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CUENTAS DE AHORRO

Una cuenta de ahorro es un depósito ordinario a la vista (producto pasivo), en la que los fondos depositadoejemplo mensual, trimestral o anualmente. Igualmente, la remuneración puede ser principalmente por los particulares y entidades civiles.

Sirven para tres cosas: Para ganar un interés durante el tiempo que estos fondos no se usan. Los fondos pueden extraerse en cualquier momento mediante un comprobante llamado “nota de débito” Los fondos depositados ganan un interés moderado. También debe tenerse en cuenta que se suman al capital cada 6 meses o anualmente. El porcentaje que el banco aporta a una cuenta de ahorro varia entre el 3%.

libretas de ahorro

.Una libreta de ahorros es un documento en forma de cuadernillo expedido por una entidad de crédito (banco o caja de ahorros) en el que se anotan los movimientos de capital efectuados en la cuenta a la que está asociada.

TARJETAS DE CREDITO

Visa es una tarjeta de crédito y débito que funciona a nivel mundial. Es operada por Visa International Service Association, con sede en San Francisco, California (EE.UU.). Es una joint venture de 21 000 instituciones financieras que ofrecen productos Visa.

libretas de ahorro

.Una libreta de ahorros es un documento en forma de cuadernillo expedido por una entidad de crédito (banco o caja de ahorros) en el que se anotan los movimientos de capital efectuados en la cuenta a la que está asociada.

La crisis financiera global, iniciada en la segunda mitad de 2007, ha arrastrado tras sí, aunque en menor medida, también una importante crisis inmobiliaria, y sobre todo la desconfianza de los ciudadanos de algunos países en las entidades bancarias. En España la crisis inmobiliaria ha provocado más de 185 000 desahucios, superando la cifra de 500 diario.

La hipoteca es un derecho real de garantía, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente de pago de un crédito o préstamo), que confiere a su titular un derecho de realización de valor de un bien, (generalmente inmueble) el cual, aunque gravado, permanece en poder de su propietario, pudiendo el acreedor hipotecario, en caso de que la deuda garantizada no sea satisfecha en el plazo pactado, promover la venta forzosa del bien gravado con la hipoteca, cualquiera que sea su titular en ese momento (reipersecutoriedad) para, con su importe, hacerse pago del crédito debido, hasta donde alcance el importe obtenido con la venta forzosa promovida para la realización de los bienes hipotecados.