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Derechos de Autor

- Lo que debemos saber -

Mariela Colasanto

Propiedad Intelectual

Es el conjunto de derechos que regula la protección de las creaciones del ser humano

Derechos de Autor : libros, fotos, videos, obras artìsticas, literarias, científicas, programas, softwares, etc

Definición:

Propiedad Intelectual: Marcas y patentes, dibujos, invenciones

Derechos de Autor

Cada vez somos más las personas que creamos contenido propio y lo compartimos en Internet. Crear y compartir es la tendencia en la web 2.0, en la que la información fluye sin parar en la red, pero, ¿cómo podemos asegurar que se respeten nuestros derechos de autor?

Para pensar ...

Lawrence Lessig (1999) ha sido el promotor de una definición de cultura que se basa principalmente en las posibilidades que nos brindan los entornos digitales. Si Internet es la puerta al mundo, ese mundo se encuentra lleno de contenidos diversos ¿cómo y de qué manera podemos apropiarnos y ser parte de ese mundo? Ahí se halla el debate!!

DERECHOS

DERECHOS MORALES??

Los DERECHOS MORALES se refieren a la relación entre el autor y su obra.Garantizan que el autor será reconocido como tal con respecto a una obra determinada y que éste podrá proteger la integridad de obra tal como la creó."Los derechos de autor DEBEN respetarse siempre"

DERECHOS PATRIMONIALES ?

Son los Derechos que permite a un autor explotar su obra en el mercado

Leamos sobre LICENCIAS ...

Definición de contenido libre

“El contenido libre abarca todas las obras en el dominio público y aquellas que tienen derecho de autor pero que están sujetas a una licencia que otorga y protege las libertades mencionadas. Dado que, por omisión, la ley otorga a los propietarios de derechos un control total sobre sus creaciones (todos los derechos reservados), es necesario declarar de forma explícita que una obra es libre, generalmente por medio de la referencia o inclusión de cláusulas de licencia que acompañan la obra.” (Ver Contenido libre en Wikipedia) Es decir que el contenido libre está vinculado con las licencias de uso y modificación ¿Revisamos algunos conceptos que suenan mucho en nuestros días? Para saber más les propongo la lectura del siguiente artículo sobre un caso que abrió la polémica hace unos años por los derechos de autor sobre una fotografía. Para los que no conocen la historia, los invito a leer la siguiente nota para reflexionar. ¿Quién es el dueño de una selfie tomada por un mono? http://www.mdzol.com/nota/550113-quien-es-el-dueno-de-una-selfietomada-por-un-mono/

TIPOS DE LICENCIA

Más sobre CC

COPYRIGHT

Término usado para indicar que una obra está protegida y no se puede hacer uso sin el consentimiento del autor. El hecho de registrar una obra es la prueba legal que tiene el autor para demostrar su autoría. La ley concede por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. [Ver más información en https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autor] Ejemplo: los libros, cds, películas, fotografías.

COPYLEFT

Es un grupo de licencias cuyo objetivo es garantizar que la persona que reciba una copia de una obra pueda utilizarla, modificarla y redistribuirla, así como las versiones derivadas de la misma. Se aplica a programas informáticos, obras de arte, cultura, ciencia, o cualquier tipo de obra o trabajo creativo que sea regido por el derecho de autor. [Ver más información en: http://es.wikipedia.org/wiki/Copyleft] El uso más conocido es de Software Libre (openoffice, Linux, Mozilla, etc)

CREATIVE COMMONS

Es la forma de ejercer los Derechos de Autor ofreciendo algunos de los derechos a terceras personas en determinadas condiciones. Mediante las licencias Creative Commons podemos decir de antemano que usos de nuestros derechos de autor queremos ceder.

¿En qué se diferencian copyleft o copyright? Mediante el modelo copyright se puede restringir el uso de cierto producto, su copia, modificación, distribución y publicación. En este modelo el autor no cede ningún derecho al usuario. El tema es que eso no lo protege en la cultura digital en que efectivamente sea utilizado o no. En la misma lógica que el copyright restringe la posibilidad de compartir, el copyleft invita a hacerlo siempre y cuando, la persona que reciba el material lo siga compartiendo de la misma manera en que lo consiguió. Es decir que de algún modo protege de manera más realista los intereses del autor, ya que necesariamente se debe citar el origen de la fuente.

Condiciones básicas

Tener en cuenta las siguientes condiciones:

4

Reconocimiento de Autor

Compartir Igual

No Comercial

Sin Obra Derivada

Para conocer más sobre las diferentes licencias

Combinando las 4condiciones obtenemos las 6 licencias

www.creativecommons.org.ar

Definición de las 6 Licencias

Reconocimiento

Esta licencia es la más abierta de todas, permite hacer cualquier uso de la obra reconociendo al AUTOR. Recomendada para una máxima difusión y utilización de los materiales sujetos a la licencia. Puede utilizarse con fines comerciales reconociendo siempre al AUTOR.

Reconocimiento - No comercial

Permite el uso de la obra original y la creación de obras derivadas, SIN uso Comercial y reconocimiento de AUTOR

Reconocimiento - No comercialCompartir igual

Permite a otros distribuir, remezclar, retocar y crear a partir de tu obra de modo no comercial, siempre y cuando te den crédito y licencien sus nuevas creaciones bajo las mismas condiciones

Reconocimiento - No comercialsin obra derivada

Esta licencia es la más restrictiva de todas. Permite el uso de la obra original reconociendo al autor, sin uso comercial y sin generación de obras derivadas. Sólo permite que otros puedan descargar las obras y compartirlas con otras personas, siempre que se reconozca su autoría, pero no se puede cambiar de ninguna manera ni se pueden utilizar comercialmente.

Reconocimiento -Sin obra derivada

Podemos usar la obra original reconociendo al autor. Permite uso comercial pero no la generación de obras derivadas.

Reconocimiento -Sin obra derivada

Podemos usar la obra original reconociendo al autor y crear obras derivadas que deben utilizar la licencia original. Con esta licencia podemos obtener un beneficio económico tanto de la obra original como de nuestra creación. Esta licencia suele ser comparada con las licencias "CopyLeft" de software libre y de código abierto. Esta licencia se usa en Wikipedia y se recomienda para materiales que se beneficiarían de incorporar contenido de Wikipedia y/o proyectos con licencias similares.

Link para publicar

Un poco de historia

¿Cuantos años?

1710

28 años

1831

42 años

1909

56 años

1976

La vida del autor + 50 años

1998

La vida del autor + 70 años

Cuando los derechos de explotación se extinguen, las obras pasan a Dominio Público.

Aun así siempre debe respetarse la autoría y la integridad de las mismas

Dominio Público

RECURSOS DE INTERÉS

Bibliografías

Enlaces

  • Selección de la Licencia Creative Commons
  • Normas APA
  • Audios, sonidos de uso libre

Videos

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