EL ESTADO ESPAÑOL
Lalo Dueñas
Created on December 5, 2017
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Transcript
Gerardo Luis Dueñas Rubio
Diciembre 2017
Características del Estado Español
Estado Social
ESTADO SOCIAL Nuestras administraciones trabajan para que la sociedad española sea justa, equilibrada y haya igualdad de oportunidades.
Estado de Democrático
ESTADO DEMOCRÁTICO Los ciudadanos participan en el gobierno eligiendo a sus representantes a través de las elecciones .
Estado de Derecho
ESTADO DE DERECHO Los ciudadanos tienen un conjunto de derechos y libertades que las instituciones están obligadas a respetar.
Constitución de 1978
Monarquía Parlamentaria
¿Cómo es nuestra Monarquía Parlamentaria?
JEFE DEL ESTADO
- Artículo 56 1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
FUNCIONES
Artículo 62 Corresponde al Rey: a) Sancionar y promulgar las leyes. b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución. c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución. d) Proponer el candidato a Presidente de Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución. e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente. f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes. g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno. h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas. i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales. j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
REY DE ESPAÑA
Artículo 56 2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
HEREDITARIA
Artículo 57 1. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la linea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos. 2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
REPRESENTATIVAMODERADORA
PRIMOGÉNITO
FELIPE VI
Constitución de 1978
Símbolos
Organización Territorial
Poderes del Estado
Símbolos Identitarios
Escudo
Himno
Bandera
- Artículo 4
Poderes del Estado
LEGISLATIVO
JUDICIAL
EJECUTIVO
Poderes del Estado
LEGISLATIVO
Aprobar las leyes y hacer que se cumplan.
formadas por
INSTITUCIONES
CORTES GENERALES
- Artículo 66
FUNCIÓN
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Se desarrolla en el Artículo 68 de la constitución. Se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados. Elegidos por los ciudadanos cada 4 años en proporción del número de habitantes. Funciones del Congreso:
- Representar a la ciudadanía en temas importantes.
- Fiscalizar muchos actos gubernamentales, así como aquellos de las instituciones públicas.
- Analizar, modificar, pronunciar o rechazar los proyectos de leyes.
SENADO
Se desarrolla en el Artículo 69 de la constitución. 1. El Senado es la Cámara de representación territorial. 2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica. Funciones del Senado:
- Representar a todos los territorios del Estado.
- Intervenir a lo largo de todo el proceso de la creación de nuevas leyes.
- Participar del nombramiento de altos mandos públicos.
- Dar su visto bueno a muchas de las decisiones presidenciales.
Poderes del Estado
EJECUTIVO
FUNCIÓN
INSTITUCIÓN
Aplicar las leyes y gobernar el pais.
GOBIERNO
- Artículo 97
- Artículo 98
PRESIDENTE
VICEPRESIDENTE
MINISTROS
LA MONCLOA
Poderes del Estado
JUDICIAL
Hacer cumplir las leyes y sancionar sus infracciones
formadas por
ORGANO DE GOBIERNO
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
FUNCIÓN
JUZGADOS
- Artículo 117
TRIBUNALES
Organización Territorial de España
Comunidades Autónomas(Andalucía)
Municipios(Villanueva del Duque)
Provincias(Córdoba)
Está estructurada territorialmente en
Comunidades Autónomas
Poder Ejecutivo
Estatuto de autonomía
- Artículo 143
Existen en virtud del
que reconoce y consagra
- Territorio
- Identidad Cultural
- Símbolos
- Competencias
INSTITUCIONES
Poder Legislativo
Poder Judicial
tribunal de justicia
gobierno
parlamento
El Parlamento de Andalucía representa al pueblo andaluz. Sus 109 miembros son elegidos por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto mediante un sistema electoral proporcional.
- La elección del Presidente o Presidenta del Gobierno que lo es también de la Comunidad.
- Ejerce la potestad legislativa, impulsa y controla la acción del Consejo de Gobierno.
- Aprueba los presupuestos de la Comunidad.
- Realiza aquellas otras funciones que se establecen en el Estatuto de Autonomía y sus leyes.
- España se divide en 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas (Ceuta y Melilla).
- Cada comunidad autónoma está formada por una o varias provincias con características comunes: tradiciones, costumbres, historia o lengua propia distinta del castellano (catalán, euskera, gallego…)
- Hay distintos tipos de Comunidades Autónomas, dependiendo del número de provincias. Así pueden ser Uniprovinciales (Madrid, Murcia, Asturias…) o Pluriprovinciales (Andalucía, Extremadura, Cataluña…)
- Cada Comunidad Autónoma tiene su capital, que puede no coincidir con la capital de provincia (por ejemplo: Santiago de Compostela es la capital de Galicia).
- Todas las Comunidades Autónomas tienen sus propios símbolos (bandera, escudo e himno).
- Tienen COMPETENCIAS COMPARTIDAS (por ejemplo en Hacienda y tributo de impuestos, gestión de carreteras…) y COMPETENCIAS PLENAS (por ejemplo en educación, sanidad…)
Provincias
Diputación Provincial
La DIPUTACIÓN es el órgano de gobierno de la provincia, fomenta y administra sus intereses, asegura la prestación integral y adecuada de servicios públicos de competencia municipal en todo el territorio de la provincia. La DIPUTACIÓN coopera con los municipios mediante aportaciones económicas, a través de los planes provinciales, de la asistencia y asesoramiento técnico y jurídico a los Ayuntamientos de la provincia. Las materias sobre las que recae la ayuda y asistencia son tres básicamente: el saneamiento y control ambiental, la ingeniería y el urbanismo y el bienestar social.
administradas por la
dirigida por
Diputados provinciales
Capital de provincia
Presidente
con sede en
Municipios
Núcleo úrbano
compuestos por
dirigidos por
Alcalde
Término municipal
Ayuntamiento
formado por
Concejales
lLOS PEDROCHES
lMancomunidad de municipios