengua extranjera en centros de primaria adscritos al IES El Argar
  • Árabe como segunda lengua extranjera en los IES La Mojonera y Francisco Montoya

ENSEÑANZA BILINGÜE Y PLURILINGÜE

  • 2005 - 2008: Plan de Fomento del Plurilingüismo
  • 2008-2011: Incorporación de nuevas enseñanzas.
  • 2011: Nueva Orden: Enseñanza bilingüe inclusiva. Atención a la diversidad.

Orden de 28 de junio de 2011 por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Orden de 29 de junio de 2011 por la que se establece el procedimiento para la autorización de la enseñanza bilingüe en centros de titularidad privada

2017: Plan Estratégico para el Desarrollo de las Lenguas en Andalucía (PEDLA) horizonte 2020

CENTROS BILINGÜES. Marco normativo

Orden de 28 de junio de 2011 por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Instrucciones de 7 de junio de 2018 sobre la organización y funcionamiento de la enseñanza bilingüe para el curso 2018-2019

Comparativa entre la Orden de 28 de junio de 2011 y la 1 de agosto de 2016

Orden de 18 de febrero de 2013 por la que se modifica la de 28 de junio de 2011

Orden de 1 de agosto de 2016 por la que se modifica la de 28 de junio de 2011

Instrucciones de ___ de junio de 2018 sobre auxiliares de conversación para el curso 2018-2019

ENSEÑANZA BILINGÜE Y PLURILINGÜE. Marco normativo

Instrucciones de 26 de mayo de 2017 de la Dirección General de Innovación para la participación de los centros bilingües sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma Andaluza en prácticas curriculares del alumnado del ámbito lingüístico, filológico y traductológico

Guía centros bilingües 2ª edición

Documento de consulta

El Plurilingüismo en siglas

AICLE

PEDLA

CIL

AL

MCERL

ANL

CLIL

PEL / E-PEL

ABP

EMILE

ERASMUS +

Implantación de la enseñanza bilingüe en el centro. Aspectos mas relevantes de la Orden

Artículo 3. Centros bilingües. 1.Tendrán la consideración de centros bilingües los centros docentes de educación infantil de segundo ciclo, educación primaria y educación secundaria que impartan determinadas áreas, materias o módulos profesionales no lingüísticos del currículo de una o varias etapas educativas en, al menos, el cincuenta por ciento en una lengua extranjera, en adelante L2.

2.Los centros bilingües promoverán la adquisición y el desarrollo de las competencias lingüísticas del alumnado en relación con las destrezas de escuchar, hablar, conversar, leer y escribir, mediante el aprendizaje integrado de contenidos y lengua extranjera.

Artículo 5 2.La autorización como centro bilingüe se realizará por etapas educativas afectará a todos los puestos escolares que el centro docente tenga autorizados en dichas etapas.

Disposición transitoria Se faculta a la Dirección General competente en materia de centros bilingües a autorizar a determinados institutos de educación secundaria de cuatro o más unidades autorizadas por curso de educación secundaria obligatoria a que, por razones fundamentadas en relación con los recursos del profesorado, puedan no impartir enseñanza bilingüe en la totalidad de los puestos escolares autorizados durante el proceso de implantación

Implementación de la enseñanza bilingüe en el centro

Artículo 8: Evaluación:En la evaluación del alumnado se tendrá en cuenta lo siguiente

c) En la evaluación del alumnado se promoverá que el usuario de la lengua que corresponda demuestre lo que ha aprendido a hacer, a través de un registro de consecución de objetivos referido a cada una de las cinco destrezas comunicativas

a) En la evaluación de las áreas lingüísticas se atenderá al grado de consecución de los objetivos de aprendizaje establecidos para cada una de las cinco destrezas

b) En la evaluación de las áreas, materias o módulos profesionales no lingüísticos primarán los currículos propios del área, materia o módulo profesional sobre las producciones lingüísticas en la L2. Las competencias lingüísticas alcanzadas por el alumnado en la L2 serán tenidas en cuenta, en su caso, para mejorar los resultados obtenidos por el alumnado, de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en el proyecto educativo

Aspectos más relevantes de la Orden

Implementación de la enseñanza bilingüe en el centro

Artículo 9: Métodos pedagógicos:

4.Para la consecución de estos objetivos se promoverá el uso del Portfolio Europeo de las Lenguas

1. Los centros bilingües se dotarán de un modelo metodológico, curricular y organizativo que contenga los principios del aprendizaje integrado de contenidos y lengua extranjera

3.Los centros bilingües elaborarán un currículo integrado de las lenguas, así como materiales para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras en el marco de su proyecto educativo

Aspectos más relevantes de la Orden

Implementación de la enseñanza bilingüe en el centro

Profesorado que forma parte del proyecto bilingüe:

Profesorado del área de Lenguas (lengua castellana, inglés, francés…) Profesorado que imparte las áreas no lingüísticas en L2

Funciones específicas del profesorado de lenguas: a) Promover el desarrollo de las destrezas básicas que contribuyen a la adquisición de la competencia lingüística. b) Elaborar de manera coordinada el currículo integrado de las lenguas. c) Participar en la elaboración o adaptación de materiales AICLE. d) Promover el uso del PEL de conformidad con lo establecido en el artículo 9.3.

Aspectos más relevantes de la Orden

Funciones específicas del profesorado de ANL a) Adaptar el currículo del área incorporando aspectos relativos a la cultura del idioma de que se trate de acuerdo con lo que se recoja en las correspondientes programaciones.b) Participar en la elaboración del currículo integrado de las lenguas. c) Elaborar o adaptar materiales didácticos para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras, en coordinación con el resto del profesorado, especialmente el de la L2

Implementación de la enseñanza bilingüe en el centro

  • Artículo 12: Organización y horario en el segundo ciclo de la Ed. Infantil

Aspectos más relevantes de las Instrucciones

En cada curso del ciclo se imparta la L2, al menos, una hora y treinta minutos. (Cambios en la plantilla de maestros/as L2 si necesario) El horario de impartición de la L2 se dedicará a la introducción de la lengua extranjera. Se podrá organizar la actividad del aula contando con la presencia simultánea en el grupo del profesorado especialista de la L2 y del tutor o tutor

Artículo 13. Organización y horario en la educación primaria. Los centros bilingües establecerán el horario lectivo semanal del alumnado de educación primaria de forma que en cada curso de la etapa se imparta como área no lingüística en la L2 el área de Conocimiento del medio natural, social y cultural. (Ciencias Naturales y Ciencias Sociales, al menos 50%) Además, si disponen de los recursos humanos correspondientes, los centros bilingües podrán impartir en la L2 como áreas no lingüísticas la Educación artística, la Educación física y la Educación para la ciudadanía y los derechos humanos

Artículo 14. Organización y horario en la educación secundaria obligatoria. En cada curso se impartan al menos dos materias no lingüísticas en la L2. El horario de dichas materias, junto con el de la L2, deberá suponer, al menos, el treinta por ciento de dicho horario lectivo semanal.

Artículo 18: Implantación progresiva: La enseñanza bilingüe se implantará progresivamente comenzando por el primer curso de la etapa educativa que el centro está autorizado a impartir, salvo en el segundo ciclo de la educación infantil, que se implantará simultáneamente en toda la etapa

Implementación de la enseñanza bilingüe en el centro

Aspectos más relevantes de las Instrucciones

Educación primaria: 2.1. Es obligatorio impartir como ANL en la L2 las áreas de Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales.2.2. Se pueden impartir también las áreas de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, Cultura y Práctica Digital, Educación Física y Educación Artística, si el centro cuenta con recursos para ello, previa solicitud a la delegación territorial de educación correspondiente a efectos de autorización del profesorado.

Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR). El alumnado de 2º y 3º de ESO que curse los Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR) participará en el programa bilingüe siempre que las posibilidades organizativas y losrecursos del centro lo permitan. En ese caso, cursará dentro de esta modalidad al menos uno de los ámbitos (ámbito de carácter lingüístico y social o ámbito de carácter científico-matemático), o bien dos ANL, pudiendo incluirse las materias optativas que sean impartidas por el profesorado de las especialidades de los puestos docentes de carácter bilingüe incluidas en el Anexo IV de la Orden de 28 de junio de 2011 siempre que el alumnado pueda elegir entre ellas de manera que todo el alumnado de un mismo curso tenga el mismonúmero de horas de enseñanza bilingüe.

Educación Secundaria:.

Implementación de la enseñanza bilingüe en el centro

Aspectos más relevantes de las Instrucciones

r

.

Educación secundaria obligatoria: 3.1. Las materias que se podrán impartir en la etapa educativa de educación secundaria obligatoria (ESO) serán preferentemente las que se indican en este enlace

Podrán también ofertarse las materias optativas que sean impartidas por el profesorado de las especialidades de los puestos docentes de carácter bilingüe incluidas en el Anexo IV de la Orden de 28 de junio de 2011, siempre que el alumnado pueda elegir entre ellas, de manera que todo el alumnado de un mismo curso tenga el mismo número de horas de enseñanza bilingüe.

En todos los casos, se impartirá entre el cincuenta y el cien por cien del área no lingüística haciendo uso de la L2 (inglés, francés o alemán) como lengua vehicular, siendo deseable que se imparta el más alto porcentaje posible. Ello deberá ser recogido en el Proyecto Educativo y tenido en cuenta a la hora de diseñar las pruebas de evaluación, que deberán adecuarse a la lengua en la que se imparten esos contenidos.

Implementación de la enseñanza bilingüe en el centro

Aspectos más relevantes de las Instrucciones

.

Atención al Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo La enseñanza bilingüe es un programa dirigido a todo el alumnado, y por tanto debe contemplar la atención a aquellos alumnos y alumnas que presentan necesidades específicas de apoyo educativo, haciendo uso para ello, al igual que en la enseñanza ordinaria, de adaptaciones significativas o no significativas y proponiendo alternativas metodológicas y de evaluación acordes con las necesidades de dicho alumnado.

Evaluación: Los contenidos impartidos en L2 serán evaluados en esa lengua, y se hará según los criterios de evaluación del alumnado definidos en el proyecto educativo, donde se indicará el valor o porcentaje asignadoa la L2 en cada materia. El profesorado de ANL y MPNL tendrá en cuenta el porcentaje de uso de la L2 como lengua vehicular recogido en el proyecto educativo para diseñar las pruebas de evaluación.

Implementación de la enseñanza bilingüe en el centro

Aspectos más relevantes de las Instrucciones

r

.

Profesorado participante:

El profesorado que ocupa un puesto de carácter bilingüe en la plantilla orgánica de los centros bilingües, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la citada Orden de 28 de junio de 2011, ya sea por el procedimiento de recolocación o por concurso general de traslados, así como el profesorado que ocupe provisionalmente, a través de los sistemas ordinarios de provisión, puestos específicos bilingües, impartirá necesariamente docencia bilingüe, y deberá dedicar a la misma al menos un sesenta por ciento de su horario lectivo, siempre que el número de horas que se imparta en su área, materia o módulos profesionales lo permita.

El profesorado con destino definitivo en el centro que esté en posesión de un título de acreditación de al menos el nivel B2 del MCERL e imparta áreas, materias o módulos profesionales no lingüísticos en lengua extranjera, habiendo sido expresamente autorizado por la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado para impartir enseñanza bilingüe, asumirá las horas que queden disponibles, después de que el profesorado contemplado en el apartado a) haya completado su horario. Su autorización continuará vigente mientras no se produzca renuncia expresa como participante en el proyecto bilingüe, que deberá comunicarse con anterioridad al 15 de junio de 2018. A aquel profesorado autorizado que, sin haber cursado su renuncia, no imparta docencia bilingüe, le será retirado el perfil bilingüe.

En ningún caso un o una docente no autorizado expresamente por la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, y por tanto sin ocupar puesto docente de carácter bilingüe, podrá impartir enseñanza bilingüe.

Para la enseñanza bilingüe en el segundo ciclo de la etapa de educación infantil, se atribuirá la carga horaria correspondiente al maestro o maestra especialista de lengua extranjera, que estará acompañado en el aula por el profesorado de infantil, siempre que la organización del centro lo permita.

El profesorado que imparte en la etapa de educación primaria las áreas de Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales (o cualquiera de las otras ANL), lo hará en L2 (inglés, francés, o alemán) y en español, lo que conlleva que un mismo maestro o maestra imparte toda el área.

Calendario de actuaciones

r

en adelante L2.

.

  • Ampliación de líneas: Solicitud a la DT antes del 5 de diciembre de 2018
  • Solicitud de autorización de profesorado para impartir enseñanza bilingüe y renuncias: antes del 15 de junio de 2018
  • Introducción de datos enseñanza bilingüe en Séneca: 1 al 19 de octubre de 2018
  • Introducción datos del PEL en Séneca si se implementa: 17 de septiembre al 19 de octubre de 2018 y 3 al 28 de junio de 2019
  • Establecer contacto con el/la auxiliar de conversación: julio de 2018
  • Remisión horario del/ de la auxiliar a la DT: antes del ¿15 de octubre? de 2018
  • Remisión a Consejería documentación auxiliar de conversación: antes del 30 de junio de 2019 (sólo si el auxiliar está adscrito a ese centro y si es del cupo CEJA)

Proyecto educativo / Currículo integrado

Artículo 7.1

Modificar su proyecto educativo y su modelo de organización y funcionamiento adaptándolo a las especificaciones recogidas en los Capítulos III y IV para la etapa o etapas educativas en las que impartan enseñanza bilingüe.

CURRÍCULO INTEGRADO

BILINGÜISMO COMO PROYECTO DE CENTRO

¿Entienden las áreas lingüísticas su papel determinante en la enseñanza bilingüe

Parte del Proyecto lingüístico de centro

Más información

IES Valle del Andarax

IES Alhadra

Coordinación

Los centros públicos bilingües contarán con un profesor o profesora responsable de la coordinación de la enseñanza bilingüe, que será designado entre el profesorado participante de lenguas, preferentemente de la L2, con destino definitivo en el mismo. 2. La dirección del centro formulará a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento y cese de la persona responsable de la coordinación de la enseñanza bilingüe, que desempeñará su función durante dos cursos académicos, siempre que durante dicho periodo continúe prestando servicios en el centro.3. La persona responsable de la coordinación dispondrá del horario lectivo semanal dedicado al desempeño de sus funciones establecido en los artículos 5 y 7 de la Orden de 3 de septiembre de 2010, por la que se establece el horario de dedicación del profesorado responsable de la coordinación de planes y programas estratégicos que desarrolla la Consejería competente en materia de educación. 4. La persona responsable de la coordinación de la enseñanza bilingüe desempeñará las siguientes funciones:a) Velar por la correcta implantación del modelo metodológico, curricular y organizativo establecido en la Orden. b) Convocar, por delegación de la persona titular de la dirección, las reuniones del profesorado para coordinar la elaboración del currículo integrado de las lenguas en el marco del proyecto educativo del centro. c) Proponer y coordinar las actividades del profesorado y, en su caso, de los departamentos con relación al desarrollo de la enseñanza bilingüe. d) Proponer a la persona titular de la jefatura de estudios el horario de las personas que ejercen como auxiliares de conversación. e) Establecer la coordinación con los centros adscritos bilingües y con los servicios responsables de plurilingüismo de las correspondientes Delegaciones provinciales de la Consejería competente en materia de educación. f) Coordinar las distintas acciones que se desarrollen en el centro docente en relación con la enseñanza bilingüe. g) Aquellas otras que le sean asignadas por la Consejería competente en materia de educación. .

Coordinación

La persona responsable de la coordinación dispondrá del horario lectivo semanal dedicado al desempeño de sus funciones establecido en los artículos 5 y 7 de la Orden de 3 de septiembre de 2010, por la que se establece el horario de dedicación del profesorado responsable de la coordinación de planes y programas estratégicos que desarrolla la Consejería competente en materia de educación.

Horario lectivo semanal dedicado al desempeño de las funciones de coordinación de Plan de centros docentes bilingües. 1. En las escuelas infantiles de segundo ciclo, en los colegios de educación primaria y en los colegios de educación infantil y primaria: a) De seis a diecisiete unidades: 3 horas. b) De dieciocho o más unidades: 5 horas. 2. En los institutos de educación secundaria a) Hasta veintinueve unidades: 5 horas. b) De treinta o más unidades: 6 horas.

El proyecto educativo de los centros podrá establecer, de acuerdo con sus disponibilidades de personal docente, que el profesorado responsable de la coordinación de dichos Planes y Proyectos disponga de una mayor dedicación horaria semanal que la establecida en los artículos anteriores.

Reducción horaria profesorado ANL Orden 1 de agosto de 2016

Para la dedicación al programa bilingüe del profesorado que imparte áreas, ámbitos, materias o módulos profesionales no lingüísticos en lengua extranjera, cada centro autorizado como bilingüe o plurilingüe podrá disponer de horas lectivas semanales adicionales, de acuerdo con la autonomía organizativa del centro educativo. De igual modo la administración educativa podrá, dentro de su planificación educativa, asignar de manera excepcional horas lectivas adicionales en el primer año de incorporación al programa bilingüe, con el siguiente detalle: a) Escuelas infantiles: 2 horas. b) Colegios de educación primaria y colegios de educación infantil y primaria: 6 horas. c) Institutos de educación secundaria: 8 horas.

Estas horas, el primer curso de funcionamiento como centro bilingüe, están cargadas en la planificación de la plantilla por lo que el profesorado de ANL tendrá reducción garantizada

AICLE

Es un enfoque educativo que parte de las necesidades del aprendiente y enfoca a la vez el aprendizaje de contenidos y el aprendizaje de la lengua extranjera y rompe con la fragmentación tradicional de las asignaturas dentro del currículum. Y esto es lo que lo hace innovador .Coyle, Hood & Marsh 2010: 3-4

AICLE NO ES:

  • Traducir contenidos
  • Sólo aprendizaje de contenidos en lengua extranjera
  • Un soporte para el aprendizaje de lenguas extranjeras
  • Una amenaza para los especialistas de lenguas.
  • Enseñar lo que ya se sabe
  • Enseñar lo que se tiene que saber en una lengua diferente
  • Un programa para los más capacitados

AICLE ES:

  • Programar y aplicar un currículo integrado de lenguas y materias.
  • Partir del nivel de conocimientos de lengua y materia del alumnado
  • Conectar lo nuevo con lo ya conocido
  • Proporcionar un gran apoyo contextual
  • Usar variedad de andamiaje como apoyos visuales;: fotos, gráficos, esquemas, resúmenes
  • Reiterar las instrucciones y orientaciones organizativas de clase
  • Repetir los contenidos y la lengua a aprender desde diferentes perspectivas
  • Buscar la retroalimentación constante del alumnado para comprobar el nivel de comprensión
  • Diferentes tipos de tareas para que se cubran los diferentes estilos de aprendizaje en el aula.
  • Profesor como facilitador y guía del aprendizaje

Fuente: Concha Julián

Todo lo que siempre quiso saber sobre AICLE

AUXILIARES DE CONVERSACIÓN

Los centros bilingües serán dotados con un/una auxiliar de conversación a tiempo parcial o total.

Desarrollo del programa:1 de octubre al 31 de mayo

Realizarán las siguientes actividades:a) Desarrollarán su actividad durante 12 horas semanales de atención directa al alumnado, que podrán realizarse a tiempo total en un único centro o ser compartidas en otro centro. En todo caso, estarán acompañados siempre en el aula por el profesor o profesora con el o la que colaboren. b) Reforzarán las destrezas orales del alumnado en la lengua extranjera objeto de estudio. c) Proporcionarán un modelo de corrección fonética y gramatical en la lengua extranjera correspondiente. d) Fuera del periodo de atención directa al alumnado, prepararán sus actividades con el profesorado de referencia con el que también colaborarán, en su caso, en la preparación de materiales didácticos en la lengua extranjera correspondiente.e) Acercarán al alumnado y al profesorado a la cultura del país donde se habla la lengua extranjera mediante la presentación de temas de actualidad y actividades lúdicas en el aula. Podrán participar en las actividades complementarias y extraescolares que se desarrollen dentro del territorio nacional organizadas por el centro al que están asignados, sin que esto conlleve responsabilidad alguna del auxiliar sobre el alumnado participante o la actividad que se lleve a cabo. En ningún momento ejercerán la labor correspondiente al profesorado acompañante.

Pendiente de publicación de las instrucciones

AUXILIARES DE CONVERSACIÓN

La coordinación bilingüe de los centros que compartan un mismo o una misma auxiliar deberán coordinarse a la hora de confeccionar su horario

El Auxiliar firmará en un registro de entrada y salida

. Los auxiliares y las auxiliares de conversación recibirán una subvención que se establece en 700,00 euros mensuales. Esta ayuda será abonada por la Consejería de Educación en el caso de los auxiliares de su cupo y por el Ministerio de Educación en el caso de los suyos.

Se graba en Séneca como personal no docente

AUSENCIAS Cuando los auxiliares y las auxiliares de conversación soliciten permiso por asuntos particulares, deberán contar con la autorización de la dirección del centro educativo de destino, acordando con la coordinación bilingüe un plan de recuperación de clases. En el caso de ausencia por enfermedad, el auxiliar o la auxiliar deberá aportar un justificante médico.

No son trabajadores. Pueden abandonar en cualquier momento

AUXILIARES DE CONVERSACIÓN

La Consejería de Educación subscribirá una póliza de seguros que garantice la atención a los y las auxiliares de conversación seleccionados por la modalidad del artículo 4.b) que carezcan del documento E-111 o tarjeta sanitaria europea que garantiza cobertura sanitaria a cargo del sistema público de salud.

Trámites en la oficina de extranjería

Jornada de acogida: primera semana de octubre

ABONO Y JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONESVer anexos de las InstruccionesÚnicamente mediante transferencia bancaria

Auxiliares subvencionados por el fondo social europeo: experiencia del primer año

Bajas o renuncias: Las direcciones de los centros educativos comunicarán a la cuenta de correo electrónico auxiliares.ced@junta de andalucía.es las bajas o renuncias de los y las auxiliares de conversación cuando se produzcan. Se aconseja informar también a la DT a efectos de seguimiento.

PLANTILLA DE FUNCIONAMIENTO

Educación Primaria*Un docente por cada tres grupos*Atención la plantilla de profesorado de lengua extranjera: garantizar la enseñanza en educación infantil Cambiar 1 - 00597038 por ___ 00597032*Atención a la plantilla bilingüe. Normalmente viene cargado por la Dirección General de Planificación. Si no cambiar: 1 - 00597038 por 1 - 11597038

Educación Secundaria:*Las materias que se impartan en enseñanza bilingüe deben cubrir al menos cinco horas. Cambiar 1 - 00590___ por 1- 11590____

Mi primer curso bilingüe ¿Por donde empiezo?

Modificar el proyecto educativo de centro para adaptarlo a las características de la enseñanza bilingüe

Incentivar la formación del profesorado en el centro, especialmente para el profesorado de ANL que imparte por primera vez metodología AICLE

Establecer un horario de coordinación del profesorado que forma parte del proyecto

Implantar la metodología AICLE en el primer curso EP/ESO

Iniciar la creaciòn del CIL / PLC

Realizar una selección de contenidos y tareas a desarrollar durante el curso escolar

Abrir el proyecto bilingüe a la comunidad educativa

Dar visibilidad en el centro al proyecto bilingüe

Potenciar el conocimiento de la cultura inglesa - Auxiliar de conversación

Más información

Responsable Provincial de Plurilingüismojesus.perez.castano.ext@juntadeandalucia.esTeléfono: 950004619/704619Twitter: @plurialmeria

Auxiliares de conversación

Plan Plurilingüismo - Almería